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DECRETO 406 DE 1993 (Marzo 3) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, Ver art. 127-1, Decreto Nacional 624 de 1989DECRETA: Artículo 1° "Maquinaria y equipo" en los contratos de Leasing. Para los efectos del contrato de arrendamiento financiero (leasing), se entiende por "maquinaria y equipo", los activos, instalaciones y montajes, y demás servicios incorporados a ellos, que permitan desarrollar una actividad de producción o la explotación de un recurso mineral. Artículo 2° Vigencia. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de marzo de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. Nota: Publicado en el Diario Oficial 40777 de Marzo 4 de 1993.
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