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Resolución 027 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
07/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6271 del 08 de marzo de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 027 DE 2018

 

(Marzo 07)

 

Por la cual se designan los Representantes de la Secretaría Jurídica Distrital en la Comisión Intersectorial de Mujeres

 

LA SECRETARIA JURIDÍCA DISTRITAL

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 3 del Decreto Distrital 546 de 2007 y el inciso segundo del artículo 4 del Decreto Distrital 527 de 2014 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”

 

Que así mismo el artículo 211 ídem, señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, determina que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias; así mismo establece que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.

 

Que de conformidad con el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, las autoridades administrativa del Distrito Capital “podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998”.

 

Que el artículo 32 ídem, define el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como “el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales (...)”, y adicionalmente en el artículo 38 ídem, estipula que las Comisiones Intersectoriales son instancias de coordinación de la gestión distrital, cuya atribución principal es orientar la ejecución de funciones y la prestación de servicios que comprometan organismos o entidades que pertenezcan a diferentes Sectores Administrativos de Coordinación.

 

Que el Decreto Distrital 527 de 2014, creó como instancia de coordinación del Sector Administrativo de Mujeres, la Comisión Intersectorial de Mujeres y dispuso en su artículo 4 que estaría integrada por la “Secretaria de la Mujer, quien la presidirá, la (el) Secretaria (o) Distrital de Integración Social, la (el) Secretaria (o) Distrital de Planeación, la (el) Secretaria (o) Distrital de Gobierno, la (el) Secretaria (o) Educación del Distrito, la (el) Secretaria (o) Salud, la (el) Secretaria (o) Cultura, Recreación y Deporte, la (el) Secretaria (o) Secretario(a) Distrital de Desarrollo Económico, la (el) Secretaria (o) Distrital del Hábitat; la (el) Secretaria (o) de Ambiente; la (el) Secretaria (o) de Hacienda; la (el) Secretaria (o) de Movilidad y la (el) Secretaria (o) General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C”, estableciendo la posibilidad de que tales integrantes designaran sus delegados.

 

Que el artículo 7 ídem, creó una Unidad Técnica de Apoyo - UTA para la mencionada Comisión, cuyo objeto es recibir las propuestas de trabajo derivadas de la reunión de la instancia y preparar el contenido técnico de la agenda para ser propuesto a la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial, unidad integrada, de conformidad con el artículo 9 ídem, por “las/os referentes de Política de Mujer y Equidad de Género de cada sector, quienes son enlaces entre la Secretaría Distrital de la Mujer y la Administración Distrital y deberán ser delegadas y delegados por la/el respectiva (o) secretaría (o) de despacho” .

 

Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, integrado por la Secretaría Jurídica Distrital, entidad que tiene de conformidad con el numeral 4 del artículo 5, entre otras funciones, la de “Coordinar y asesorar la formulación de la política jurídica de las secretarias, subsecretarías, direcciones, oficinas o asesorías jurídicas de las entidades y organismos distritales, o de las dependencias que hagan sus veces, con el fin de realizar el seguimiento necesario para mantener la unidad de criterio jurídico, en aras de prevenir el daño antijurídico; y ejercer poder preferente a nivel central, descentralizado y local. en los casos que la Administración lo determine”.

 

Que mediante radicado 1-2018-1887 del 12 de febrero de 2018, la Subsecretaria de Políticas de Igualdad de la Secretaría Distrital de la Mujer, solicitó la designación de un delegado o delegada del nivel directivo o asesor que represente a la Secretaria Jurídica Distrital ante la Comisión Intersectorial de Mujeres — CIM, así como la de un profesional que asista a la Unidad Técnica de Apoyo — UTA, de dicha Comisión, en calidad de enlace para la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género.

 

Que el artículo 12 del Decreto Distrital 323 de 2016 “Por medio del cual se establece la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, y se dictan otras Disposiciones”, establece en los numerales 4 y 5 que son funciones de la Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica “4. Asesorar a la Secretaría Jurídica Distrital en la formulación y desarrollo de la política de coordinación jurídica de las entidades y organismos del Distrito Capital” y “5. Elaborar los proyectos de política en materia jurídica de interés para el Distrito, buscado la unificación de criterios para la aplicación de las normas y la ejecución concertada de acciones en esta materia, para que sean adoptados por la Secretaria Jurídica Distrital”.

 

Que teniendo en cuenta lo expuesto, se hace necesario designar como delegado de la Secretaría Jurídica Distrital en la Comisión Intersectorial de Mujeres al Director Distrital de Política e Informática Jurídica y designar en calidad de enlace de la Unidad Técnica de Apoyo — UTA, al profesional de dicha dependencia, que mediante comunicación informe tal Director.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Designar como delegado/a de la Secretaría Jurídica Distrital ante la Comisión Intersectorial de Mujeres, al/la director/a Distrital de Política e Informática Jurídica.

 

Artículo 2°.- Designar en calidad de enlace de la Secretaría Jurídica Distrital ante la Unidad Técnica de Apoyo — UTA de la Comisión Intersectorial de Mujeres, al/la profesional de la Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica que, mediante comunicación, informe el Director de dicha dependencia.

 

Artículo 3°.- Comunicar el contenido de la presente resolución a la Secretaría Distrital de la Mujer, así como al Director Distrital de Política e Informática Jurídica de esta Secretaría.

 

Artículo 4°.- La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de marzo del año 2018

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaría Jurídica Distrital