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Acuerdo 22 de 1924 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/06/1924
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/06/1924
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00221924

ACUERDO 22 DE 1924

(Junio 24)

"Por el cual se honra la memoria de un ciudadano eminente (Doctor Nicolás Esguerra)"

El Concejo municipal de Bogotá,

CONSIDERANDO:

1.º Que el día 23 de Diciembre último dejó de existir en esta ciudad, a la avanzada edad de ochenta y cinco años el señor Doctor Don Nicolás Esguerra;

2.º Que el Doctor Esguerra fue miembro de este concejo, en donde puso, con decisión fervorosa, el tesoro de su vasta ilustración, de sus clarísimos talentos y de su incansable energía, al servicio de la ciudad, a la que amó siempre con filial cariño e incansable celo,

3.º Que el Doctor Esguerra encarnó en sí, como hombre de hogar, los atributos máximos del buen padre de familia; como hombre de sociedad, tradiciones de noble caballerosidad, de afable cortesanía y de refinada cultura; y, como ciudadano de la República, el patriotismo, la probidad, el desinterés, la serena tolerancia y el valor civil, virtudes todas que hicieron de este ilustre hijo de Colombia una de las más auténticas glorias nacionales; y

4.º Que es deber del concejo enaltecer la memoria de varones preclaros y presentarlos como dignos de la veneración y del cariño de los pueblos,

ACUERDA

ARTICULO 1.º El concejo de Bogotá, en nombre de la ciudad, lamenta la desaparición del señor Doctor Don Nicolás Esguerra, y considera su muerte como una irreparable desgracia para la ciudad y para la patria.

ARTICULO 2.º Para que la posteridad conozca las virtudes públicas y privadas que hicieron del doctor Nicolás Esguerra uno de los ciudadanos más preclaros de Colombia se le erigirá un busto en una de las avenidas o plazas de la ciudad el día 10 de Septiembre de 1925, aniversario del natalicio del Doctor Esguerra, con esta inscripción:

BOGOTA, A NICOLAS ESGUERRA

ARTICULO 3.º Los gastos que demande el cumplimiento de presente acuerdo . cuya copia será pasada en edición de lujo a los hijos del Doctor Esguerra . se considerarán incluidos en el presupuesto de gastos de la próxima vigencia.

ARTICULO 4.º Este acuerdo será sometido a la ulterior aprobación de la asamblea del departamento, según lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 171 del Código de Régimen Político y Municipal.

Dado en Bogotá, a veinticuatro de Junio de mil novecientos veinticuatro.

El Presidente, ENRIQUE VARGAS NARIÑO . El Secretario, Francisco José Arévalo.

Alcaldía de Bogotá . Junio 26 de 1924.

Publíquese y ejecútese.

ERNESTO S. DE SANTAMARIA . Leonidas Ojeda A., Secretario.

Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, Junio 28 de 1924.

Es exequible.

EDUARDO BRICEÑO . El Secretario de gobierno, Francisco Antonio Balcázar.