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Decreto 171 de 1997 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
27/01/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial 42970 de Enero 30 de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DN01711997

DECRETO 171 DE 1997

(Enero 27)

Derogado por el art. 17, Decreto Nacional 1720 de 2001

Por el cual se modifica el Decreto 673 de 1994 y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el literal c) del artículo 3 de la Ley 35 de 1993, incorporado en el literal c) del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

Ver art. 48, numeral 1, literal c), Decreto Nacional 663 de 1993

DECRETA:

Artículo 1. El literal a) del artículo 11 del Decreto 673 de 1994 quedará así:

"Los bienes entregados en arrendamiento financiero o leasing se clasificarán dentro de la categoría IV por el ochenta por ciento de su valor, salvo en el caso del leasing inmobiliario para vivienda, evento en el cual ponderarán por el cincuenta por ciento. Los activos en arrendamiento común se clasificarán por su valor".

Artículo 2. El presente Decreto rige desde su expedición, y deja sin efecto las normas que resulten contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 27 de enero de 1997.

Ernesto Samper Pizano

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

Nota: Publicado en el Diario Oficial 42970 de Enero 30 de 1997.