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Resolución 166 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
03/11/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/11/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6193 del 3 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 166 DE 2017

 

(Noviembre 3)

 

Derogada por el art. 3, Resolución 163 de 2019.


Por la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017 - 2019

 

LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL 


En ejercicio de sus facultades consagradas en el Decreto Nacional 614 de 1984, la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Decreto Nacional 1295 de 1994, el Acuerdo Distrital 638 de 2016, y los Decretos Distritales 323 y 324 de 2016, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 25 del Decreto Nacional 614 de 1984, establece la obligación para todas las empresas e instituciones públicas o privadas, de constituir un comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial (Hoy Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo), integrado por un número igual de representantes por parte de los patronos y de los trabajadores.

 

Que el artículo 1 de la Resolución 2013 del 6 de junio de 1986, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece: “Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución”.

 

Que el artículo 2 ibídem, dispone que cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.

 

Que el artículo 5 ídem establece que el empleador nombrará directamente a sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.

 

Que el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST, anteriormente llamado Comité Paritario de Salud Ocupacional-COPASO, fue modificado en su denominación mediante el Decreto Nacional 1443 de 2014, por medio del cual se dictaron las disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

 

Que la Secretaría Jurídica Distrital acoge las directrices establecidas en el Decreto 1072 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” y la Resolución 2013 de 1986, expedida por el entonces denominado Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, “Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo”

 

Que de acuerdo con el número de cargos de la planta de personal prevista en el Decreto Distrital 324 de 2016, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital, deberá estar conformado por dos (2) representantes principales y dos (2) suplentes, tanto del empleador como de los trabajadores.

 

Que el artículo 63 del Decreto-Ley 1295 de 1994, establece que el periodo de los miembros del Comité será de dos (2) años.

 

Que la Secretaria Jurídica Distrital en su calidad de empleador, designó a sus representantes al Comité Paritario de Seguridad y Salud –COPASST en el Trabajo, así:

 

PRINC

IPALES

CARGO

DEPENDENCIA

Jefe Oficina Asesora

       Oficina Asesora de Planeación

Profesional Especializado

Dirección de Gestión Corporativa

 

SUPLENTES

CARGO

DEPENDENCIA

Director Técnico

Dirección de Gestión Corporativa

Asesor

Despacho Secretaría Jurídica Distrital

 

Que mediante memorando radicado bajo el No. 3-2017-2782 del 11 de agosto de 2017, la Dirección de Gestión Corporativa convocó a la elección de los Representantes de los trabajadores y sus suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Que la votación para la elección de los representantes de los empleados de la Secretaría Jurídica Distrital y sus suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST, efectuada el 25 de agosto de 2017, arrojó los siguientes resultados:

 

NOMBRE DE CANDIDATO

NÚMERO DE VOTOS

Judith Ortiz Rodríguez

14

Sonia Teresa Roa Silva

33

Yulimar Bielva Vásquez

11

Vanessa Salas Sánchez

19

Votos en blanco:

3

Votos anulados:

0

TOTAL VOTOS:

80

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1-: Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017-2019, así:

 

REPRESENTANTES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL:

 

 

PRINCIPALES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

Camilo Peña Carbonell

80.767.640

Jefe Oficina Asesora

Oficina Asesora de Planeación

Dora Gutiérrez Hernández

51.649.014

Profesional Especializado

Dirección de Gestión Corporativa

 

 

SUPLENTES

 

 

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

 

 

Ethel Vásquez Rojas

39.546.837

Director Técnico

Dirección de Gestión Corporativa

 

 

Alejandra Tobón Díaz

52.394.165

Asesor

Despacho Secretaría

Jurídica Distrital

 

 

REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS:

 

 

PRINCIPALES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

Sonia Teresa Roa Silva

1.018.435.583

Profesional

Universitario

Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Vanessa Salas Sánchez

52.352.995

Profesional Especializado

Dirección de Gestión Corporativa

 

SUPLENTES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

Judith Ortiz Rodríguez

41.774.744

Profesional

Universitario

Dirección Distrital de

Política e Informática Jurídica

Yulimar Bielva Vásquez

22.520.512

Profesional

Universitario

Oficina Asesora de Planeación

 

ARTÍCULO 2-: Comunicar a los servidores relacionados en el artículo 1 de la presente Resolución y a los demás servidores de la Secretaría Jurídica Distrital el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3-:  La presente resolución rige a partir del día siguiente la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de noviembre de 2017.

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria Jurídica Distrital