Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO
094 DE 2017 (Marzo 08) Por
medio del cual se crea un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico, en cumplimiento de un fallo de tutela EL
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En
uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 909 de 2004, que regula el
empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a
los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales. Que mediante fallo de tutela emitido el
27 de enero de 2017 por el Juzgado Treinta y Tres (33) Penal Municipal con
Función de Control de Garantías, el cual fue notificado a esta Entidad el día 1 de febrero de 2017, en el numeral segundo
establece: Primero:
Tutelar los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral, a la
seguridad social y al mínimo vital de que los cuales es titular la ciudadana Nury Ruíz Arias. Segundo:
“Ordenar al Secretario de Despacho de la
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, que si no la hecho ya, en un
término que no supere las cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la
notificación de esta providencia,
proceda a reintegrar sin solución de continuidad a la señora Nury Ruíz Arias, prorrogando su contrato para un empleo
igual a similar al que venía desempeñando, hasta que ella sea incluida en la
nómina de pensionados de Colpensiones.” Tercero:
“Disponer, que si no la hecho ya, el
Secretario de Despacho de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en
un término que no supere las cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la
notificación de esta providencia, adopte las medidas administrativas
necesarias, para que a la aquí accionante se le cancelen los salarios y prestaciones sociales que se le adeuden por
el tiempo en que no debió estar desvinculada, igualmente para que se consignen
los aportes a seguridad en salud y pensión que estén pendientes desde su
vinculación hasta su reincorporación”
Que por lo anterior, la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico, debe crear un (1) empleo de carácter
transitorio que será financiado con recursos de funcionamiento, de la siguiente
manera:
Que la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico, mediante oficio con radicado 2017EE331 del 2 de febrero
de 2017 solicitó al Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital, viabilidad técnica para la
creación de un empleo de carácter transitorio con el fin de nombrar a la
persona referida en un empleo cuya fecha de terminación se extienda hasta que
sea incluida en la nómina de pensionados de Colpensiones. Que el Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la creación de
un (1) empleo transitorio mediante oficio 2017EE244 del 13 de febrero de 2017. Que de igual forma, conforme al
procedimiento establecido, la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la
correspondiente certificación de viabilidad presupuestal para la creación de un
(1) empleo de carácter transitorio mediante oficio No. 2017EE19051 del 20 de
febrero de 2017. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1º.- Crear un (1)
empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, hasta tanto la señora NURY RUIZ ARIAS, sea incluida en la nómina de pensionados.
Artículo
2º-
El empleo de carácter transitorio, creado con el presente Decreto, deberá
cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo
del manual de funciones y competencias laborales de la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico, además se sujetará a la escala salarial establecida para
el sector central de Bogotá, D.C. Artículo
3º-
Dado el carácter transitorio del cargo que se crea en el presente Decreto, de
conformidad con el fallo de tutela, este, estará vigente hasta que se supere la
causa que da origen a su creación, es decir, hasta que la señora Ruiz Arias sea
incluida en la nómina de pensionados de Colpensiones, o sea desvinculada del servicio por alguna de las
causales establecidas en la ley, momento en el cual el empleo transitorio será
suprimido automáticamente. Artículo
4º.-
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado
en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de marzo del año 2017. ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde
Mayor JUAN
MIGUEL DURAN PRIETO Secretario
Distrital de Desarrollo Económico NIDIA
ROCÍO VARGAS Directora
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital |