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Concepto 20175000253681 de 2017 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp

Fecha de Expedición:
18/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/10/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá, D.C., 18 de octubre de 2017

 

Doctor

 

JUAN MANUEL RICO

 

iricocalidad@qmail.com

 

Ciudad

 

Referencia: Aclaración sobre derogatoria Ley 872 de 2003 a partir del Decreto 1499 de 2017.

 

Radicado: 20179000248472 del 26 de septiembre del 2017.

 

Respectado Doctor:

 

En atención a su solicitud de la referencia, a continuación, nos permitimos dar respuesta en los siguientes términos:

 

CONSULTA:

 

Por medio de la presente me permito solicitar sobre si actualmente se encuentran derogados o no el decreto 4485 de 2009 por medio del cual se actualizó la norma NTC GP 1000:2009 y la ley 872 de 2003.

 

Lo anterior teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en el decreto 1499 de 2017.

 

RESPUESTA:

 

Para dar respuesta a su inquietud, me permito realizar las siguientes precisiones:

 

En relación con la actualización de la Norma Técnica NTCGPI 000:2009, se debe señalar que el Decreto 1499 de 2017 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 estable lo siguiente:

 

ARTÍCULO 2.2.22.1.1 SISTEMA DE GESTIÓN. El Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas. recursos e información cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos en el marco de la legalidad y la integridad. (Subrayado fuera del texto)

 

A partir de la anterior reglamentación, se integró el Sistema de Desarrollo Administrativo y el Sistema de Gestión de la Calidad, y adicionalmente se determinaron los aspectos de articulación relacionados con el Sistema de Control Interno a través del Modelo Estándar de Control Interno MECI.

 

Como producto de lo anterior, se define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual le permite a todas las entidades del estado, planear, gestionar, evaluar, controlar y mejorar su desempeño, bajo criterios de calidad, cumpliendo su misión y buscando la satisfacción de los ciudadanos, así mismo este modelo deberá generar un sistema de información para la toma de decisiones a nivel de políticas, y de acciones de mejora, orientando a las entidades a la gestión por resultados.

 

En este sentido, el mismo decreto 1499 de 2017 define en su artículo lo siguiente:

 

Artículo 5. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. deroga el artículo 2.2.21.1.4, el segundo inciso del literal c. del artículo 2.2.21.2.2, el numeral 4 del artículo 2.2.21.2.4, el segundo y tercer incisos del literal e) del artículo 2.2.21.2.5, el artículo 2.2.24.3 y el Capítulo 6 del Título 21; sustituye los Títulos 22 y 23 y modifica el literal 1) del artículo 2.2.21.3.9, los artículos 2.2.21.3.14 y 2.2.24.4 del Decreto 1083 de 2015; deroga el Decreto 1826 de 1994 así como las normas y disposiciones que le sean contrarias. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, una vez sea expedido el presente Decreto, quedan derogados los articulas 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003. (Subrayado fuera de texto)

 

Acorde con lo anterior la Ley 872 de 2003 queda derogada, por lo que pierden vigencia todos los decretos reglamentarios de la misma, como sería el Decreto 4485 de 2009 "Por medio la de la cual se adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública" citado en su comunicación.

 

Se debe precisar que si bien la norma técnica de calidad NTCGP1000:2009 no se mantiene en su estructura con esta nueva reglamentación, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG se constituye en sí mismo en un modelo de gestión de la calidad.

 

Por lo tanto, lo invitamos a consultar el manual operativo del MIPG, al cual puede acceder a través del micro sitio en el siguiente link: http://www.funcionpublica.gov.co/eva/mipg/index.html.

 

El presente concepto se emite con el alcance del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

MARÍA DEL PILAR GARCÍA GONZÁLEZ

 

Directora de Gestión y Desempeño Institucional

 

MYRIAN CUBILLOS / MARÍA DEL PILAR GARCÍA GONZÁLEZ

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