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Resolución 344 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/07/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 344 DE 2017


(Julio 17)

 

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 026 del 23 de enero de 2017

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 06 1 del 1 4 de febrero de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución DDC-1 del 12 de mayo del 2009. "Por la cual se adopta el manual para el manejo y control de las cajas menores", expedida por el Contador General de Bogotá D.C. se implementó la guía que facilita la gestión administrativa y contable aplicable a los fondos de cajas menores, acorde con las nuevas normas de contabilidad pública establecidas por la Contaduría General de la Nación.

 

Que en el numeral de la Directiva 1 de 2001, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., modificada por la Directiva Distrital 8 de 2007, aclarada por la Directiva 7 de 2008 se establece que los representantes legales de las entidades deberán reglamentar internamente las cajas menores, de tal manera que se reduzcan sus cuantías y que su número no sea superior a dos (2) por entidad.

 

Que mediante resolución 026 del 23 de enero de 2017 se constituyó la caja menor por valor de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($ 4.154.000), para atender las siguientes necesidades.

 

NOMBRE DEL RUBRO

IDENTIFICACIÓN

VALOR

ACTUAL

Combustibles, Lubricantes y Llantas

104-01-3-1-2-01-03

$ 91.667

Materiales y Suministros

104-01-3-1-2-01-04

$ 500.500

Gastos de Transporte Comunicación

104-01-3-1-2-02-03

$ 936.000

Impresos y Publicaciones

104-01-3-1-2-02-04

$ 595.833

Mantenimiento Entidad

104-01-3-1-2-02-05-01

$ 780.000

C.A.D.E.

104-01-3-1-2-02-13-02

$ 1.250.000

TOTAL

 

$ 4.154.000

 

Que se requiere atender los gastos de funcionamiento definidos en el Presupuesto Anual del Distrito Capital que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, inaplazables y necesarios para el buen funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que se hace necesario disminuir el Rubro C.A.D.E en TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 350.000) y adicionar el Rubro Presupuestal Gastos de Computador 104-01-3-1-2-01-02 por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 350.000) para cubrir los gastos de necesidades urgentes que se ocasionan para el funcionamiento de la administración.

 

Que se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 1092 del 13 de Julio de 2017, expedido por el Responsable de Presupuesto de la Entidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1-. Modificar el "Artículo 4°. Unidad Ejecutora, Rubros Presupuestales y Cuantía" de la Resolución 026 de 2017, así: Los gastos realizados con cargo a esta Caja Menor, serán imputados presupuestalmente a los rubros que se indican a continuación, sin superar mensualmente las siguientes cuantías:

 

NOMBRE DEL RUBRO

IDENTIFICACIÓN

NUEVOS

VALORES

Combustibles, Lubricantes y Llantas

104-01-3-1-2-01-03

$ 91 .667

Materiales v Suministros

104-01-3-1-2-01-04

$ 500.500

Gastos de Transporte y Comunicación

104-01-3-1-2-02-03

$ 936.000

Impresos y Publicaciones

104-01-3-1-2-02-04

$ 595.833

Mantenimiento Entidad

104-01-3-1-2-02-05-01

$ 780.000

C.A.D.E.

104-01-3-1-2-02-13-02

$ 900.000

Gastos de Computador

104-01-3-1-2-01-02

$ 350.000

TOTAL

 

$ 4.154.000

 

Artículo 2-. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de julio del año 2017

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS