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Acuerdo Local 075 de 2016 Junta Administradora Local de San Cristobal

Fecha de Expedición:
05/10/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/10/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5945 de octubre 31 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 075 DE 2016

 

(Octubre 05)

 

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de San Cristóbal 2017-2020 Bogotá mejor para todos

 

SAN CRISTÓBAL MEJOR PARA TODOS: UNA LOCALIDAD SANA, FELIZ Y EN PAZ

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1 y el artículo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000,

 

ACUERDA:

 

PARTE I

 

PARTE GENERAL

 

CAPÍTULO I

 

VISIÓN Y OTROS ASPECTOS GENERALES

 

Artículo 1. Adopción del plan. Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la localidad de San Cristóbal para el periodo 2017-2020 denominado SAN CRISTOBAL MEJOR PARA TODOS: UNA LOCALIDAD SANA, FELIZ Y EN PAZ, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local durante este periodo.

 

Artículo 2. Visión. San Cristóbal para el 2020 será un referente para la ciudad y su sociedad. Para ese año este territorio tendrá definido y trazado gran parte de su futuro. Futuro que ha de ser sostenido siempre en el propósito fundamental de querer vivir en paz, de ser feliz y ante todo, de ser una localidad mejor para todos y todas. Para ese entonces, San Cristóbal debe comprender mejor los orígenes de sus problemas, de sus debilidades y necesidades, a la par tendrá claro el amplio panorama de los valores, las potencialidades y las oportunidades que brinda el territorio, como corresponde en una sociedad moderna y culta. Estará trabajando diariamente para consolidar ese nuevo futuro en perspectivas de su desarrollo integral.

 

Estos cuatro años, han de servir como marco de referencia para permitir, con optimismo y dedicación fijar la mirada más allá, hasta el 2038, año del quinto centenario de la historia de Bogotá. Para ese año esta localidad será otra, será mejor, gracias a su historia, pero y especialmente gracias a la asimilación y la comprensión de los propósitos que desde ahora mismo se trazan en este plan.

 

Artículo 3. Objetivo Central Propiciar el desarrollo pleno del potencial de los habitantes de la localidad, en alcanzar la felicidad para todos en su condición de individuos, miembros de una familia y de la sociedad de San Cristóbal. Bogotá está inmersa en una apuesta de total transformación, se quiere hacer de ella una ciudad distinta y mejor. Resulta indispensable que San Cristóbal se ponga a tono, armonizándose de acuerdo a sus realidades y propósitos con el desarrollo y avance de la ciudad. Recuperar la autoestima ciudadana y renovar su confianza hacia las instituciones y sus dirigentes, deben permitirnos ser una sociedad sana mental y espiritualmente, feliz por ser mejores y poder vivir en paz y con esperanza hacia el futuro.

 

Artículo 4. Estructura del plan. El presente Plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá mejor para todos”, adopta sus fundamentos y estructura general. Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local en procura de profundizar y concretar su visión y que servirán de guía para la definición de los objetivos, se organizan en torno a tres pilares y dos ejes.

 

Los pilares se constituyen en los elementos estructurales y de carácter prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los ejes transversales, que se constituyen en los requisitos institucionales para la implementación de lo planeado e incluido en los pilares, de manera que ello adquiera la vocación de permanente.

 

En esa concordancia, los pilares del Plan de Desarrollo Local son: Igualdad de calidad de vida; Democracia urbana y construcción de comunidad. Por su parte, los dos ejes transversales vinculados al plan son: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética y gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.

 

Artículo 5. Vínculo de la cultura ciudadana con el Plan. En armonía con el propósito de cultura ciudadana trazado desde el Plan de Desarrollo Distrital y a través de la tarea local, se propondrá una reflexión amplia acerca de la necesidad de convocar un férreo y permanente compromiso ciudadano y comunitario que debe, frente al estricto cumplimiento de las normas, generarse, vincularse y materializarse a través de la asunción de encargos configurados en pactos ciudadanos, que involucren para el diario vivir lo relacionado con la sana convivencia, el progreso individual y general de la sociedad, la superación de los déficits y en especial, la consolidación de logros, en un marco donde predomine el valor general sobre el particular, la equidad y el respeto de los derechos de todos y todas y por supuesto el derecho de las minorías.

 

Así mismo, este vínculo de la cultura ciudadana en este Plan de Desarrollo Local implica aumentar la eficacia y la eficiencia de la acción del gobierno local y de las acciones colectivas e individuales de los ciudadanos, mediante la promoción permanente de programas, proyectos y acciones orientadas a fortalecer la cultura ciudadana de la localidad, para lograr el bienestar, la protección de la vida, la convivencia, la igualdad de calidad de vida, la democracia urbana, la construcción de comunidad. En este sentido, la cultura ciudadana se desarrollará de manera transversal a todos las acciones de intervención en el territorio local. El componente de cultura ciudadana se desarrollará de manera transversal en cada uno de los pilares, ejes y programas del Plan de Desarrollo Local.

 

Artículo 6. Enfoque Basado en Derechos Humanos. El presente Plan de Desarrollo Local y cada una de las políticas, planes, programas y proyectos que lo implementen, tendrán un enfoque basado en los Derechos Humanos- EBDH- como una herramienta transversal y estratégica tanto de la Política Pública Local, como de la planeación territorial. En consecuencia, las acciones que se ejecuten en desarrollo de este Plan, serán diseñadas, formuladas, implementadas y evaluadas con base al Enfoque Basado en los Derechos Humanos, buscando el goce pleno de derechos de poblaciones secularmente discriminadas como las mujeres, las minorías étnicas y la población LGBTI.

 

Artículo 7. Enfoque de Género. El plan reconoce a las mujeres como sujetos de derechos y ciudadanas participantes y activas en los procesos de desarrollo de la localidad. Para ello tendrá en cuenta el enfoque de género en la formulación de los proyectos de inversión e incorporará en los mismos las recomendaciones del sector mujer y de las instancias de participación relacionadas.

 

Artículo 8. Enfoque Poblacional. En el despliegue del plan en sus proyectos de inversión, se tendrá en cuenta la metodología de Enfoque Poblacional, mediante la especificación de las acciones, actividades y recursos que se están destinando a la atención de poblaciones.

 

Artículo 9. Instancias y mecanismos de coordinación. Serán determinadas por la norma y deberá la Secretaria Distrital de Planeación fijar las maneras como tendrán aplicación en el territorio local. En primer momento, corresponde al Consejo Local de Gobierno, asumir un papel preponderante como instancia de coordinación y articulación de las estrategias, planes y programas que se desarrollen en la localidad, así como la acción de las entidades distritales y la materialización y territorialización de la política distrital en el territorio local, su seguimiento y control.

 

Artículo 10. Incorporación al presente Acuerdo de las conclusiones y prioridades de la ciudadanía a través de las diferentes líneas de inversión trazadas desde la Administración Central. Bajo el entendido que la Alcaldía Local de San Cristóbal constituye una dependencia de la Secretaria Distrital de Gobierno y no es un ente autónomo, la Administración Distrital incorporó en la diagramación y estructuración del presente Plan de Desarrollo, las líneas y los porcentajes presupuestales que deben ser priorizados en la planeación y la inversión local. Corresponde a este plan vincular dentro de esos lineamientos los aspectos priorizados por la comunidad a través de los encuentros ciudadanos recientemente concluidos.

 

Parágrafo. Aquellos aspectos que no estén contemplados dentro de las líneas de inversión referidas en este artículo, serán remitidos a los sectores para que sean revisados en el marco de la territorialización de la inversión, según lo establecido en la Circular Conjunta No. 005 de 2016 emitida por la Secretaría Distrital de Gobierno, Instituto Distrital para la Participación Ciudadana y Comunitaria - IDPAC y la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Artículo 11. Acciones y características estratégicas transversales. Constituyen el grupo de acciones y características estratégicas que deben permitir la mejor aplicación de los programas trazados en cada pilar o eje transversal.

 

- Acciones de naturaleza integral, transectoriales y participativas.

 

- Acciones de promoción, divulgación y prevención.

 

- Acciones de protección y acompañamiento integral.

 

- Acciones que propendan por la generación de espacios de conocimiento, de creación e innovación.

 

- Acciones que faciliten la circulación de bienes y servicios.

 

- Acciones de seguimiento y gestión para garantizar la atención de los aspectos no contemplados directamente en el plan o por competencia, en el nivel local.

 

CAPÍTULO II

 

PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA

 

Definición, objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 12. Definición. Este pilar se enfoca en propiciar la igualdad y la inclusión social, mediante la ejecución de programas orientados prioritariamente a la población más vulnerable y especialmente a la primera infancia. Estos programas están dirigidos a intervenir el diseño y el funcionamiento de la ciudad y la localidad en un marco institucional, partiendo que de ello depende la calidad de vida de los habitantes de San Cristóbal. Ajustado con base en (Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para Todos 2016-2020”, 2016).

 

Artículo 13. Objetivo general. Promover y potenciar el desarrollo integral de la población a través de la proyección de vida, las habilidades socio afectivas, los valores éticos y morales y el ejercicio integral de los derechos, superando la visión asistencialista a partir del fortalecimiento de las capacidades y conocimientos así como el aumento en número y calidad de las oportunidades.

 

Artículo 14. Estrategias generales. Las estrategias generales para abordar este componente específico del Plan de Desarrollo Local, se resume en:

 

- Fortalecimiento de escenarios locales que posibiliten el desarrollo humano integral desde la gestación hasta la adolescencia, mediante la construcción, adecuación y dotación de espacios físicos educativos así como la disposición de materiales pedagógicos que permitan mejorar la atención a esta población, con especial énfasis en todo el componente infantil de la localidad, en perspectivas de la promoción del buen trato a través de acciones para el fortalecimiento y resignificación de su vínculo al núcleo familiar.

 

- Mejoramiento de las condiciones de vida de poblaciones especiales de la localidad como las personas mayores, así como las personas en condición de discapacidad a partir de la consolidación de los criterios o políticas de acceso a los apoyos económicos o ayudas técnicas según corresponda, con mecanismos efectivos de verificación, selección y control; así como la posibilidad de participación de estas poblaciones en otros programas de interés, para una San Cristóbal incluyente.

 

- Contribución a la protección y adaptación al cambio climático de las familias de la localidad, a partir de la implementación de obras y acciones de mitigación y prevención de riesgos con un enfoque integral, con énfasis en los cerros orientales y en aquellos espacios físicos catalogados de alto riesgo o generación de conflictividad, bien por la comunidad o por entidades competentes.

 

- Fortalecimiento de las condiciones físicas de las Instituciones Educativas Distritales de la localidad, mediante la dotación de las instalaciones escolares con elementos, sistemas y materiales que posibiliten una condiciones equitativas para la construcción de saberes a partir de entornos educativos mejorados. Desde el proyecto de DOTACIONES DE MATERIALES PEDAGÓGICOS, se brindará apoyo al fortalecimiento del PEI en las instituciones educativas locales (el 100% de las IED tendrán dotaciones en materiales pedagógicos que permitan el fortalecimiento de su para la transformación de sus prácticas de aula), rescatando la reflexión pedagógica como centro de la transformación escolar. Desde el fortalecimiento del PEI se permite integrar y articular tanto el desarrollo de las competencias básicas (énfasis en lectoescritura y pensamiento lógico-matemático) como el de las socio emocionales, la articulación de proyectos transversales.

 

- Fomento al desarrollo de la localidad desde lo cultural, recreativo y deportivo, a partir de la realización de eventos, actividades y procesos de formación que permitan la resignificación del territorio desde una mirada pluriétnica e intercultural, con el reconocimiento de sus expectativas y necesidades.

 

Artículo 15. Programa de desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. Se pretende potenciar el desarrollo integral de la población desde la gestación hasta la adolescencia con énfasis en quienes tienen condiciones de vulnerabilidad, aportando a la realización de sus capacidades, potencialidades y oportunidades, desde un enfoque diferencial, de protección integral, de derechos y responsabilidades, para construir y contribuir a la felicidad, a mejorar la calidad de vida, a la integralidad del ser y al pleno ejercicio de la ciudadanía. En concordancia con el Plan de Desarrollo del Distrito y la ley 1098 de 2006, denominada “Código de Infancia y Adolescencia”.

 

Artículo 16. Programa de Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. Este programa se centra en implementar acciones de tipo integral, orientadas principalmente a las personas en condición de pobreza extrema, quienes se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socio-económica y aquellas que han sido objeto de discriminación afectando el ejercicio de sus derechos. Se fundamenta en la superación de la mirada asistencialista a través de un modelo que genere el fortalecimiento de las capacidades del individuo y por ende, el aumento de sus oportunidades.

 

Artículo 17. Programa de Familias protegidas y adaptadas al cambio climático.

 

Se busca prevenir y contener el riesgo de pérdida de vidas humanas, afectaciones ambientales y económicas, asociadas a eventos de origen natural o social, reduciendo el nivel de vulnerabilidad de las familias a través de acciones educativas, promocionales y de acompañamiento que generen un cambio de comportamiento y mayor compromiso con la preservación y cuidado del medio ambiente, la no ocupación ilegal del territorio y la generación de una cultura ambiental sostenible y participativa. Implica también la gestión ante la institucionalidad distrital o nacional para coordinar, articular y aunar esfuerzos en la recuperación y preservación de los elementos de la estructura ecológica principal en el territorio generando con ello una mayor adaptación al cambio climático.

 

Artículo 18. Programa de Inclusión educativa para la equidad. A través de este programa se busca garantizar el derecho a una educación de calidad que brinde oportunidades de aprendizaje para la vida y ofrezca a todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la ciudad, igualdad en las condiciones de acceso y permanencia, para lo cual el avance en la implementación de la jornada única será fundamental. De esta manera a lo largo del proceso educativo se desarrollarán las competencias básicas, ciudadanas y socioemocionales que contribuirán a la formación de ciudadanos más felices, forjadores de cultura ciudadana, responsables con el entorno y protagonistas del progreso y desarrollo de la ciudad.

 

Desde esta perspectiva, tanto la escuela como sus entornos son escenarios que promueven los aprendizajes significativos para la vida de los niños, niñas y jóvenes y permiten a la comunidad pensar en la escuela como espacio de encuentro y reconocimiento, propicio para el diálogo, la reconciliación y la paz. En ese sentido, la calidad educativa en el presente plan de desarrollo contempla una visión amplia de la educación, donde la escuela y sus entornos, los actores de la comunidad educativa y la ciudad como ciudad educadora, ofrecen las condiciones adecuadas para el aprendizaje a lo largo de la vida.

 

Artículo 19. Programa de mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte. Este programa pretende ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades en la ciudadanía y los diferentes agentes del sector con perspectiva diferencial y territorial, a través de estímulos y alianzas estratégicas que permitan profundizar los procesos nativos locales, pero también apropiar y transmitir aquellos novedosos e innovadores en la generación de actitudes diferentes frente a la lectura, la escritura, la aparición de escenarios de conocimiento y experimentación, de memoria, de tecnología y la circulación de bienes y servicios que propendan por el buen uso del tiempo libre, los hábitos saludables, la actividad física y las acciones que conlleven a hacer efectivos los derechos culturales, recreativos y deportivos en estrecho vínculo con la transformación cultural que hoy propone la ciudad.

 

Artículo 20. Metas e indicadores por Programa.

 

Programa

Meta Plan de Desarrollo Local

Indicador

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

Adecuar 4 jardines infantiles

Jardines infantiles adecuados

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

Dotar 589 jardines infantiles

Jardines infantiles dotados

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

Vincular a 2000 personas en acciones de promoción del buen trato infantil

Personas vinculadas a acciones de promoción del buen trato infantil

Programa de igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

Beneficiar a 4.950 personas con subsidio tipo C, por año

Personas con subsidio tipo C beneficiadas

Programa de igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

Beneficiar a 1.600 personas en condición de discapacidad con ayudas técnicas no POS

Personas beneficiadas con ayudas técnicas no POS

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

Realizar 1 estrategia integral de promoción y prevención frente al riesgo natural y antrópico (*)

Estrategias integrales para la prevención del riesgo natural y antrópico

Inclusión educativa para la equidad

Dotar 33 IED con material pedagógico

IED dotados con material pedagógico

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

Realizar 8 eventos artísticos y culturales

Eventos artísticos y culturales realizados

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

Vincular a 600 personas a procesos de formación artística y cultural

Personas vinculadas a procesos de formación artística y cultural

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

Realizar 12 eventos de recreación y deporte

Eventos de recreación y deporte realizados

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

Vincular a 800 personas a procesos de formación deportiva

Personas vinculadas a procesos de formación deportiva

 

* Proyecto Estratégico Local

 

CAPÍTULO III

 

PILAR 2. DEMOCRACIA URBANA

 

Definición, objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 21. Definición. Este pilar se enfoca en incrementar y mejorar el espacio público, el espacio peatonal y la infraestructura pública disponible para los habitantes de la localidad y sus visitantes, mediante la ejecución de programas orientados a materializar el principio constitucional de igualdad de todos ante la ley y la primacía del interés general sobre el particular, además de vincular y propiciar el compromiso de la ciudadanía y de la institucionalidad pública y privada frente al entorno construido y recuperado para aumentar el sentido de pertenencia y compartir con toda la ciudad el propósito de democracia urbana.

 

Artículo 22. Objetivo General.

 

Pretende promover y potenciar el desarrollo integral de la población a través de acciones de generación, construcción, recuperación y mantenimiento de la infraestructura vial local, vinculadas directamente con la gestión que garantice y vigile el buen estado de la malla vial intermedia, arterial y troncal, a fin de dinamizar la mejor movilidad para todos en San Cristóbal, adicionando un componente muy importante de resignificación, recuperación y construcción de espacio público y de puentes vehiculares y/o peatonales de nivel local sobre cuerpos de agua, para el disfrute equitativo de todos y todas en la localidad. Pretende igual integrar todo un componente cultural frente a la prevención, cuidado y buen uso de esta infraestructura, así como el cuidado y rescate de rondas de quebrada y las riquezas naturales del territorio.

 

Artículo 23. Estrategias generales. Las estrategias generales para abordar este componente específico del Plan de Desarrollo Local, se resume en:

 

- Fortalecimiento de los procesos de recuperación, incorporación, mejoramiento de la vida urbana y control de la ilegalidad del uso de predios, terrenos, o espacio público, con base en los lineamientos y criterios previstos desde los sectores distritales, desde un ejercicio de la institucionalidad y a través de acciones de asesoría, gestión y acompañamiento a la comunidad para la atención de sus problemáticas, teniendo en cuenta la incorporación de posibles campañas de información y sensibilización. Integrar acciones para propiciar el ordenamiento territorial y la recuperación del espacio público y proponer Zonas de Aprovechamiento del Espacio de manera Regulada y Temporal- ZAERT bajo ese contexto.

 

- Reconocimiento del espacio público local como un derecho de todos, a través del mejoramiento de las condiciones físicas de los parques, en perspectivas de un ejercicio de re-significación del uso de estos escenarios para el desarrollo de dinámicas sociales y saludables para la comunidad y del seguimiento y control a la ocupación de los espacios públicos, con la finalidad de tener una localidad más organizada para todos.

 

- Mejoramiento de las condiciones de movilidad de la localidad, a partir de la construcción y mantenimiento de las mallas viales, de espacios públicos locales y de infraestructura para la protección y conservación de cuerpos de agua, teniendo en cuenta lineamientos sectoriales y/o criterios de priorización e intervención que posibiliten desarrollos integrales para atender las necesidades y expectativas de la comunidad.

 

Artículo 24. Programa de recuperación, incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad. Implica monitoreo permanente sobre áreas de la localidad susceptibles de ocupación informal del suelo, con el fin de informar oportunamente a las autoridades competentes sobre las infracciones relacionadas, así como la aplicación de los recursos disponibles desde lo local para avanzar en la legalización y titulación de predios, con el fin de mitigar las posibles conflictividades sociales generadas en torno a estas realidades.

 

Artículo 25. Programa del espacio público, derecho de todos. El objetivo del programa es transformar, incrementar y recuperar el espacio público construido y natural de la localidad, a través de todas las estrategias, acciones, estudios y diseños necesarios para la construcción y recuperación de parques, en un marco de respeto por la dignidad humana y el medio ambiente y como un escenario democrático, seguro y de calidad para la socialización, apropiación, uso y disfrute de todas las personas. En el ejercicio local y dado la magnitud de las áreas de riesgo por remoción en masa, en este programa se vincula la realización de las obras de mitigación que se requieran y de acuerdo a los criterios técnicos de priorización emanados desde las instituciones competentes del sector central.

 

Artículo 26. Programa de mejor movilidad para todos. El objetivo de este programa es mejorar la calidad de la movilidad y las condiciones de accesibilidad a los  diferentes barrios de la localidad. Ello implica diagnosticar, cuantificar y priorizar la aplicación de los recursos entre construcción, acciones de mantenimiento, de rehabilitación o recuperación de la malla vial, del espacio público local, la construcción de infraestructura que posibilite la movilidad peatonal y vehicular sobre los cuerpos de agua locales.

 

Artículo 27. Metas e indicadores por Programa.

 

Programa

Meta Plan de Desarrollo Local

Indicador

Recuperación, incorporación, vida urbana y control de ilegalidad

Gestionar la presentación de 300 demandas de titulación predial

Demandas de titulación predial presentadas

Recuperación, incorporación, vida urbana y control de ilegalidad

1 estudio preliminar para la regularización urbanística (levantamientos topográficos y análisis) a asentamientos de origen informal previamente legalizados y priorizados en la localidad diagnosticados por la SDHT

Estudios preliminares para la regularización urbanística (levantamientos topográficos y análisis) a asentamientos de origen informal previamente legalizados y priorizados en los territorios diagnosticados por la SDHT

Espacio público, derecho de todos

Construir 8 parques vecinales y/o de bolsillo

Parques vecinales y/o de bolsillo construidos

Espacio público, derecho de todos

Intervenir 65 parques vecinales y/o de bolsillo

Parques vecinales y/o de bolsillo intervenidos

Mejor movilidad para todos

Construir 5.5 Km/carril de malla vial local

Km/carril de malla vial local construido

Mejor movilidad para todos

Mantener 45 km/carril de malla vial local

Km/carril de malla vial local mantenido

Mejor movilidad para todos

Construir 24.000 m2 de espacio público local

M2 de espacio público construidos

Mejor movilidad para todos

Intervenir 16 puentes vehiculares y/o peatonales de escala local sobre cuerpo de agua

Puentes vehiculares y/o peatonales, de escala local sobre cuerpos de agua intervenidos

 

CAPÍTULO IV

 

PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA

 

Definición, objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 28. Definición El pilar de construcción de comunidad y cultura ciudadana se enfoca en aumentar el nivel de cumplimiento de la ley y la cooperación ciudadana, consolidando espacios seguros y confiables para la interacción de la comunidad, mejorando la percepción de seguridad gracias a la contención de los índices de criminalidad y fomentando el fortalecimiento del sistema de justicia formal e informal en la localidad. Ajustado de (Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para Todos 2016- 2020”, 2016, pág. 9).

 

Se pretende que la localidad de San Cristóbal se muestre como un referente para la ciudad, disminuyendo los índices de criminalidad, mostrando efectividad institucional frente al delito, fortaleciendo las redes de justicia y mecanismos de acceso a la misma, en una perspectiva de respeto por la vida y la garantía de los Derechos Humanos a sus habitantes, buscando a través de la participación ciudadana un mayor disfrute y reconocimiento de la localidad como espacio de paz.

 

Artículo 29. Objetivo General. Fomentar las apuestas públicas y las iniciativas ciudadanas de transformación cultural en el territorio y propiciar la transformación participativa de todas aquellas representaciones y hábitos contrarios a la cultura ciudadana, mediante prácticas culturales que permitan el goce efectivo de los derechos, el despliegue responsable de las libertades y la convivencia pacífica. De esta manera, se pretende promover y potenciar el desarrollo integral de la población a través de mejorar la seguridad y la convivencia; prevenir y contener el delito, en especial el microtráfico y mucho más aquel que ronda los espacios públicos, en especial el entorno escolar, generando con ello mayor confianza y aprecio de la ciudadanía a las acciones de sus autoridades. A su vez fomentar toda una ola de acciones que refuercen para San Cristóbal el compromiso, la participación y las mejores muestras de cultura ciudadana en sus habitantes.

 

Artículo 30. Estrategias generales. Se resumen en:

 

- Dotación de dispositivos, equipos y aplicaciones tecnológicas de seguridad que permitan brindar información para la identificación de los focos de comisión de delitos, promoción de denuncia ciudadana y la disposición de pruebas para elevar la eficacia de los procesos judiciales en perspectivas de mitigar los riesgos de comisión de delitos de alto impacto.

 

- Mejoramiento de las condiciones de seguridad y convivencia de la localidad, a partir del diseño e implementación de planes, programas y campañas de sensibilización que contemplen la atención y prevención de todas las formas de violencia con enfoque de género, teniendo en cuenta a los actores voluntarios para la justicia comunitaria y la implementación de rutas de promoción y garantía de derechos humanos, en el marco del Sistema de Justicia Formal dispuesto desde la Casa de Justicia de San Cristóbal.

 

Artículo 31. Programa de seguridad y convivencia para todos. El objetivo de este programa es mejorar la seguridad y la convivencia en la localidad a través de la prevención y control del delito, reconociendo el efecto de distintos fenómenos que inciden y afectan la cotidianidad local, como el micro tráfico, delito que históricamente se ha reconocido como uno de los más influyentes en materia criminal, afectando a la comunidad en general y a los entornos escolares locales.

 

Es una tarea institucional, construir el capítulo local del Plan Integral de Seguridad y Convivencia- PISC, el cual contendrá los objetivos, las estrategias y de manera más específica las acciones que se convierten en prioritarias para mejorar la confianza y generar corresponsabilidad ciudadana ante los fenómenos y  hechos asociados a la criminalidad, lo que exige preparar la localidad para la paz, comprender, difundir y fortalecer las redes de justicia y las acciones institucionales integrales.

 

Artículo 32. Metas e indicadores por Programa.

 

Programa

Meta Plan de Desarrollo Local

Indicador

Seguridad y convivencia para todos

Realizar 4 dotaciones para seguridad

Dotaciones para seguridad realizadas

Seguridad y convivencia para todos

Vincular a 2.000 personas a ejercicios de convivencia ciudadana

Personas vinculadas a ejercicios de convivencia ciudadana

 

CAPÍTULO V

 

EJE TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

 

Definición, objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 33. Definición. Manteniendo como preocupación fundamental la reducción del consumo de energía en la localidad, deben priorizarse prácticas eco-sostenibles y la consolidación de procesos previos que permitan recuperar y cuidar la estructura ecológica principal.

 

Artículo 34. Objetivo general El compromiso local trasciende hacia cuidar y mejorar su vínculo con la reserva forestal de los Cerros Orientales, y de sus cuerpos hídricos, en procura de garantizar una mejor calidad de vida y ahorro en el consumo energético global.

 

Artículo 35. Estrategia general. Se resume en:

 

- Incorporación de acciones de recuperación y manejo de la estructura ecológica principal EEP, de la localidad, a partir de la recuperación, rehabilitación, restauración y manejo de la cobertura vegetal, mediante la revegetalización, plantación o intervención con árboles nativos, en espacios o áreas disponibles y de la intervención del espacio público para implementar conceptos de re-naturalización, ecourbanismo, jardinería, muros verdes y/o paisajismo en dichos espacios, teniendo en cuenta los lineamientos y/o criterios establecidos desde las entidades competentes, con la participación de la comunidad y en un ejercicio de corresponsabilidad ciudadana e institucional.

 

Artículo 36. Programa de Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal. El objetivo de este programa es mejorar la oferta de los bienes y servicios eco-sistémicos en la localidad, para asegurar el uso, el disfrute y la calidad de vida para todos.

 

Artículo 37. Metas e indicadores por Programa.

 

Programa

Meta Plan de Desarrollo Local

Indicador

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

Sembrar o intervenir 2.800 árboles.

Arboles sembrados o intervenidos

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica principal

Intervenir 12 Ha de espacio públicos con acciones de renaturalizacion y/o ecourbanismo

Hectáreas de espacio público intervenidas con acciones de renaturalizacion y/o ecourbanismo

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica principal

Intervenir 4.000 m2 de espacio público con acciones de jardinería, muros verdes y/o paisajismo

M2 de espacio público intervenidos con acciones de jardinería, muros verdes y/o paisajismo

 

CAPÍTULO VI

 

EJE TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO Y EFICIENTE

 

Definición, objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 38. Definición Este eje transversal prevé las acciones para restaurar la confianza institucional y el buen gobierno de la localidad, de forma tal que esté orientado al servicio ciudadano y que incorpore como práctica habitual el evaluar las diferentes alternativas para optimizar los procedimientos y costos, procurando siempre y como primicia esencial la mejor relación costo- beneficio. De igual forma, a través del fomento, y el auspicio a la participación ciudadana y a los ejercicios de control ciudadano para garantizar la transparencia, la integridad y la lucha contra la corrupción.

 

Artículo 39. Objetivo General. Propender por consolidar un modelo transparente y pulcro de gobierno local. Para ello se debe apostar a modernizar de manera inmediata todo el aparato administrativo y tecnológico local; verificar la idoneidad profesional en los servidores y contratistas y finalmente vincular a la ciudadanía como actores principales en iniciativas de bien común.

 

Artículo 40. Estrategia General. Se resume en:

 

- Fortalecimiento al ejercicio de la gobernanza, y la institucionalidad en la localidad, a partir de un mayor acercamiento con los actores políticos, sociales, institucionales y de control social, del posicionamiento de ejercicios de participación y diálogo con dichos actores, de la implementación de nuevos matices a las actividades de inspección, vigilancia y control. Así como, contar con un personal idóneo dentro de las instalaciones físicas más adecuadas para atender las necesidades del servicio de los grupos de interés de la Alcaldía Local, desde el reconocimiento de su influencia a nivel distrital y global.

 

Artículo 41. Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional, nacional e internacional. Supone un ejercicio de administración local capaz de trasladar a la discusión en el Distrito, en la Nación e incluso con organismos internacionales, los problemas y las propuestas emanadas de la deliberación y la evaluación local.

 

Artículo 42. Metas e indicadores por Programa.

 

Programa

Meta Plan de Desarrollo Local

Indicador

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional

Cubrirá los 11 ediles con pago de honorarios

Ediles con pago de honorarios cubierto

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional

Realizar 1 estrategia de fortalecimiento institucional

Estrategias de fortalecimiento institucional realizadas

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional

Realizar 4 acciones de inspección, vigilancia y control

Acciones de inspección, vigilancia y control realizadas

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional

Fortalecer 100 organizaciones. Instancias y expresiones sociales ciudadanas para la participación

Organizaciones, instancias y expresiones sociales ciudadanas fortalecidas para la participación.

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional

Vincular a 800 personas en procesos de participación ciudadana y/o control social

Personas vinculadas a procesos de participación ciudadana y/o control social

Programa de Gobernanza e influencia distrital, regional e internacional (*)

Adecuar 1 sede de Gobierno Local

Sede de gobierno adecuada

 

* Proyecto Estratégico Local – PEL

 

PARTE II

 

PLAN DE INVERSIONES

 

CAPÍTULO VII

 

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES

 

Artículo 43. Financiación. El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “SAN CRISTÓBAL MEJOR PARA TODOS: UNA LOCALIDAD SANA, FELIZ Y EN PAZ”, se estima en un monto de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS ($225.479.000.000.oo) constantes de 2016. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes.

 

Artículo 44. Plan plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.

 

 

Pilar/Eje

 

RECURSOS

2017

2018

2019

2020

Total

Pilar: Igualdad de Calidad de Vida

7507

11278

11278

11278

41341

Pilar: Democracia Urbana

29751

25471

26251

27120

108594

Pilar: Construccion de Comunidad

2548

2527

2605

2695

10375

Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

1375

1175

1175

1175

4900

Eje Transversal: Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

9310

9742

10008

10336

39396

Proyecto estratégico local 1

468

350

768

1286

2873

Proyecto estratégico local 2

3000

5000

5000

5000

18000

TOTAL RECURSOS

53960

55543

57086

58890

225479

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Proyección de recursos 2017-2020 por Pilar/ Eje y programa.

 

Pilar 1

 

Pilar: Igualdad de Calidad de Vida

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

1350

1050

1050

1050

4500

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente **

3758

7828

7828

7828

27242

Inclusión educativa para la equidad

700

700

700

700

2800

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

1700

1700

1700

1700

6800

TOTAL

7507

11278

11278

11278

41341

 

Cifras en millones de pesos de 2016.

 

Pilar 2

 

Pilar: Democracia Urbana

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Recuperación, Incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad

703

200

200

175

1278

Espacio público, derecho de todos

5096

5054

5210

5389

20749

Mejor movilidad para todos

23952

20217

20842

21556

86566

TOTAL

29751

25471

26251

27120

108594

 

Cifras en millones de pesos 2016

 

Pilar 3

 

Pilar: Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Seguridad y convivencia para todos

2548

2527

2605

2694

10375

TOTAL

2548

2527

2605

2694

10375

 

Cifras en millones de pesos 2016

 

Eje Transversal No. 3

 

Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en eficiencia energética

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

1375

1175

1175

1175

4900

TOTAL

1375

1175

1175

1175

4900

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Eje Transversal No. 4

 

Eje Transversal: Gobierno Legítimo, fortalecimiento local y Eficiencia

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Gobernanza e influencia local, regional e internacional (*)

9310

9742

10008

10336

39396

TOTAL

9310

9742

10008

10336

39396

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Proyectos estratégicos locales

 

Proyectos estratégicos locales

Programa

2017

2018

2019

2020

Total

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

468

350

768

1286

2873

Sede de gobierno local *

3000

5000

5000

5000

18000

TOTAL

3468

5350

5768

6286

20873

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

* Se incluye la proyección de los recursos para la construcción de la sede administrativa de la Alcaldía Local de San Cristóbal como proyecto estratégico local.

 

Artículo 45. Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.

 

Artículo 46. Anexos. Los siguientes anexos hacen parte integral del Plan de Desarrollo Local de San Cristóbal:

 

a. Anexo 1: Documento técnico base para la construcción del Plan de Desarrollo Local

 

b. Anexo 2: Plan plurianual a nivel de meta Plan de Desarrollo Local.

 

Artículo 47. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de octubre del año 2016.

 

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO.

 

SANDRA MIREYA NOSSA QUIROGA.

 

GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO.

 

Ponentes

 

GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO

 

Presidente – JAL

 

Sancionado en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).

 

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR

 

Alcalde Local

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5945 de octubre 31 de 2016.