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Acuerdo 9 de 1938 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/05/1938
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/05/1938
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00091938

ACUERDO 9 DE 1938

(Mayo 10)

"Por el cual se aumentan unos sueldos, se dan unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones".

EL CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDA:

ARTICULO 1. A partir del 1 de mayo del presente año el sueldo de los choferes de los buses escolares será de ochenta pesos ($80) mensuales.

ARTICULO 2. Autorízase a la Secretaría del Cabildo para publicar en Ediciones del Concejo, como homenaje del Ayuntamiento, con motivo de la celebración del IV Cementerio de Bogotá, la siguientes obras:

Actas de la Junta Municipal de Propios, tomos II y III,

Calles de Santafé de Bogotá, por Moisés de la Rosa;

El Alma de Bogotá, antología por Nicolás Bayona Posada:

Regidores de Bogotá, una segunda edición, por Enrique Ortega Ricaurte, y

Escritos sobre Bogotá, y la Sabana, por Tomás Rueda Vargas.

ARTICULO 3. Autorízase el Ejecutivo municipal para que proceda a hacer los traslados correspondientes en el Presupuesto de la actual vigencia.

ARTICULO 4. La calle 57, entre la carrera 13 y el Estadio Municipal, se denominará en lo sucesivo Avenida Santafé.

Igualmente se denominará Barrio Santafé el comprendido entre las calles 55 y 58 y las carrera 15 y 18.

ARTICULO 5. Con el fin de ensanchar los servicios de la Biblioteca del Cabildo, el Ejecutivo municipal cederá a la Secretaría del Concejo, en el tercer piso del Palacio municipal, las oficinas necesarias.

ARTICULO 6. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá a diez de mayo de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente, JULIO PARDO DAVILA

El Secretario, Luis González S.