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ACUERDO LOCAL 018 DE 2016 (Diciembre 14) Por medio del cual se aprueba el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2017 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA
CANDELARIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 de 2010 CONSIDERANDO: Que el Alcalde Local presentó
el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la
JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010. Que la Secretaría Distrital
de Hacienda mediante comunicación Nº
2016EE161004 de 31 de octubre de
2016, comunicó la Cuota de asignación por un monto de DIEZ MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL PESOS M/CTE ($10.864.675.000,00) para la vigencia. Que el Consejo Distrital de
Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 16 del 28, 29 y 30 de
noviembre de 2016, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del
Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES
MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($27.643.192.000,00), para
la vigencia fiscal de 2017. Que es función de la Junta
Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de
Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que en mérito de lo anterior, ACUERDA: Artículo 1. Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2017 por la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($27.643.192.000,00), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Fíjense
los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de
Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el
1º de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y
DOS MIL PESOS M/CTE. ($27.643.192.000,00), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. El
presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto
fiscal a partir del 1º de enero de 2017. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de diciembre del año 2016 CARLOS FERNANDO ASPRILLA LARA PRESIDENTE JAL JOSUÉ DARÍO RODRÍGUEZ ACOSTA SECRETARIO JAL EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA, En uso de las facultades legales y en especial de
las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 81 y 89 numerales
primero y segundo: sanciona el presente Acuerdo Local por medio del cual se
aprobó EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS
Y DE GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LA CANDELARIA, PARA LA VIGENCIA
FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y 31 DE DICIEMBRE DE 2017, Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre de 2016 MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ Alcalde Local de La Candelaria |