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Proyecto de Acuerdo 18 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo de Bogotá
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC00182003

|PROYECTO DE ACUERDO 018 DE 2003

"POR EL CUAL SE IMPLEMENTA LA CÁTEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL".

El turismo es una de las realidades socioeconómicas sobresalientes de los últimos decenios y será uno de los ejes al rededor del cual va a girar la actividad de los hombres y las mujeres en el advenimiento de la post modernidad y según la estimación de la OMT (Organización Mundial del Turismo) uno de cada diez puestos de trabajo en el mundo será generado, directa o indirectamente, por esta actividad.

En Colombia la historia del Turismo se parte en dos: antes y después de la LEY GENERAL DE TURISMO . Ley 300 de 1996-, con la cual se sientan las bases para el desarrollo armónico del Turismo Nacional suministrando las herramientas que permitieronan emprender profundas reformas en el aparato institucional, así como el diseño de instrumentos paraque facilitarn el conocimiento a fondo de los mercados y la fundamentación de acciones en la PLANEACION y defensa del proceso de DESCENTRALIZACIÓN TURISTICA y en mejorar la competitividad de nuestros PRODUCTOS TURISTICOS.

Para el logro de estos objetivos sSe requiere para ello el pleno convencimiento nuestro de que podemos lograr mejorar sustancialmente tanto en el diseño de los productos como en su promoción y comercialización, sumando a las ventajas comparativas las ventajas competitivas en el contexto de una economía globalizada.

Con la Ley General de Turismo se dotó al sector de una herramienta moderna de gestión y se inició la etapa de despegue definitivo del Turismo Nacional. Al mismo tiempo se emprende un ejercicio de concertación sostenida , demostrando que la necesidad de aunar esfuerzos para alcanzar los grandes propósitos del sector; es perfectamente posible mediante acciones compartidas, como resultante de los acuerdos de competitividad que se adelantan entre el Estado, el sector privado y la comunidad, los cuales se desenvuelven dentro del marco de los Derechos y los Deberes dentro del mismo espíritu que que inspiró la Constitución de 1991. Por lo tanto resulta difícil hablar de CALIDAD Y COMPETITIVIDAD, sin que exista una perfecta dinámica entre el prestador de servicios, el consumidor que los demanda y el estado como garante del respeto mutuo.

"En nuestrala legislación Colombiana legislación, los conceptos de DESCENTRALIZACIÓN, DESCONCETRACION y DELEGACION, se abordan en diversos contextos: en lo referente a la DESCENTRALIZACIÓN , en su acepción general, la sentencia de la Corte Constitucional en sentencia C-561 de 1999 C-561 de 1999 establece: "...ante todo , ha de precisarse por la Corte que en el fenómeno jurídico de la Descentralización, se produce un traslado de asuntos que serían de conocimiento de la autoridad central, a las autoridades territoriales o a la administración a otras autoridades a quienes se confía el desempeño de labores especializadas, de tal suerte que la decisión administrativa en los dos casos no se adopta por la autoridad central, sino por un ente territorial o por la entidad prestadora del servicio o encargada del ejercicio de funciones administrativas".

Para lo relacionado porcon el Turismo existe el convencimiento de la suma importancia del papel que las REGIONES desempeñan en su desarrollo. Sin embargo no se han dado verdaderos procesos de descentralización.

La dinámica generada por la Constitución de 1991 indujo grandes cambios en el sector. La formulación de políticas y el fortalecimiento de la planificación permitieron al nivel nacional plantear una proyección territorial instrumentalizada con herramientas de carácter técnico. La normativa actual muy respetuosa de la descentralización en tanto que la Ley 300 de 1996 parte de unos principios y de unos esquemas que buscan un desarrollo armónico del sector en todos los niveles."

En su artículo segundo consagra la descentralización como uno de sus principios básicos y la define en los siguientes términos: "En virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y desarrolla por las empresas privadas y estatales, según los respectivos ámbitos de acción."

En el artículo catorce, establece: "Los Departamentos, Distritos, Municipios, Territorios Indígenas, así como las Regiones y Provincias a las que la Ley diese el carácter de entidades territoriales, ejercerán sus funciones constitucionales y legales relacionadas con el turismo de manera coordinada y armónica, con sujeción a las normas de carácter superior y a las directrices de la política nacional turística, a fin de garantizar un manejo unificado, racional y coherente del turismo."

Es necesario que exista en todos los estamentos de lanuestra nación una plena conciencia de la importancia derivada de un pleno desarrollo de la industria turística nacional, que como tal arrastra a otros segmentos de la economía nacional y se convierte en la mejor alternativa como solución a los graves problemas talesdel como el desempleo, la inseguridad, la educación, etc. .S, Más sin embargo, no obstante una abundante riqueza de recursos susceptibles de usos turísticos, biodiversidad privilegiada, gran riqueza cultural y ubicación geográfica destacada para que se genere un desarrollo turístico importante, en el turismo, como en los demás sectores de bienes y servicios, no es suficiente la existencia de "VENTAJAS COMPARATIVAS", sino que hay que CONSTRUIR "LAS COMPETITIVAS".

Si definimos el término COMPETITIVIDAD como "la capacidad de una industria para alcanzar, en relación con sus competidores, una rentabilidad de sus inversiones superior al promedio, en tal forma que sea sostenible en el tiempo".

El proceso de descentralización debe complementarse con un proceso de apertura de la economía, el cual se consolidó con la participación del país en la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) lo cual implica en materia de servicios, incluidos los turísticos, la liberación de los mismos y el sometimiento a reglas como la no discriminación y el trato nacional.

En materia turística las autoridades nacionales ya no serán más quienes en adelante otorguen todos los beneficios para el desarrollo turístico sino que muchas de estas responsabilidades se trasladan a las entidades territoriales así como la participación más activa del sector privado en la promoción de inversiones y negocios contando con la colaboración de la inversión extranjera, es así entonces como el artículo 20 numeral 9.3 de la Ley 188 de 1995, incluye la industria turística en el Plan de Desarrollo y sus acciones se enfocan al fortalecimiento de la competitividad, generando las condiciones favorables para el desarrollo y preservando los valores sociales, culturales y ambientales. El turismo entonces juega un papel fundamental, como modelo de desarrollo alternativo del país y se basa en la equidad y la solidaridad.

Recordemos, Honorables Concejales, que el año 2002 fue "el año internacional del Ecoturismo " y bajo el auspicio del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Organización Mundial del Turismo (OMT), mas de un millón de participantes de 132 países, procedentes de los sectores público, privado y no gubernamental, asistieron a la Cumbre Mundial del Ecoturismo, celebrada en Québec (Canadá) entre el 19 y el 22 de mayo de 2002 con el patrocinio de Tourisme Québec y de la Comisión Canadiense de Turismo. Esta cumbre representó la culminación de 18 reuniones preparatorias celebradas entre 2001 y 2002 y en que participaron mas de 3000 representantes de Gobiernos nacionales y locales, incluidas las administraciones las administraciones de turismo, medio ambiente y otras esferas, empresas dedicadas al ecoturismo y sus correspondientes asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas y consultores, organizaciones intergubernamentales y comunidades indígenas y locales.

El presente Proyecto de Acuerdo tiene como su principal objetivo de general una CULTURAL SOCIAL para el desarrollo de actividades de turismo y ecoturismo en el contexto del desarrollo sostenible en el Distrito Capital.

La Capital de la República de Colombia no puede ser ajena al debate que se viene dando en todo el mundo sobre el ecoturismo y la necesidad de que las sociedades desde las primeras letras aprendan a construir y convivir dentro de la biodiversidad del mundo moderno. En el mes de septiembre de 2002 se efectuó la Cumbre Mundial sobre el desarrollo Sostenible (CMDS) en Johannesburgo. Este fue Honorables Concejales el evento el el cual se sentaron las bases de una política internacional para los próximos diez años y se hizo hincapié en que, siendo el turismo uno de los sectores más importantes, su sostenibilidad debe ser un aspecto prioritario en la CMDS, por su contribución potencial al alivio de la pobreza y a la protección del medio ambiente en ecosistemas amenazados.

Honorables Concejales; enseñar a la juventud el respeto a lo lo ecológico y el amor por el turismo será sin lugar a dudas la esencia pacificadora de nuestro futuro inmediato. La cátedra de turismo implementada desde la escuela primaria es la oportunidad que de manera sin igual contribuye efectivamente a la conservación del patrimonio natural y cultural incluyendo a las comunidades locales e indígenas en su planificación, desarrollo y explotación que contribuye a su bienestar , interpretando el patrimonio natural y cultural del destino para los visitantes.

Aprobar la cátedra de turismo en los planteles educativos es reconocer que el turismo tiene implicaciones sociales, económicas, y medioambientales significativas y complejas, que pueden suponer beneficios para el medioambiente y para las comunidades locales del Distrito Capital.

Colombia ,es uno de los masmás importantes miembros de la Comunidad Andina de Naciones, suscribió la DECISIÓN 463 . Régimen para el Desarrollo e Integración del Turismo en la Comunidad Andina- y vistos los Artículos 3, literal f), en la parte correspondiente a los Programas y Acciones de Cooperación Económica y Social , 55 139 del Acuerdo de Cartagena y LA PROPUESTA 28 de la Secretaría General, es justo reconocer que así como el Consejo Presidencial Andino, en sus reuniones se Sucre y Guayaquil, ha reiterado la importancia del comercio de los servicios y ratificado la voluntad de los Países Miembros de liberalizar dicho comercio, nosotros en Bogotá debemos adelantar programas y acciones de cooperación económica y social en el área del turismo y para lograrlo necesitamos de un plan académico y de educación de nuestra comunidad Bogotana, que permita la conformación progresiva de un Mercado de Servicios Turísticos que constituya un elemento fundamental para la consolidación del proceso de integración de nuestras Localidades, su cultura y lo real maravilloso de su idiosincrasia en el marco de la construcción de ciudad capital hermana no solo de otras ciudades del país sino del mundo entero.

Para contribuir a que avancemos en la vía de la integración para la paz, me permito proponer la creación de la "CÁTEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL"

Atentamente,

MARINO BRAVO AGUILERA

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO Nº DE 2003.

"POR EL CUAL SE IMPLEMENTA LA CÁTEDRA DE TURISMO Y CULTURA CIUDADANA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL".

El Concejo de Bogotá, Distrito Capital, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12, numerales 1 y 13,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Créase,ear a partir del año lectivo 2004, en los Planteles de Educación que funcionen en el Distrito Capital, la "Cátedra de Turismo y Cultura ciudadana", como la base de acción de un programa de investigación y extensión en ciencias sociales.

ARTÍCULO SEGUNDO. La "Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana" estará orientada a que los estudiantes reflexionen y actúen críticamente en los procesos de afianzamiento de nuestra cultura y la construcción de elementos turísticos que trasciendan la esfera Distrital y proyecten la imagen de nuestra Capital en el Concierto Internacional y Nacional.

Los estudiantes de Planteles Educativos que funcionen en Bogotá D.C. participarán en las actividades turísticas que promueva

ARTÍCULO TERCERO. A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, la Secretaría Distrital de Educación y el Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá D. C. Iniciarán el proceso de organización, coordinación, implementación, y promoción de la "Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana", de manera que se inicie a trabajar en ella en todos los Planteles Educativos que funcionen en Bogotá D.C. a partir de la iniciación de clases correspondiente al año 2004.

ARTÍCULO CUARTO. El Instituto Distrital de Cultura y Turismo programará, en coordinación con la Secretaría de Educación, actividades que promuevan y fijen en los estudiantes la cultura turística y ciudadana.

La Secretaría de Educación y el Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá D.C. conformarán un Consejo Académico dela "Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana", al que invitarán a tomar parte a las entidades y personas de reconocida prestancia en la actividad del turismo y la cultura.

ARTÍCULO QUINTO. La Secretaría de Educación y el Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá D.C. conformarán un Consejo Académico de la "Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana", al que invitarán a tomar parte a las entidades y personas de reconocida experiencia en la actividad del turismo y la cultura.

La "Cátedra de Turismo y Cultura Ciudadana", a través de su enseñanza y práctica hará que los estudiantes reflexionen y actúen críticamente en los procesos de afianzamiento de la cultura de nuestras Localidades y la construcción de elementos turísticos que trasciendan la esfera Distrital y proyecten la imagen de nuestra Capital en el Concierto Internacional y Nacional.

ARTÍCULO SEXTO. El presente Acuerdo rige a partir de su promulgaciónsanción y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

FIRMADO: