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Circular 008 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/03/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 008 DE 2018

(Marzo 02)

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DIRECTORES (AS) UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES (AS) EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ, D.C, DE SUBREDES INTEGRADAS DE SALUD, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL, PERSONERA DISTRITAL.

De: SECRETARIA GENERAL ( E )ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Asunto: Diagnóstico de instalaciones distritales que garantizan el acceso y uso de los servicios para la población con y/o en situación de discapacidad (servidores y ciudadanía).

En el Acuerdo Laboral 2017 pactado entre la Administración de Bogotá y las comisiones negociadoras, quedó establecido en el numeral “3. Condiciones de Empleo”, que las entidades distritales deben realizar un diagnóstico de sus instalaciones para garantizar el acceso y uso de los servicios para la población con discapacidad, lo cual es concordante con las normas vigentes que buscan la inclusión real y efectiva de las personas con discapacidad, eliminando las barreras que impiden la participación y uso de sus derechos en igualdad de condiciones.

Para el cumplimiento del fin expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, envió la encuesta al Consejo Distrital de Discapacidad, teniendo en cuenta que es la instancia consultiva de asesoría y gestión del Sistema Distrital de Discapacidad, y la Mesa de Accesibilidad adelantó la revisión y precisión técnica que se reflejan en el instrumento anexo, el cual debe ser aplicado en todas las sedes de las entidades y organismos distritales.

Para facilitar el envío de la información, se dispuso la url https://qoo.gl/forms/0jEsSHLyLYxuaLh32, la cual estará habilitada del 12 al 28 de marzo de 2018. Es de anotar que el resultado será enviado a la instancia en mención.

Las inquietudes podrán ser resueltas en el pbx 3813000 ext. 2427 o en el correo ldsuarez@alcaldiaboqota.gov.co.

Cordialmente,

CRISTINA ARISTIZÁBAL CABALLERO

Secretaria General (E)

Elaboró: Luz D. Suárez E.

Revisó: César Ocampo Caro


NOTA: Ver documento anexo