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DECRETO 529 DE 2016 (Noviembre 25) Por medio del
cual se designa Secretario Distrital de Desarrollo Económico Ad Hoc EL ALCALDE MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C. En uso de sus
facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993,
el Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., se
creó la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, como organismo del sector
central con autonomía administrativa y financiera. Que
el artículo 76 del Acuerdo 257 de 2006, transformó el Fondo de Ventas Populares
- FVP en el Instituto para la Economía Social - IPES, establecimiento público
de orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y
financiera y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico. Que
mediante Decreto No. 008 de 2016, se nombró a la doctora MARÍA GLADYS VALERO
VIVAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.600.845, en el cargo de
Director General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 09 del Instituto
para la Economía Social -IPES. Que
mediante Decreto No. 478 de 2016, se aceptó la renuncia presentada por el
doctor FREDDY HERNANDO CASTRO BADILLO, identificado con la cédula de ciudadanía
No. 80.111.932, al cargo de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y se encargó a la doctora MARÍA
GLADYS VALERO VIVAS del cargo de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de
la misma Secretaría, a partir del 1 de noviembre de 2016. Que
el artículo 1 del Decreto No. 99 de 2011, estableció que los integrantes de la
Junta Directiva del Instituto para la Economía Social- IPES son: "Artículo
1° La Junta Directiva del Instituto para la Economía Social, IPES, estará
conformada por: 1.
El/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C., o su
delegado/a, que será el/la Secretario/a Distrital de Desarrollo Económico,
quien lo presidirá. 2.
El/la Secretario/a Distrital de Gobierno, o su delegado/a. 3.
El/la Secretario/a Distrital de Integración Social, o su delegado/a. 4.
El/la Secretario/a Distrital de Planeación, o su delegado/a. 5.
El/la Director/a de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, o
su delegado/a. 6.
Un/a (1) representante del sector empresarial, designado/a por el/la Alcalde/sa Mayor. 7.
Un/a (1) representante de los/las vendedores/as informales de la ciudad,
designado/a por el/la Alcalde/sa Mayor de terna
presentada por el/la Directoria General del IPES,
integrada con los miembros elegidos democráticamente en una Asamblea Distrital
de Vendedores Informales. 8.
Un/a (1) representante de los/las comerciantes de las plazas de mercado,
designado/a por el/la Alcalde/sa Mayor de terna
presentada por el/la Director/a General del IPES, conformada por los/las
comerciantes de las plazas de mercado asignatarios/as de los puestos, locales o
bodegas, elegidos entre ellos. 9.
Un/a representante de los grupos sociales atendidos por el IPES a través de sus
proyectos institucionales, designado/a por el/la Alcalde/sa
Mayor de terna presentada por el/la Director/a General del IPES, que será
conformada con los representantes de: jóvenes entre los 18 y 26 años
vulnerables económicamente con ocasión de emergencias comprobadas originadas
por eventos naturales o antrópicos y que enfrentan serios problemas de generación
de ingresos y exclusión social; la población adulta en edad productiva de 18 a
59 años vulnerable económicamente, la población LGBT, personas en situación de
discapacidad, población desplazada, minorías étnicas, elegidos democráticamente
entre ellos, en Asamblea general convocada por la entidad". Que
en virtud de lo previsto en el artículo 2 del Decreto 99 de 2011, "El/la
Director/a General del Instituto para la Economía Social - IPES- ejercerá la
Secretaría de la Junta Directiva, con voz, y sin voto." Que
la doctora María Gladys Valero Vivas en su condición de Directora General de
Entidad Descentralizada Código 050 Grado 09 del Instituto para la Economía
Social - IPES y encargada del cargo de Secretario de Despacho Código 050 grado
09 de la Secretaría de Desarrollo Económico, ostentaría las calidades de
Secretaria y Presidente de la Junta Directiva de este Instituto. Por tanto, en
aras de preservar los principios de la función administrativa, como lo son
buena fe, moralidad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad y
transparencia consagrados en la Ley 489 de 1998, se considera necesario
designar a un Secretario Distrital de Desarrollo Económico ad hoc, para que
suscriba no sólo los actos administrativos que expida la citada Junta Directiva,
sino para todos aquellas actuaciones en las que resulte necesario que concurran
los referidos cargos. Que
por lo anterior y con el fin de salvaguardar los intereses del Instituto para
la Economía Social - IPES, se hace necesario designar a la doctora ADRlANA MARCELA GUTIÉRREZ CASTAÑEDA, identificada con la
cédula de ciudadanía No. 39.573.449, Directora General de Entidad
Descentralizada Código 050 Grado 02 del Instituto Distrital de Turismo - IDT,
como Secretario de Despacho Ad Hoc Código 020 Grado 09 de la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico para conocer, tramitar y suscribir los actos
que, conforme a las disposiciones legales, deban ser suscritos conjuntamente
con la Directora General del Instituto para la Economía Social - IPES. En
mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°.- Designar como
Secretaria de Desarrollo Económico Ad -Hoc, a la Doctora ADRIANA MARCELA
GUTIÉRREZ CASTAÑEDA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.573.449,
Directora General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 02 del Instituto
Distrital de Turismo - IDT, para conocer, tramitar y suscribir los actos que,
conforme a las disposiciones legales, deban ser suscritos conjuntamente con la
Directora General del Instituto para la Economía Social- IPES. Artículo 2°.- Comunicar el
contenido del presente Decreto a la doctoras ADRIANA MARCELA GUTIÉRREZ
CASTAÑEDA, MARÍA GLADYS VALERO VIVAS, al Instituto para la Economía Social - lPES, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al
Instituto Distrital de Turismo - IDT y a la Dirección de Talento Humano de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la
Subdirección de Servicios Administrativos de esta última Secretaría. Artículo 3°.- El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C.,
a los 25 días del mes de noviembre del año 2016 ENRIQUE PEÑALOSA
LONDOÑO Alcalde Mayor |