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RESOLUCIÓN 404 DE 2017 (Agosto
25) Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en
el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017 EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las
atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto
Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo
Distrital No. 657 de 2016 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos
y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron
otras disposiciones. Que mediante el Decreto
Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual
de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital para
la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017
y se dictaron otras disposiciones. Que de acuerdo al
principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto
Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y
Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”,
las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su
objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual
fueron programadas. Que el artículo 63 del
mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones". Que el artículo 1° del
Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por
el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto
de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital" establece que: "Las
modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades
que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que
no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus
apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por
el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por e/ Jefe del
órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del
Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez
previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de
Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del
concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación
Distrital" Que de conformidad con
el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el
juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento. Que mediante
comunicación con radicado No. 3-2017-18691 del 15 de agosto de 2017, la
Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C. remitió requerimiento justificado de adición de recursos para el
rubro 3-1-2-03-01-02 "Otras Sentencias", con la finalidad de
respaldar presupuestalmente el cumplimiento un fallo de tutela proveído
mediante la Sentencia T-277/17 de la Honorable Corte Constitucional, en el
marco del Expediente T-5.805.595. Que en virtud del
contenido del fallo en mención, y en razón a que el actor es sujeto de especial
protección constitucional, la Entidad adoptó la medida de adelantar los
trámites para el cumplimiento de la sentencia de tutela, teniendo en cuenta la
estricta garantía al derecho fundamental de la intimidad del accionante. Que mediante
comunicación No. 2017EE145606 del 24 de agosto de 2017, la Directora Distrital
de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación
presupuestal en mención. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en
el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Tres millones doscientos
sesenta y tres mil doscientos pesos m/cte. ($3.263.200) así:
Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios
Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría
Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la
Dirección de Talento Humano, Dirección Administrativa y Financiera y
Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a
los 25 días del mes de agosto del año 2017. JUAN CARLOS MALAGÓN
BASTO Secretario General (E) Elaboró: Diego
Alejandro Molano Puerto — Profesional Especializado Revisó: Luis Eugenio Herrera
Páez — Subdirector Financiero Revisó: Juan Carlos
Sánchez Mera — Director Administrativo y Financiero |