RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 17-10 de 2017 Consejo Superior de la Judicatura

Fecha de Expedición:
09/03/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR PCSJC17-10

 

(Marzo 09)

 

PARA:

FUNCIONARIOS DE LA RAMA JUDICIAL

 

DE:

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

 

ASUNTO:

Despachos comisorios de jueces de la República

 

Ver Concepto Sec. Gobierno 78643 de 2017 


El Consejo Superior de la Judicatura, en sesión celebrada el 1° de marzo de 2017, acordó expedir la presente circular informativa, sin perjuicio de la autonomía judicial prevista en el artículo 230 de la Constitución Política, relacionada con los despachos comisorios.

 

De conformidad con lo dispuesto en el inciso del artículo 38 de la Ley 1564 de 2012, cuando no se trate de recepción o práctica de pruebas o de la realización de diligencias de carácter jurisdiccional, podrá comisionarse a los alcaldes y demás funcionarios de policía.

 

Por otro lado, el parágrafo del artículo 206 de la Ley 1801 de 2016 establece que los inspectores de policía no ejercerán funciones ni realizarán diligencias jurisdiccionales por comisión de los jueces.

 

La interpretación sistemática de las mencionadas normas, permite concluir, que al encontrarse vigente la primera parte del inciso 3° del artículo 38 del Código General del Proceso, las autoridades judiciales pueden comisionar a los alcaldes, con el fin de materializar la colaboración armónica entre las ramas del poder público.

 

Atentamente,

 

MARTHA LUCÍA OLANO DE NOGUERA

 

Presidente