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Acuerdo Local 001 de 2016 Junta Administradora Local de Usme

Fecha de Expedición:
26/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/10/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5934 de Octubre 13 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 1 DE 2016

 

(Septiembre 26)

 

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Usme 2017-2020

 

BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ÚSME MEJOR PARA TODOS: PROSPERA, SEGURA, ORDENADA, EDUCADA Y CON CULTURA CIUDADANA 2017 – 2020

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ÚSME,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000.

 

ACUERDA

 

PARTE I

 

PARTE GENERAL

 

CAPÍTULO I

 

VISIÓN

 

Artículo 1. Adopción del plan.

 

Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Usme para el periodo 2017-2020 “Usme mejor para todos: próspera, segura, ordenada, educada y con cultura ciudadana 2017 - 2020”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.

 

Artículo 2. Visión1.

 

En el 2020 “Usme mejor para todos: próspera, segura, ordenada, educada y con cultura ciudadana 2017 - 2020”, construirá una localidad organizada y segura que generará más oportunidades para la materialización de los derechos con calidad de los niños, jóvenes, adultos, y personas mayores por medio de un desarrollo integral para sus habitantes desde la apropiación del territorio y el amor por el mismo enfocado en estrategias transversales que vinculen su riqueza ambiental, cultural, ancestral y turística con la ciudadanía, el uso equilibrado y sostenible de los recursos naturales disponibles lo cual garantizará el disfrute de los derechos en equidad, y la atención a la población vulnerable.

 

Todo lo anterior se construirá gracias a la interacción efectiva entre la Alcaldía Local con las demás entidades con presencia en la localidad, y con la ciudadanía; la consolidación y uso recreo deportivo del espacio público como un derecho de todos, y eje de la construcción de cultura ciudadana, la construcción del territorio, la recuperación de la malla vial local, la promoción de las buenas prácticas ciudadanas, el cumplimiento de las normas de convivencia en el territorio, y la materialización de los derechos de los ciudadanos más vulnerables en sus diferentes ciclos vitales. De hecho, los espacios públicos de la localidad serán el epicentro de construcción de cultura ciudadana e interiorización de las normas de convivencia, principios y valores democráticos.

 

El concepto de territorio se construirá conjuntamente entre la administración y la población, apropiándose más integralmente de los problemas que surgen en las diferentes comunidades y encontrando solución efectiva a los mismos. Además, cada ciudadano se sentirá seguro de habitar la localidad porque concibe el espacio público como el punto de encuentro con el otro, en donde todas las personas confluyen en sus diferentes ciclos de vida, experimentando el respeto por el otro como baluarte de toda relación, lo cual garantiza calidad de vida para los ciudadanos y un entorno ordenado, materializando así una localidad segura y amable. No se soportará con resignación al otro, sino que se le comprenderá y tolerará desde el respeto, se discutirán las diferencias y se construirán acuerdos.

 

En conclusión, Usme en el 2020 será ejemplo distrital y nacional de prevención de toda forma de violencia y exclusión en donde haciendo intervenciones integrales del espacio público, el ambiente, la cultura, el deporte, la educación, estará preparada para gestionar, en términos de corresponsabilidad, con los diferentes sectores distritales, nacionales, e internacionales los efectos del proceso de paz en la región.

 

Artículo 3. Estructura del Plan.

 

El presente Plan de Desarrollo Local, en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá mejor para todos”, adopta sus fundamentos y estructura general.

 

Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local, en procura de profundizar la visión del plan y que servirán de guía para la definición de objetivos, se organizan en torno a Pilares y Ejes.

 

Los Pilares se constituyen en los elementos estructurales, de carácter prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los Ejes Transversales. Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales para la implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de permanencia.

 

Pilares:

 

1. Igualdad de Calidad de Vida.

 

2. Democracia Urbana.

 

3. Construcción de Comunidad.

 

Ejes Transversales:

 

* Desarrollo Económico basado en el conocimiento.

 

* Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética.

 

* Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.

 

CAPÍTULO II

 

PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 4. Objetivos.

 

Serán objetivos de este pilar:

 

1. Brindar oportunidades en los diferentes ciclos de desarrollo a los habitantes de la localidad en términos de oportunidad y equidad sabiendo que la aplicación de los derechos y deberes de cada ciudadano depende de su grado de corresponsabilidad frente a los otros y al espacio que cohabita en la localidad.

 

2. Reconocer las expresiones artísticas y deportivas como fortaleza integral del desarrollo del espacio público, sabiendo que la cultura representa un baluarte en la localidad, y establecer los derechos y deberes del ejercicio de las libertades humanas en este campo incluyendo y reconociendo la identidad local respecto al distrito.

 

3. Prevenir las posibles pérdidas humanas que como consecuencia la infraestructura geofísica local se puedan presentar, identificando, reforzando y manteniendo las condiciones que mitiguen las amenazas propias del territorio, acercando así a la poblaciones más vulnerables al goce de su entorno vital.

 

4. Consolidar el derecho a la educación con calidad por medio del fortalecimiento de las diferentes tecnologías aplicadas al aprendizaje escolar en la localidad beneficiando a los más vulnerables y marginados históricamente en este derecho fundamental.

 

Artículo 5. Estrategias.

 

- Teniendo en cuenta las brechas de desarrollo integral que existen desde la gestación hasta la adolescencia se implementarán diferentes acciones encaminadas a apoyar y complementar intervenciones de las entidades distritales dotando, y adecuando los principales espacios de atención a la primera infancia en la localidad, promoviendo con ello la integralidad de sus derechos, el desarrollo de sus capacidades y vinculando a los principales actores sociales que interactúan con esta población fortaleciendo los factores protectores y así, prevenir el maltrato y las formas de trabajo infantil.

 

- En aras de superar la visión meramente asistencialista, la administración local propiciará acciones de concienciación y potencialización en la atención a las personas mayores y en condición de discapacidad otorgándoles apoyos integrales que le permitan mejorar su calidad de vida, respetar su derechos, y contribuir a su felicidad como personas que habitan el territorio local, promoviendo una participación activa dentro de la localidad.

 

- Por ser la localidad un territorio que presenta altas condiciones geofísicas de tipo irregular, la administración local busca proteger a la población local contra todo tipo de riesgo que ponga en juego la vida de los habitantes de la localidad principalmente por medio de la intervención estructural en las zonas que lo ameriten procurando con ello disminuir la pérdida de vidas humanas, y una mayor adaptación al cambio climático

 

- Las acciones de la administración local estarán enfocadas principalmente en superar la segregación en términos de cualificar estructuralmente el servicio educativo de la localidad, implementando contextos equitativos que propendan por la calidad de la educación a través de la promoción de ambientes escolares dignos y con calidad.

 

Artículo 6. Programa: Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia.

 

Desde un marco de derechos y deberes el Plan de Desarrollo busca por medio de este programa fortalecer la intervención integral de la población más vulnerable de los ciclos de infancia hasta la adolescencia reconociendo su realidad holística y generando redes de apoyo que protejan sus derechos. Lo anterior, mejorando el entorno de crecimiento y desarrollo de los niños y niñas de Usme través del fortalecimiento de las condiciones físicas tales como la entrega de dotaciones a los jardines de la S.I.S y las unidades operativas de atención a primera infancia adscritas al ICBF de mayor necesidad, que permitan una formación libre de estereotipos, basada en el respeto a las diferencias, la promoción de la autoestima y el autocuidado, la inclusión de la diversidad, permitiendo así la identificación y aprendizaje de los derechos, que elimine todo tipo de violencia, y promueva la protección del medio ambiente, y la lectura involucrando activamente el rol de padres, madres, y agentes educativos en relación con la sana nutrición, la lectura, la educación sexual, la convivencia, la visibilización de derechos que finalmente refuerce las actividades de promoción del buen trato y la prevención de violencias a niñas y niños, sus familias y demás actores educadores del entorno.

 

Artículo 7. Programa: Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente.

 

Se busca con este programa identificar, acoger, y apoyar a las personas más vulnerables y pobres de la localidad rescatando su condición de personas, permitiéndoles descubrir en sus diferentes situaciones de autoayuda para su desarrollo digno y feliz en la realidad del territorio. Lo anterior se pretende realizar por medio de la entrega oportuna de apoyos por medio de subsidio a personas mayores al igual que las ayudas técnicas NO cubiertas por el POS. En cuanto al subsidio, se pretende que esté acompañado de los encuentros de Desarrollo humano de conformidad a una evaluación real y a la normatividad vigente. También se pretende que alrededor de esta entrega se afiancen las obligaciones que tienen los hijos e hijas respecto a sus padres y los recursos que estos perciben.

 

Por otra parte, en cuanto a la entrega de las ayuda técnicas en salud, éstas serán entregadas de conformidad a un análisis técnico detallado de las especificaciones requeridas, con puntualidad y eficacia. Igualmente, se efectuará un seguimiento continuo a la población beneficiaria.

 

Artículo 8. Programa: Familias protegidas y adaptadas al cambio climático.

 

Dados los fenómenos ambientales se busca a través de la implementación de este programa prevenir, proteger, y salvaguardar integralmente a las comunidades ubicadas en zonas de alto riesgo mitigable disminuyendo así las probabilidades de pérdidas humanas ocasionadas por el cambio climático y la ubicación geográfica de la localidad. Lo anterior por medio de acciones de complementariedad con las entidades distritales que permitan abordar el riesgo desde una perspectiva integral involucrando corresponsablemente en el proceso a los ciudadanos.

 

Artículo 9. Programa: Inclusión educativa para la equidad.

 

La educación como eje fundamental para el desarrollo humano es promovida en todas sus formas desde el presente Plan de Desarrollo. A través de este programa se busca fortalecer los ambientes educativos en la localidad entendiendo que la calidad de la educación depende también de la inclusión en el ejercicio pedagógico de herramientas que permitan el disfrute del derecho a la educación reglado en la constitución nacional. Por lo tanto, las acciones derivadas de este programa reducirán la segregación en términos de calidad y oportunidad para la población vulnerable del territorio local.

 

Para desarrollar lo anterior se dotarán a las I.E.D de la localidad de conformidad a sus necesidades. Dichas dotaciones estarán caracterizadas bajo un enfoque de derechos, diferencial y de género que permitan el reconocimiento y la valoración colectiva de la diversidad y la diferencia. Igualmente que promuevan la protección de los recursos ambientales y su aprovechamiento de un modo sostenible, el desarrollo de talentos y los procesos de formación.

 

Artículo 10. Programa: Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.

 

Mediante este programa se pretende crear escenarios de promoción y fortalecimiento de todas las expresiones culturales de los ciudadanos en el contexto local y su difusión, promoviendo la cualificación técnica de los artistas y deportistas desde una perspectiva territorial, de derechos y diferencial que supere la limitación de hacer simplemente eventos y procesos de formación artística, cultural y recreo-deportivos.

 

Las actividades culturales, artísticas y recreo-deportivas tienen la capacidad de hacer síntesis de las conflictividades, servir de espacio de catarsis para las tensiones y ser escenario para el reconocimiento del “otro (a)”, el auto reconocimiento, la re-construcción de tejidos sociales, la construcción de identidad local y el aprendizaje de competencias y valores para la convivencia. Este valor integrador, pone estas actividades en el centro de las soluciones a muchos de los retos y amenazas sociales que enfrentan las diferentes poblaciones en Usme. En consecuencia, se pretende por medio de estas actividades: establecer vínculos estratégicos entre los procesos de formación y circulación artística y cultural en el marco de las políticas públicas de este sector, promover la utilización de espacios deportivos como escenarios culturales orientando a los administradores de los mismos, complementar los procesos de formación artística, cultural y recreo-deportiva con la dotación necesaria para su implementación, incluyendo al sector rural, visibilizar los procesos artísticos a nivel local, desarrollar procesos de formación artística, cultural y recreo-deportiva de modo que se logre el cumplimiento de objetivos de aprendizaje y el aprovechamiento de tiempo por parte de las diferentes poblaciones, implementar procesos de formación basados en la recreación para la promoción de hábitos de vida saludables como base de la salud física, mental y colectiva que a su vez redunde en una mejor calidad de vida, integrar a los procesos de formación artística, cultural y recreo-deportiva las tradiciones ancestrales y culturales propias de la localidad, de modo que se posicione la diversidad de las poblaciones como riqueza en el territorio urbano y rural desde un enfoque de derechos, diferencial y de género, finalmente establecer un vínculo estratégico entre los procesos de formación deportiva y recreativa y los equipamientos recreo-deportivos con que cuenta la localidad que a su vez funcione como alternativa de apropiación del espacio público local por parte de las comunidades

 

Artículo 11. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO III

 

PILAR 2. DEMOCRACIA URBANA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 12. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Pilar:

 

Reconocer el espacio público como un derecho de todos los ciudadanos implementado acciones que integren desde su control, construcción, disfrute, mantenimiento, y cuidado. En consecuencia, el presente pilar apunta a:

 

1. Incrementar las acciones de control sobre el espacio público que garanticen los derechos de los ciudadanos en términos de equidad y respeto a las leyes que lo regulan y promueven reconociendo así que la corresponsabilidad del cuidado del espacio público es del estado y de las comunidades que cohabitan en el mismo.

 

2. Construir y mantener los espacios recreo deportivos de la localidad en consideración a su importancia para el desarrollo integral de las personas que la habitan, garantizando así la socialización, la convivencia, la recreación, y la seguridad de quienes usan dichos espacios.

 

3. Disminuir la segregación en términos del derecho a la movilidad de los habitantes de la localidad mejorando la infraestructura de la malla urbano rural lo que permite mayores nexos comerciales con el distrito y sus alrededores, la posibilidad del disfrute de las vías locales, la restauración de la comunicación entre comunidades y la protección de peatones y vehículos que transitan por la localidad.

 

Artículo 13. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

- Proporcionar herramientas para el control y monitoreo del espacio público local a los ciudadanos bajo el principio legal del bien común sobre el particular, en donde prevalezcan los ambientes peatonales y viales bajo el respeto ambiental y el goce del derecho del espacio público.

 

- Intervenir el espacio público en términos de construcción y mantenimiento de los parques de la localidad entendiendo que estos son escenarios de interrelación de las comunidades en la plenitud de sus derechos; lo cual proporciona una estabilidad sociocultural, ética y estética ya que posibilita el relacionamiento libre de prejuicios y exclusiones.

 

- Construir y mantener la malla vial local urbano-rural con acciones de intervención que permitan el sano disfrute de los derechos esenciales a la vida, a la salud, a la libertad, a la propiedad, a transitar, de los ciudadanos, haciendo un espacio más acogedor y permitiendo el desarrollo integral de los habitantes. Coadyuvando así a mejorar las condiciones comerciales de la localidad respecto al distrito disminuyendo la segregación geo-espacial.

 

Artículo 14. Programa: Recuperación, incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad.

 

Comprendiendo el uso del espacio público en términos de control, el presente programa busca implementar acciones bajo el marco del respeto de los derechos de los habitantes de la localidad, que coadyuven a la prevención de la ocupación informal del suelo local, específicamente brindando asesorías a familias y personas en temas de legalización de barrios y titulación de predios.

 

Artículo 15. Programa: Espacio público, derecho de todos.

 

Brindar por medio de la ampliación y mejoramiento de la infraestructura física local escenarios de disfrute del espacio público respetando su estructura ambiental y los derechos constitucionales de los ciudadanos, realizando la construcción e intervención de escenarios recreo deportivos locales que garanticen el libre esparcimiento mejorando así la calidad vida de los habitantes de la localidad teniendo en cuenta el déficit cuantitativo y cualitativo de equipamientos recreo deportivos en el territorio local. Así mismo se propende por la adecuación de escenarios deportivos con un enfoque diferencial e incluyente que permita la utilización de los mismos por parte de personas de todas la edades y personas en condición de discapacidad, y garantizar su dotación en el mismo sentido, incluir en la dotación de los parques juegos tradicionales, la promoción de diferentes escenarios para la práctica de diferentes deportes.

 

Artículo 16. Programa: Mejor movilidad para todos.

 

Aprovechando la organización comunitaria en términos de equidad se concertarán las necesidades presentadas por la comunidad del área urbana y rural (mantenimiento de ramales, instalación de placa huella, entre otras) a partir de criterios técnicos de intervención para así contribuir al derecho y calidad de la movilidad de los habitantes de la localidad en términos de oportunidades, privilegiando el uso de todos los ciudadanos de las vías locales particularmente por medio de la construcción y mantenimiento de la malla vial local urbana-rural, y la construcción y mantenimiento del espacio público conforme a las competencias locales, en complementariedad con la inversión del sector. Igualmente, se priorizarán acciones de construcción, mantenimiento y rehabilitación de espacio público en lugares inseguros.

 

Artículo 17. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO IV

 

PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 18. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Pilar:

 

1. Garantizar la seguridad y la convivencia ciudadana por medio de estrategias de fortalecimiento estructural y de redes comunitarias que permitan hacer sinergia entre las entidades encargadas del bienestar y seguridad de los espacios públicos, y las comunidades del territorio local.

 

2. Proporcionar herramientas de convivencia y organización social a la ciudadanía propendiendo por el auto cuidado y cuidado mutuo en relación con la sana convivencia como valor fundamental de la armonía comunitaria, y factor protector frente a la violencia.

 

Artículo 19. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

- Fortalecer la corresponsabilidad de los ciudadanos y las autoridades locales en términos de la construcción comunitaria de una sana convivencia, promoviendo el cumplimiento de la ley, fortaleciendo la infraestructura de seguridad local, y auspiciando procesos de renovación de liderazgos comunitarios por medio del respeto de la cultura ciudadana, y la recuperación de la confianza del ciudadano de su entorno. En efecto se propende por la dotación de elementos tecnológicos fundamentalmente cámaras y medios de comunicación y ofrecer oportunidades para la construcción de proyecto de vida a la población joven.

 

- Consolidar equipos de trabajo en las comunidades de base en el territorio que promuevan factores protectores frente a la inseguridad y la violencia. Lo anterior por medio de la implementación de un programa masivo de difusión y aplicación de normas de convivencia y cultura ciudadana principalmente orientado al control de establecimientos públicos, expendio y consumo de SPA, tenencia responsable de animales de compañía, reducción y adecuada disposición de basuras; incorporando actores como son las Juntas de Acción Comunal, I.E.D, jardines infantiles, y demás organizaciones comunitarias locales en todas sus modalidades.

 

Artículo 20. Programa: Seguridad y convivencia para todos.

 

El presente programa está enfocado en fortalecer la seguridad de la infraestructura local en los territorios más expuestos al delito de conformidad con las especificaciones técnicas de la autoridad en el tema de seguridad en el contexto distrital. Igualmente, busca promover la corresponsabilidad de los ciudadanos en las acciones de promoción de la sana convivencia y seguridad local focalizándose en las poblaciones de mayor vulnerabilidad tales como mujeres, niñas, niños y jóvenes. En efecto, se busca por medio de este programa ofrecer alternativas y oportunidades complementarias para la construcción de proyecto de vida a la población joven de la localidad en cuanto a acceso a educación superior y oportunidad de generación de ingresos.

 

Artículo 21. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO V

 

EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 22. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Eje Transversal:

 

1. Generar acciones autosostenibles ambientalmente en el ámbito urbano y rural que promuevan la adaptación al cambio climático respetando la identidad y cuidando integralmente la estructura ambiental local. En consecuencia, se realizarán acciones que promuevan principalmente la integración de la zona ambiental urbano-rural en términos de competitividad y productividad con el Distrito, al igual que la implementación de acciones ecológicas en restauración ambiental local.

 

Artículo 23. Estrategias.

 

Implementar acciones integrales que recuperen y promuevan la riqueza ambiental de la localidad incorporando componentes: Pedagógicos, para el conocimiento y reconocimiento del territorio desde las Instituciones Educativas, jardines y comunidad en general, Correctivos, mediante la recuperación de las rondas de todas las fuentes hídricas desde sus nacimientos, de Participación adecuando senderos para la recreación pasiva en las zonas urbanas y culturales y de Conservación en las zonas rurales, garantizando su mantenimiento y ocupando mano de obra de los ciudadanos de la localidad como guías ambientales.

 

Artículo 24. Programa: Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá región

 

El presente programa está enfocado en:

 

Fomentar el ecoturismo por medio de la estructura ambiental de la localidad a través del reconocimiento de la biodiversidad ecológica, promoviendo el trabajo conjunto de diferentes actores sociales, la internalización de la importancia del contexto local, la interacción con otras localidades, y la conectividad de los ciudadanos.

 

Artículo 25. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO VI

 

EJE TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 26. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Eje Transversal:

 

1. Fortalecer la estructura ambiental local por medio de la siembra de árboles y acciones de renaturalización que mitiguen los riesgos de los habitantes frente a los problemas ambientales propios de la condición geográfica de la localidad.

 

2. Contribuir al desarrollo paisajístico y ambiental de la localidad interviniendo a través de jardinería y muros verdes conforme a las especificidades del territorio.

 

3. Promover la sostenibilidad rural de la localidad a través de apoyo de emprendimientos y de acciones de asistencia técnico agropecuarias.

 

Artículo 27. Estrategias.

 

La estrategia contemplada para el logro de los objetivos señalados es:

 

Realizar acciones integrales que promuevan la protección y promoción de los recursos ambientales de la localidad con calidad y eficiencia permitiendo el reconocimiento de los habitantes de las potencialidades ecológicas del territorio.

 

Artículo 28. Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.

 

El presente programa está enfocado en:

 

Prevenir las consecuencias negativas del cambio climático en la localidad por medio de la siembra de árboles nativos que coadyuven en mitigar los problemas ambientales.

 

Promover la calidad de vida de los habitantes de la localidad por medio de acciones de protección, promoción y disfrute, de los principales espacios ecológicos de la localidad en un contexto de cambio climático.

 

Intervenir conjuntamente con la ciudadanía el espacio público con acciones de jardinería y muros verdes en sectores críticos de problemas ambientales y apoyar propuestas de autociudado (sic) del entorno ambiental local generando identidad y apropiación territorial.

 

Artículo 29. Programa: Desarrollo rural sostenible.

 

El presente programa está enfocado en:

 

Generar estrategias integrales de intervención articuladas con las entidades distritales en la zona rural local que promuevan programas de emprendimiento rural. En este mismo sentido se propende por apoyar técnicamente por medio de asesorías a las personas de la zona rural, disminuyendo la segregación por factores de distancia física y cultural entre la zona rural y la urbana, garantizando la equidad e igualdad en términos del desarrollo integral de los habitantes.

 

Artículo 30. Metas e indicadores por Programa.

 

 

CAPÍTULO VII

 

EJE TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO Y EFICIENTE

 

Objetivos, estrategias, programas

 

Artículo 31. Objetivos.

 

Serán objetivos de este Eje Transversal:

 

1. Fortalecer la gestión administrativa del sector gobierno en la localidad concertando con las instituciones distritales acciones de gobernanza y desarrollo integral en el territorio por medio de la entrega de productos a los ciudadanos concerniente a la vigilancia y control del espacio público, la vinculación y fortalecimiento de los ciudadanos y organizaciones a procesos de participación.

 

2. Ofrecer servicios y productos confiables a la ciudadanía en términos de probidad y empleando métodos transparentes que procuren por la eficacia y eficiencia de los recursos públicos, aumentando con ello la confianza de los ciudadanos de la localidad, y el fortalecimiento de las acciones del sector.

 

Artículo 32. Estrategias.

 

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

 

- Cumplir con la gestión de la administración local en términos de oportunidad que garanticen los servicios a la ciudadanía en el marco de las competencias locales.

 

- Realizar acciones de control urbanístico propios de la misionalidad del sector en el territorio salvaguardando el derecho de los ciudadanos del uso del espacio local.

 

- Fortalecer las redes de participación en la localidad encargadas de la representación de las comunidades que coadyuven en la construcción de procesos comunitarios y escenarios de tomas de decisiones. Principalmente apoyando la formación en áreas de conocimiento en las Tecnologías de la Información y la Comunicación, que brinde las herramientas teóricas y prácticas necesarias para promover y consolidar la organización comunitaria y la oriente hacia el cumplimiento de metas y el logro de los objetivos del plan de desarrollo Local, mediante la gestión interinstitucional en todos los niveles del estado y en asocio con instituciones privadas.

 

- Generar estrategias que vinculen a los ciudadanos directamente en temas de participación y control social de la gestión local. Esto por medio de la dinamización de las estructuras organizativas comunitarias y los mecanismos de participación, dotaciones a las JAC, y construcción de salones comunales, para activar la discusión pública y la propuesta ciudadana y crear escenarios de toma de decisiones colectivas que incidan con eficacia en la gestión institucional.

 

Artículo 33. Programa: Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

 

Este programa busca organizar la gobernanza en el territorio local de manera que se realice la gestión por resultados de forma eficaz y eficiente por parte de las entidades que confluyen en el mismo procurando una interacción optima con la región y la nación.

 

Artículo 34. Metas e indicadores por Programa.

 

 

PARTE II

 

PLAN DE INVERSIONES

 

CAPÍTULO VIII

 

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES

 

Artículo 35. Financiación.

 

El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “USME PRÓSPERA, SEGURA, ORDENADA, EDUCADA Y CON CULTURA CIUDADANA 2017 - 2020” se estima en un monto de $215.554.000.000 millones de pesos constantes de 2016. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes.

 

El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan las Multas, Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios.

 

Artículo 36. Plan plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Proyección de recursos 2017 – 2020 por Pilar/ Eje y programa

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

 

Cifras en millones de pesos de 2016

 

Artículo 37. Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.

 

Artículo 38. Políticas. El presente Plan de Desarrollo y cada una de las políticas, planes y programas que lo implementen, tendrán un enfoque basado en derechos y deberes, en especial los Derechos Humanos -EBDH- como herramienta transversal y estratégica tanto de la Política Pública Local como de la Planeación Territorial. En consecuencia, las acciones que se ejecuten en desarrollo de este Plan, serán diseñadas, formuladas, implementadas y evaluadas con base en el EBDH.

 

Artículo 39. Otras estrategias. Para ejecutar los proyectos previstos en las bases del Plan de Desarrollo Local y cumplir las metas del presente plan se podrán utilizar las asociaciones público privadas previo concepto del sector respectivo al igual que los mecanismos de coordinación interinstitucional previstos en términos de complementariedad.

 

Artículo 40. Anexos. Los siguientes anexos hacen parte integral del Plan de Desarrollo Local “Usme mejor para todos: próspera, segura, ordenada, educada y con cultura ciudadana 2017 - 2020”:

 

a. Anexo 1: Plan plurianual a nivel de meta plan de desarrollo.

 

b. Anexo 2: Documento técnico base para la construcción del Plan de Desarrollo Local.

 

Artículo 41. Vigencia. El presente rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de septiembre del año 2016.

 

Cordialmente

 

DANIEL DAVID TORRES TORRES

 

Presidente - JAL

 

JIMY ALEXÁNDER TOLOSA

 

Secretario – JAL

 

Sancionado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

 

JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA

 

Alcalde Local de Usme

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5934 de Octubre 13 de 2016.