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Resolución 043 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
23/05/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 043 DE 2018

 

(Mayo 23)

 

Por la cual se realiza una delegación

 

LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias en especial las conferidas por los artículos 209 al 211 de la Constitución Política, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998, artículos 1, 2 y 3 del Decreto Nacional No. 2813 de 2000 artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y la desconcentración de funciones.

 

Que de conformidad con el artículo 211 constitucional, la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos, estableciendo que: "La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente".

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones" señala:

 

"Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias."

 

Que el artículo 10 ídem dispone que: "En el acto de la delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren." Aunado a lo anterior, el inciso segundo de la citada norma señala que al Representante Legal de la Entidad se deberá mantener informado en todo momento por parte del delegado, sobre el desarrollo de la delegación que le ha sido otorgada, para cuyos efectos la administración implementará herramientas idóneas que así lo garanticen, pudiendo impartir las orientaciones generales sobre el ejercicio de las funciones delegadas.

 

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 381 de 2006, "Por el cual se asigna la función de autorizar la salida fuera del perímetro urbano del Distrito Capital de vehículos de las entidades distritales" señala:

 

"Asignar a las Secretarías del Despacho, los Departamentos Administrativos, la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, las Entidades Descentralizadas, incluidas las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Oficiales y Mixtas, y las Empresas Sociales del Estado del Nivel Distrital, la función de autorizar la salida de los vehículos automotores pertenecientes a las entidades distritales fuera del perímetro urbano del Distrito Capital."

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, faculta a las autoridades administrativas del Distrito Capital para delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores, de conformidad con la Constitución Política y la Ley, especialmente con la Ley 489 de 1998.

 

Que de conformidad con lo anterior y con el fin de garantizar mejores niveles de eficiencia y eficacia en la Gestión Pública y Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, se hace necesario delegar la competencia de autorizar la salida de los vehículos automotores pertenecientes o a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital, fuera del perímetro urbano del Distrito Capital.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1-: Delegar en el (la) Director (a) de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital, la función de autorizar la salida de los vehículos automotores pertenecientes o a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital, fuera del perímetro urbano del Distrito Capital.

 

Artículo 2-: Los delegatarios no podrán subdelegar en otros funcionarios la facultad aquí delegada.

 

Artículo 3-: La salida de vehículos automotores pertenecientes o a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital, será autorizada únicamente para el cumplimiento de misiones y tareas oficiales.

 

Artículo 4-: Comunicar el contenido de esta Resolución al Director(a) de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Artículo 5-: La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 23 días del mes de mayo del año 2018.

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria Jurídica Distrital