RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 3172 de 2017 Ministerio de Cultura

Fecha de Expedición:
27/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/11/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50404 del 01 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3172 DE 2017

 

(Octubre 27)

 

Por la cual se establece la semana de los Pueblos Indígenas del 6 al 12 de agosto de cada año

 

LA MINISTRA DE CULTURA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuciones que le confiere la Ley 397 de 1997, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con la Ley 1753 de 2015, “por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, en el Capítulo IV Seguridad, Justicia y Democracia para la Construcción de la Paz, se estableció:

 

Artículo 113. Derechos constitucionales de los indígenas. En lo concerniente a los pueblos indígenas, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 y las acciones que de este se deriven, se orientan a garantizar los derechos constitucionales, la pervivencia y permanencia física y cultural de los pueblos indígenas de Colombia, su bienestar, el reconocimiento de la vocación de protección ambiental sus territorios (sic) y el goce efectivo de sus derechos colectivos y fundamentales.

 

Que hay un especial reconocimiento a la particular contribución de los Pueblos Indígenas y tribales a la diversidad cultural, a la armonía social y ecológica de la humanidad y a la cooperación y comprensión internacionales.

 

Que la Organización Internacional del Trabajo, adopta, con fecha veintisiete de junio de mil novecientos ochenta y nueve, el Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales.

 

Que el artículo del mencionado convenio establece que los Estados deben 2: b) promover la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones.

 

Que la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas afirma que: “todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad”.

 

Que el 23 de diciembre de 1994 la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió que durante el decenio de los pueblos originarios del mundo, se celebrará el 9 de agosto como el día internacional de los pueblos originarios a través de la Resolución 49/214.

 

Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018, el cual fue consultado con los Pueblos Indígenas, en los acuerdos con el Ministerio de Cultura establece la institucionalidad de la Semana de los Pueblos Indígenas.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Establecer la Semana de los Pueblos Indígenas a partir del 6 de agosto hasta el 12 de agosto de cada año, en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas - 9 de agosto.

 

Artículo 2°. Instar a las entidades del Gobierno nacional y del orden territorial, para aunar esfuerzos en beneficio y reconocimiento de los Pueblos Indígenas y sus acciones afirmativas durante esta semana, mediante la adopción y desarrollo de actividades y propuestas que permitan visibilizar y compartir, hacia un diálogo intercultural y de interacción; y generar aportes en lo cultural, ambiental, educativo, científico y espiritual de los Pueblos Indígenas de Colombia.

 

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de octubre del año 2017

 

La Ministra de Cultura,

 

Mariana Garcés Córdoba.