Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DIRECTIVA 003 DE 2017 (Mayo 04)
En ese contexto, con el ánimo de continuar con la implementación de
iniciativas que estén un paso adelante de lo que demandan nuestros
servidores (as) públicos (as) y que sirvan al desarrollo integral para su
felicidad y la de sus hijos (as), y convencidos que la educación es quizás el
proceso más importante para construir la cultura deseada. se dispone el
siguiente lineamiento en materia de permisos laborales: Niños, niñas y adolescentes felices, sin carencias a nivel educativo por
falta de compromiso paterno o materno: Las Entidades Distritales podrán
conceder hasta cuatro (4) horas de permiso laboral remunerado por trimestre, a
los servidores (as) públicos (as) que lo requieran para asistir a reuniones de
padres de familia convocadas por las instituciones académicas en donde estudian
sus hijos (as), siempre que se presenten los soportes del caso. Cada entidad deberá realizar las gestiones pertinentes para reglamentar
internamente las condiciones y requisitos para dar cumplimiento a lo dispuesto
en la presente directiva sin que se afecte la oportuna y eficiente prestación
del servicio público. Estimamos que la directriz impartida contribuye a
formar "Niños, niñas y adolescentes felices en el contexto educativo con
un adecuado apoyo familiar" Cordialmente, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. |