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ACUERDO 22 DE 1924 (Junio 24) "Por el cual se honra la memoria de un ciudadano eminente (Doctor Nicolás Esguerra)" El Concejo municipal de Bogotá, CONSIDERANDO: 1.º Que el día 23 de Diciembre último dejó de existir en esta ciudad, a la avanzada edad de ochenta y cinco años el señor Doctor Don Nicolás Esguerra; 2.º Que el Doctor Esguerra fue miembro de este concejo, en donde puso, con decisión fervorosa, el tesoro de su vasta ilustración, de sus clarísimos talentos y de su incansable energía, al servicio de la ciudad, a la que amó siempre con filial cariño e incansable celo, 3.º Que el Doctor Esguerra encarnó en sí, como hombre de hogar, los atributos máximos del buen padre de familia; como hombre de sociedad, tradiciones de noble caballerosidad, de afable cortesanía y de refinada cultura; y, como ciudadano de la República, el patriotismo, la probidad, el desinterés, la serena tolerancia y el valor civil, virtudes todas que hicieron de este ilustre hijo de Colombia una de las más auténticas glorias nacionales; y 4.º Que es deber del concejo enaltecer la memoria de varones preclaros y presentarlos como dignos de la veneración y del cariño de los pueblos, ACUERDA ARTICULO 1.º El concejo de Bogotá, en nombre de la ciudad, lamenta la desaparición del señor Doctor Don Nicolás Esguerra, y considera su muerte como una irreparable desgracia para la ciudad y para la patria. ARTICULO 2.º Para que la posteridad conozca las virtudes públicas y privadas que hicieron del doctor Nicolás Esguerra uno de los ciudadanos más preclaros de Colombia se le erigirá un busto en una de las avenidas o plazas de la ciudad el día 10 de Septiembre de 1925, aniversario del natalicio del Doctor Esguerra, con esta inscripción: BOGOTA, A NICOLAS ESGUERRA ARTICULO 3.º Los gastos que demande el cumplimiento de presente acuerdo . cuya copia será pasada en edición de lujo a los hijos del Doctor Esguerra . se considerarán incluidos en el presupuesto de gastos de la próxima vigencia. ARTICULO 4.º Este acuerdo será sometido a la ulterior aprobación de la asamblea del departamento, según lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 171 del Código de Régimen Político y Municipal. Dado en Bogotá, a veinticuatro de Junio de mil novecientos veinticuatro. El Presidente, ENRIQUE VARGAS NARIÑO . El Secretario, Francisco José Arévalo. Alcaldía de Bogotá . Junio 26 de 1924. Publíquese y ejecútese. ERNESTO S. DE SANTAMARIA . Leonidas Ojeda A., Secretario. Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, Junio 28 de 1924. Es exequible. EDUARDO BRICEÑO . El Secretario de gobierno, Francisco Antonio Balcázar. |