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Circular 003 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
09/02/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/02/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

CIRCULAR 003 DE 2017


(febrero 9)



Para:

DIRECTORES Y JEFES DE OFICINA DE LA SECRETARIA JURIDICA DISTRITAL

 

De:

DIRECCION DE GESTION CORPORATIVA

 

Asunto:


Rad.:

CALENDARIO PARA TRÁMITE DE PAGO DE CUENTAS DE CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS VIGENCIA 2017.


3-2017-411


 

MES

RECEPCION DE

CUENTAS ÁREA

FINANCIERA

FECHA ESTIMADA DE PAGO

FECHA CIERRE

TESORERIA

DISTRITAL

ENERO

02 AL 06

18

25

FEBRERO

01 AL 06

17

23

MARZO

01 AL 06

17

27

ABRIL

03 AL 07

21

24

MAYO

02 AL 05

17

24

JUNIO

01 AL 06

16

23

JULIO

04 AL 07

17

24

AGOSTO

01 AL 04

17

24

SEPTIEMBRE

01 AL 06

18

25

OCTUBRE

02 AL 06

18

24

NOVIEMBRE

01 AL 07

17

24

DICIEMBRE

01 AL 06

18

*

* No se cuenta con información de la SDH

Documentos solicitados para el pago de cuentas:

1.  Memorando de remisión de documentos, radicado a la Dirección de Gestión Corporativa, suscrito por el supervisor del contrato.

2.  Certificado de cumplimiento a satisfacción del objeto del contrato y obligaciones del contratista, expedido por el (la) supervisor (a) del contrato.

3.  Informe de ejecución del contratista del periodo a cobrar.


4.  Planilla de pago de los aportes a salud, pensión y riesgos laborales (ARL).

5.  Factura de venta a nombre de la Secretaría Jurídica Distrital — Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Nit 899999061 (Únicamente para las personas naturales pertenecientes al Régimen Común y personas jurídicas), la factura debe cumplir con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario.

Documentos adicionales cuando es primer pago.

1.  Copia afiliación ARL.

2. Copia del Acta de Inicio.

 3. Certificación Bancaria de la cuenta, donde se debe consignar el pago. 4- Registro Único Tributario — RUT.

4.  Registro de Identificación Tributaria — RIT.

5.  Certificación vigente de la entidad financiera o fondo de pensiones donde se debe consignar el descuento (Únicamente para las personas que aportan a Ahorro para el Fomento de la Construcción — AFC y/o Aporte Voluntario de Pensiones a Fondos — AVPF).

6. Si se desea acceder al beneficio tributario de disminución de base de retención en la fuente por concepto de aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Integral, es necesario allegar los soportes requeridos, junto con la solicitud de acceder al beneficio tributario (Ley 1607 de 2012 y sus reglamentarios y Ley 1819 de 2016).

Estos documentos se deben anexar en cada uno de los pagos solicitados.

Del segundo pago y siguientes, se requiere que los supervisores del contrato anexen los documentos de los ítems del 1 al 5.

Los pagos de los contratos de prestación de servicios se liquidarán con meses de treinta (30) días; sin, embargo las certificaciones de cumplimiento del periodo de pago deben relacionar el me completo

Cordialmente,

ETHEL VASQUEZ ROJAS

DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA