RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Proyecto de Acuerdo 19 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo de Bogotá
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC00192003

PROYECTO DE ACUERDO 19 DE 2003

Ver Acuerdo Distrital 088 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por el cual se adiciona el Acuerdo 1 de 1988 y se dictan normas para el uso de los símbolos de Bogotá en el Distrito Capital"

El Concejo de Bogotá, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993,

Acuerda:

Artículo 1o. - Adiciónese el artículo primero del Acuerdo 1 de 1988 así:

Parágrafo Primero: Ordénase la izada de la Bandera Distrital de manera permanente y en todo el Distrito Capital, a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas Distritales; en las instalaciones de policía, y en los establecimientos educativos públicos y privados por convenio del Orden Distrital.

Artículo 2o. - Los funcionarios públicos que ejerzan la máxima autoridad en las entidades e instalaciones de que trata el artículo 1º, y en los establecimientos educativos de carácter Distrital, deberán dar cumplimiento al presente Acuerdo.

Artículo 3o.- El Departamento Administrativo de Planeación Distrital . DAPD, o quien haga sus veces, según corresponda, indicarán los sitios exactos donde deberá izarse la Bandera Distrital, cuando los edificios públicos estén situados en zonas declaradas históricas o constituyan monumentos nacionales.

Artículo 4o. -Los canales Locales y estaciones de televisión y las estaciones radiodifusoras Distritales que tengan programación continua de 24 horas diaria, deberán emitir diariamente la versión oficial del Himno de Bogotá, a las seis de la mañana (6:00 a.m.) y a las seis de la tarde (6:00 p.m.), a continuación del Himno Nacional de la República de Colombia.

Los canales de televisión Local y las estaciones de radiodifusión Distrital que tengan programación parcial diaria deberán emitir la versión oficial del Himno Distrital al iniciar y al cerrar sus labores diarias, a continuación del Himno Nacional de la República de Colombia.

Artículo 5o. -Corresponde a las Secretarias de Gobierno, de Educación Distrital y al Canal Capital, velar por la difusión y cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo, quienes informaran al Concejo de Bogotá cuando este lo requiera en lo de sus competencias, la aplicación del mismo.

Artículo 6°. La presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

PROYECTO DE ACUERDO DE 2003

"Por el cual se adiciona el Acuerdo 1 de 1988 y se dictan normas para el uso de los símbolos de Bogotá en el Distrito Capital"

EXPOSICION DE MOTIVOS

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

Art. 313.- Corresponde a los Concejos:

9o) Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

FUNDAMENTO LEGAL

El Decreto Ley 1421 de 1993, establece:

Art.- 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

13. Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural.

JUSTIFICACION DEL PROYECTO

ANTECEDENTES

Don Gonzalo Jiménez de Quesada, fundador de Santafé, a la que dio este nombre en recuerdo de la ciudad homónima en Granada.

Bacatá, nombre de la capital de los Zipas, significa "cercado fuera de la labranza". El poblado recibía también el nombre de Muequetá ("campo o sabana de la labranza") y el de Funza ("varón poderoso"). Precisamente en territorio del actual municipio de Funza, vecino de Bogotá, y probablemente en su vereda El Cacique, se encontraba la cabecera de la población de Bacatá o Bocotá, de la cual se deriva la palabra Bogotá. Ese poblado fue abandonado e incendiado por el zipa Tisauesusa a la llegada de los españoles el 20 de abril de 1538. La ciudad de Santafé seria fundada, al pie de los cerros Monserrate y Guadalupe, en Teusaquillo, sitio de recreo del Zipa. Durante toda la época colonial, Funza se llamó Bogotá, y el 6 de septiembre de 1810, por decreto de la Junta Suprema de Santafé, recibió el título de Villa de Santiago de Bogotá. E1 17 de diciembre de 1819 el Congreso de Angostura le dio a Santafé el nombre de Bogotá, y al pueblo vecino, el de Funza

El asunto se puso en discusión el 3 de octubre de 1821. Inesperadamente, el obispo de Mérida, Rafael Lasso de la Vega, propone que se restituya a la capital de Bogotá el nombre de Santafé.

El señor obispo era un hombre de paz, acatado en el Congreso por sus colegas amigos de la República. Se le oyó en silencio. El libro de actas sólo registra la negativa a la solicitud del obispo...

Bogotá hizo su historia entre 1810 y 1819. Quizás menos. Los años finales de Santafé virreinal dejaron un recuerdo tan sangriento de la colonia, que ha quedado vibrando todavía en las notas del Himno Nacional. En la Constituyente de 1991, sin embargo, regresó el obispo de Mérida y propuso de nuevo restaurar el nombre que Bolívar mismo había borrado el 14 de agosto de 1819. En Cúcuta se negó en silencio, pero con cierta unánime solemnidad, la propuesta. Estaba fresca la historia. Ahora, en una noche atolondrada, la propuesta cayó en la confusión de un congreso que se había puesto fuera del tiempo, y triunfó el obispo. Sacó adelante su propuesta, para su propia sorpresa... Como si se sacara de la plaza el bronce de Tenerani y se colocara el Mono de la Pila.1

La Constitución de 1991, en el artículo 322.- Modificado por Acto Legislativo 01 de 2000.- establece: Bogotá, Capital de la República y el (sic) departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital...". , dedicando el Titulo IX capitulo IV denominado "Régimen Especial".

ANTECEDENTES NORMATIVOS DEL ORDEN DISTRITAL

Cédula Real de Diciembre de 1548, estableció el escudo de la ciudad, conformado por el Águila Real rapante, rodeada por nueve granadas de color rojo y una corona en la parte superior.

La Bandera de la ciudad, fue adoptada mediante Decreto 555 de Octubre de 1952, consistente en dos franjas horizontales, una de color amarillo en la parte superior y otra de color rojo en la parte inferior, y lleva en el centro impreso o bordado, el escudo de la ciudad en tamaño de 1/3 del total del estandarte.

El himno de la ciudad fue acogido mediante Decreto 1000 de Julio 31 de 1974, obra presentada por los señores Pedro Medina . Autor de la Letra - y Roberto Pineda Duque . Autor de la Música.

En 1988 se compilaron las anteriores Normas, mediante la Expedición del Acuerdo 1 de 1988.

El Decreto Distrital 120 del 14 de marzo de 1991, dicto disposiciones sobre los símbolos de la ciudad, pero estableció de manera general su uso.

Estás norma si bien recopilan los símbolos de la ciudad y los regulan, considero debió establecer su uso de forma permanente, y no solo para fechas o actos especiales.

Es iniciativa va encaminada a la exaltación permanente de nuestros símbolos Distritales, teniendo en cuenta que el congreso hizo lo propio en el orden Nacional y expidió la Ley 198 de 1995.

El tratamiento especial que merece Bogotá, hace indispensable que sus autoridades, establecimientos educativos y en general quienes dirigen sus destinos, garanticen que sus habitantes y visitantes conozcan y difundan su bandera y su himno.

Esperando que esta iniciativa tenga la acogida de los miembros de la Corporación.

Me suscribo, Cordialmente;

OMAR MEJIA BAEZ

Concejal de Bogotá

ANEXO

HIMNO DE BOGOTA

CORO

Entonemos un himno a tu cielo a tu tierra, y tu

puro vivir, blanca estrella que alumbra en los Andes

ancha senda que va al porvenir.

I

Tres guerreros abrieron tus ojos a

una espada, a una cruz y a un pendón. Desde

entonces no hay miedo en tus lindes, ni codicia

en tu gran corazón.

II

Hirió el hondo diamante en

agosto el cordaje de un nuevo laúd y hoy se

escucha el fluir melodioso en los himnos de la

juventud.

III

Fértil madre de altiva progenie que

sonríe ante el vano oropel, siempre

atenta a la luz de la mañana y al

pasado y su luz siempre fiel.

IV

La sabana es un cielo caído, una

alfombra tendida a tus pies y del

mundo variado que animas eres

brazo y cerebro a la vez.

V

Sobreviven de un reino dorado, de

un imperio sin puestas de sol,

en ti un templo, un escudo, una reja un

retablo, una pila, un farol.

VI

Al gran Caldas que escruta los astros y a

Bolívar que toma a nacer, a Nariño

accionando la imprenta como en sueños los

vuelves a ver.

VII

Caro, Cuervo, y Pombo y Silva, tantos

nombres de fama inmortal que en el hilo

sin fin de la historia les dio vida tu amor

maternal

VIII

Flor de razas, compendio y corona en la

patria no hay otra ni habrá. Nuestra voz

la repiten los siglos: ¡Bogotá! ¡Bogotá!

¡Bogotá! 2

NOTAS DE PIE DE PAGINA

Germán Arciniegas

Revista Credencial Historia. (Bogotá - Colombia) Tomo III, enero-diciembre, 1992. Nos. 25-36

2 Tomado de: Himnos de Colombia

Discos Fuentes. 1994. Número Topográfico CD 2389

GONZALO JIMENEZ DE QUESADA