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RESOLUCIÓN
207 DE 2018 (Mayo 17) Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal
Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaria General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia fiscal de 2018 EL
SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En
ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y
el Decreto Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo Distrital No. 694 de 2017 se expidió el Presupuesto Anual
de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital,
para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2018 y se dictaron otras disposiciones. Que
mediante el Decreto Distrital No. 816 del 28 de diciembre de 2017, se liquidó
el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el
31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones. Que
de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del
artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el
Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad
de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente
conforme al fin para el cual fueron programadas. Que
el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que
"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones,
cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las
correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones". Que
el artículo 1 del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se
reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe
de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al
anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del
presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en
cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo
Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o
entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito,
estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos
actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la
Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de
gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento
Administrativo de Planeación Distrital". Que
mediante comunicación con radicado No. 3-2018-11312 del 23 de abril de 2018, la
Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C, remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para el
rubro presupuestal 3-1-1-01-21 "Vacaciones en Dinero", con la
finalidad de respaldar presupuestalmente la liquidación y el pago de las
prestaciones sociales de retiro de los exfuncionarios que han venido
presentando renuncia al cargo. Que
mediante comunicación No. 2018EE75428 del 8 de mayo de 2018, la Directora
Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la
modificación presupuestal en mención. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente
traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2018, por valor
de Dieciocho millones setenta y dos mil quinientos ochenta y nueve pesos m/cte ($18.072.589), así:
Artículo 2°. Mediante la
Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente
Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de
Presupuesto. Así como a la Dirección de Talento Humano y Subdirección
Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. para
efectos de dar trámite a los movimientos presupuéstales señalados en el
presente acto administrativo. Artículo 3°. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo de 2018. RAUL JOSÉ
BUITRATO ARIAS Secretario General |