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Resolución 173 de 1998 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 173 DE 1998

(abril 2)

Derogada por el art. 6, Resolución Sec. General 383 de 2007

por medio de la cual se incrementan las tarifas del Registro Distrital.

El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial de las que confiere el Decreto 663 de 1995, y

 

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario incrementar las tarifas de publicaciones, suscripción y venta de Registro Distrital a fin de compensar en parte los costos actuales de edición del mismo y equiparar las tarifas en los órdenes nacionales, departamental y municipal.

TARIFAS PARA EL AÑO 2002

RESUELVE:

Artículo 1º.- Fijar las siguientes tarifas para la publicación de los contratos en el Registro Distrital.:

DESDE

HASTA

COSTOS DE PUBLICACIÓN

Cuantía indeterminada

13.400

0

1.000.000

14.400

1.000.001

1.400.000

24.600

1.400.001

1.800.000

35.600

1.800.001

2.200.000

49.600

2.200.001

2.600.000

65.300

2.600.001

3.000.000

79.000

3.000.001

4.000.000

83.200

4.000.001

5.000.000

92.400

5.000.001

7.000.000

100.500

7.000.001

9.000.000

115.300

9.000.001

11.000.000

123.200

11.000.001

14.000.000

134.700

14.000.001

17.000.000

145.000

17.000.001

20.000.000

159.800

20.000.001

25.000.000

173.300

25.000.001

30.000.000

196.500

30.000.001

35.000.000

214.200

35.000.001

40.000.000

228.100

40.000.001

50.000.000

259.000

50.000.001

60.000.000

273.200

60.000.001

70.000.000

318.800

70.000.001

90.000.000

351.300

90.000.001

110.000.000

382.600

110.000.001

140.000.000

439.500

140.000.001

170.000.000

488.000

170.000.001

220.000.000

617.800

220.000.001

300.000.000

749.400

300.000.001

500.000.000

896.800

500.000.001

1.000.000.000

1.258.200

1.000.000.001

en adelante

1.689.250

Parágrafo 1º.- Cuando se trate de adiciones al valor de los contratos, éste deberá determinar el costo de la publicación. Cuando se efectúen modificaciones, prorrogas y aclaraciones se aplicará la tarifa para la cuantía indeterminada.

Parágrafo 2º.- Cuando según la Ley, se requieran publicar actos administrativos a costa de los particulares, se aplicará la tarifa para la cuantía indeterminada.

Artículo 2º.- Fijar las siguientes tarifas para la publicación de los contratos de: Adicionada por la Resolución Secretaría General 475 de 2001

Fiducia

141.000

Adicional de Fiducia

39.000

Concesión

1.865.000

Adicional de Concesión

188.000

Emprésito o asimilados

152.000

Adicional de Empréstito

18.000

Artículo 3º.- Fijar las siguientes tarifas para las suscripciones y venta de ejemplares correspondientes al Registro Distrital:

Suscripción por un año:

Retirándolo por la Imprenta Distrital

 

 

337.850

Enviada por correo o medio disponible de la entidad

 

372.800

Precio de un ejemplar

3.000

Artículo 4º.- Los valores correspondientes a las tarifas señaladas en los artículos anteriores serán canceladas en los sitios de pago dispuestos por la Tesorería Distrital o en las cuentas corrientes que esa dependencia disponga para el efecto, de conformidad con las normas vigentes.

Artículo 5º.- Modificado por la Resolución Secretaría General 80 de 1999. Los valores correspondientes a las tarifas señaladas anteriormente se reajustarán automáticamente a partir del 1 de enero del año siguiente, en el porcentaje de inflación proyectada por el DANE.

Artículo 6º.- La presente Resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 2 de abril de 1998

La Secretaria General, LUZ ZORAIDA ROZO BARRAGÁN

NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 1630 de abril 1 de 1998.