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Resolución 586 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 586 DE 2017

 

(Diciembre 11)

 

Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas en los artículos 13 y 28 del Decreto 785 de 2005, el artículo 9 del Decreto 2484 de 2014 y del artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 122 de la Constitución Política establece: ''No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto Correspondiente".

 

Que por Resolución No. 455 de 2016 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Que mediante oficio No. 2017EE2079 del 03 de noviembre de 2017, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable a la propuesta de adición del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Que de conformidad con lo anterior, Se hace necesario modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para algunos Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:


Artículo 1°-: Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para algunos Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., los cuales quedarán así:

 

Nivel:

Técnico

Denominación del Empleo:

Técnico Operativo

Código:

314

Grado:

09

No. De cargos:

41

Dependencia:

Donde se ubique el cargo

Cargo del Jefe Inmediato

Quien ejerza la supervisión directa

 

III. PRÓPOSITO PRINCIPAL

Apoyar en labores técnicas en relación con las actividades  misionales de la dependencia, con oportunidad y eficiencia.

1. Incorporar las respuestas a las peticiones que deba atender la dependencia en el Sistema de información, forma oportuna.

2. Apoyar la elaboración de informes que le sean requeridos y suministrar debidamente clasificada la información que se requiera, en el marco de sus funciones.

3. Realizar el estudio de necesidades de bienes de la dependencia y efectuar las actividades relacionadas con solicitudes de los elementos requeridos por la dependencia al almacén, verificando la adecuada entrega de los mismos.

4. Participar en la actualización de las bases de datos de la dependencia y de los sistemas

documentales de la entidad, incluyendo la información con confiabilidad y oportunidad.

5. Incorporar a las bases de datos de la dependencia y a los sistemas documentales de la entidad, la documentación e Información dirigida o asignada a la misma.

6. Desempeñar  las demás funciones que le asigne el supervisor Inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Herramientas Ofimáticas

2. Técnicas de redacción

3. Técnicas secretariales

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

·     Orientación a resultados.

·     Orientación al usuario y al ciudadano.

·     Transparencia.

·      Compromiso con la organización.

·         Experticia técnica.

·         Trabajo en equipo.

·         Creatividad e innovación.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS

EXPERIENCIA

Título de Formación Técnica Profesional ó

Tecnológica ó Terminación y Aprobación del Pensum Académico de Educación Superior en Formación Profesional Administración de empresas, Administración Financiera, Procesos Administrativos del Núcleo Básico del Conocimiento de Administración.

 

Título de Formación Técnica Profesional ó Tecnológica ó Terminación y Aprobación del Pensum Académico de Educación Superior en Formación Profesional Contaduría Pública del Núcleo Básico del Conocimiento en Contaduría Pública.

 

Título de Formación Técnica Profesional ó Tecnológica el Pensum Académico de Educación Superior en Formación Profesional en Ingeniería Industrial del

Núcleo Básico del Conocimiento Ingeniería Industrial

 

 

Parágrafo: Para los requisitos de estudio y experiencia previstos en este manual, se aplicarán las equivalencias previstas en el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Distrital 367 de 2014, y las demás normas que los modifiquen, complementen o adicionen.

 

Artículo 2°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte de la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2017.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Refrendado,

 

Secretario General

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital