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Escritura Pública 4609 de 1997 Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P.

Fecha de Expedición:
22/10/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No fue publicada
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EPEL46091997

ESCRITURA PÚBLICA 4609

En al ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., República de Colombia, a veintidós (22) de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997), ante mí, SILVIA MERCEDES TORO GUTIERREZ Notario (sic) Treinta y Seis (36) de este Círculo (E) se otorgó la escritura pública que se considera en los siguientes términos:

CONTRATO REFORMA DE ESTATUTOS SOCIALES Y AUMENTO DE CAPITAL AUTORIZADO DE LA SOCIEDAD "EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.

Compareció el doctor PAULO OROZCO DÍAZ, varón mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de su firma, obrando en su calidad de GERENTE GENERAL de la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ, S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, E.E.B. (E.S.P.), tal y como consta en la escritura pública 343 del 10 de julio de 1997, bajo el número 775911, entidad constituida mediante escritura pública Nº 610 del 3 de junio de 1996, otorgada en la Notaría 28 del Círculo de Santafé de Bogotá, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 5 de julio de 1997, bajo el número 544661 del Libro IX, Matrícula Nº 715138, según certificado de existencia y representación legal expedido por la citada institución, el cual se protocoliza con el presente título escriturario, y cuya fotocopia presenta, quien se denominará LA EMPRESA, y manifestó:

PRIMERO: Que en el carácter mencionado eleva a escritura pública la reforma contenida en el acta 16 del 15 de octubre de 1997, en la cual se aprobó el aumento del capital autorizado en la suma de TRESCIENTOS SETENTA MIL MILLONES DE PESOS ($370.000.000.000.oo) MONEDA CORRIENTE.

SEGUNDO: Que de conformidad con el aumento del capital autorizado por la Asamblea y como consta en el Acta, el capital de la compañía queda conformado de la siguiente manera: "ARTÍCULO SEXTO.- CAPITAL AUTORIZADO: El capital autorizado de la sociedad es la suma de DOS BILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL MILLONES DE PESOS MONESA LEGAL COLOMBIANA ($2.370.000.000.000.oo) , representado en la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES (237.000.000) de acciones nominativas de un valor nominal de DIEZ MIL PESOS ($10.000) MONEDA LEGAL COLOMBIANA cada uno, representadas en títulos negociables.

TERCERO: Que en las demás cláusulas los estatutos continúan vigentes y modificación. (sic)

El (los) comparecientes (s) hace (n) constar que han verificado cuidadosamente sus nombres completos, estado (s) civil (s), los número (s) de sus documentos de identidad; igualmente, todos los datos relacionados, con cuotas y valor de las mismas. Declara (n) que todas las informaciones consignadas en el presente instrumento son correctas y, en consecuencia, asumen la responsabilidad que se derive de cualquier inexactitud en los mismos. Conocen la ley y saben que el Notario responde de la regularidad formal de los documentos que autoriza, pero no de la veracidad de las declaraciones que los interesados (sic).

ADVERTENCIA, OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.- Leído el presente instrumento por el (los) compareciente (s) y advertido (s) sobre la obligación de pagar el impuesto de Registro (Art. 226 y s.s. ley 223 del 1995) (sic) y también sobre la formalidad de su anotación en la Cámara de Comercio lo aprobó (aron) y firma (n) conmigo el Notario que doy fe. Derechos Notariales Decreto 1681 del 16 de septiembre/96 $6.000.000.ºº. Se empleo (aron) la (s) hoja (s) de papel notarial número (s) AA00278505; AA00278506.

PAULO OROZCO DÍAZ

C.C. Nº 19.084.063 Bogotá.

SILVIA MERCEDES TORO GUTIERREZ

NOTARIO 36 DE BOGOTÁ (E)