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Resolución 584 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/12/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 584 DE 2017

 

(Diciembre 07)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., para la vigencia fiscal de 2017

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones.

 

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el Artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones".

 

Que el Artículo del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital" establece que: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

 

Que mediante comunicación con radicado No: 3-2017-22863 del 9 de octubre de 2017, la doctora Ángela Beatriz Anzola de Toro, responsable del proyecto de inversión con código 1156 "Bogotá Mejor para las Víctimas, la Paz y la reconciliación", remitió a la Oficina Asesora de Planeación de la Entidad, los documentos de soporte para tramitar el traslado presupuestal y posterior pago a la excontratista LUZ AMIRA ESLAVA MOJICA.


Que mediante comunicación con radicado No. 3-2017-23969 del 24 de octubre de 2017, el doctor Sergio Martínez Medina, rsponsable del proyecto de inversión con código 1111 "Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C.", remitió a la Oficina Asesora de Planeación de la Entidad los documentos de soporte para tramitar el traslado presupuestal y posterior pago al excontratista EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A ESP-ETB S.A. ESP.

 

Que mediante radicados Nros.: 3-2017-25776 y 3-2017-26192 del 15 y 21 de noviembre de 2017, respectivamente, el Jefe (e) de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió los documentos referidos en los dos incisos inmediatamente anteriores a la Subdirección Financiera de la misma Entidad.

 

Que mediante las resoluciones 585 y 606 del 14 y 21 de noviembre de 2017, respectivamente, los pasivos exigibles derivados de las obligaciones contractuales recién mencionadas, fueron reconocidos por el Ordenador del Gasto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que mediante comunicaciones con radicados de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con Nos. 1-2017-28133 y 1-2017-29179, la Subsecretaria de Planeación de la Inversión, remitió a la Entidad conceptos favorables para el trámite de la modificación presupuestal en mención

 

Que mediante comunicación No. 2017EE295456 del 05 de diciembre de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el Siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Doscientos cincuenta y cinco millones setecientos cuarenta mil quinientos siete pesos m/cte ($255.740.507), así:

 

CODIGO

PRESUPUESTAL

CONCEPTO

Contracrédito

Crédito

Valor

Valor

 

GASTOS

255.740.507

255.740.507

3.3

INVERSIÓN

255.740.507

255.740.507

3.3.1

DIRECTA

255.740.507

 

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

255.740.507

 

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

5.609.003

 

3.3.1.15.03.23

Bogotá mejor para las víctimas, la paz y la reconciliación

5.609.003

 

3.3.1.15.03.23.1156

Bogotá Mejor para las

Víctimas, la Paz y la reconciliación.

5.609.003

 

3.3.1.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

250.131.504

 

3.3.1.15.05.36

Bogotá, una ciudad digital

250.131.504

 

3.3.1.15.05.36.1111

Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C.

250.131.504

 

3.3.4

Pasivos Exigibles

 

255.740.507

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

255.740.507

255.740.507

 

Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Alta Consejería Distrital para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC, Alta Consejería para los Derechos de las Victimas, la Paz y la Reconciliación, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaidía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2017.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General

 

Elaboró: Diego Alejandro Molano Puerto - Profesional Especializado

Revisó: Luis Eugenio Herrera Páez - Subdirector Director Financiero

Aprobó- Juan Carlos Sánchez Mera - Subsecretario Corporativo (E)