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RESOLUCIÓN 128 DE 2017 (Marzo
30) EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus
facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 36 de la Ley 909
de 2004, los artículos 2.2.9.2 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 10° del
Decreto Distrital 425 de 2016, y CONSIDERANDO: Que
la Ley 909 de 2004 regula el empleo público, la carrera administrativa y la
gerencia pública, y los Decretos Reglamentarios 1227 de 2005 y 4661 de 2005,
compilados en el Decreto 1083 de 2015, señalaron los lineamientos para la
elaboración de los planes anuales de capacitación y los programas de estímulos. Que
la Resolución N° 517 de 2013 expedida por la Dirección de Gestión Corporativa
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., actualizó el
reglamento para los planes, programas y subprogramas de Capacitación y
Estímulos, y definió el procedimiento para la participación de los(as) de la
Entidad en los mismos. Que
el numeral 1 del artículo 8° ibídem establece que es función del Comité de
Capacitación formular durante el primer trimestre de cada año, el Plan Anual de
Capacitación, de acuerdo con las necesidades cada dependencia y con el
presupuesto correspondiente. Que
en reunión realizada el día 24 de marzo de 2017, el Comité de Capacitación de
la Secretaría General formuló el Plan Anual de Capacitación para los (as)
servidores (as) públicos, atendiendo para ello las necesidades de las
dependencias y el presupuesto asignado, y en pleno aprobó el Plan Anual de
Capacitación – PIC de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para la vigencia 2017, el cual fue
presentado al nominador de la Entidad para su adopción durante la misma
vigencia. En
mérito de lo expuesto RESUELVE: Artículo 1°-: Adoptar el Plan
Institucional de Capacitación – PIC de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, el cual forma parte integrante de
la presente Resolución. Artículo 2°-: La presente resolución
rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a
los 30 días del mes de marzo de 2017 RAUL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |