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Resolución 5552 de 2017 Registraduría Nacional del Estado Civil

Fecha de Expedición:
26/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/05/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial 50245 del 26 de mayo de 2017
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 5552 DE 2017

 

(Mayo 26)

 

Por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) para el periodo constitucional 2018-2022

 

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL


En uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 del Decreto 2241 de 1986 y el numeral 11 del artículo 5° del Decreto Ley 1010 de 2000, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

 

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

 

Que el numeral 11 del artículo 5° del Decreto Ley 1010 de 2000, establece además de las funciones señaladas en la Constitución y la ley, dentro de las funciones del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 207 del Decreto 2241 de 1986, las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, primera vuelta, se realizarán el último domingo de mayo del respectivo año.

 

Que a través de la Ley 996 de 2005, se reglamentó la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política, así mismo otorga facultades a la Registraduría Nacional del Estado Civil para reglamentar aspectos meramente técnicos y operativos cuyo desarrollo es indispensable para el cabal cumplimiento del proceso de inscripción de candidatos.

 

Que de acuerdo con lo anterior, el 27 de mayo de 2018 se realizarán elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, siendo necesario establecer el calendario electoral correspondiente.

 

Que en virtud de lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Establecer el calendario electoral que se indica a continuación, el cual contiene las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar para el proceso de elección de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se llevará a cabo el 27 de mayo de 2018:

 

FECHA

SOPORTE LEGAL

CONCEPTO

27 de mayo de 2017

Numeral 11 del artículo 5° del Decreto Ley 1010 de 2000. Res. 920 de 2011 – CNE

Inicia el Registro del Comité Inscriptor de los Grupos Significativos de Ciudadanos y de promotores del voto en blanco e inicia el periodo de recolección de apoyos. (Un año antes de la elección)

27 de noviembre de 2017

Parágrafo del artículo 99 del

Decreto Ley 2241 de 1986

Fecha límite para colocar mesas de votación en los corregimientos o inspecciones de Policía creados hasta la fecha. (6 meses antes de la elección)

13 de diciembre de 2017

Artículo 7° de la Ley 996 de 2005 Res. 920 de 2011 – CNE

Vence el término para la presentación de firmas de los candidatos inscritos por los movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos y promotores del voto en blanco.

(30 días hábiles antes del inicio del periodo de inscripción de candidatos)

17 de enero de 2018

Artículo 7° de la Ley 996 de 2005 Res. 920 de 2011 – CNE

Vence el plazo para que la Registraduría Nacional del Estado Civil certifique el número de firmas para la inscripción de los candidatos

inscritos por movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos y promotores del voto en blanco. (8 días hábiles antes de iniciar el periodo de inscripción de candidatos)

27 de enero de 2018

Artículo 66 del Decreto Ley 2241 de 1986, modificado por el Artículo 6° de la Ley 6ª de 1990

Suspensión de la preparación de cédulas de ciudadanía. (4 meses antes de la elección)

Artículo 2° de la Ley 996 de 2005

Inicia la campaña Presidencial. (4 meses antes de la elección)

Artículo 8° de la Ley 996 de 2005.

Artículo 3° de la Res. 920 de 2011 - CNE

Inicia el periodo de inscripción de candidatos y de promotores del voto en blanco. (4 meses antes de la elección)

26 de febrero de 2018

Artículo 5° de la Ley 163 de 1994

Solicitud de listas de personas que pueden prestar el servicio de Jurados de Votación a las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos. (90 días calendario antes de la elección)

Artículo 10 de la Ley 6º de 1990

Los Registradores de acuerdo con el Alcalde establecerán mediante Resolución, los lugares en que se instalarán mesas de votación y la fijarán en lugar público. (60 días hábiles antes de la elección)

27 de febrero de 2018

Artículo 86 del Decreto Ley 2241 de 1986

Vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas remitan el listado de cédulas de los oficiales, suboficiales y miembros de las distintas armas, que se deben excluir del censo electoral. (3 meses antes de la elección)

Artículo 24 de la Ley 996 de 2005

Inicia propaganda electoral contratada en la prensa escrita y la radio. (3 meses antes de la elección)

9 de marzo de 2018

Artículo 8° de la Ley 996 de 2005

Cierre del periodo de inscripción de candidaturas y promotores del voto en blanco. (30 días hábiles siguientes al inicio del periodo de inscripción)

16 de marzo de 2018

Artículo 8° de la Ley 996 de 2005

Vence el periodo de modificación de inscripción de candidaturas. (5 días hábiles siguientes al cierre de inscripción)

18 de marzo de 2018




Artículo 33 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Publicación en un lugar visible y en la página en Internet de la relación de candidatos a cargos y corporaciones públicas de elección popular cuyas inscripciones fueron aceptadas. (2 días calendario al vencimiento de la modificación)

La Registraduría Nacional del Estado Civil, remite los listados a los Organismos Competentes para certificar sobre causales de inhabilidad. (2 días calendario al vencimiento de la modificación)

27 de marzo de 2018

Artículo 49 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011.

Parágrafo Único del Artículo 1° de la Resolución 2019 del 2 de marzo de 2017

Cierre del proceso de Inscripción de ciudadanos para votar, por cambio de lugar de domicilio o residencia. (dos meses antes de la respectiva elección)

Artículo 50 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011.

Parágrafo 2 del artículo 1° de la Resolución 2020 del 2 de marzo de 2017

Corte para la conformación del censo de ciudadanos que votan en el exterior. (dos meses antes de la respectiva elección)

Artículo 36 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011.

Inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos y promotores del voto en blanco que hayan inscrito candidatos, de acuerdo con la asignación del CNE. (2 meses antes de la elección)

12 de abril de 2018

Artículo 175 del Decreto Ley 2241 de 1986, modificado por el inciso 1° del Artículo 13 de la Ley 62 de 1988

Conformación de listas Delegados del Consejo Nacional Electoral. (30 días hábiles antes de la elección)

Artículo 24 de la Ley 996 de 2005

Inicia la contratación de la propaganda electoral con los concesionarios y operadores privados de televisión. (30 días hábiles antes de la elección)

27 de marzo al 27 de

abril de 2018

Numeral 11 del artículo 5° del Decreto Ley 1010 de 2000

Sorteo y publicación de listas de jurados de votación. (Durante un mes)

27 de abril de 2018

Artículo 31 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción. (Un mes antes de la elección )

4 de mayo de 2018

Inciso 2° del artículo 175 del Decreto Ley 2241 de 1986

Selección de Delegados del Consejo Nacional Electoral. (15 días hábiles antes de la elección)

11 de mayo de 2018

Artículos 148, 157 y 158 del Decreto Ley 2241 de 1986

Designación de Comisiones Escrutadoras y Claveros por los Tribunales. (10 días hábiles antes de la elección)

16 de mayo de 2018

Artículo 31 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

En caso de muerte o incapacidad física permanente, podrán inscribirse nuevos candidatos. (Hasta 8 días hábiles antes de la votación)

Del 21 al 27 de mayo

de 2018

Artículo 51 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Se inicia el periodo de votación en el exterior. (durante una semana)

25 de mayo de 2018

Artículos 2, 3 y 5 de la Resolución 4138 de 2015 - CNE

Postulación, acreditación y publicidad de Testigos Electorales. (Viernes anterior al día de la Elección)

Artículo 127 del Decreto Ley 2241 de 1986

Los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y los claveros, gozarán de inmunidad desde cuarenta y ocho (48) horas antes de iniciarse los respectivos escrutinios, durante estos y hasta veinticuatro (24) horas después de concluidos.

Artículo 36 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos que hayan inscrito candidatos, y promotores de voto en blanco, de acuerdo con la asignación del CNE. (48 horas antes de la votación)

26 de mayo de 2018

Artículo 206 del Decreto Ley 2241 de 1986

A las 6 p.m. inicia ley seca. (Día anterior a la elección)

27 de mayo de 2018

Artículo 207 del Decreto Ley 2241 de 1986

Día de la Elección. (Último domingo de mayo)

Artículo 42 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares deberán estar en la sede del escrutinio. (Domingo día de la elección 3:30 p.m.)

Artículo 41 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Inicio del escrutinio distrital, municipal y auxiliar. (a partir de las 4 p.m. y hasta las 12 de la noche)

28 de mayo de 2018

Artículo 206 del Decreto Ley 2241 de 1986.

Finaliza la Ley Seca. (6 a. m. del Lunes siguiente a la elección)

Artículo 41 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Continúan los escrutinios distritales, municipales y auxiliares. (9 a.m. lunes siguiente a la elección)

29 de mayo de 2018

Artículo 43 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Inician los Escrutinios Generales. (9 a.m. martes siguiente a la elección)

 

Artículo 2°. En caso de realizarse consulta para la escogencia del candidato a la Presidencia de la República, el periodo de inscripción de candidatos será el señalado en el artículo 30 de la Ley 1475 de 2011: “…en los casos en que los candidatos a la Presidencia de la República sean seleccionados mediante consulta que coincida con las elecciones de Congreso, la inscripción de la correspondiente fórmula podrá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la declaratoria de resultados de la consulta…”.

 

Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de mayo del año 2017.

 

El Registrador Nacional del Estado Civil,


JUAN CARLOS GALINDO VÁCHA

 

El Secretario General,


ORLANDO BELTRÁN CAMACHO