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Resolución 12 de 2001 Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2001
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 12 DE 2001

(Diciembre 28)

Derogada tácitamente por el Acuerdo del F.V.S. 03 de 2007

"Por el cual se establece la Estructura Organizacional y Funcional por áreas del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C".

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el inciso final del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el literal e) del artículo 6º del Acuerdo 28 de 1992 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 55 del Decreto 1421 de 1993, en concordancia con los estatutos del Fondo, establece que le corresponde a las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas la reestructuración de sus dependencias, por lo cual es competencia de la Junta Directiva del Fondo de Vigilancia y Seguridad determinar la Estructura Organizacional y Funcional de las áreas que integran el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.

Que mediante el Acuerdo 28 de 1992, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., se reestructuró el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., como un establecimiento público para la adquisición de los bienes y servicios que las autoridades competentes requieran para garantizar la seguridad y la protección de todos los habitantes del Distrito Capital, por lo tanto se requiere establecer su estructura organizacional, señalando las funciones de sus áreas.

Que mediante oficio UGO-1100 del 17 de Abril del año en curso, la Contraloría de Bogotá se pronunció oficialmente sobre la Gestión Fiscal del FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ para la vigencia del año 2000, determinando respecto de la estructura organizacional y funcional lo siguiente:

"... Si bien según la Resolución No. 148 de Diciembre de 1997, el Dr. Carlos Alfonso Vivas Vargas implementó el sistema organizacional y funcional del Fondo de Vigilancia de Santa Fé de Bogotá, D.C., este Acto Administrativo carece de legalidad, en razón a que de conformidad con el artículo 55 del Decreto 1421 de 1993, esta atribución corresponde a la Junta Directiva.

Que al estar viciado el acto administrativo que estableció la estructura organizacional del Fondo de Vigilancia y Seguridad, se requiere de la expedición de un nuevo acto por la Junta Directiva que establezca esta Estructura Organizacional y Funcional por áreas sobre la base de la inexistencia actual de planta de personal y hasta tanto la misma sea aprobada.

Que en mérito de lo expuesto.

RESUELVE

CAPITULO I

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y FUNCIONAL

ARTICULO 1º. Las funciones asignadas al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., serán ejecutadas a través del Despacho de la Gerencia y las siguiente áreas que conformarán la Estructura Organizacional y Funcional:

  1. DESPACHO DEL GERENTE.

  2. AREA ASESORA JURÍDICA.

  3. AREA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS.

  4. AREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

  5. AREA TÉCNICA DE PROYECTOS.

ARTICULO 2º. FUNCIONES DE LA GERENCIA. Corresponde a la Gerencia del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Llevar la Representación Jurídica y Extrajudicial del Fondo y constituir mandatarios cuando las circunstancias lo aconsejen.

  2. Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos indispensables para alcanzar los objetivos y cumplir las funciones del Fondo.

  3. Presentar a la Junta Directiva los proyectos relativos a los actos administrativos a desarrollar en el Fondo, planes y programas que considere conveniente y los informes previstos en el Acuerdo 28 de 1992 o solicitados por la Junta Directiva.

  4. Desarrollar las políticas, planes, decisiones y programas aprobados por la Junta Directiva y ejecutar el Presupuesto.

  5. Vigilar la ejecución de los contratos y el trámite de las licitaciones, adquisiciones, cuentas y pagos a cargo de la entidad.

  6. Vigilar el adecuado funcionamiento del Almacén, supervisar las inventarios y el manejo de la contabilidad y en general, dirigir la marcha administrativa del fondo.

  7. Ejercer bajo su propia responsabilidad, las funciones que el Alcalde Mayor le delegue o las que la Ley, los acuerdos, y demás disposiciones Distritales le confiera y vigilar el cumplimiento de las que por disposición legal se hayan otorgado al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. y sus áreas.

  8. Dirigir y propender por el cumplimiento de los objetivos, metas institucionales, y proyectos del fondo, en concordancia con las normas, los planes y programas de desarrollo y las políticas trazadas por el gobierno Distrital.

  9. Organizar, controlar y garantizar el funcionamiento interno de las áreas del Fondo y proponer las modificaciones a la estructura organizacional y administrativa, funciones y planta de personal de esta, así como la creación de grupos internos de trabajo, de acuerdo con las necesidades del servicio, los objetivos, los proyectos de organización, normas y políticas del Gobierno Distrital.

  10. Expedir y/o refrendar los actos administrativos y reglamentos internos necesarios para la prestación de los servicios y el cumplimiento de las funciones administrativas, técnicas, investigativas y financieras propias de la gestión del Fondo de Seguridad y Vigilancia de Bogotá D.C. y responder por el adecuado manejo de los recursos asignados.

  11. Dirigir la acción administrativa general del Fondo ordenando los gastos, suscribiendo los contratos y expidiendo los actos administrativos relativos a la ejecución del presupuesto del Fondo, conforme a las disposiciones, reglamentos y procedimientos legales vigentes sobre las materias.

  12. Rendir los informes que la Junta Directiva, el Concejo Distrital, el Alcalde Mayor, el Secretario de Gobierno y los organismos de control soliciten.

  13. Propender y coordinar la implementación de los sistemas de información, los bancos y las bases de datos con el fin de garantizar el adecuado registro y coordinación de las labores técnicas en el Fondo.

  14. Ejercer control y seguridad sobre la información que maneje la Gerencia.

  15. Propender por el establecimiento y aplicación del Sistema de Control Interno en la entidad, y el ejercicio del autocontrol por el personal que labora en el mismo.

  16. Representar al Fondo, al Secretario de Gobierno, al Distrito y/o al Alcalde Mayor en los asuntos que éste determine, asistir a los Concejos, juntas o comités de los cuales sea miembro.

  17. Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto de la entidad, bajo los principios de austeridad y eficiencia, y someterlo a consideración de la Junta Directiva y las entidades pertinentes para su aprobación.

  18. Decidir los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa interpuestas contra los actos administrativos que expida.

  19. Efectuar con los abogados del área la vigilancia de la correcta ejecución de los contratos y el trámite de las licitaciones públicas.

  20. Ejercer supervisión de los contratos que dependen de su área.

  21. Las demás que le correspondan como representante legal del Fondo o se le atribuyan por la ley o el reglamento.

ARTICULO 3º. AREA ASESORA JURIDICA. Son funciones del Area Asesora Jurídica las siguientes:

  1. Asesorar al Gerente y a las áreas del Fondo de Vigilancia y Seguridad en el conocimiento, revisión y trámite de conceptos, fallos y demás asuntos jurídicos que les corresponda resolver, y en general en todas las actuaciones que comprometan la posición jurídica e institucional del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  2. Asesorar al Gerente y a las áreas del Fondo en la elaboración de los proyectos de normas y actos administrativos que se requieran en el cumplimiento de sus funciones, con el fin de mantener la uniformidad de criterios.

  3. Revisar los proyectos de actos administrativos que el Gerente deba firmar y conceptuar sobre su constitucionalidad y legalidad.

  4. Generar las herramientas necesarias, tales como formatos, manuales o instructivos relacionados con los temas de su competencia, para garantizar que las áreas actúen conforme a la normatividad vigente y promover su sistematización. Proponer métodos, procedimientos y ajustes a la organización interna del Fondo, para adecuarlos a las normas o para modernizar y mejorar la administración.

  5. Asistir y asesorar a la Gerencia y a las áreas del Fondo en la solución de los asuntos jurídicos y aplicar, mantener y difundir todas las normas legales del Fondo.

  6. Estudiar y absolver las consultas de orden jurídico y sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación del Fondo de Vigilancia y Seguridad, que le formulen las áreas internas, las demás entidades, órganos de control y los particulares.

  7. Asesorar a la Gerencia en procedimientos de licitaciones, concursos y contratos, así como en la adjudicación, celebración y liquidación de los actos y contratos del fondo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

  8. Revisar los aspectos jurídicos de los pliegos de condiciones o términos de referencia que elaboren las distintas áreas del Fondo para el trámite de los procesos contractuales.

  9. Evaluar jurídicamente las propuestas u ofertas que se presenten dentro de los procesos contractuales que adelante la entidad.

  10. Someter a aprobación de la Gerencia las pólizas o garantías únicas que otorguen los contratistas para respaldar las obligaciones contractuales.

  11. Proyectar y elaborar los proyectos de contratos, convenios interadministrativos y actos administrativos que deba firmar el Gerente o quien tenga la facultad para hacerlo.

  12. Notificar y comunicar los actos administrativos que en sentido particular expida el Gerente del Fondo.

  13. Representar judicialmente al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. y sus intereses, ante las autoridades competentes cuando fuere el caso, mediante poder especial de la Gerencia.

  14. Atender y hacer seguimiento, en coordinación con las áreas comprometidas, a las tutelas, acciones de cumplimiento, acciones populares, conciliaciones y cumplimiento de sentencias, por la que deba responder o sea parte el Fondo para su adecuada resolución.

  15. Coordinar con cada área responsable la proyección de respuestas a los derechos de petición por los que deba responder en forma directa el Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  16. Recomendar, sustanciar y proyectar lo pertinente a los recursos que el Gerente deba resolver por la vía gubernativa y preparar las respectivas respuestas previa solicitud de aquél.

  17. Compilar, concordar y difundir las normas legales relacionadas con la actividad del Fondo de Vigilancia y Seguridad, manteniendo actualizado el archivo de las mismas, y facilitando su consulta por parte de los interesados.

  18. Efectuar el seguimiento y control jurídico sobre la ejecución de los contratos en los que hace parte el Fondo, proyectando los correspondientes contratos adicionales, actas de terminación anticipada, suspensión, liquidación o los actos administrativos que les sustituyan en coordinación con las demás áreas y en todo caso, aquellos contentivos de sanciones por incumplimiento total, parcial o definitivo de los contratos.

  19. Realizar la revisión de estudios previos y la definición de necesidades y oportunidades para la contratación de bienes y servicios, y elaborar los pliegos de condiciones o términos de referencia con base en las especificaciones técnicas y el presupuesto oficial que le sean suministrados.

  20. Participar en la elaboración de cronogramas, avisos a la Cámara de Comercio y avisos de prensa de contratación.

  21. Asistir a las audiencias de aclaraciones, adjudicación en acto público, cierre de licitación y elaboración de las actas correspondientes.

  22. Evaluar el cumplimiento de los requisitos jurídicos exigidos en cada una de las ofertas presentadas por los proponentes en los procesos de contratación.

  23. Asistir a las reuniones de coordinación con los avaluadores de aspectos técnicos y económicos, para la concatenación y consolidación de avaluaciones, durante los procesos de contratación.

  24. Coordinar con las áreas las acciones jurídicas de contratación para mantener la debida uniformidad y coherencia en las actuaciones, y controlar todo el proceso licitatorio con el fin de prevenir vicios de fondo o de forma en el proceso de contratación.

  25. Velar por la oportuna y adecuada liquidación de contratos, licencias, convenios y comodatos.

  26. Coordinar el desarrollo de sus actividades con la oficina jurídica de la Alcaldía Mayor de Bogotá y apoyar su labor cuando se requiera.

  27. Contribuir al estudio de temas que según la naturaleza hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras áreas y respecto de las cuales haya de fijarse la posición jurídica de la entidad.

  28. Mantener la guarda de los contratos, convenios y actos administrativos de la entidad.

  29. Adelantar los trámites derivados de los procedimientos jurídicos.

  30. Gerencias los proyectos de inversión que le sean encomendados por la Gerencia, para lo cual le corresponderá tramitar todas las etapas precontractuales que permitan la elaboración del contrato.

  31. Participar en los procesos de selección, avaluación, administración y desarrollo de los contratistas que dependen del área.

  32. Coordinar lo pertinente para efectos del cumplimiento de los principios de transparencia, celeridad y eficiencia en materia de contratación.

  33. Propender por el establecimiento y cumplimiento de las normas y procedimientos de control interno en la dependencia y llevar el autocontrol de las funciones propias de la Oficina. Fomentar la aplicación de indicadores de gestión y estándares de desempeño.

  34. Formular y establecer el plan de acción anual del área y los planes de trabajo específicos a ejecutar, con base en los objetivos funcionales y de gestión de asuntos a cargo de la misma y los recursos de personal y técnicos disponibles para el logro de las metas.

  35. Representar al Fondo y/o al Gerente en los asuntos que éste determine.

  36. Cumplir las funciones asignadas por las disposiciones legales que le señalen las leyes, los acuerdos, estatutos y reglamentos del Fondo, acordes con la labor que desarrolla el área.

  37. Ejercer supervisión de los contratos que dependen de su área incluyendo aquellos contratos en los que se haya nombrado interventor.

ARTICULO 4º. AREA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS. El Area Asesora de Planeación y Sistemas tendrá las siguientes funciones:

En relación con la Planeación:

  1. Diseñar normas, métodos y procedimientos para la implementación de sistemas de planeación operativa y la presentación de planes, programas y proyectos institucionales y de inversión pública con el fin de dar cumplimiento a la misión institucional.

  2. Asesorar a la gerencia y al Fondo en la formulación, coordinación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de inversión. Para efectos de lo anterior y en relación con los procesos de contratación, le corresponderá como función principal la expedición de concepto técnico favorable sobre la ejecución del plan de acción de todo proyecto de inversión.

  3. Proponer los indicadores de gestión, en coordinación con todas las áreas, tendientes a la ejecución de las políticas, planes y programas, llevar el sistema de información de los mismos y diseñar el sistema y las herramientas e instrumentos de seguimiento y evaluación de tales indicadores y del desempeño general del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  4. Liderar el proceso de preparación del presupuesto de inversión en coordinación con las diferentes áreas del Fondo, con sujeción a las normas vigentes.

  5. Programar y valuar la inversión del Fondo de Vigilancia y Seguridad, en coordinación con quienes sean responsables de su ejecución, realizando el respectivo seguimiento.

  6. Determinar el impacto de sus proyectos de inversión pública.

  7. Coordinar la producción de informes dirigidos a los organismos de control y dar respuesta a los requerimientos producidos por ellos, y la elaboración del balance social.

  8. Consolidar y procesar la información que se origine en las área relativas a la ejecución del presupuesto de inversión y de seguimiento de la gestión.

  9. Asesorar al Gerente en la ordenación del gasto y en la presentación del proyecto de presupuesto ante los organismos correspondientes.

  10. Interactuar con la Secretaria de Hacienda y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital en lo referente a la ejecución, seguimiento físico y financiero de los proyectos de inversión.

  11. Velar por la oportuna y correcta ejecución del presupuesto en la entidad.

  12. Elaborar proyectos de modificaciones presupuestales, el programa anual de caja y vigilar su ejecución, en coordinación con la dirección administrativa y financiera.

  13. Formular proyectos y evaluar los que sean presentados por las diferentes áreas y beneficiarios en los aspectos de competencias institucional, financiero, económico y social, en relación con el plan Distrital de Desarrollo y los planes y programas del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  14. Brindar capacitación, asesoría y asistencia técnica a los gerentes de los proyectos en la formulación, programación y seguimiento a los mismos.

  15. Implementar un banco de información relacionado con proyectos de inversión pública, de competencia del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  16. Coordinar con las áreas del Fondo la revisión y actualización de manuales de procedimientos de la entidad.

  17. Recopilar, tabular y procesar las estadísticas e información del Fondo de Vigilancia y Seguridad que sirvan de base para la elaboración de políticas, planes, programas y proyectos.

  18. Planear en coordinación con las otras áreas del Fondo el proceso de diseño de los formatos y procedimientos adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información, con el fin de optimizar el flujo y mejorar los métodos de trabajo.

  19. Planear, programar, dirigir y coordinar el procesamiento, análisis y suministro de información que produzca o reciba la entidad, y su respectivo análisis estadístico.

  20. Participar en los procesos de selección, evaluación, administración y desarrollo de los contratistas a su cargo.

  21. Gerenciar los proyectos de inversión que le sean encomendados por la Gerencia.

    En relación con sistemas y telecomunicaciones:

  22. Realizar estudios para determinar la factibilidad técnica y económica y la necesidad de adquisición o modificación de sistemas de información, telecomunicaciones y equipo de procesamiento electrónico de datos, y presentar las recomendaciones pertinentes, tanto para el Fondo de Vigilancia como lo relativo a los proyectos de inversión relacionados con el área.

  23. Definir políticas relacionadas con los recursos informáticos de la entidad y velar por la prestación de un servicio eficiente al usuario.

  24. Diseñar y coordinar la implementación de los sistemas de información, los bancos y las bases de datos con el fin de garantizar el adecuado registro y coordinación de las labores técnicas.

  25. Asesorar a la Gerencia en materia de políticas de desarrollo y actualización en tecnología de telecomunicaciones y sistemas.

  26. Proponer la reglamentación e implementar metodologías y mecanismos de acceso a los equipos de computación, redes de comunicaciones, dispositivos, archivos magnéticos, entre otros.

  27. Establecer mecanismos de reporte e intercambio de información con otras entidades Distritales o nacionales.

  28. Definir las prioridades de automatización de funciones y procesos en el Fondo a corto y mediano plazo en forma armónica con otras instancias del gobierno distrital y adelantar las acciones conducentes a ello.

  29. Ejercer control y seguridad sobre la información y los equipos de cómputo del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  30. Evaluar las normas y procedimientos internos establecidos en el manejo de los sistemas de información, tecnologías en sistemas y telecomunicaciones.

  31. Coordinar con la Gerencia del Fondo, la Secretaria de Gobierno y con las demás entidades Distritales la estandarización de normas y procedimientos relacionados con las tecnologías informáticas y de telecomunicaciones.

  32. Brindar apoyo técnico a los usuarios y coordinar los programas de capacitación relacionados con tecnología e informática.

  33. Diseñar y coordinar la ejecución de las políticas y procedimientos relacionados con el mantenimiento de los equipos del Fondo de Vigilancia y Seguridad y de los proyectos de inversión relacionados con el área.

  34. Diseñar y coordinar los planes de contingencia que en materia de sistemas de información deba tener el fondo, con el fin de garantizare el flujo permanente y oportuno de información, optimizando la infraestructura computacional.

  35. Formular planes, programas y proyectos relacionados con el área.

  36. Velar por la eficiencia de las redes, de tal forma que garantice suficientes niveles de control de acceso, integridad, privacidad, seguridad de la información y conexión con otras redes y sistemas del Distrito Capital.

  37. Coordinar el inventario detallado, actualizado y valorizado tanto el hardware como del software utilizado.

  38. Verificar que el software utilizado por las diferentes áreas del Fondo, esté siendo debidamente utilizado bajo parámetros y procedimientos legales de compra y adquisición en cuanto a licencias, permisos y patentes.

  39. Establecer las necesidades de los usuarios del Sistema, en las diferentes áreas del Fondo y apoyarlas técnicamente en la compra, adquisición y mantenimiento de Software y Hardware.

  40. Propender por el establecimiento y cumplimiento de las normas y procedimientos de control interno en la dependencia y llevar el autocontrol de las funciones propias del área. Fomentar la aplicación de indicadores de gestión y estándares de desempeño.

  41. Formular y establecer el plan de acción anual del área y los planes de trabajo específicos ejecutar, con base en los objetivos funcionales y de gestión de asuntos a cargo de la misma y los recursos de personal y técnicos disponibles para el logro de las metas.

  42. Gerenciar los proyectos de inversión que le sean encomendados por la Gerencia.

  43. Representar al Fondo y/o al Gerente en los asuntos que éste determine.

  44. Interactuar con las demás áreas del Fondo con el fin de armonizar las actividades desarrolladas por cada una de ellas en la búsqueda del cumplimiento de la misión institucional del Fondo.

  45. Ejercer supervisión de los contratos que dependen de su área incluyendo aquellos contratos en los que se haya nombrado interventor.

  46. Las demás funciones que le señalen las leyes, los acuerdos, estatutos, y reglamentos del Fondo y aquellas que sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ARTICULO 5º. AREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Son funciones del Area Administrativa y Financiera las siguientes:

  1. Dirigir, planear, organizar y supervisar todos los procesos presupuestales, financieros, contables, de tesorería y administrativos requeridos para el funcionamiento del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  2. Velar por el cumplimiento de las normas sobre contabilidad, presupuesto, tesorería, almacén, efectuando los análisis respectivos y presentando los informes correspondientes a la gerencia.

  3. Planear, organizar, controlar y adelantar el proceso de adquisición de bienes y servicios relacionados con los proyectos de inversión y aquellos procesos que permitan el adecuado funcionamiento de todas las áreas del Fondo y coordinar los procesos administrativos y presupuestales necesarios para la realización de las licitaciones y contrataciones directas que requiera para su funcionamiento el Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  4. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de las actividades administrativas de almacén. Caja menor, servicios generales, archivo y correspondencia, adquisición y mantenimiento de los recursos físicos y seguros de los bienes de propiedad del Fondo.

  5. Coordinar y controlar la eficaz aplicación de los sistemas financieros, con el objeto de brindar información para la toma de decisiones y para el adecuado funcionamiento del Fondo.

  6. Coordinar y controlar, en coordinación con el Area Asesora de Planeación y Sistemas y demás áreas, la elaboración del proyecto de presupuesto del Fondo de Vigilancia y Seguridad, que habrá de ser presentado a las autoridades competentes para su incorporación al proyecto de presupuesto anual del Distrito.

  7. Coordinar la oportuna presentación de los estados financieros e informes de ejecución presupuestal correspondientes a los diferentes organismos que lo requieran, de conformidad con las normas legales y reglamentos vigentes, adelantando los trámites para su remisión a las entidades correspondientes.

  8. Velar por el adecuado control de los inventarios y el funcionamiento del almacén.

  9. Atender las solicitudes de servicios generales en lo relacionado con las adecuaciones locativas, servicio de aseo, cafetería, vigilancia y mantenimiento de bienes muebles, inmuebles y equipos del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  10. Velar por que todos los bienes del Fondo de Vigilancia y seguridad se encuentren debidamente asegurados.

  11. Adelantar las gestiones correspondientes que garanticen el normal funcionamiento de los procesos de archivo y correspondencia.

  12. Coordinar y controlar la ejecución de las obras que se requieran en las instalaciones de las oficinas Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  13. Diseñar, controlar y garantizar la ejecución de planes, programas y procedimientos para la adquisición, contratación, almacenamiento, suministro, registro, control y aseguramiento de los bienes y servicios del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  14. Realizar el estudio de las necesidades institucionales de elementos de consumo y de equipos para las distintas áreas del Fondo de Vigilancia y Seguridad y coordinar con las áreas la elaboración del programa anual de compras.

  15. Garantizar la adecuada administración del registro de proveedores del Fondo de Vigilancia y Seguridad de acuerdo a las normas vigentes.

  16. Organizar los servicios administrativos de transporte y mantenimiento del parque automotor al servicio del Fondo y de los proyectos de inversión.

  17. Remitir oportunamente los actos administrativos de contenido general a las diferentes áreas del Fondo y solicitar su publicación en la Gaceta Distrital ¿ Registro Distrital.

  18. Colaborar con el Area Asesora de Planeación y Sistemas en la formulación de planes, programas y proyectos sobre temas administrativos y financieros del Fondo.

  19. Dirigir, supervisar y promover los estudios e investigaciones que permitan mejorar la calidad en la prestación de los servicios del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.

  20. Participar en los procesos de selección, evaluación, administración y desarrollo de los contratistas del área.

  21. Responder por la contabilidad del Fondo de Vigilancia y Seguridad y supervisar la elaboración de balances y estados financieros que deban ser presentados ante las autoridades competentes, respondiendo a las observaciones que dichas entidades realicen y velando porque se cumplan las normas sobre la materia.

  22. Elaborar los informes de ejecución presupuestal y demás informes que se requieran adelantando los trámites para su remisión a las entidades correspondientes.

  23. Responder por la preparación del plan anual de caja, la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, de los registros presupuestales, de las ordenes de pago, relaciones de giro, relaciones de autorización y tramitar su correspondiente presentación ante los organismos competentes.

  24. Coordinar, dirigir y controlar la aplicación de las normas y evaluar los procedimientos de orden contable, presupuestal, de tesorería en general del sistema financiero aplicable al Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  25. Expedir las certificaciones sobre la viabilidad, disponibilidad y registro presupuestal necesarias para la adecuada ejecución del presupuesto del Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  26. Responder por los movimientos de las apropiaciones y en general por todos los gastos relacionados con la ejecución presupuestal.

  27. Proponer al Gerente, los cambios que se consideren necesarios y convenientes para mejorar la gestión administrativa y financiera del Fondo.

  28. Garantizar el buen manejo de la deuda interna y externa de la entidad.

  29. Asesorar al Gerente en el manejo del portafolio de inversiones del Fondo en términos de equilibrio entre rentabilidad, seguridad y disponibilidad.

  30. Velar por que el programa Anual de caja éste en concordancia con los actos emitidos por la Gerencia del Fondo, Secretaria de Hacienda Distrital, Planeación Distrital y la Secretaria de Gobierno.

  31. Efectuar la apertura y seguimiento de cartas de crédito para los programas de importaciones y reexportaciones de la entidad.

  32. Gerenciar los proyectos de inversión que le sean encomendados por la Gerencia.

  33. Propender por el establecimiento y cumplimiento de las normas y procedimientos de control interno en la dependencia y llevar el autocontrol de las funciones propias de la Oficina. Fomentar la aplicación de indicadores de gestión y estándares de desempeño.

  34. Formular y establecer el plan de acción anual del área y los planes de trabajo específicos a ejecutar, con base en los objetivos funcionales y de gestión de asuntos a cargo de la misma y los recursos de personal y técnicos disponibles para el logro de las metas.

  35. Representar al Fondo y/o al Gerente en los asuntos que éste determine.

  36. Las demás funciones que le señalen las leyes, los acuerdos, estatutos y reglamentos del Fondo y aquellas que sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

  37. Ejercer supervisión de los contratos que dependen de su área incluyendo aquellos contratos en los que se haya nombrado interventor.

  38. Efectuar el control y vigilancia presupuestal sobre los recursos destinados a servicios técnicos y honorarios para cada vigencia y asesorar a la Gerencia sobre el número de contratistas que requiere la entidad para su normal funcionamiento, para lo cual mantendrá actualizado el organigrama del Fondo de Vigilancia.

ARTICULO 6º. AREA TÉCNICA DE PROYECTOS. Son funciones del área técnica de proyectos:

  1. Apoyar a la Gerencia en la planeación y desarrollo de los proyectos de inversión del Fondo de Vigilancia y Seguridad que hagan parte del Plan Distrital de Desarrollo.

  2. Efectuar la evaluación y diseño de los proyectos de infraestructura y obras con el objeto de desarrollar los programas de Vigilancia y Seguridad por el Distrito Capital.

  3. Realizar la supervisión y control de los proyectos contratados en desarrollo con el objeto de que se ejecuten dentro de los cronogramas y especificaciones definidas.

  4. Apoyar a la Gerencia en la implementación de los proyectos que se deriven del Plan de Ordenamiento Territorial.

  5. Realizar las gestiones necesarias para legalizar los proyectos a desarrollar.

  6. Recomendar al Gerente las políticas a seguir y las estrategias necesarias para garantizar la ejecución de los planes y proyectos que desarrolle el Fondo de Vigilancia y Seguridad.

  7. Elaborar y hacer seguimiento físico a los cronogramas y programas de trabajo de los proyectos a su cargo. Controlar y exigir el cumplimiento de los programas de avance físico de obra y sus modificaciones.

  8. Controlar y evaluar las actividades técnicas y administrativas relacionadas con los proyectos a su cargo.

  9. Asistir al Gerente en el seguimiento y evaluación general de los proyectos planes y programas que le han sido asignados.

  10. Estudiar, desarrollar y proponer estrategias técnicas de administración y dirección tendientes a optimizar la gestión del Fondo y las decisiones y acciones de la Gerencia del Fondo.

  11. Asistir al Gerente en la coordinación y ejecución de las actividades propias de la Dirección y en el manejo de proyectos interinstitucionales del Fondo.

  12. Representar la Fondo de Vigilancia en los asuntos y eventos que este determine y asistir a los Concejos, juntas ó comités de los cuales sea miembro o designado por el Gerente.

  13. Revisar los diseños de proyectos y verificar la programación y la interventoría de las obras que ejecute el Fondo de conformidad con las normas vigentes.

  14. Coordinar la elaboración y presentar los informes de gestión sobre su cargo y asuntos de la Dirección que le sean requeridos por el Gerente.

  15. Gerenciar los proyectos de inversión que le sean encomendados por la Gerencia.

  16. Propender por el establecimiento y cumplimiento de las normas y procedimientos de control interno en la dependencia y llevar el autocontrol de las funciones propias del área. Fomentar la aplicación de indicadores de gestión y estándares de desempeño.

  17. Formular y establecer el plan de acción anual del área y los planes de trabajo específicos a ejecutar, con base en los objetivos funcionales y de gestión de asuntos a cargo de la misma y los recursos de personal y técnicos disponibles para el logro de las metas.

  18. Representar al Fondo y/o al Gerente en los asuntos que éste determine.

  19. Las demás funciones que le señalen las leyes, los acuerdos. Estatutos y reglamentos del Fondo y aquellas que sean signadas y que correspondan a la naturaleza de la oficina.

  20. Ejercer supervisión de los contratos que dependen de su área incluyendo aquellos contratos en los que se haya nombrado interventor.

CAPITULO II

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 7º. CONFORMACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. El Gerente del Fondo podrá conformar grupos internos de trabajo de acuerdo con la estructura organizacional, las necesidades del servicio y los programas y proyectos de la entidad, con el fin de desarrollar con eficiencia las acciones y cumplir con su misión institucional.

ARTICULO 8º. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de su aprobación y comunicación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular las Resoluciones de Gerencia Nos. 147 y 148 de 1997.

Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de Diciembre del año dos mil uno (2001).

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

SORAYA MONTOYA GONZALEZ

PRESIDENTE

JUNTA DIRECTIVA