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Resolución Local 070 de 2018 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
28/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6288 del 6 de abril de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN LOCAL 070 DE 2018

 

(Marzo 28)

 

Por medio de la cual se prorroga la Resolución 188 de 2017 “Por medio de la cual se prorroga la Resolución 329 de 2016“ Por la cual se unifican las Resoluciones Nos. 470 y 480 de 2015 y 032 de 2016 y se ordena el gasto y los pagos correspondientes al Proyecto No. 984 de 2016, denominado “Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores” en cuanto al subsidio Económico Tipo C y los costos operativos que genere la entrega del subsidio a los beneficiarios durante la vigencia 2018


Ver Resolución Local 004 de 2019.

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y en el artículo 8º del Decreto Distrital No. 101 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 46 de la Constitución Colombiana consagró lo siguiente: “El Estado, la Sociedad y la Familia, concurrirán para la protección y asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia”.

 

Que el 19 de diciembre de 2011, los fondos de desarrollo local de Usaquén, Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Bosa, Kennedy, Fontibón, Engativá, Suba, Barrio Unidos, Mártires, Antonio Nariño, Puente Aranda, La Candelaria, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar, Sumapaz y la Secretaría Distrital de Integración Social suscribieron el Convenio Marco de Asociación No. 4002 de 2011 con la Caja de Compensación Familiar Compensar, cuyo objeto es: “Aunar recursos técnicos y administrativos para garantizar la entrega del Subsidio Económico Tipo C a las personas mayores beneficiarias del servicio social subsidios económico que son atendidos con recursos de los Fondos de Desarrollo Local en el marco de la Política Publica Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital”.

 

Que la Administración Local a través de la Resolución 329 de 2016 unificó las Resoluciones Nos. 470 y 480 de 2015 y 032 de 2016 y ordenó el gasto y los pagos correspondientes al Proyecto No. 984 de 2016, denominado “Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores” en cuanto al subsidio Económico Tipo C y los costos operativos que genere la entrega del subsidio a los beneficiarios durante las vigencias 2016-2017.”

 

Que el convenio marco culminó el pasado 31 de agosto de 2017, por tal motivo se procedió a realizar una modificación, prorrogando el Convenio referido por siete meses y un día, a partir del 01 de septiembre de 2017 al 01 de abril de 2018, toda vez que el Distrito debe garantizar la entrega oportuna del apoyo económico a las personas mayores participantes del apoyo tipo C, que se encuentran en situación de vulnerabilidad social e inseguridad económica.

 

Que la Resolución 329 de 2016 entró a regir a partir de la fecha de su expedición, siendo esta el 31 de octubre de 2016, ahora bien, en su artículo 1º señaló que el lapso para unificar los criterios técnicos y presupuestales era de doce (12) meses contados a partir de la expedición del mismo, de conformidad con lo señalado en las estipulaciones del Convenio Marco de Asociación No. 4002 de 2011, siendo la fecha de vencimiento de tal acto el 31 de octubre de 2017.

 

Que, en virtud de la certificación expedida por el responsable de presupuesto de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, se evidenció que la Resolución anteriormente señalada con la que se hace entrega del subsidio C económico en dinero a los beneficiarios, con apropiación para la vigencia de $1.134.000.000, hasta el día 30 de septiembre de 2017 se ejecutaron $567.924.964, quedando un saldo por ejecutar de $573.854.020.

 

Que de acuerdo a la solicitud efectuada por la profesional de planeación de la Alcaldía Local de Antonio Nariño se evidenció la necesidad de prorrogar el termino para unificar los criterios técnicos y presupuestales señalado en la Resolución No. 329 de 2016, por un término de cinco (5) meses y un (1) día, en la medida que los recursos que aún quedaban por ejecutar podrían cubrir los meses de noviembre, diciembre de 2017 y enero, febrero, marzo y (1) día del mes de abril de 2018. 

 

Que el pasado 24 de octubre de 2018 la administración local expidió la Resolución 188 “Por medio de la cual se prorroga la Resolución 329 de 2016 “Por la cual se unifican las Resoluciones Nos. 470 y 480 de 2015 y 032 de 2016 y se ordena el gasto y los pagos correspondientes al Proyecto No. 984 de 2016, denominado “Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores” en cuanto al subsidio Económico Tipo C y los costos operativos que genere la entrega del subsidio a los beneficiarios durante las vigencias 2016-2017.”

 

Que, en virtud de la consulta efectuada por el responsable de presupuesto de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, en el Sistema de Presupuesto Distrital - PREDIS se evidenció que:

 

- La Resolución 329 de 2016 con la que se hace entrega del subsidio C económico en dinero a los beneficiarios, tiene un saldo por ejecutar de $57.869.710.

 

- La Resolución 480 de 2015 tiene un saldo por ejecutar de $ 2.702.044.

 

- La Resolución 032 de 2016 tiene un saldo por ejecutar de $ 3.450.765.

 

Que, de acuerdo al documento de criterios técnicos para la formulación de proyectos con cargo a los presupuestos de los FDL y el anexo técnico para el apoyo económico tipo C, del convenio marco de asociación 4002 de 2011, el apoyo económico tipo C es un servicio social dirigido a las personas mayores en situación de discriminación y segregación socioeconómica de la ciudad de Bogotá, que se basa en un enfoque de derechos con perspectiva territorial de género y diferencial.

 

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 101 de 2010, por expresa delegación que le compete a los Alcaldes o Alcaldesas Locales la facultad de contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo a los presupuestos de los Fondos de Desarrollo Local, de acuerdo con la estructura establecida en el plan de desarrollo local que esté vigente.

 

Que la facultad de ordenación de gasto prevista en el Decreto 101 de 2010, por provenir de una delegación no puede igualmente ser delegada conforme a lo prescrito en el artículo 11 numeral 2 de la Ley 489 de 1998, lo que impide que los actos de pago en el desarrollo del proyecto de apoyos económicos con recursos del Fondo de Desarrollo Local puedan ser suscritos desde la SDIS.

 

Que es necesario continuar con el mecanismo de entrega del apoyo económico, con el fin de asegurarles la garantía y vigencia de sus derechos fundamentales a aquellas personas mayores que por sus condiciones socioeconómicas no puedan satisfacer sus necesidades de subsistencia.

 

Que por tal motivo los Alcaldes de todas las Localidades de Bogotá radicaron ante la Secretaria Distrital de Integración Social la justificación de solicitud de prórroga del convenio 4002, teniendo en cuenta que la prorroga realizada en la vigencia 2017 vence el 1º de abril de 2018, por lo cual se solicitó la prórroga por un término de 10 meses.

 

Que, en virtud de lo anterior, la Secretaria Distrital de Integración Social mediante modificación No. 07 prorrogó el Convenio Marco No. 4002 por el termino de diez (10) meses, la cual estaría vigente hasta el próximo 01 de febrero de 2019.

 

Que para la vigencia fiscal de 2018 se generó el certificado de disponibilidad presupuestal No. 403 del 23 de marzo de 2018 por un valor de SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE $ 794.000.000.

 

Que del apoyo económico tipo C, podrán beneficiarse las personas que reúnan los requisitos establecidos por el proyecto No. 1429 “Apoyo Económico para persona mayor con Subsidio C” Componente: Entrega de Subsidio C para adulto mayor” Componente beneficiar a 700 personas con Subsidio Tipo C, de la localidad de Antonio Nariño vigencia 2018 con sujeción a la asignación de los recursos establecida en el Plan Operativo Anual de Inversiones.

 

Que una vez estudiados los aspectos técnicos y jurídicos el proyecto referido fue viabilizado por ésta Alcaldía Local y registrado en forma definitiva en el banco de programas y proyectos de la Localidad No. XV.

 

Que los recursos asignados al proyecto permiten la atención de Setecientos (700) cupos, por un valor unitario mensual de CIENTO VEINTE MIL ($120.000), durante DIEZ MESES (10) como apoyos económicos, los cuales se pagarán en forma mensual.

 

Que la cobertura de atención para el año 2018 dentro del proyecto No 1429 se debe mantener con el beneficio a 700 adultos mayores en situación de vulnerabilidad, el cual será la siguiente:

 

Localidad

Proyecto

Cupos/mes

Total meses

Valor Mes

Valor Total Apoyo C

Mes / Año DE INICIO DE PAGO

ANTONIO NARIÑO

1429

700

10

$120.000

$120.000

ABRIL 2018


Que los recursos para la atención de esta población se financiarán con cargo al presupuesto del Fondo Desarrollo Local de Antonio Nariño.

 

Que mediante los Decretos Distritales No.101 y 153 de 2010, se asigna a los Alcaldes Locales la facultad de contratación y la ordenación de los gastos y pagos, con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local.

 

Que la entrega del apoyo económico para las personas mayores del proyecto se realizará de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato y/o convenio que suscriban las Alcaldías Locales y el operador seleccionado para tal fin.

 

Dadas las anteriores consideraciones el Alcalde Local de Antonio Nariño, en uso de sus facultades legales.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar el término para unificar los criterios técnicos y presupuestales señalado en la Resolución No. 188 de 2017, respecto de la ordenación del gasto y pagos correspondientes al Proyecto No. 1429 Apoyo Económico para persona mayor con Subsidio C” Componente beneficiar a 700 personas con Subsidio Tipo C, de la localidad de Antonio Nariño Vigencia 2018, por un término de diez (10) meses. El cual contempla una cobertura programada mensual de Setecientos (700) cupos a partir del mes de abril de 2018 hasta el 1 de febrero de 2019 por un valor de SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE $ 794.000.000.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El pago del apoyo económico se hará mensualmente, con cargo al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal 2018, según proyecto No. 1429.

 

ARTÍCULO TERCERO: La entrega del apoyo económico para las personas mayores del proyecto se hará, de acuerdo con las condiciones establecidas en esta Resolución, en el Proyecto No. 1429 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y atendiendo los lineamientos establecidos en los Procedimientos del Servicio Social Apoyos para la Seguridad Económica adoptados por la Secretaría Distrital de Integración Social, mediante las Circulares 9 y 12 de 2016 y los procedimientos generales  adoptados mediante Circular 4 del 26 de enero de 2011 (Seguimiento), Circular 25 de 2015 (Egreso), Circular 36 de 2015 (Ingreso) y Circular 7 de 2016 (Prestación del Servicio), en el contrato y/o convenio a suscribir por las Alcaldías Locales y el operador seleccionado, para el pago del subsidio.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución se enviará a la Subdirección para la Vejez de la Secretaria Distrital de Integración Social y a la Subdirección Local para la Integración Social de Antonio Nariño.

 

ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, a los 28 días del mes de marzo del año 2018.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

Alcalde Local Antonio Nariño