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Por la
cual se adopta el Plan Institucional de Bienestar de la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico para el año 2017 LA SECRETARIA (E) DISTRITAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO En uso de sus atribuciones
legales en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 1567
de 1998 y, CONSIDERANDO: Que la
Ley 909 de 2004, en su artículo 36, establece que “con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y
desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al
cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán
implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas
vigentes y las que desarrolle la presente Ley”. Que
los Programas de Bienestar, de acuerdo con lo señalado en el Decreto Ley 1567
de 1998, deberán organizarse a partir de las iniciativas de los servidores
públicos como procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las
condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento
de su nivel de vida y el de su familia; así mismo, deben permitir elevar los
niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del
empleado con el servicio de la entidad en la cual labora. Que dentro de las obligaciones
señaladas en el mencionado Decreto, está la de organizar anualmente los
programas de Bienestar Social e Incentivos. Que el
Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, en
su Título 10 “Sistema de Estímulos”,
señala los lineamientos para la elaboración de los programas de estímulos, sus
beneficiarios, la destinación de los recursos previstos para tales efectos y
los demás aspectos relacionados con el tema de bienestar social. Que la
Dirección de Gestión Corporativa presentó a consideración de la Comisión de
Personal el Plan de Bienestar Social para el año 2017, el cual está compuesto
por el marco normativo, el marco conceptual, el marco institucional, la
política de bienestar, las prioridades de bienestar y el programa de bienestar
resultado de la encuesta de necesidades aplicada para determinar las actividades
a desarrollar en virtud del mismo. Que
existe la disponibilidad de recursos dentro del rubro 3-1-2-02-10-00-0000-00
“Bienestar e Incentivos”, del presupuesto de la Entidad, para atender las
necesidades de capacitación consignadas en el Plan Institucional de Formación y
Capacitación que forma parte integral del presente acto administrativo. Que el artículo 2.2.10.17 del Decreto 1083 de 2015, establece: “Responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o de quienes hagan sus veces en los programas de bienestar. Con la orientación del Jefe de la entidad será responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o de quienes hagan sus veces, la formulación, ejecución y evaluación de los programas de bienestar, para lo cual contarán con la colaboración de la Comisión de Personal.” Que la
Comisión de Personal en reunión del 26 de enero de 2017, recomendó la
aprobación del Plan Institucional de Bienestar para la vigencia 2017. En
merito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- ADOPTAR
el Plan Institucional de Bienestar de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico para la vigencia 2017, el cual hace parte integral del presente acto
administrativo. ARTÍCULO 2º.- ASIGNAR con
cargo al presupuesto de la Entidad, los recursos necesarios para atender la
ejecución del Plan Institucional de Bienestar para la vigencia fiscal 2017, el
cual asciende a la suma de CINCUENTA Y
NUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN PESOS
M/CTE ($59.594.861.oo) y, se cancelará con cargo
al CDP No. 52 rubro 3-1-2-02-10 “Bienestar e Incentivos”, para la vigencia 2017.
Comuníquese al área de presupuesto para lo de su competencia. ARTÍCULO 3º.- VIGENCIA:
el presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y
deroga cualquier disposición anterior que le sea contraria. COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C. a los 9 días del mes de febrero del año 2017. JUAN
MIGUEL DURÁN PRIETO Secretario de Despacho |