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Decreto 119 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/02/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/03/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6266 del 01 de marzo del 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 119 DE 2018

 

(Febrero 27)

 

Por medio del cual se designa a la Secretaría Distrital de Planeación como ejecutora de un proyecto y se incorporan recursos al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2017 - 2018

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales. en especial las conferidas por el artículo 96 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082 de 2015 y los numerales 1°, 3°, 4° y 6° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el día 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05 de 2011 “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”.

 

Que la Ley 1530 de 2012 regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, en cuyo Título V se establece lo relativo al Régimen Presupuestal y determina la forma como se administran los recursos del sistema.

 

Que el artículo 6 ídem. señaló que los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) como integrantes del Sistema. son los responsables de definir los provectos de inversión sometidos a su consideración que se financiarán con recursos del Sistema General de Regalías, así como de evaluar, visualizar, aprobar y priorizar la conveniencia oportunidad de financiarlos.

 

Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional" establece que “(…) mediante decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los órganos colegiados de administración y decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos de Sistema General de Regalías”.

 

Que mediante el Acuerdo 061 del 7 de noviembre de 2017 "Por medio del cual se adoptan decisiones relacionadas con la aprobación de proyectos de inversión financiados o cofinanciadas con recursos del FCTel del Sistema General de Regalías SGR", el Órgano Colegiado de Administración y Decision (OCAD) del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación viabilizó, priorizó, aprobó y designó a Bogotá Distrito Capital como ejecutor del proyecto denominado "Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C." con código BPIN: 2016000100031, por valor total de diez mil doscientos sesenta y cinco mil (sic) millones cuarenta siete mil trescientos noventa y siete pesos M/cte. ($10.265.047.397), de los cuales siete mil diecisiete millones ciento noventa y nueve mil noventa y tres pesos M/cte. ($7.017.199.093) corresponden al Fondo de CTel del SGR recursos correspondientes al bienio 2017-2018 y tres mil doscientos cuarenta y siete millones ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos cuatro pesos M/cte. ($3.247.848.304) corresponden a un valor cofinanciado.

 

Que la suma de tres mil doscientos cuarenta y siete millones ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos cuatro pesos M/cte. ($3.247.848.304) que corresponde al valor cofinanciado está representada en dos (2) contrapartidas en especie discriminadas así: i) La suma de mil novecientos setenta y cuatro millones doscientos setenta y siete mil cuatrocientos veinticinco pesos M/cte. ($1.974.277.425) aportados por la Universidad de los Andes y ii) La suma de mil doscientos setenta tres millones quinientos setenta mil ochocientos setenta y nueve pesos M/cte. ($1.273.570.879) aportados por la Universidad Sergio Arboleda.

 

Que en virtud de los dispuesto en el literal e) del artículo 73 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, en consonancia con el literal d) (sic) del artículo 2 del Decreto Distrital 016 de 2013 "Por el cual se adopta la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras disposiciones”, dicha Secretaría tiene a su cargo, entre otras, la función de "(...) d) (sic) Recopilar, proveer y consolidar la información, las estadísticas, los modelos los indicadores económicos, sociales, culturales, ambientales, territoriales, de productividad y de competitividad, para la toma de decisiones de la Administración Distrital y que permita la promoción nacional e internacional del Distrito Capital. (...)”

 

Que el Acuerdo 645 de 2016 "Por el cual se adopta El Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016-2020 "Bogotá Mejor Para Todos", contiene en la Parte Estratégica General del Plan, Eje Transversal 1 “Nuevo Ordenamiento Territorial”, en su artículo 37 el programa denominado "Información Relevante Integral para la Planeación Territorial”, que tiene por objeto contar con información de calidad para la toma de decisiones de ordenamiento territorial de largo plazo, con perspectiva regional, que esté articulada para la generación de análisis integrados de ciudad.

 

Que el proyecto denominado "Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C.”, aprobado por el OCAD busca coadyuvar la ejecución del programa denominado "Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial" contenido en el Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Mejor Para Todos" en la medida que busca organizar, integrar y articular la información disponible del Distrito que permita, entre otras cosas, prever y analizar los efectos de las decisiones públicas y privadas en el tiempo mediante un simulador sobre la ocupación de la Ciudad - Región que integre la dinámica poblacional, el transporte, la estructura urbana y las condiciones macroeconómicas y desarrollar plataformas de visualización para los resultados de las herramientas y modelos propuestos, con lo cual se contará con información relevante para la toma de decisiones de ordenamiento territorial en el Distrito y en la región.

 

Que dada la naturaleza del proyecto denominado "Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C.”, y de las funciones a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación, se encuentra que ésta es la entidad idónea para ejecutar el proyecto aprobado por el OCAD.

 

Que de acuerdo a lo anterior, se designa a la Secretaría Distrital de Planeación como entidad ejecutora del proyecto denominado "Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C.”, y se incorporan al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2017-2018, los recursos aprobados en el marco del régimen presupuestal de dicho Sistema.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Designar a la Secretaría Distrital de Planeación como entidad ejecutora del proyecto denominado "Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C.”, con código BPIN: 2016000100031 de conformidad con los requisitos contenidos en la normatividad aplicable a los recursos que hacen parte del Sistema General de Regalías.

 

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Planeación suministrará y registrará la información referente a la ejecución del proyecto, siguiendo los lineamientos impartidos por el Departamento Nacional de Planeación, en cuanto al Sistema de Monitoreo, los términos y plazos de cargue de información en el aplicativo GESPROY, y a los demás procedimientos de suministro de información que defina la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.

 

Artículo 2°. Incorporar al Capítulo Presupuestal Independiente de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2017-2018, la suma siete mil diecisiete millones ciento noventa y nueve mil noventa tres pesos M/cte. ($7.017.199.093). conforme al siguiente detalle:

 

ADICIÓN INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALIAS BIENIO 2017-2018

ADMINISTRACION CENTRAL

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

 

INGRESOS

 

001

Recursos Fondos

 

001-3902

Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación

7.017.199.093

 

Total Adición Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías

7.017.199.093

 

Artículo 3°. Incorporar al Capítulo Presupuestal Independiente de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2017-2018, la suma de siete mil diecisiete millones ciento noventa y nueve mil noventa y tres pesos M/cte. ($7.017.199.093), conforme al siguiente detalle:

 

ADICION GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALIAS BIENIO 2017 - 2018

ADMINISTRACION CENTRAL

 

Secretaría Distrital de Planeación

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

 

GASTOS

 

001

Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación

 

001-3902

Programa: Investigación con calidad e impacto

7.017.199.093

001-3902-1003

Subprograma: Planificación y Estadística

7.017.199.093

001-3902-1003-2016-00010-0031

Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región

7.017.199.093

 

Total Adición Presupuesto de Gastos Sistema General de Regalías

7.017.199.093

 

Artículo 4°. El presente Decreto empezará a regir a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de febrero del año 2018.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ

 

Secretario Distrital de Planeación