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RESOLUCIÓN 557 DE 2017 (Noviembre 27) Por la cual se efectúa
un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaria
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017 EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo
Distrital 638de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo
Distrital No. 657 de 2016 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y
de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron
otras disposiciones. Que mediante el Decreto
Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual
de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital,
para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2017 y se dictaron otras disposiciones. Que de acuerdo al
principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del
Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de
1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto
Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la
administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme
al fin para el cual fueron programadas Que el artículo 63 del
mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones”. Que el artículo 1° del
Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de
1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital, establece que: “Las modificaciones al
anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del
presupuesto anual, incluidos los organismos de control que no modifiquen en
cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo
Distrital se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o
entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito,
estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez
previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de
Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del
concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación
Distrital".
Que mediante comunicaciones
con radicados Nos.: 3-2017-24130 y 3-2017-25358 del 26 de octubre y 8 de
noviembre de 2017, respectivamente, la Directora de Talento Humano de la
Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió a la
Subdirección Financiera de la Entidad, requerimiento sustentado de adición de
recursos para el rubro presupuestar 3-1- 1-01-21 "Vacaciones en
Dinero", con la finalidad de respaldar el pago de prestaciones sociales de
exfuncionarios de la Entidad. Que mediante
comunicación No. 2017EE289180 del 23 de noviembre de 2017 la Directora
Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación
presupuestal en mención. Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en
el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Seis millones
cuatrocientos sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y dos pesos m/cte ($6.464.552), así:
Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios
Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaria
Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la
Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su expedición. COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de
noviembre del año dos mil diecisiete (2017). RAÚL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |