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Decreto 276 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/06/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6089 del 2 de junio de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 276 DE 2017

 

(Mayo 31)

 

Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá” en el grado de Gran Oficial, al Estandarte del Comando de Ingenieros del Ejército Nacional.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.,

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 555 de 2016 se estableció la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" y otras Distinciones, y se dictaron otras disposiciones.

 

Que el artículo 2 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" se concederá a Colombianos y Extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.

 

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el 30 de mayo de 2017 y aprobó otorgar la distinción de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial al Estandarte del Comando de Ingenieros del Ejército Nacional", conforme se registra en el Acta N° 003 de 2017.

 

Que en diciembre de 2015 un incendio forestal afectó 2 hectáreas en el cerro de Monserrate, lo que produjo un daño en el sendero peatonal de acceso al Santuario que obligó a su cierre, dejando sin acceso por esta vía a ciudadanos y turistas que lo visitan.

 

Que el Instituto Distrital para la Gestión del Riesgo y el Cambio Climático - IDIGER, como entidad coordinadora del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático programó las obras de ingeniería para la mitigación del riesgo, adecuación y reapertura del sendero peatonal hacia el Santuario de Monserrate. Durante estas obras de mitigación el Comando de Ingenieros del Ejército Nacional jugó un papel trascendental, poniendo a disposición su capacidad técnica y operativa para llevar a cabo las obras que permitieran la reapertura del sendero peatonal.

 

Que para el efecto, el Comando de Ingenieros del Ejército Nacional, a través del Batallón de Atención y Prevención de Desastres No. 80 "Brigadier General Alvaro López Vargas", puso al servicio de las obras del sendero a 40 de sus hombres capacitados, equipados con recursos físicos y técnicos quienes durante 5 meses trabajaron para instalar 215 metros lineales de barreras dinámicas, trabajo dispendioso debido a las condiciones que presenta el cerro de Monserrate.

 

Que gracias a esta labor conjunta con el Instituto Distrital para la Gestión del Riesgo y el Cambio Climático — IDIGER, el sendero peatonal pudo ser reabierto el día 25 de febrero de 2017, poniendo en servicio uno de los atractivos turísticos más importantes de la ciudad.

 

Que el artículo 15 del Decreto Distrital 555 de 2016 señala que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" podrá concederse en el grado de Gran Oficial a las personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o la ciudad.

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento a la labor del Comando de Ingenieros del Ejército Nacional por su invaluable y continuo apoyo en las labores de recuperación del sendero peatonal de Monserrate

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1- Otórguese la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el grado de Gran Oficial, al Estandarte del Comando de Ingenieros del Ejército Nacional.

 

Artículo 2- En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del respectivo decreto en nota de estilo.

 

Artículo 3- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de mayo de 2017.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

ALCALDE MAYOR


Gran Maestre

 

MIGUEL URIBE TURBAY

 

Secretario Distrital de Gobierno


Gran Canciller