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Decreto 006 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/01/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/01/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5291 del 6 de enero de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 006 DE 2017

 

(Enero 04)

 

Por medio del cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-0635

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E)

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto–Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, señala que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales se les aplica esta Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio.

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital 604 del 27 de diciembre de 2012, a partir del 1° de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del parágrafo del artículo 1° ibídem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital 580 del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.

 

Que la señora MARLENY LUCERO LOZANO CORREA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.022.358.469 expedida en Bogotá, fue vinculada en la Planta Temporal antes señalada, mediante la Resolución No. 287 del 31 de mayo de 2013 por la cual fue nombrada a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, con efectividad a partir del 17 de junio de 2013 según consta en el Acta de Posesión No. 279 de la misma fecha.

 

Que mediante la Resolución No. 605 del 8 de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014, se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; y a través de la Resolución No. 759 del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.

 

Que la vinculación de la señora Lozano Correa en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., terminó el 30 de junio de 2016, inclusive, de conformidad con las condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió, el cual no generaba estabilidad ni derechos de carrera administrativa.

 

Que la señora MARLENY LUCERO LOZANO CORREA, ya identificada, interpuso acción de tutela contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en procura de la protección de los derechos fundamentales al mínimo vital, la estabilidad laboral reforzada y seguridad social en su condición de madre cabeza de familia.

 

Que el Juzgado Veintitrés (23) Civil Municipal de la Oralidad de Bogotá D.C., profirió fallo de tutela de fecha 24 de noviembre de 2016, mediante el cual resolvió:

 

PRIMERO: TUTELAR de manera transitoria y por el término de seis (6) meses en favor de la señora MARLENY LUCERO LOZANO CORREA, su derecho a la estabilidad laboral reforzada como madre cabeza de familia y el mínimo vital de sus menores hijos.

 

SEGUNDO: ORDENAR a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - SECRETARÍA GENERAL, que dentro de los cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta decisión, proceda a reintegrar a la señora MARLENY LUCERO LOZANO CORREA en el cargo que desempeñaba o en uno de igual categoría mientras acude a la jurisdicción contenciosa administrativa.”

 

Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.

 

Que la Secretaría General solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico para la creación de un (1) empleo transitorio, con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención, así:

 

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO

NOMENCLATURA

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DEPENDENCIA DIRECCIÓN

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

01

1

DIRECCIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2016-EE-2545 del 5 de diciembre de 2016 respecto de la viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio en la mencionada Secretaría.

 

Que conforme al procedimiento establecido, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General, mediante oficio 2016-EE-182525 del 21 de diciembre de 2016.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con la parte resolutiva del Fallo de Tutela con radicado No. 2016-0635 del Juzgado Veintitrés (23) Civil Municipal de la Oralidad de Bogotá D.C., de la siguiente manera:

 

Nombre

Cédula de Ciudadanía

Denominación

Código

Grado

Dependencia

Marleny Lucero Lozano Correa

1.022.358.469

Auxiliar Administrativo

407

01

Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía

 

ARTÍCULO 2º.- La vigencia del cargo transitorio que se crea será por seis (6) meses contados a partir de la posesión de la accionante, o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada.

 

ARTÍCULO 3º.- El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y de Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 4º.- Dado el carácter transitorio del empleo que se crea en el presente Decreto, una vez se cumpla la condición impuesta por el fallo de tutela, o hasta la notificación de decisión contraria derivada de la impugnación, o la servidora vinculada al empleo se retire del servicio por cualquiera de las causales señaladas en la ley, el cargo que venía ocupando quedará automáticamente suprimido.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de enero del año 2017.

 

DANIEL MEJÍA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor (E.)

 

JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO

 

Secretario General (E)

 

MARÍA TERESA RODRÍGUEZ LEAL

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E)