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Resolución 003 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comisión Distrital de Sistemas - CDS

Fecha de Expedición:
11/09/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No 6152 del 11 de septiembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2017

 

(Septiembre 11 )

 

Por la cual se adopta la Guía de sitios Web para las entidades del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS -C.D.S.-

 

En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas en el Decreto Distrital 680 de 2001 y la Resolución 256 de 2008 de la Comisión Distrital de Sistemas (CDS) y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Distrital 680 de 2001 se modificó la estructura de la Comisión Distrital de Sistemas, fijando sus funciones y competencias.

 

Que mediante la Resolución 256 de 2008, la Comisión Distrital de Sistemas adoptó su reglamento interno de funcionamiento.

 

Que mediante Resolución 022 DE 2016 se designó al Director Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. como delegado del Alcalde Mayor en la Comisión Distrital de Sistemas, quien la presidirá.

 

Que mediante Resolución 378 de 2008, la Comisión Distrital de Sistemas adoptó la Guía para el diseño y desarrollo de sitios Web de las entidades y organismos del Distrito Capital, la cual se incorporó como anexo a dicha Resolución.

 

Que la Resolución 378 de 2008 se estructuró teniendo como referente el Decreto 1151 de 2008, en materia de Gobierno en Línea. Dado el carácter dinámico de la materia, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones derogó dicho Decreto y en su lugar ha expedido normas que regulan la materia, incluyendo el Decreto 2573 de 2014, actualmente vigente.

 

Que se hace necesario actualizar la referida guía, a la luz de los desarrollos aplicables en materia de Gobierno en Línea y de las políticas de estandarización, integración informática y comunicación de las entidades de la administración distrital, propiciando un alto grado de compatibilidad y previniendo la duplicación de esfuerzos para la apropiación de soluciones tecnológicas.

 

Que también se hace necesario modificar la Resolución 378 de 2008, en el sentido de incluir a los líderes de Gobierno en Línea de cada entidad Distrital entre los responsables de la implementación y divulgación de la referida guía, así como incluir a la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones entre los asesores de los componentes técnicos de implementación de la guía

 

Que dada la dinámica propia de los contenidos que hacen parte de la Guía de sitios Web de las entidades del Distrito Capital; la necesidad de mantenerla actualizada; y el conocimiento y funciones que la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tiene sobre estos aspectos, resulta procedente que la CDS delegue en dicha oficina la función de actualizar el anexo que se incorpora a la presente resolución, a la luz de lo señalado en el artículo 8 del Decreto Distrital 425 de 2016, el cual dispone que corresponde a la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expedir los lineamientos, directrices, estrategias e instrumentos para orientar la implementación y seguimiento de la política distrital en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, tendientes a fortalecer la función administrativa y misional de los sectores y entidades del Distrito Capital.

 

Que el documento denominado anexo “GUÍA DE SITIOS WEB PARA LAS ENTIDADES DEL DISTRITO CAPITAL”, que hace parte integral de la presente resolución, fue sometido a consideración de los miembros de la Comisión Distrital de Sistemas y aprobado por la misma, según consta en certificación del 30 de junio de 2017.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. ADOPCIÓN DE LA GUÍA. Adoptar la “GUÍA DE SITIOS WEB PARA LAS ENTIDADES DEL DISTRITO CAPITAL” que se contiene en el anexo a la presente Resolución y hace parte integral de la misma.

 

ARTÍCULO 2°. TÉRMINOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN. Sin perjuicio del cumplimiento de la normatividad nacional en materia de Gobierno en Línea, incluyendo el Decreto 2573 de 2014 (compilado por el Decreto 1078 de 2015) y las normas que lo modifiquen o sustituyan, cada una de las entidades y organismos distritales deberá implementar la Guía adoptada en virtud del distritales en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución.

 

PARÁGRAFO: Delégase en la Oficina del Alto Consejero Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la facultad de modificar el anexo incorporado en virtud del artículo 1 de la presente resolución y que contiene la GUÍA DE SITIOS WEB PARA LAS ENTIDADES DEL DISTRITO CAPITAL. Por lo tanto, la Oficina del Alto Consejero Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones podrá modificar dicho anexo, actualizando la referida guía, según lo considere pertinente.

 

ARTÍCULO 3°. RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA GUÍA. Será responsabilidad del nivel directivo de los diferentes entes distritales, el líder de gobierno en línea designado de cada entidad, así como de los encargados de las dependencias de Comunicaciones y/o Prensa y de Informática y Sistemas, los cuales deben trabajar de manera coordinada, garantizar la implementación, divulgación, aplicación y seguimiento de los lineamientos definidos en la Guía adoptada por la presente resolución.

 

ARTÍCULO 4°.ASESORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GUÍA. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor brindará a las entidades distritales la asesoría requerida para la implementación de los lineamientos definidos en la Guía, en su componente técnico a través de la Comisión Distrital de Sistemas y en los componentes funcionales a través de Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y/o la Oficina Asesora de Comunicaciones y/o la Oficina de Tecnologías de la Información y/o la Comunicación y la Subdirección Distrital de Servicio al Ciudadano, según corresponda.

 

ARTÍCULO 6°. (Sic) VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 378 de 2008.

 

(PUBLÍQUESE), (NOTIFÍQUESE), COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 11 días del mes de septiembre de 2017

 

CÉSAR OCAMPO

 

Presidente

 

SERGIO MARTÍNEZ MEDINA

 

Secretario Técnico CDS