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Acuerdo 58 de 1941 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/09/1941
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/1941
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00581941

ACUERDO 58 DE 1941

(Septiembre 8)

"Por el cual se honra la memoria de un artista".

El Concejo de Bogotá

CONSIDERANDO:

Que el 27 de agosto del año en curso se cumplió el 6 aniversario de la muerte del eminente artista Maestro Adolfo Bracale;

Que el Gobierno Nacional honró la memoria de este distinguido profesor, propulsor infatigable del género lírico, en cuya larga trayectoria dejo huellas imborrables en el camino del arte;

Que en varias ocasiones presentó en el Teatro de Colón artistas de fama mundial, y

Que finalmente el país le debe la organización del primer conjunto nacional de ópera, iniciando y orientando en el camino del arte, valores que han venido luego a ser verdaderos representativos de la cultura artística nacional con el mayor éxito.

ACUERDA:

ARTICULO 1. El Con cejo Municipal de Bogotá en el sexto aniversario de la muerte del Maestro Adolfo Bracale se asocia a este duelo para los artistas nacionales y para el país, y dispone que en un lugar que designe una comisión nombrada por el Alcalde de la ciudad, en el Teatro municipal, se coloque una placa conmemorativa costeada por el fondo de dicho teatro, con la siguientes inscripción:

"El Cabildo de Bogotá, como homenaje a la memoria del Maestro Cav. Adolfo Bracale, quien fue uno de los grandes propulsores del arte lírico en Colombia".

ARTICULO 2. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a ocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente,

RAFAEL MIRANDA

Por el Secretario, Luis González S.

Alcaldía de Bogotá . Septiembre 11 de 1941

Publíquese y ejecútese.

JULIO PARDO DAVILA

El Secretario de Gobierno,

Artículo González Escobar.

El Secretario de Hacienda, Julio Samper.

El Secretario de Obras Públicas,

Joaquín Emilio Cardoso.

Gobernación de Cundinamarca . Septiembre 22 de 1941

Es exequible.

ANTONIO MARIA PRADILLA

El Secretario de Gobierno

Ramón Rosales,

Subsecretario de Gobierno.