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Documento de Relatoria 44 de 2003 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/04/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.  - SECRETARIA GENERAL -

COMITÉS DISTRITALES

COMITÉ

DOCUMENTO QUE LO CREA Y/O MODIFICA

OBJETIVOS Y/O FUNCIONES

INTEGRACIÓN

DELEGADO DEL ALCALDE MAYOR

COMITÉ ASESOR DE URGENCIAS

Acuerdo Distrital 17 de 1969, art. 3.

Promover la creación de comités locales en cada Zona o Alcaldía Menor para la Prevención y Atención de Emergencias

El Alcalde Mayor, quien la presidirá. El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital. El Secretario de Gobierno. El Director de la Oficina Nacional para la Atención de Emergencias de la Presidencia de la República. Tres Representantes del Concejo con sus respectivos suplentes.

 

COMITÉ TÉCNICO COOORDINADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS E INTERVENTORÍA DE OBRAS

Acuerdo Distrital 22 de 1972, art. 13.

Coordinar la aplicación de las normas correspondientes a la política de prestación de servicios públicos fijados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital. Coordinar debidamente los diversos proyectos y planes que desarrollen el Distrito y las empresas de servicios públicos conforme al plan general de la ciudad, en forma tal que sus planteamientos y ejecuciones correspondan a normas técnicas satisfactorias y cumplan los requisitos generales de la Administración Distrital. Coordinar la prestación de servicios públicos para las urbanizaciones, de acuerdo con los planes maestros de las empresas respectivas. Estudiar las consultas previas, esquemas básicos, proyectos y elaborar los presupuestos de obras de urbanismo y saneamiento correspondientes a urbanizaciones, y Recomendar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la expedición de la Resolución aprobatoria de los proyectos generales para las urbanizaciones

El director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, quien lo presidirá, o su delegado. Dos concejales o sus suplentes personales. El Secretario de hacienda o su delegado que será el Director de la División de Catastro. El Secretario de Obras Públicas, o su delegado. Los directores de los Departamentos Administrativos de Tránsito y Transporte y Acción Comunal, o sus delegados. Los gerentes de las Empresas de Energía Eléctrica, de Acuerdo y Alcantarillado y de Teléfonos, o sus delegados, debidamente autorizados para tomar determinaciones. El Director del Instituto de Desarrollo Urbano o su delegado. El comité tendrá un Vicepresidente, que será un Concejal. Actuará como Secretario, el funcionario que designe el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

 

COMITÉ CIVICO DE VIGILANCIA DE PRECIOS

Decreto Distrital 620 de 1973

 

Por el señor Alcalde Menor quien lo presidirá; por el Comandante de la Estación de Policía correspondiente y por los miembros del comité asesor de que trata el artículo 8 del Acuerdo 26 del 1972

 

COMITÉ PERMANENTE PRO CUNDINAMARCA Y BOGOTÁ

Acuerdo Distrital 36 de 1975, art. 1.

 

El Consejero para la Política Social y Participación Comunitaria, El Comandante Operativo de la Policía Metropolitana, El Secretario de Salud o su delegado, que será el Director del Fondo de Salud Mental, El Secretario de Educación o su delegado, que será el Coordinador del Programa de Promoción Juvenil y Prevención Integral, El Director del ICBF o su delegado, El Director del IDCT o su delegado, El Director del IDRD, o su delegado.

 

COMITÉ ASESOR DE LA ALCALDÍA

Acuerdo Distrital 08 de 1977

Servir de enlace entre la comunidad y la administración Distrital por intermedio del Alcalde Menor.

Alcaldías menores, Departamento administrativo de planeación Distrital.

Policía, Juntas de acción comunal, Organizaciones cívicas de la zona.

 

COMITÉ DIRECTOR DEL PARQUE SIMÓN BOLÍVAR

Decretos Nacionales 248 de 1980 y 2229 de 1982

 

 

Resolución Distrital 67 de 2002

COMITÉ CENTRAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

Decreto Distrital 514 de 1986

Recomendar las políticas, programas y soluciones tendientes a la preservación, restauración y control eficaz de los elementos que conforman el medio ambiente y el espacio público, promover campañas de recuperación y mejoramiento del medio ambiente en las zonas del Distrito Especial, promover y coordinar la organización de los Comités Zonales o Comunales, en las diferentes Alcaldías Menores del Distrito Especial, conceptuar sobre la viabilidad de implantación de nuevos elementos relacionados con el medio ambiente o amoblamiento urbano, sugerir programas educativos encaminados a controlar los efectos nocivos de las quemas, desmontes, basureros, humos, vapores, residuos, desechos y sustancias de cualquier tipo que produzcan daños, molestias o enfermedades a la comunidad, recomendar políticas para el tratamiento de las aguas de uso publico con el fin de evitar el deterioro ambiental, proponer sistemas de administración, financiación, definición de normas, diseño e implantación del mobiliario urbano así como programas de educación a la comunidad para el uso adecuado de espacios y elementos públicos, sugerir al Departamento Administrativo de Planeación Distrital la promoción, elaboración y revisión de la cartilla urbana, aconsejar sistemas de información ambiental con datos físicos, económicos y legales para la utilización de los recursos naturales, renovables del medio ambiente y emitir concepto para la expedición de los permisos de que trata el presente Decreto.

El Alcalde Mayor quien lo presidirá, El Secretario de Gobierno, El Secretario de Obras Públicas, El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, El Director del Departamento Administrativo de Transito y Transporte, Dos representantes del Concejo de Bogotá, Un arquitecto escogido por el Alcalde Mayor de terna presentada por la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Seccional Bogotá. - El Presidente de la Cámara de Comercio, - Un Delegado de la Sociedad de Mejoras y Ornato y Tres representantes del Alcalde Mayor nombrados previamente por decreto.

 

COMITÉ TÉCNICO ASESOR DEL CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES, PARA LA ZONA HISTÓRICA Y MONUMENTOS NACIONALES DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ.

Resolución Instituto de Monumentos Nacionales 5 de 1987

Conceptuar sobre los anteproyectos de obra nueva, adecuación o restauración en predios o inmuebles ubicados en la zona histórica o de inmuebles declarados como Monumento Nacional de la ciudad de Bogotá. Estudiar los niveles de conservación establecidos para los predios ubicados en las áreas con tratamiento de conservación histórica y en los casos necesarios proponer su modificación al Consejo de Monumentos Nacionales, para su aprobación. Coordinar y establecer prioridades en los estudios que realice la Administración Distrital en la zona histórica e inmuebles declarados Monumentos Nacionales de Bogotá y presentarlos ante el Consejo

El Coordinador del "Grupo Centro" del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, o su Delegado quien actuará como Secretario, El Gerente de la Corporación barrio La Candelaria o su Delegado, El Presidente del Consejo de Monumentos Nacionales o su Delegado

 

COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFROMACIÓN GEOGRÁFICO

Decreto Distrital 635 de 1987

Fijar los criterios y parámetros para el desarrollo y funcionamiento de sistema integrado de información geográfica Distrital. Coordinar el sistema integrado de información geográfica Distrital. Propender por la actualización permanente de la información cartográfica, fotogramétrica y catastral del Distrito Especial de Bogotá y su centralización en el sistema integrado de información Geográfica Distrital. Autorizar la programación y ejecución de los trabajos necesarios en el área cartográfica y fotogramétrica en el Distrito Especial de Bogotá, de acuerdo con los requerimientos de la ciudad. Vigilar y propender por la aplicación de las normas técnicas en la ejecución de trabajos relacionados con información cartográfica, fotogramétrica en el Distrito especial de Bogotá. Autorizar y administrar todo lo relacionado con el acceso a la información, niveles de protección y demás aspectos competentes al uso de la base de datos geográficos, por las diferentes entidades del Distrito. Aprobar y resolver las consultas elevadas ante este comité por las diferentes entidades del Distrito, sobre la elaboración de trabajos o estudios relacionados con la información fotogramétrica y cartográfica. Informar a las diferentes entidades del Distrito Especial de Bogotá, cuando así lo soliciten, sobre la existencia de información cartográfica, fotogramétrica y catastral en el Sistema Integrado de información geográfica Distrital. Dictar su propio reglamento

El Alcalde Mayor de Bogotá quien lo presidirá. El Director del Departamento Administrativo de Catastro Distrital o su Delegado, quien en ausencia del Alcalde Mayor presidirá el Comité. Los Gerentes de las Empresas de Energía Eléctrica, de Acueducto y Alcantarillado y de Teléfonos o sus Delegados. El Director de Departamento Administrativo de Planeación Distrital o su Delegado. El Secretario de Obras Públicas Distrital o su Delegado. El Director de Instituto de Desarrollo Urbano "IDU" o su Delegado. El Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Bogotá, Ubaté y Suárez CAR, o su Delegado. El Gerente del Centro de Sistematización y Servicios Técnicos "SISE" o su delegado. El Gerente del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, o su Delegado. El presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, o su Delegado. Actuará como Secretario el Jefe de la Unidad de Cartografía del Departamento Administrativo de Catastro Distrital

 

COMITÉS PERMANENTES DE EFICIENCIA ADMINISTRATIVA

Decreto Distrital 1077 de 1987

Designar un Coordinador de la Campaña de Eficiencia Administrativa en la Entidad, Resolver internamente las propuestas presentadas sobre eliminación de trámites, Realizar campañas tendientes a que los funcionarios presenten propuestas para simplificar trámites y aumentar la eficiencia, Enviar al Alcalde Mayor, las propuestas de los asuntos que requieren ser decididos y aprobados por autoridades diferentes a la del Jefe de la Dependencia.

Los Comités estarán integrados por el Secretario, Director o Gerente de la entidad respectiva, y sus inmediatos colaboradores.

 

COMITÉS ADMINISTRATIVOS DE LOS COMANDOS DE ATENCIÓN INMEDIATA CAI.

Decreto Distrital 1501 de 1987

Promover actividades con el ánimo de canalizar las contribuciones voluntarias de las personas interesadas en participar en el mantenimiento y administración de las instalaciones y elementos del Comando de Atención inmediata "CAI"; Sugerir o recomendar en Coordinación con el Alcalde Menor, el Comandante de la Estación de Policía, y las Entidades necesarias, las medidas a seguir para garantizar la seguridad y tranquilidad de la comunidad. coordinar con el Alcalde Menor, Campañas Educativas y de Acción Cívico Policial.

El Alcalde Menor de la Zona respectiva o su delegado, El Comandante de la Estación de Policía de la respectiva jurisdicción del CAI o su delegado. Como invitado podrá asistir el promotor comunal asignado a la Zona de influencia del CAI.

 

COMITÉ COORDINADOR DE VÍAS, TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTÁ

Decreto Distrital 546 de 1990

Asesorar al Alcalde Mayor de Bogotá, en la definición y adopción de las políticas relacionadas con un plan integral de transporte, coordinar las acciones que correspondan a cada una de las entidades del sector tránsito, transporte y vías, en el marco de la política definida en el artículo anterior, recomendar acciones encaminadas a organizar la operación, tráfico y mantenimiento del sistema vial de la ciudad de Bogotá, y la ejecución del plan vial, realizar la preparación y el seguimiento del proceso de organización y puesta en marcha de la autoridad única de transporte, proponer acciones encaminadas a coordinar el Tránsito, Transporte y vías en el área metropolitana de Bogotá, con las entidades del orden nacional, departamental y municipal y presentar informes periódicos al Alcalde Mayor de Bogotá sobre sus actividades

El Alcalde Mayor de Bogotá, o su Representante, quien lo presidirá, el Director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Obras Públicas, el Director del Instituto de Desarrollo Urbano, el Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, el Gerente de la Empresa Metro, el Gerente de la Empresa Distrital de Transportes Urbanos, el Gerente de la Empresa de Teléfonos de Bogotá, 2 Delegados del Señor Alcalde Mayor de Bogotá, el Secretario de Hacienda del Distrito Especial de Bogotá y actuará como Secretario Técnico, uno de los Delegados del Alcalde Mayor de Bogotá.

 

COMITÉ ASESOR DE ANÁLISIS DEL SERVICIO PUBLICO DEL TRANSPORTE COLECTIVO

Decreto Distrital 597 de 1990 *

Analizar la redistribución de rutas de la ciudad, como consecuencia del establecimiento de corredores que albergarán vehículos de gran capacidad. Estudiar una estructura que permita establecer el pago del pasaje para el transporte público, utilizando un sistema que suprima el regreso de moneda fraccionada de menor valor. Estudiar los mecanismos internos de las empresas para coadyuvar en las políticas del estado y coordinar los programas educativos, encaminados a mejorar el servicio de transporte públco y el tránsito.

tres representantes elegidos por las agremiaciones de transportadores, tres representantes del DATT, un representante del Alcalde Mayor y un Secretario Ejecutivo designado por el Alcalde Mayor.

 

COMITES AMIENTALES ZONALES

Decreto Distrital 669 de 1990

Decreto Distrital 228 de 1991

Actuar como organismo consultivo del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente para la adopción del Plan de Gestión Ambiental del Distrito Especial de Bogotá. Asesorar al Alcalde Mayor en el desarrollo y aplicación del Plan de Gestión Ambiental del Distrito y en la adopción de las medidas necesarias para su aplicación. Conceptuar sobre la ejecución o supresión de proyectos de gestión ambiental, y auspiciar la formulación de nuevos proyectos, con base en las propuestas que al respecto presente el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente. Propiciar la participación del Departamento en planes, programas y proyectos que adelanten o pretendan adelantar instituciones públicas o privadas, de orden regional, nacional o internacional, que tengan interés para la gestión ambiental del Distrito. Promover e impulsar la constitución y desarrollo de grupos interdisciplinarios de discusión sobre la gestión ambiental del Distrito.

El Alcalde Mayor de Bogotá, quien lo presidirá, Cuatro Concejales de Bogotá, El Director de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Bogotá, Ubaté y Suárez, El Secretario de Hacienda de Bogotá, El Secretario de Educación de Bogotá, El Secretario de Salud de Bogotá, El Secretario de Obras Públicas de Bogotá, El Director del Departamento Administrativo de Planeación, El Gerente de la Empresa Distrital de Servicios Públicos, El Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, El Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente asistirá con voz pero sin voto, El Presidente del Círculo de Periodistas de Bogotá, El Presidente de la Sociedad de Mejoras y Ornato de Bogotá. El Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Seccional Bogotá, y El Presidente de la Federación Colombiana de Entidades para la conservación de la Naturaleza.

 

COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C

Resolución Secretaría de Salud 02 de 1991

Aprobar los Pliegos de las Licitaciones y Concursos Privados, autorizando su apertura y adjudicar las mismas

Fondo Financiero Distrital De Salud, Secretaría Distrital de Salud.

 

COMITÉ DE CONSTRUCCIONES DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

Resolución 02 de 1991

Autorizar Licitaciones Privadas cuando la cuantía supere los Cuatro Millones de Pesos ($4.000.000) M/cte., y sea inferior a Diez Millones de Pesos ($10.000.000) M/cte., o según lo ordene el Código Fiscal de Santa Fe de Bogotá, D.C. Aprobar los Pliegos de Condiciones para las Licitaciones o Concursos Privados y autorizar su apertura. Adjudicar Licitaciones o Concursos Privados. Autorizar y aprobar planos, diseños, estudios, anteproyectos, asesorías, localización de obras, interventorías y consultorías que respondan a Licitaciones Privadas.

Secretaría Distrital De Salud. Comité de Construcciones del Fondo Financiero Distrital de Salud

 

COMITÉ DE BOTICAS COMUNITARIAS DEL NIVEL REGIONAL

Resolución Distrital 54 de 1991

Establecer un mejor acceso a los medicamentos para tratar las enfermedades más frecuentes, especialmente entre las comunidades de menores recursos económicos. Que la comunidad disponga de los medicamentos en sitios y horas requeridos y que sean adquiridos a muy bajos costos.

Coordinador Técnico, jefe de Sección Atención Médica, Jefe de la Sección Administrativa, Jefe del Grupo Salud Oral, Jefe Grupo Control de Drogas, Jefe del Grupo de Participación Comunitaria

 

COMITÉ DIRECTIVO DE LA VEEDURÍA DISTRITAL

Resolución 40 de 1991

Asesorar al Veedor en la adopción, implantación y evaluación de las políticas relacionadas con la gestión de la Veeduría.. Proponer mecanismos y directrices para la elaboración del presupuesto de acuerdo con el plan de desarrollo de la Veeduría. Recomendar al Veedor la aprobación o modificación al programa general de compras de la Veeduría. Conceptuar sobre los proyectos de inversión de la Veeduría. Estudiar y elaborar los informes que deba presentar el Veedor Distrital sobre su gestión y en particular sobre determinadas entidades del Distrito Capital.

El Veedor Distrital El Viceveedor Distrital El Veedor Delegado para la Contratación El Veedor Delegado para la Eficiencia Administrativa y Presupuestal El Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos El Veedor Delegado para la Participación y los Programas Especiales El Jefe de la Unidad Jurídica El Secretario Privado

 

COMITÉ CIUDADES HERMANAS BOGOTA MIAMI

Decreto Distrital 689 de 1991

intercambio y cooperación entre ambas ciudades, en particular las relativas a las área de aseo, recreación, turismo y desarrollo comunitario

Alcalde mayor de Santafé de Bogotá, Secretaria general de la Alcaldia mayor, director del instituto Distrital para la recreación y el deporte, directora del instituto Distrital de cultura y turismo, secretario de obras publicas,

 

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE BIENESTAR SOCIAL PARA LA POBLACION MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA

Acuerdo Distrital 27 de 1992

Garantizar el derecho a un nivel de vida que asegure la salud corporal y psicológica, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios necesarios para una existencia útil y decorosa; Definir y aprobar el Plan distrital para la tercera edad, de acuerdo con las propuestas de planes para la tercera edad elaborados por las Juntas Administradoras Locales y las entidades, sectores e instituciones del Distrito Capital.

El comité estará presidido por el Alcalde o su delegado.

 

COMITES ZONALES DE SEGURIDAD

Decreto Distrital 115 de 1992

Analizar los diferentes aspectos de la seguridad interna de la zona. Proponer esquemas y estrategias que concluyan en recomendaciones a las autoridades competentes, en todo lo concerniente al orden público. Promover la participación de los entres cívicos de la zona para desarrollar programas de convivencia y solidaria. Intercambiar información policiva y de seguridad con las otras zonas del Distrito Capital, cuando sea del caso para estructurar los planes y programas. Mantener informado al Alcalde Mayor, al Secretario de Gobierno y al comandante de la Política Metropolitana por conducto de los Alcaldes Zonales, sobre las actividades y programas desarrollados.

Alcalde zonal, quien lo presidirá - Personero Local - Comandante o Subcomandantes de las Estaciones de Policía respectivas. - Tres (3) Representantes de la comunidad nombrados así: Uno (1) por las Juntas de Acción Comunal, Uno (1) por los Industriales y Comerciales, Uno (1) por las Asociaciones de Padres de Familia, - Un Representante de la Defensa Civil

 

EL COMITÉ OPERATIVO PARA LA PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS.

Decreto Distrital 635 de 1992

Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la ciudad de Bogotá.

El Consejero para la Política Social y Participación Comunitaria, quien lo presidirá, El Comandante Operativo de la Policía Metropolitana, El Secretario de Salud o su delegado, que será el Director del Fondo de Salud Mental, El Secretario de Educación o su delegado, que será el Coordinador del Programa de Promoción Juvenil y Prevención Integral, El Director del Departamento Administrativo de Bienestar Familiar o su delegado, El Director del Instituto Distrital de Cultura y Turismo o su delegado, El Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, o su delegado.

 

COMITÉ ASESOR DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Decreto Distrital 651 de 1992, subrogado por el Decreto Distrital 1023 de 1997, modificado por el Decreto Distrital 355 de 2001

Adoptar medidas necesarias para garantizar la movilización de los habitantes del Distrito en condiciones aceptables de seguridad vial, rapidez y comodidad.

El Alcalde Mayor, o su delegado, quien lo presidirá. - El Director del Instituto de Desarrollo Urbano, IDU. - El Secretario de Obras Públicas. - El Gerente General de la Terminal de Transportes de Bogotá. - Los Presidentes de las Asociaciones o Agremiaciones de Transporte colectivo urbano, debidamente acreditados ante la Secretaría de Tránsito y Transporte. - Tres delegados de las Empresas de Taxis urbanos, designados por el Secretario de Tránsito y Transporte. - Los representantes de las Asociaciones de las Empresas que prestan el servicio a los Municipios vecinos a Santafé de Bogotá.

 

COMITÉ DE APOYO A LA LACTANCIA MATERNA DISTRITO CAPITAL

Decreto Distrital 269 de 1993

Adecuar e impulsar la política sobre Lactancia Materna y Alimentación Complementaria que garantice la implementación del Plan y los Programas de las Instituciones de Salud de la Ciudad de Santa Fe de Bogotá, D.C. Promover la información y la educación sobre el tema de Lactancia Materna, Impulsar el Plan de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna dentro de los respectivos componentes del Plan de Desarrollo, Establecer el plan de actividades en el área del Distrito Capital en coordinación con el Comité Operativo y el Consejo Nacional de Lactancia Materna.

La Primera Dama de la Ciudad o su Delegado, El Secretario Distrital de Salud o su Delegado, El Director Seccional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su Delegado, El Director del Departamento Administrativo de Bienestar Social o su Delegado, El Secretario de Educación del Distrito Capital o su Delegado, Un Representante de los Hospitales Amigos de la Niñez en el Distrito Capital. El Director del Instituto de Seguros Sociales Seccional Cundinamarca y Santa Fe de Bogotá, o su Delegado, Un Representante de la Liga de la Leche o su Delegado, Un Representante de UNICEF.

 

COMITÉ ASESOR DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL

Resolución Planeación Distrital 567 de 1993

Unificar de manera general, criterios de carácter técnico y jurídico para la aplicación de las normas urbanísticas

Subdirector, los Jefes de Unidad, el Jefe de la Oficina Jurídica y otros funcionarios que designe el Director del Departamento. El Comité será presidido por el Director o su delegado.

 

COMITÉ DE ADQUISICIONES DE LA VEEDURÍA DISTRITAL

Resolución Veeduría Distrital 111 de 1994

Conceptuar sobre el Programa Anual de Compras de la Veeduría. Dar concepto fundado sobre la conveniencia o inconveniencia de: Adjudicar cualquier contrato que de conformidad con la ley, requiera licitación o concurso público. Declarar desiertas las licitaciones o concursos públicos por cualquiera de las causales de Ley. Dar concepto sobre cualquier asunto en materia de contratación.

Veeduría

 

COMITÉ DE ESTRATIFICACIÓN SOCIO- ECONÓMICA DEL DISTRITO CAPITAL DE SANTA FE DE BOGOTÁ.

Decretos Distritales 658 de 1994, 336 de 2009 y 451 de 2011

Estudiar y definir las políticas sobre estratificación socio - económica para Santa Fe de Bogotá, D.C. Vigilar los procesos de estratificación y formular recomendaciones sobre los resultados que se obtengan de estos procesos. Velar por la permanente actualización de la estratificación. Establecer mecanismos para atender quejas y reclamos. Determinar costos y formas de pago, generados por producir y utilizar la información. Determinar los aportes de recursos humanos y materiales por parte de los integrantes del Comité, para ejercer sus funciones

El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital o su delegado. El Gerente del SISE o su delegado. El Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá o su delegado. El Gerente de la Empresa de Energía de Bogotá o su delegado. El Gerente de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá o su delegado. El Director del Departamento Administrativo de Catastro Distrital o su delegado. El Director del instituto de Desarrollo Urbano o su delegado. El Secretario de Hacienda o su delegado. El Personero Distrital o su delegado. Un Edil en representación de las comunidades, elegido del conjunto de las Juntas Administradoras Locales.

 

COMITÉ TECNICO ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS PARA PROGRAMAS SOCIALES

Decreto Distrital 928 de 1994, Decreto Distrital 83 de 2007

Asesorar con la debida antelación a la Secretaría Distrital de Planeación en la definición anual de los requerimientos de aplicación de la encuesta SISBEN, a partir de las necesidades presentadas por los Órganos de apoyo; recibir y analizar los informes de avance y cumplimiento programático del administrador del SISBEN, sobre cobertura, control de calidad de la información y sobre otros aspectos que considere pertinentes respecto de los cuales presentará recomendaciones que redunden en el funcionamiento eficiente del SISBEN; dar orientaciones a los órganos de apoyo que se citan más adelante sobre el uso de la herramienta para la selección de los beneficiarios de los programas que desarrollan y de los subsidios que otorgan, con base en la categorización en el nivel del SISBEN, sin perjuicio de que dichas entidades puedan utilizar otros criterios de focalización dependiendo del programa que desarrollen y de los recursos con que cuenten; recomendar la difusión de la información disponible sobre el SISBEN y los medios y estrategias a utilizar; establecer la periodicidad con la que el Administrador del SISBEN debe entregar a los órganos de apoyo, la información contenida en la base de encuestados; aprobar mecanismos para mejorar la actualización y depuración de la información contenida en la base de datos.

Un delegado del Alcalde Mayor de Bogotá D.C, quien lo presidirá, un delegado de la Secretaría Distrital de Planeación, un delegado de la Secretaría Distrital de Salud, un delegado de la Secretaría de Educación del Distrito, un delegado de la Secretaría Distrital de Integración Social, un delegado de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, un delegado de la Secretaría Distrital del Hábitat, un delegado de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y un delegado de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 Resolución Distrital 36 de 2006

COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

Decreto Nacional 1743 de 1994

coordinación y el seguimiento a los proyectos específicos de educación ambiental. coordinar acciones intersectoriales e interinstitucionales en este campo, a nivel territorial.

funcionarios especialistas en educación ambiental y representantes de las misma instituciones y organismos que hacen parte del Consejo

 

COMITÉS DE SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE ACCIÓN PARA LOS DEPARTAMENTOS.

Decreto Nacional 2557 de 1994

Servir de enlace entre la Administración y la Comunidad. Estudiar los problemas de la zona y proponer soluciones. Servir de órgano de consulta del Alcalde Menor. Colaborar con el Alcalde Menor en la elaboración de los anteproyectos de planes y programas que deban realizarse en el respectivo circuito. Garantizar por parte de las diferentes entidades estatales el cumplimiento de los compromisos que se establezcan en los diversos planes de acción del Gobierno Nacional para los departamentos.

Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital; el Gerente de la Red de Solidaridad Social para Bogotá, D.C.; el Consejero Presidencial para Bogotá, D.C.; el Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República; el Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado; el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación; el Director del Departamento de Planeación Distrital y el Consejero Social de la Alcaldía Mayor de Bogotá

 

COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO CAPITAL DE SANTA FE DE BOGOTÁ

Acuerdo Distrital 04 de 1995

Analizar los principales problemas de derechos humanos que se presenten en el Distrito, que afecten con mayor agudeza a la población y plantear políticas y procedimientos para superarlos, Adelantar campañas de educación a la comunidad sobre todo lo referente a los derechos humanos, la importancia de su defensa, el respeto y el papel de las instituciones

El Personero Distrital, Dos representantes de la Jerarquía Eclesiástica. Un representante del Alcalde Mayor. Dos representantes de las demás Iglesias reconocidas por el Estado Colombiano Dos representantes de la Federación Comunal de Bogotá. Dos representantes de las Federaciones sindicales con sede en el Distrito. Dos representantes de las organizaciones de Derechos Humanos, Un representante de las Comunidades Indígenas con sede en el Distrito .Un representante de los directores de los establecimientos educativos del Distrito .Un representante de las organizaciones gremiales de los educadores. Un representante del sector deportivo .Un representante del sector de los pensionados. Un representante de la Federación de Municipios Un representante de la Fiscalía General de la Nación Un representante de los directores de los establecimientos de Salud del Distrito .Un representante de los Comités de Participación Comunitaria .Un representante de los sectores de la Cultura. Un representante de los rectores de las universidades. Un representante de los centros de investigación social Dos representantes de las organizaciones estudiantiles- Dos representantes de las organizaciones de la juventud. Dos representantes de las organizaciones de la mujer. Un representante de las organizaciones de los desplazados de la violencia Un representante de las organizaciones de desaparecidos. El Comandante de la Policía Metropolitana. El Comandante de la Institución militar con jurisdicción Distrital.

 Decreto Distrital 64 de 2004

COMITÉ DE CAPACITACIÓN DE DOCENTES DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

Decreto Distrital 132 de 1996

Definir las políticas de actualización y especialización de docentes e investigación para el mejoramiento de la calidad de la educación en el Distrito Capital. Asesorar a la Secretaría de Educación en la elaboración del plan y en la organización de la actualización y especificación de docentes y de la investigación en el Distrito Capital. Asesorar y cooperar con la Secretaría de Educación en el fomento y desarrollo de proyectos científicos y técnicos que aporten a la calificación del servicio educativo.

El Secretario de Educación, Universidades domiciliadas en Santa Fe de Bogotá, D.C. Facultades de educación domiciliadas en Santa Fe de Bogotá, D.C. Director del Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico Centro Experimental Piloto. Escuelas normales domiciliadas en Santa Fe de Bogotá. D.C. organizaciones gubernamentales o no gubernamentales. Asociación Distrital de Educadores y un representante de la USDE.

Sindicato de Docentes Directivos del D.C. SINDODIC

 

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA SECRETARÍA GENERAL

Resolución Secretaría General 332 de 1996

Estudiar y proponer la adopción de políticas, normas y procedimientos tendientes a garantizar un manejo racional de la documentación, Establecer la tabla de retención y vida útil de los documentos de acuerdo con su importancia, valor legal, necesidades de consultas y las disposiciones legales y vigentes, Establecer programas y procesos acordes con los avances tecnológicos y las necesidades de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., - Secretaría General, que permitan agilizar la consulta

La Secretaría General, La Subsecretaría Genera, La Oficina de Control Interno, Oficina de Organización y Sistemas, La División Administrativa y Financiera, Archivo Central

 

COMITÉ DIRECTIVO DEL FONDO PARA LA RECONVERSIÓN AMBIENTAL INDUSTRIAL

Decreto Distrital 369 de 1996

Cofinanciación del diseño e implementación de proyectos de reconversión de la microempresa y la pequeña y mediana industria orientados a prevenir y mitigar su impacto ambiental. El Fondo Cuenta garantizará el manejo financiero, presupuestal y el registro contable de los recursos destinados a este objetivo.

El Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente (DAMA), quien lo presidirá. Dos voceros de las asociaciones o agremiaciones de microempresarios y pequeños y medianos industriales de la ciudad. Un representante de las organizaciones ambientalistas no gubernamentales sin ánimo de lucro. Un representante de las entidades especializadas en la financiación de la microempresa y la pequeña y la mediana industria.

 

COMITÉ DE CAPACITACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR

Resolución Secretaría General 536 de 1996

Aprobar las solicitudes de financiación de los programas de capacitación previstos en esta Resolución. Seleccionar al candidato o candidatos de la Secretaría General, a las becas otorgadas por establecimientos educativos con los cuales la Administración Distrital tenga convenios vigentes. Aprobar el plan anual de actividades capacitación de la Secretaría General.

SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR, Oficina de Recursos Humanos.

 

COMITÉ CONSULTOR DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DISTRITO CAPITAL

Decreto Distrital 569 de 1996, modificado Decreto Distrital 228 de 1997

Considerar las solicitudes de construcción o instalación de infraestructura para servicios públicos y emitir concepto sobre el permiso a que se refiere el Artículo 26 de la Ley 142 de 1994.

Secretario de Obras Públicas quien los preside, los Secretarios de Tránsito y Transporte, General, y de Gobierno, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente y el Director de la Oficina de Prevención de Emergencias.

 

COMITÉ DE DESARROLLO Y CONTROL SOCIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.

Decreto Distrital 635 de 1996

conformación, reconocimiento y registro de los Comités de Desarrollo y Control Social de Servicios Públicos Domiciliarios

 

 

COMITÉ DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LESIONES DE CAUSA EXTERNA PARA BOGOTÁ

Decreto Distrital 649 de 1996

Utilizar la información sobre lesiones de causa externa producida por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Consejería de Seguridad, y el observatorio de Cultura Ciudadana para unificar la información y el análisis de tendencias y como resultado proponer medidas de manejo, control y prevención que busquen disminuir la violencia y la accidentalidad en el Distrito Capital.

El Alcalde Mayor o su Delgado quien lo presidirá, Un Delegado del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencia Forenses, El Consejero de Seguridad, El Secretario de Salud o su Delegado, El Director Seccional de Fiscalías para Bogotá, El Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, o su Delegado, El Representante del observatorio de cultura urbana

 

COMITÉ DE TESORERÍA DISTRITAL

Decreto Distrital 718 de 1996

Establecer políticas en el manejo financiero de la Administración Distrital, en especial las relacionadas con el manejo integral de los excedentes de la Administración Central, y algunas entidades descentralizadas del Distrito Capital.

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Secretario de Hacienda Distrital, Tesorero Distrital los Subgerentes Financieros de las Empresas de Energía de Bogotá, Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá, el Subdirector Financiero del Instituto de Desarrollo Urbano IDU-, y el Director de Presupuesto.

 

COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA

Decreto Distrital 800 de 1996

Asesorar al Secretario de Hacienda en la fijación de los lineamientos de política en aspectos administrativos, financieros, fiscales, de planeación y jurídicos de la Secretaría, Asesorar al Secretario en la proposición de proyectos de acuerdo y de decretos que tengan incidencia en la política de hacienda. Aprobar los planes, programas y proyectos de la Secretaría de Hacienda para el cabal desarrollo de su gestión.

Secretario de Hacienda Subsecretario, Director Distrital de Impuestos, Director Distrital de Presupuesto, Director Distrital de Tesorería y Director Distrital de Contabilidad y, Director Administrativo y Financiero de la Secretaría de Hacienda

 

COMITÉ DIRECTIVO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

Decreto Distrital 812 de 1996

Recomendar a la Secretaría, las orientaciones de la política pública del sector que requiera el Distrito Capital. Recomendar a la Secretaría, programas de cooperación técnica con el Ministerio de Salud u otros Organismos Nacionales o Internacionales. Dar directrices para la organización funcional y de trabajo interdisciplinario tendientes a integrar el que hacer de la entidad. Recomendar el desarrollo de las políticas, programas y reglamentaciones para la descentralización del subsector público de salud en el Distrito, con base en las localidades.

Secretaría Distrital de Salud

 

COMITÉ DE LICITACIONES, CONCURSOS Y ADQUISICIONES PARA LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

Resolución Secretaría de Gobierno 2220 de 1996

Asesorar a la Secretaría de Gobierno en el análisis de los estudios técnicos, económico y jurídicos efectuados a las propuestas presentadas, en desarrollo de Licitaciones, concursos o invitaciones a cotizar y hacer recomendaciones sobre la oferta más favorable en su conjunto para la entidad

El Subsecretario de Gobierno o su delegado, El Jefe de la Oficina Jurídica o su delegado, El Director de la Unidad de Seguimiento y Análisis Estratégico, El Director de la Unidad de Apoyo Administrativo y Programación Técnica

 

COMITÉ DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA VEEDURÍA DISTRITAL

Resolución Veeduría Distrital 89 de 1997

Recomendar pautas para el apoyo, determinación, implementación, adaptación, complementación, mejoramiento y evaluación permanente del sistema de control interno en las entidades distritales así como al interior de la Veeduría. Estudiar y revisar la evolución del cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad por dependencias, dentro de los planes y políticas sectoriales y recomendar los correctivos. Asesorar al Veedor Distrital en la definición de planes estratégicos y en la evaluación del cumplimiento de sus metas y objetivos propuestos. Recomendar prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información: Gerencial, Financiera, de Planeación, de Procesos,

El Veedor Distrital. El Viceveedor. El Veedor Delegado para la Eficiencia Administrativa y Presupuestal. El Veedor Delegado para la Participación y Proyectos Especiales. El Veedor Delegado para la Atención de Quejas reclamos. El Veedor Delegado para la Contratación. El Jefe de la Unidad para el Apoyo al Control Interno.

 

COMITÉ DE GERENCIA DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN DISTRITAL ESPECIALIZADOS CADE

Decreto Distrital 150 de 1997

Expide su propio reglamento y define sus funciones.

El Gerente Comercial de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, El Gerente Comercial de la Empresa de Energía de Bogotá, el Subgerente Comercial de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá y los Gerentes Comerciales, Subgerentes Operativos o quien desempeñe tales funciones en otros organismos, Empresas o Entidades Distritales y no Distritales vinculadas al programa, o sus delegados.

 

COMITÉ EVALUADOR DE LA SECRETARÍA GENERAL

Resolución Secretaría General 727 de 1997

Estudio y evaluación de las propuestas presentadas para contratar directamente la Consultoría que se encargue diseñar un Sistema de Información para el área central, elaborar las bases de datos georeferenciales e incorporar la información disponible

Subsecretaría General Subsecretaría Jurídica Director Plan Centro Departamento Administrativo de Catastro Distrital Departamento Administrativo de Planeación Distrital

 

COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL.

Decreto Distrital 1110 de 1997

Diagnosticar las necesidades de bienestar social de los servidores públicos de la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital, como apoyo al Alcalde Mayor en la fijación de políticas sobre la materia, en el orden central y en el ejercicio del control de tutela en el orden descentralizado.

Unidad Administrativa Financiera del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, Las dependencias de Bienestar Social o quienes hagan sus veces, en cada uno de los organismos que conforman la Administración Central y en los establecimientos Públicos del Distrito Capital

 

COMITÉ DE RIESGOS DE LA DIRECCIÓN DISTRITAL DE TESORERÍA

Decreto Distrital 1179 de 1997

Determinar las políticas a las cuales se sujetarán la Dirección Distrital de Tesorería y los Establecimientos Públicos Distritales, para obtener los créditos de Tesorería e invertir sus excedentes de liquidez de conformidad con el artículo 86 del Decreto 714 de 1996. Establecer los criterios y parámetros técnicos para la evaluación de los riesgos, de solvencia, contraparte, liquidez, tasa de interés, bursatibilidad, y tipo de cambio del portafolio de inversiones de la Dirección Distrital de Tesorería y las entidades descentralizadas del Distrito Capital

El Director de Tesorería o su delegado, el Subdirector de Planeación Financiera e Inversiones, el Jefe de Planeación Financiera, el Jefe de Inversiones, el Subdirector de Operación Bancaria, el Subdirector de Crédito Público.

 

COMITÉ DISTRITAL DE TRANSPLANTES DE ÓRGANOS Y COMPONENTES ANATÓMICOS CON FINES TERAPÉUTICOS DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

Resolución Secretaría de Salud 1531 de 1997

fijar políticas que permitan el desarrollo de esta actividad en la ciudad.

El Secretario Distrital de Salud o su delegado Un Representante del Instituto del Seguro Social Departamento de Transplantes. Un Representante de las IPS públicas que tengan autorización para realizar transplantes de órganos. Un Representante de las IPS privadas que tengan autorización para realizar transplantes de órganos. Un Representante del Instituto de Medicina Legal.

 

COMITÉ DISTRITAL PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA POBLACION DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA

Decreto Distrital 1189 de 1997

Medidas para la prevención del desplazamiento forzado, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia.

Alcalde Mayor a su delegado quien lo presidirá, El Comandante de la Décimo Tercera Brigada de Santa Fe de Bogotá, D.C., o su delegado, El Comandante de la Policía Metropolitana de Santa Fe de Bogotá, D.C., o su delegado, El Secretario de Salud de Santa Fe de Bogotá, D.C, El Director Regional de Santa Fe de Bogotá, DC., del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Un de las Iglesias. Un representante de la Cruz Roja Colombiana, Un representante de la Defensa Civil, Dos representantes de la población desplazada.

 

COMITÉ LOCAL DE SALUD OCUPACIONAL

Decreto Nacional 16 de 1997, art. 17

Además de las señaladas para los comités seccionales, servir como órgano consultor y asesor del inspector de trabajo y seguridad social y del comité seccional de salud ocupacional, en la ejecución y definición de acciones y políticas en materia del sistema general de riesgos profesionales. Establecer las acciones de salud ocupacional en su jurisdicción, con base en el plan nacional y departamental de salud ocupacional y las acciones establecidas por el comité seccional de salud ocupacional. Establecer un sistema de información sobre el cumplimiento de las normas de salud ocupacional e impulsar campañas, programas y eventos de divulgación, publicación y capacitación en riesgos profesionales, en su jurisdicción. Sugerir y recomendar al comité seccional de salud ocupacional, la normatividad requerida para el buen funcionamiento del sistema general de riesgos profesionales. Asesorar a las entidades locales en la formulación de los planes de salud ocupacional. Impulsar planes tendientes a la formación del recurso humano y divulgación, en lo relacionado con medicina e higiene ocupacional, seguridad industrial y otras áreas de la salud ocupacional. Las demás que le sean asignadas por el comité nacional o seccional de salud ocupacional, o la ley.

Además de las señaladas para los comités seccionales, servir como órgano consultor y asesor del inspector de trabajo y seguridad social y del comité seccional de salud ocupacional, en la ejecución y definición de acciones y políticas en materia del sistema general de riesgos profesionales. Establecer las acciones de salud ocupacional en su jurisdicción, con base en el plan nacional y departamental de salud ocupacional y las acciones establecidas por el comité seccional de salud ocupacional. Establecer un sistema de información sobre el cumplimiento de las normas de salud ocupacional e impulsar campañas, programas y eventos de divulgación, publicación y capacitación en riesgos profesionales, en su jurisdicción. Sugerir y recomendar al comité seccional de salud ocupacional, la normatividad requerida para el buen funcionamiento del sistema general de riesgos profesionales. Asesorar a las entidades locales en la formulación de los planes de salud ocupacional. Impulsar planes tendientes a la formación del recurso humano y divulgación, en lo relacionado con medicina e higiene ocupacional, seguridad industrial y otras áreas de la salud ocupacional. Las demás que le sean asignadas por el comité nacional o seccional de salud ocupacional, o la ley.

Resolución Distrital 016 de 2009

COMITÉ DE ADJUDICACIONES DEL FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE "FONDATT".

Resolución FONDATT 80 de 1998

Estudiar mediante evaluaciones previas las propuestas presentadas, por oferentes en los procesos de adquisición de bienes muebles, contratación de servicios administrativos, concursos públicos, licitaciones e invitaciones

El subsecretario técnico , el subsecretario administrativo, el director de la oficina jurídica, el director de la oficina de planeación, el director de la unidad de tránsito.

 

COMITÉ DISTRITAL COORDINADOR DE PARQUES Y

ZONAS VERDES DEL DISTRITO CAPITAL

Decreto Distrital 243 de 1998

Recomendar acciones prioritarias para la conformación de reservas de áreas verdes y parques. Evaluar y priorizar los proyectos de adecuación de parques así como de programas y actividades a realizar en los mismos. Evaluar y proponer parámetros, procedimientos, políticas y criterios para el manejo de los proyectos de parques al igual que su administración, Definir políticas para el desarrollo de programas y actividades recreativas deportivas y culturales a realizarse en los parques Distritales y coordinar las entidades de Distrito responsables de la implementación, y Supervisar y apoyar el proyecto de arborización que adelanta el jardín Botánico

Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá. Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte o su delegado, Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente o su delegado. Director del Jardín Botánico o su delegado. Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado o su delegado. Gerente de la Empresa de Energía o su delegado. Comandante de la Policía Metropolitana de Santa Fe de Bogotá o su delegado. Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital o su delegado.

 

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DOCUMENTAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO "IDU".

Resolución IDU 346 de 1998

coordinar, dirigir y controlar las actividades con la gestión de documentos y administración de archivos de la institución, fijando las políticas para su manejo.

Subdirección General, Subdirección de Apoyo Corporativo. Subdirección Legal. Subdirección de Planeación. Archivo y Correspondencia.

 

COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL.

Resolución Planeación Distrital 397 de 1998

Organizar la adquisición de bienes y servicios para el funcionamiento de la entidad.

Departamento Administrativo, Subdirección Corporativa, Subdirección Jurídica, El Coordinador del área de Gestión de la Subdirección Corporativa, quien actuará como Secretario del Comité.

 

COMITÉ OPERATIVO E INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS PÚBLICOS DISTRITO CAPITAL

Decreto Distrital 550 de 1998

Realizar la coordinación en la ejecución de las obras que impliquen la ruptura de calzadas y andenes sobre las vías principales y colectoras de la malla vial de la ciudad, en desarrollo de las licencias para construcción o instalación de infraestructura.

Instituto de Desarrollo Urbano, IDU, Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Departamento Administrativo del Medio Ambiente, Departamento Administrativo de Catastro Distrital, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Tránsito y Transporte, Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Santa Fe de Bogotá, CONDENSA Compañía de Distribución y Comercialización de energía, Programa de semaforización de la E. T. B, Policía Metropolitana de Tránsito. Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos UESP, Las Empresas Gas Natural, Telecom-Capitel, E.P.M. Bogotá, y Emtelco se consideran invitados permanentes de dicho Comité.

 

COMITÉ TÉCNICO CIENTÍFICO SIDA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD

Resolución Secretaría de Salud 712 de 1998

Precisar los parámetros que se deben tener en cuenta para certificar los funcionarios que tendrían derecho al reconocimiento y pago de la prima de riesgo SIDA, de acuerdo con las características de cada institución y los avances científicos determinados por los organismos de investigación y definición técnica a nivel nacional e internacional. Prestar la asistencia técnica correspondiente a las Empresas Sociales del Estado para la aplicación de las normas técnico científicas con el fin de precisar los posibles beneficiarios de la prima de riesgo SIDA.

Director de Desarrollo de Servicios de Salud, Director de Desarrollo del Talento Humano, Director de Salud Pública, Jefe de Grupo Vigilancia Salud Pública

 

COMITÉ DE DEPÓSITOS DEL IDU

Resolución IDU 937 de 1998

la utilización de los recursos que por conceptos de depósitos causados por los gravámenes de valorización, posee e ingresen al Instituto.

Subdirector Financiero, Directores de las Unidades de Operaciones y Tesorería y Recaudo, y Coordinador del Grupo de Atención al Contribuyente de la Subdirección Financiera; el Subdirector Legal y el Director de la Unidad Jurídica y de Ejecuciones Fiscales de la Subdirección Legal; Director de la Unidad de Sistemas de Información de la Subdirección de Planeación.

 

COMITÉ TÉCNICO DE INVENTARIOS DEL DABS

Resolución DABS 1339 de 1998

Actualizar y depurar los inventarios del Departamento Administrativo de Bienestar Social.

La Subdirección de Apoyo Administrativo o su delegado quien lo preside, El Jefe División de Recursos Físicos y Materiales quien actuará como Secretario, El Contador de la Entidad, Jefe de Asesoría Jurídica o su delegado, Responsable del Almacén, Responsable del área de Inventarios, El Jefe de la Oficina de Control Interno, como veedor del proceso.

 

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL AL MENOR DE 0 A 5 AÑOS DISTRITO CAPITAL CIAP

Acuerdo Distrital 10 de 1999

Articular los diversos programas que tengan relación con la educación inicial para los niños de cero a cinco años, De la misma manera, de conformidad con la Ley, deberá coordinar con en ICBF el desarrollo de los diferentes convenios o programas para la atención a la infancia, Velar por que la coordinación interinstitucional se realice de manera integral atendiendo la idoneidad de los diferentes agentes educativos.

Alcalde Mayor o su Delegado, Director del DABS o su Delegado, Secretario de Educación o su Delegado, Director del IDRD o su Delegado, Director del IDEP, Secretario de Salud o su Delegado, Dos representantes de los establecimientos distritales de educación preescolar, Un representante de la Universidad Distrital de la Facultad de Educación que tenga especialidad en educación, preescolar, Una representante de Madres Comunitarias de Bienestar Social del Distrito, Una representante de las Jardineras de los jardines infantiles distritales.

 

COMITÉ DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL.

Acuerdo Distrital 21 de 1999

Ejercer un seguimiento integral cada tres meses al avance de las políticas que en materia de desarrollo administrativo, hayan sido formulados dentro del plan correspondiente, propender por la eficiencia y buen desempeño administrativos e institucionales.

Los organismos y entidades públicas que integran la estructura administrativa del Distrito Capital.

 

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA PROMOCIÓN Y EL MEJORAMIENTO DEPORTIVO EN EL DISTRITO

Acuerdo Distrital 25 de 1999

Promoción y Mejoramiento Deportivo en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.

El Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte o su delegado, quien lo presidirá. El Director del Instituto Distrital de Cultura y Turismo o su delegado. El Secretario de Educación o su delegado. El Secretario de Salud o su delegado. Dos representantes de las Ligas Deportivas y uno de las Asociaciones Deportivas, legalmente reconocidas del Distrito Capital, elegidos autónoma y democráticamente de acuerdo a sus estatutos o normas internas de funcionamiento. Un representante de los docentes de Educación Física elegido por el mismo gremio. El Rector de la Universidad Distrital o su delegado.

 

COMITÉ DE COMUNICACIONES DE LA VEEDURÍA DISTRITAL.

Resolución Veeduría Distrital 29 de 1999

Orientar la elaboración del documento de planes, programas y proyectos, que permita desarrollar y dar cumplimiento a las directrices generales impartidas para el tema por el Veedor

Viceveedor Distrital, Veedor Delegado para la Participación y los Proyectos Especiales y el Jefe de la Unidad Administrativa

 

COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LA CONTRALORÍA

Resolución Contraloría Distrital 33 de 1999

Determinar a la luz de las disposiciones legales vigentes la viabilidad de conciliar los asuntos sometidos al conocimiento del comité, teniendo como mira, en todo caso, los intereses de este organismo de control.

El Contralor o su delegado. El Jefe de la Unidad Asesora. El Jefe de la Unidad Administrativa. El Jefe de la Unidad de Control Interno. El Jefe de la Unidad de Personal

 

COMITÉ DE SISTEMAS AÑO 2000 DE LA VEEDURÍA DISTRITAL

Resolución Veeduría Distrital 62 de 1999

Diagnosticar las inconsistencias que puedan presentar los sistemas, Hacer las recomendaciones necesarias para los ajustes, Implementar las soluciones previo visto bueno del Veedor Distrital, Poner en conocimiento de las Entidades Distritales, los Organismos de Control y del Concejo, cuando así lo requieran, el Plan de Acción que con tal fin proyecte la Veeduría.

Veeduría Distrital

 

COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y TRANSACCIÓN EN EL FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL FONDATT.

Resolución S.T.T. 113 de 1999

Señalar directrices institucionales en el manejo de la conciliación y de la transacción respectiva. Evaluar las propuestas de solución presentadas en las etapas prejudicial y judicial. Verificar que los fundamentos de hecho y de derecho señalados como fuente de restablecimiento o indemnización, cumplan las directrices legales y jurisprudenciales para que den cumplimiento a las pretensiones invocadas. Recomendar la conveniencia o inconveniencia de la conciliación en cada caso sometido a su consideración.

El Director Ejecutivo de la entidad, el Subsecretario Administrativo, el Subsecretario Técnico, el Jefe de la Oficina Jurídica, el Jefe de la Oficina de Planeación, el Jefe de la División Financiera y Asesor del despacho.

 

COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO.

Resolución IDU 271 de 1999

Realizar estudios y evaluaciones sobre los procesos que cursan en contra del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU-, con el fin de determinar el índice de condenas en contra, establecer los tipos de daño por los cuales resulta demandado y/o condenado y las falencias de las actuaciones administrativas que representen riesgo potencial de condenas

IDU

 

COMITÉ DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA

Decreto Distrital 303 de 1999

Definir los criterios, políticas y estrategias del Programa de Apoyo a la Convivencia y Seguridad Ciudadana, consistente en mejorar la convivencia y en prevenir el delito y la violencia en el Distrito Capital de Bogotá

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, quien lo presidirá., El Secretario de Gobierno, El Subsecretario de Convivencia y Seguridad, El Coordinador General del Programa, El Comandante de la Policía Metropolitana, El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Tres representantes de la Sociedad civil.

 

COMITÉS DE APOYO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

Resolución Secretaria de Salud 501 de 1999

Brindar las pautas, directrices y recomendaciones para el desarrollo y fortalecimiento del Sistema de Control Interno en la dependencia correspondiente. Evaluar el grado de implementación de los elementos que conforman el Sistema de Control Interno en la dependencia.

El jefe de la dependencia correspondiente, o su delegado, quien lo presidirá, los jefes de grupo, los responsables de las áreas funcionales o centros de responsabilidad de la dependencia, si los hubiere, y un representante de los empleados de la dependencia. en el nivel desconcentrado: los directores locales de salud que conforman la respectiva zona

 

COMITÉ TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISBEN

Decreto Distrital 583 de 1999

Coordinar que los recursos técnicos y materiales que demande la operación del SISBEN en cada entidad se obtengan en forma oportuna y adecuada, Establecer los requerimientos, cronogramas y planes de trabajo de las entidades distritales usuarias del SISBEN, de acuerdo con la tecnología y los recursos disponibles.

Un delegado del Alcalde Mayor de Bogotá, quien lo presidirá, Un delegado del Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Un delegado del Secretario de Salud del Distrito Capital, Un delegado del Secretario de Educación del Distrito Capital, Un delegado del Departamento Administrativo de Bienestar Social, El Gerente del Centro Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos - SISE o su delegado, durante la etapa de transición, Un delegado del Departamento Administrativo de Catastro Distrital.

 

COMITÉS DE INTEGRACIÓN TERRITORIAL

Ley 614 de 2000

Establecer mecanismos de integración, coordinación y armonización de las diferentes entidades competentes en materia de ordenamiento del territorio, para la implementación de los planes de ordenamiento territorial

El alcalde del municipio principal, Los alcaldes de los municipios circunvecinos que hacen parte del área de influencia, El gobernador o gobernadores a los cuales pertenecen los municipios que hacen parte del área de influencia o sus delegados, El director o directores de la Corporación Autónoma Regional que tenga jurisdicción en el área de influencia, Un delegado del Ministro de Desarrollo Económico, con voz y sin voto, Un delegado del Ministro del Interior, con voz y sin voto, Dos (2) representantes de los gremios productivos y/o económicos de la región, Un (1) representante de las organizaciones no gubernamentales de la región.

Resolución Distrital 10 de 2016

COMITÉ TÉCNICO DE PLANES PARCIALES DE DESARROLLO

Decreto Distrital 1141 de 2000

Estudiar y evaluar la información necesaria para aportar elementos técnicos, que permitan al Departamento Administrativo de Planeación Distrital expedir concepto favorable o desfavorable de la propuesta de plan parcial o de viabilidad. Definir la forma de participación de las entidades distritales en la ejecución de los Planes Parciales. Expedir conceptos técnicos y recomendaciones, en relación con los Planes Parciales.

Un delegado del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, quien lo presidirá; Un delegado del Alcalde Mayor de Bogotá; Un delegado de cada una de las empresas de Servicios Públicos; Un delegado del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente; Un delegado de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR-; Un delegado del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte IDRD; Un delegado del Instituto de Desarrollo Urbano IDU.

 Resolución Distrital 866 de 2001

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE COMPENSACIONES PARA EL PROYECTO PARQUE TERCER MILENIO

 Resolución 1402 de 2001,modificada por la Resolución 1821 de 2003.

Decidir sobre incorporar o no al censo poblacional a personas o grupos de personas, que se consideren con derecho a percibir compensación. Ordenar la actualización y aclaración del Censo Socioeconómico, base del reconocimiento de las compensaciones. Analizar la inclusión, actualización o aclaración de las unidades sociales en el Censo Socioeconómico, base para el reconocimiento y pago de las compensaciones.

El Jefe de la Oficina Asesora de Gestión Social del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, el Gerente de la Oficina de Estrategia de Intervención Social del Departamento Administrativo de Bienestar Social DABS, invitados aquellas personas que los representantes de las entidades consideren conveniente según los temas a tratar en las reuniones del Comité.

 

COMITÉ TECNICO ASESOR DE PATRIMONIO

Decreto Distrital 758 de 2000, modificado Decreto Distrital 721 de 2001

Las intervenciones en los bienes de interés cultural del ámbito distrital. Los cambios de uso en los bienes de interés cultural del ámbito distrital. Las solicitudes de demolición de los bienes de interés cultural del ámbito distrital, que amenazan ruina.

El Subdirector de Planeamiento Urbano del Departamento Administrativo de Planeación Distrital o su delegado, quien lo presidirá, El Gerente de Patrimonio de la Subdirección de Planeamiento Urbano, quien ejercerá la Secretaría, Un delegado de la Corporación La Candelaria, que deberá ser arquitecto, con experiencia en manejo de patrimonio, Un funcionario del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, seleccionado por la Dirección General de la entidad, Dos expertos en patrimonio cultural, designados por el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Un delegado del Consejo Asesor de Patrimonio Distrital

 

COMITES MUNICIPALES PARA EL FOMENTO DE LAS MICROEMPRESAS

Resolución Ministerio de Desarrollo 03 de 2001

Propenderán por el desarrollo y el fortalecimiento de tales empresas en el nivel municipal, y su articulación con las políticas, programas y acciones sectoriales en los niveles nacional y regional. Hacer recomendaciones a las entidades encargadas de definir, formular y ejecutar las políticas públicas generales, transversales, sectoriales y municipales de promoción empresarial de las microempresas, Contribuir al análisis del entorno económico, político y social del respectivo municipio; su impacto sobre las microempresas y sobre la capacidad de éstas para dinamizar la competencia en los mercados de bienes y servicios.

El alcalde, o su delegado, quien presidirá el comité municipal y quien designará a sus demás integrantes, El director de la corporación autónoma regional correspondiente, o su delegado. Para el caso de aquellos municipios en los cuales opera más de una corporación regional, entre éstas se designará un director representante, Tres (3) representantes de las asociaciones de microempresas en las diferentes áreas empresariales, Dos (2) representantes de las organizaciones no gubernamentales, ONG, dedicadas a la investigación, promoción y desarrollo tecnológico de las microempresas, Un (1) representante de las instituciones de educación superior que cuenten con programas de desarrollo y fomento a las microempresas.

 

COMITÉ DE EXALTACIÓN Y PRESERVACIÓN DE VALORES Y SÍMBOLOS MANIFESTACIONES CULTURALES AUTÓCTONAS COLOMBIANAS PARA EL DISTRITO CAPITAL

Acuerdo Distrital 36 de 2001

Exaltación y Preservación de Valores, Símbolos, Manifestaciones Culturales Autóctonas Colombianas, para el Distrito Capital de Bogotá.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., o su delegado. El Secretario de Educación de Bogotá D.C., o quien haga sus veces, (3) Rectores o Directores de establecimientos educativos oficiales ubicados dentro del Distrito Capital. Dos (2) Rectores o Directores de establecimientos educativos privados ubicados dentro del Distrito Capital El Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá o su delegado. El Comandante de las Fuerzas Armadas con sede en el Distrito Capital o su delegado. Un (1) representante elegido entre las instituciones cívicas locales y distritales, incluidas las Casas de la Cultura en Bogotá

 

COMITÉ DE SEGUIMIENTO A MEDIDAS DE RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

Resolución S.T.T. 540 de 2001

Medidas para el mejor ordenamiento del tránsito de vehículos en las vías públicas de Bogotá, D.C..

El Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, El Superintendente de Puertos y Transporte o su delegado, El Defensor del Pueblo o su delegado, El Personero Distrital o su delegado, La Secretaría de Tránsito y Transporte o su delegado, El Director del DAMA o su delegado, La Directora del IDU o su delegado, Un representante de las empresas de transporte colectivo de pasajeros de Bogotá, Un representante de las empresas de transporte individual de pasajeros de la ciudad, Un representante de los propietarios de vehículos y de los sindicatos de conductores de Bogotá, Un representante del Comité Integremial.

 

COMITÉ DISTRITAL DE RENOVACION URBANA

Decreto Distrital 638 de 2001

Coordina las acciones tendiente al cumplimiento de lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial, los Planes de Desarrollo, el Acuerdo 33 de 1999. A través de dicho comité se canalizarán todas las acciones de Renovación Urbana de iniciativa pública o privada.

Un delegado de la Dirección del Departamento Administrativo del Planeación Distrital, quien será el encargado de presidir el Comité. Un delegado del Alcalde Mayor de Bogotá, El Gerente de la Empresa de Renovación Urbana de la Alcaldía Mayor, o su delegado. Un delegado de cada una de las empresas de servicios públicos. Un delegado del Departamento Administrativo del Medio Ambiente. Un delegado del Instituto de Desarrollo Urbano. IDU

Resolución Dsitrital 43 de 2010

 

COMITÉS SECTORIALES

Decreto Distrital 682 de 2001

Definir las políticas sectoriales, coordinar la actividad de las entidades que los conforman y verificar el cumplimiento de las políticas que adopten; corresponderá a los comités hacer seguimiento de la ejecución de las políticas de desarrollo administrativo del respectivo sector, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 489 de 1998 y el Acuerdo 21 de 1999

Comité de Convivencia y Cultura Democrática, Comité de Finanzas y Competitividad, Comité de Cultura, Recreación y Deporte, Comité Social, Comité de Movilidad y Espacio Público, Comité de Servicios Públicos, Comité de Gestión Urbana y Habitacional.

 

COMITÉ DISTRITAL DEL ESPACIO PUBLICO

Decreto Distrital 28 de 2002

Asesorar a la Administración Distrital en la definición de los fundamentos teóricos, técnicos y artísticos necesarios para garantizar la pertinencia y calidad de las intervenciones mediante expresiones artísticas en el espacio público, tales como murales, esculturas, fuentes, entre otras. Emitir concepto sobre la pertinencia, calidad y ubicación de la propuesta de expresión artística presentada por el solicitante de la licencia de intervención y ocupación del espacio público.

El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital -DAPD- o su delegado, El Director del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público o su delegado, El Director del Instituto Distrital de Cultura y Turismo o su delegado, Dos (2) delegados de las facultades de Bellas Artes del Distrito Capital, seleccionados conjuntamente por los decanos de dichas facultades o sus representantes, con base en la convocatoria que para el efecto realice el Director del D.A.P.D, Un ganador del premio Luis Caballero, seleccionado por los premiados con esa distinción, El Director del Museo Nacional de Colombia o su delegado

 

COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL CENTRO ADMINISTRATIVO DISTRITAL CAD

Decreto Distrital 31 de 2002

Formular, implementar y evaluar las políticas en materia de administración, preservación, mantenimiento, manejo y uso del Centro Administrativo Distrital -CAD-. Elaborar el reglamento de uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el Centro Administrativo Distrital - CAD -, consultando en lo que corresponda al Representante Legal del Cuerpo de Bomberos de Bogotá, D.C. Atender las quejas y solicitudes que presenten los usuarios respecto del funcionamiento del Centro Administrativo Distrital -CAD- Estudiar y adoptar la aplicación de mecanismos e instrumentos administrativos y financieros, que permitan mejorar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica del Centro Administrativo Distrital -CAD-. Exigir el cumplimiento de los reglamentos de uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica a las entidades que funcionan en el Centro Administrativo Distrital -CAD-.

El Director Administrativo y Financiero de la Secretaría de Hacienda, quien lo presidirá, El Subdirector Administrativo del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, quien obrará como Secretario del Comité, El Jefe de la División Técnica Administrativa de la Secretaría de Obras Públicas, El Subdirector de Gestión Corporativa del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, El Subdirector Administrativo del Departamento Administrativo de Catastro Distrital, El Jefe de la Unidad de Gestión Corporativa del Departamento Administrativo del Servicio Civil, El Subdirector Administrativo y Financiero del Departamento Administrativo de Acción Comunal, El Director Administrativo de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, El Director Administrativo del Centro Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos

 

COMITÉ PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NÚMERO ÚNICO DE EMERGENCIAS Y SEGURIDAD DEL DISTRITO CAPITAL.

Decreto Distrital 53 de 2002

Establecer el número único de emergencias y seguridad, para que reciba las llamadas de emergencia y coordine la respuesta de las entidades correspondientes.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. o su delegado, El Secretario de Gobierno o su delegado, El Subsecretario de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, quien presidirá las reuniones y ejercerá la Secretaría Técnica, El Secretario de Salud o su delegado, El Director del Centro Regulador de Urgencias CRU o su delegado, El Secretario de Tránsito o su delegado, El Gerente del Fondo de Vigilancia y Seguridad o el funcionario responsable de las funciones actualmente asignadas al mismo, El Comandante de la Policía Metropolitana o su delegado, El Director del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias FOPAE, El Gerente de la ETB o su delegado, El Director del Programa de Seguridad y Convivencia de la Cámara de Comercio de Bogotá, o quien haga sus veces, Secretario Técnico de la Comisión Distrital de Sistemas.

 

COMITÉ DISTRITAL DE FOMENTO A LA MICRO PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA EN BOGOTA D.C

Acuerdo Distrital 72 de 2002 , Resolución Distrital 101 de 2003

Participar en la formulación de políticas locales y distritales de desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas para promover la competitividad y estimular cadenas de valor en los niveles subregional, sectorial, local, Distrital y Nacional, en concordancia con el plan estratégico exportador y con el Consejo Asesor Regional de Comercio Exterior de Bogotá y Cundinamarca y los temas de trabajo del Consejo Regional de Competitividad, Estimular el desarrollo de las organizaciones de micro, pequeñas y medianas empresas, la asociación y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y privadas de apoyo a este sector, Contribuir al análisis del entorno económico, político y social del Distrito Capital; su impacto sobre las Microempresas y sobre todo la capacidad de éstas para dinamizar la competencia en los mercados de bienes y servicios.

El Alcalde Mayor o su delegado, Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente DAMA , Secretario de Educación Distrital, Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Secretario de Hacienda Distrital, El Director del Departamento Administrativo de Acción Comunal, Cinco (5) representantes elegidos anualmente de las asociaciaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas en las diferentes áreas empresariales, Tres (3) representantes de las Organizaciones No Gubernamentales - ONG dedicadas a la investigación, promoción y desarrollo tecnológico de las microempresas en Bogotá y el área metropolitana, elegidos por las mismas y por el período de un año, Tres (3) representantes de las Instituciones de Educación Superior elegidos por las mismas y por el período de un año, que cuenten con programas de desarrollo y fomento a las micro, pequeñas y medianas empresas. Entre estos representantes deberá tener asiento permanente un (1) representante de la Universidad Distrital. A estas entidades se les cursará invitación, Un (1) representante de ACOPI Bogotá, al cual se le cursará invitación, Un (1) representante de FENALCO Bogotá, al cual se le cursará invitación, Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Bogotá, al cual se le cursará invitación.

Resolución Distrital 57 de 2004

COMITE INTERNO DE CONCILIACION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO

Resolución 75 de 2002

Estudiar, establecer, desarrollar e implementar las políticas de conciliación judicial y extrajudicial, tendientes a proporcionar una defensa adecuada de los intereses del patrimonio de la Secretaría de Gobierno del Distrito Capital.

El Secretario del Despacho de la Secretaría de Gobierno, en su condición de jefe de la entidad y como ordenador del gasto o su delegado, quien lo presidirá, el Subsecretario de Planeación y gestión de la Secretaría de Gobierno, el Subsecretario de Asuntos Locales de la Secretaría de Gobierno, el Subsecretario de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la Secretaría de Gobierno, el Jefe de la Oficina Jurídica, el Director Financiero, el Director Administrativo, el Director de Gestión Humana, el funcionario de la dependencia responsable donde se suscite la controversia. En tratándose de controversias contractuales también concurrirán al Comité con voz y voto: El Gerente del Proyecto, el Supervisor y/o Interventor del Contrato. Concurrirán sólo con derecho a voz, el apoderado que represente los intereses del ente en cada proceso, el Jefe de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces y el Secretario Técnico del Comité. El Comité invitará a sus sesiones a un funcionario de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación del Ministerio de Justicia y del Derecho, quien podrá asistir a sus sesiones con derecho a voz.

 

COMITÉ TÉCNICO DE SANEAMIENTO CONTABLE DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DE BOGOTA D.C.

Resolución SOP 235 de 2002

Asesorar al Secretario de Obras Públicas en la determinación de las políticas, montos objeto de depuración y procedimientos sobre el saneamiento contable. Estudiar y evaluar los informes que se presenten sobre el saneamiento contable y recomendar la depuración de los valores contables a que haya lugar proponiendo su descargue o incorporación en los estados financieros de la entidad. Aprobar mediante acta, cuando exista prueba sumaria, la depuración y/o descargue de los registros contables de la entidad, cuando el monto de cada obligación no supere los cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, incluido intereses, sanciones y actualización.

Subsecretario de Despacho o quien haga sus veces, el Director Técnico Financiero quien lo presidirá, el Contador de la Entidad quien ejercerá la secretaria técnica.

 

COMITES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL REGISTRO CIVIL Y ESTADISTICAS VITALES

Resolución Registraduría Nacional 2075 de 2002

Elegir el coordinador departamental del programa, Vincular las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que sean necesarias para garantizar el éxito de las jornadas locales, Gestionar recursos para coadyuvar al desarrollo del programa. Capacitar a los funcionarios responsables del programa. Concertar la ubicación de los lugares donde se harán las campañas de registro civil. Establecer prioridades en la población que se va a atender, teniendo en cuenta la urgencia de la acreditación para los afiliados al Régimen Subsidiado de Salud, poblaciones indígenas, afrocolombianas y desplazados por la violencia. Diseñar estrategias proactivas que faciliten el acceso de la población al registro civil.

Delegados departamentales del registrador nacional, Registradores municipales, especiales, distritales y municipales del Estado Civil, Primeras damas departamentales, distritales y municipales, Un representante de la Policía Nacional, Un representante de Pastoral Social, Un representante del ICBF, Un representante del DANE, Un representante de los notarios, Un representante de medicina legal, Un representante de la Defensoría del Pueblo, Un representante de la Cruz Roja, Un representante de la Red de Solidaridad, Un representante Secretaría de Gobierno, Un representante Secretaría de Salud, Un representante de ONG.

 

COMITÉ DE TRANSPORTE ESCOLAR DE LA SECRETARIA DE EDUCACION S.E.D

Resolución 43 de 2003

Formula recomendaciones en materia de planeación, organización, administración, control y evaluación de la prestación del servicio de Transporte Escolar.

El Subsecretario de Planeación y Finanzas o su delegado, quién la presidirá; Director de Planeación; Director de Cobertura; Gerente de la Unidad Coordinadora de CADEL; Director Administrativo;Subdirector de Gestión Operativa.

 

COMITÉ DISTRITAL INTERSECTORIAL DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN

Acuerdo Distrital 86 de 2003

Operación del Sistema Distrital de Nutrición.

El Secretario de Salud de Bogotá o su delegado, El Secretario de Educación de Bogotá o su delegado, El Secretario de Hacienda de Bogotá o su delegado, El Director del Departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito o su delegado, El Director de la unidad Ejecutiva de Servicios Públicos de Bogotá o su delegado, El Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte o su delegado, El Director del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud o su delegado.

 

COMITÉ DISTRITAL DEL PROGRAMA DE CASAS DE JUSTICIA Y CONVIVENCIA CIUDADANA

Convenio de 2005 Sec. de Gobierno y Min. Justicia

Establecer las condiciones específicas para el funcionamiento del Programa de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana en Bogotá D.C., así como las condiciones de cooperación, participación, organización y administración del mismo, en el marco del Convenio Nacional y del Decreto Distrital 503 de 2003.Justicia

Establecer las condiciones específicas para el funcionamiento del Programa de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana en Bogotá D.C., así como las condiciones de cooperación, participación, organización y administración del mismo, en el marco del Convenio Nacional y del Decreto Distrital 503 de 2003.Justicia

Resolución Distrital 037 de 2008

COMITÉ DISTRITAL DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL Y DEL SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA

Acuerdo Distrital 143 de 2005

 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1543 de 1997, artículo 54

El Alcalde Mayor quien lo presidirá, o su delegado, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Salud, el Secretario de Educación, el Director de! Departamento Administrativo de Bienestar Social, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el Personero Distrital, el Veedor Distrital, los Directores de los hospitales de tercer nivel adscritos a la Red Hospitalaria Distrital, dos representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) de lucha contra el SIDA, legalmente constituidas, elegidas al interior de las mismas, un representante de la Red Distrital de Bancos de Sangre, un representante de la Asociación Colombiana de Infectología, un representante por las administradoras de régimen subsidiado y un delegado de la Oficina de Política Pública de Mujer y Género de la Alcaldía Mayor.

Decreto Distrital 362 de 2008

Comité de Coordinación Interinstitucional del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público

Decreto Distrital 215 de 2005

Concretar las políticas, estrategias, programas, proyectos y metas relacionados con el espacio público del Distrito Capital, y establecer las normas generales que permitan alcanzar una regulación sistemática en cuanto a su generación, mantenimiento, recuperación y aprovechamiento económico, y apropiación social.

El Alcalde Mayor, quien lo presidirá, o el Secretario de Gobierno en calidad de delegado, el Secretario de Gobierno, o el Subsecretario de Asuntos Locales en calidad de delegado, el Secretario de Hacienda, o el Subsecretario de Hacienda o el Director de Estudios Económicos de la Secretaría, en calidad de delegados de aquel, el Secretario de Tránsito y Transporte, o el Subsecretario Técnico en calidad de delegado, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, o el Subdirector Económico de Competitividad e Innovación en calidad de delegado, el Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, o el Subdirector Técnico de Parques en calidad de delegado, el Director del Instituto de Desarrollo Urbano, o el Director Técnico de Espacio Público en calidad de delegado, el Gerente de Transmilenio S.A., o el Subgerente o el Director de Planeación de Transporte, en calidad de delegados, el Gerente de la Empresa de Renovación Urbana, o su delegado, el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente DAMA o su delegado,el Gerente del Fondo de Ventas Populares, o su delegado.

 

Comité Directivo Insterinstitucional del Esquema de Coordinación para la Implementación de la Infraestructura de la Fase III de Transmilenio

Decreto Distrital 424 de 2005

Liderar las acciones tendientes a garantizar la atención oportuna y eficaz de las actividades y trámites en torno a la ejecución del Sistema Transmilenio, que deban cursar ante las entidades que lo conforman

El Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien lo presidirá, el Director General del IDU, el Secretario de Tránsito y Transporte de Bogotá, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAMA y el Gerente de TRANSMILENIO S.A.

 

Comité de la Red-Conciliando para la Solución de Conflictos de la Comunidad Infantil y Juvenil en el D.C.

Acuerdo Distrital 213 de 2006

La Red-Conciliando establecerá los mecanismos adecuados de articulación y coordinación de estudios, investigaciones y de gestión con otros sistemas, entidades u organismos nacionales e internacionales necesarios para el cumplimiento de su gestión. Harán parte de la Red un Comité Distrital y veinte Comités Locales.

Podrán participar de forma permanente el Secretario de Salud o su delegado, el director del Idipron o su delegado, un representante de la Policía Comunitaria y de Menores, un representante del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Bogotá, un representante de la Red de Solidaridad Social, un representante de la Fiscalía General de la Nación, un representante de la Defensoría del Pueblo, universidades u organizaciones no gubernamentales, un representante de los jueces de menores y los jueces de paz, un representante del Consejo Distrital de Juventud, un representante de los Consejos Tutelares y representantes de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales expertas en temas relacionados con resolución de conflictos. Los representantes de organizaciones colectivas serán designados en forma democrática, de conformidad con el reglamento que expida para tal efecto el Comité Distrital

 

Comité Distrital de Ética

Decreto Distrital 168 de 2007

Estudio, adopción y evaluación de los programas, proyectos y estrategias encaminados a fortalecer la gestión ética en las entidades del distrito, así como servir de mediador en la solución de conflictos éticos que pudieran presentarse entre las entidades distritales.

El Alcalde Mayor de Bogotá o su delegada o delegado; un representante del Consejo de Gobierno Distrital; el Secretario o Secretaria General, o su delegada o delegado; un representante del nivel directivo del sector descentralizado funcionalmente o por servicios; un representante del nivel directivo de las localidades; un representante de los Gestores de Ética, elegido por ellos mismos, por cada uno de los siguientes sectores: central, descentralizado funcionalmente o por servicios, localidades y hospitales; las demás servidoras o servidores públicos que la Secretaría General convoque.

 

Comité Intersectorial de Desarrollo Rural

Decreto Distrital 327 de 2007

Asesorar al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en la aplicación de la Política Pública de Ruralidad; definir el esquema de gestión para llevar a cabo los programas y las medidas administrativas prioritarias contempladas en esta política, mediante la coordinación y concertación con entidades públicas del orden local, distrital, regional y nacional; proponer y recomendar esquemas de cooperación, coordinación y concertación con los municipios de la región Bogotá-Cundinamarca y de la región central, para el cumplimiento de los propósitos de la Política; proponer y recomendar instrumentos administrativos y económicos que permitan incrementar la calidad de los productos, reducir los plazos y costos en la producción de bienes y servicios, reducir los impactos ambientales negativos y estimular el desarrollo sostenible de los recursos naturales o su conservación; elaborar su propio reglamento; aprobar y hacer seguimiento a la ejecución del Programa de Desarrollo Rural; evaluar la gestión de las ULATA y el SISADI y recomendar los ajustes necesarios para hacerlos compatibles con esta política de ruralidad.

El Alcalde Mayor de Bogotá D. C. o su delegado, quien lo presidirá, los Alcaldes Locales con jurisdicción en las áreas rurales o su delegado, el Secretario Distrital de Planeación o su delegado, el Secretario Distrital de Ambiente o su delegado, el Secretario Distrital de Gobierno o su delegado, el Secretario Distrital de Desarrollo Económico o su delegado¸ el Secretario Distrital de Educación o su delegado, el Secretario Distrital de Cultura Recreación y Deporte o su delegado, el Secretario Distrital de Salud o su delegado, el Secretario Distrital de Hábitat o su delegado, el Secretario Distrital de Integración Social o su delegado, un representante por cada uno de las Unidades Locales de Desarrollo Rural.

 

Comité Distrital de Atención a las Víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra

Decreto Distrital 458 de 2009

Ser un órgano de coordinación encargado de articular, asesorar, recomendar y evaluar el desarrollo de la política pública de atención a víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. o su delegado (a), y estará integrado por: El/la Secretario (a) de Gobierno o su Delegado (a), El/la Secretario (a) de Salud o su Delegado (a), El/la Secretario (a) de Educación o su Delegado (a), El/la Secretario (a) de Desarrollo Económico o su Delegado(a), El/la Secretario (a) de Planeación o su Delegado (a), El/la Secretario (a) de Integración Social o su Delegado (a), El/la Secretario (a) de Hábitat o su Delegado (a), El/la Personero (a) o su Delegado (a), y Tres delegados (as) de las Organizaciones de Víctimas.

 

Comité Distrital para la Lucha contra la Trata de Personas de Bogotá D.C.

Decreto Distrital 484 de 2015

Un organismo articulador y coordinador de las acciones que desarrolle el Distrito para la atención, prevención, protección, denuncia y judicialización del delito, en el marco de la Política Pública de lucha contra la trata de personas.

El/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C., o su delegado/a, quien lo presidirá, El/la Secretario/a Distrital de Gobierno, o su delegado/a. Quien ejercerá la Secretaría Técnica, El/la Secretario/a de Educación Distrital, o su delegado/a, El/la Secretario/a Distrital de la Mujer, o su delegado/a, El/la Secretario/a Distrital de Integración Social, o su delegado /a, El/la Secretario/a Distrital de Salud, o su delegado/a, EI/la Secretario/a Distrital de Planeación, o su delegado/a, El/la Secretario/a Distrital de Desarrollo Económico, o su delegado/a, El/la Alto/a Consejero/a para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, o su delegado/a., o quien haga sus veces, El/la Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá D.C., o su delegado/a, El/la Subsecretario/a de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana de la Secretaría Distrital de Gobierno o su delegado/a, El/la Director/a del Instituto de Turismo, o su delegado/a, El/la Director/a del Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud, o su delegado/a.

Resolución Distrital 004 de 2016

Comité de Consejeros/as para el Distrito Capital

Decreto Distrital 066 de 2016, Resolución Distrital 005 de 2016

Es una instancia de asesoría y recomendación en temas estratégicos de la ciudad.

El/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C. o su delegado/a, quien lo presiderá, El/la Secretario/a General o su delegado/a y El/la Secretario/a Privado/a o su delegado/a, Doctor Carlos Enrique Cavalier Lozano.