Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
ACUERDO 692 DE 2017 (Noviembre 23) Por medio del cual se
establecen medidas preventivas como herramienta pedagógica para prevenir las
quemaduras en las niñas, niños y adolescentes del Distrito Capital EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en
especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421
de 1993. Ver Proyecto de Acuerdo 174 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: Artículo 1. OBJETO: La
Administración Distrital establecerá medidas preventivas y determinará los
lineamientos que sirvan como herramienta pedagógica a la Comunidad, para
disminuir las quemaduras en las niñas, niños y adolescentes del Distrito
Capital. Artículo 2. IMPLEMENTACIÓN: La
Secretaría de Educación del Distrito en coordinación con las Secretarías
Distritales de Salud e Integración Social serán las encargadas de implementar
las medidas preventivas conforme a los lineamientos de la Secretaría Distrital
de Salud a los que se refiere el artículo primero de este Acuerdo. Dichas
medidas estarán encaminadas a concienciar y sensibilizar a los padres, madres,
cuidadoras, cuidadores y a las niñas, niños y adolescentes, de las causas y
riesgos de las quemaduras. PARÁGRAFO. A través del Comité Distrital
de Convivencia Escolar, las mencionadas Secretarías fortalecerán la
implementación de las orientaciones para que los establecimientos educativos
adelanten las medidas preventivas de las que trata el presente artículo.
Además, se aprobará un protocolo de atención para los casos en que se presenten
niñas, niños y adolescentes quemados en los establecimientos educativos. Artículo 3. INFORMACIÓN ACTUALIZADA: La
Secretaría Distrital de Salud, con el apoyo de Medicina legal, la Policía
Metropolitana de Bogotá y las Secretarías de Educación e Integración Social,
mantendrá actualizada una base de datos detallada, con la información de las
niñas, niños y adolescentes quemados de la Ciudad. Artículo 4. INFORMES: Las
Secretarías Distritales de Salud, Educación e Integración Social presentarán
anualmente un informe al Concejo de Bogotá, sobre la situación de las niñas,
niños y adolescentes quemados en la ciudad. Artículo 5. El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. HORACIO JOSÉ SERPA MONCADA Presidente LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN Secretario General de Organismo de Control ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. Noviembre 23 de 2017 |