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RESOLUCIÓN 439
DE 2017 (Septiembre 25) Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal
Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia fiscal de 2017 EL SECRETARIO
GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de
las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital
714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Distrital No. 657 de 2016 se
expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de
Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones. Que mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de
diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de
gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron
otras disposiciones. Que de acuerdo al principio de especialización consagrado
en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por
el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el
Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben
referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se
ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas. Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de
1996, dispone que "Cuando fuere
necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las
aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes
modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la
cancelación de apropiaciones”. Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por
el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de
Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital”, establece que: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos
y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de
control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de
sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados
por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del
órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del
Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos
administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la
Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de
gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento
Administrativo de Planeación Distrital”. Que mediante comunicación con radicado No. 3-2017-19273 del
25 de agosto de 2017, la Directora de Talento Humano de la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, remitió a la Subdirección Financiera de la
Entidad, requerimiento sustentado de adición de recursos para los rubros
presupuéstales: 3-1-1-01-04 "Gastos de Representación" y 3-1-1-01-21 “Vacaciones
en Dinero”, con la finalidad de respaldar, respectivamente, el pago de
servicios asociados a la nómina de funcionarios y prestaciones sociales de
exfuncionarios de la Entidad. Que mediante comunicación No. 2017EE161544 del 18 de
septiembre de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto
favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención. Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2017, por valor de Doscientos cincuenta y dos millones seiscientos cincuenta y tres mil quinientos setenta y tres pesos m/cte ($252.653.573), así:
Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3o. La presente
Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en Bogotá,
D.C, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete
(2017) RAÚL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |