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Decreto 101 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/03/1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/05/1993
Medio de Publicación:
Registro Distrital 752 de mayo 18 de 1993.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 101 DE 1993

(Marzo 1)

Por el cual se define la naturaleza jurídico-administrativa de los Fondos de Desarrollo Local.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 39 de la Ley 1ª. de 1992 y el parágrafo del artículo 11 del acuerdo 6 de 1992.

Ver el Decreto Distrital 471 de 1992 , Ver el art. 87, Decreto Ley 1421 de 1993

DECRETA:

ARTICULO 1.- Los fondos de Desarrollo Local creados por la Ley 1ª. de 1992 y reglamentados por el decreto 471 de 1992 son entidades descentralizadas dotadas de la siguientes características:

  1. Personería Jurídica;

  2. Autonomía Administrativa, en el grado que les reconocen las disposiciones vigentes; y

  3. Patrimonio independiente constituido por los bienes y recursos que expresamente se les asignen.

ARTICULO 2.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLSE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. al 1 de Marzo de 1993

 JAIME CASTRO       HERMAN ARIAS

 Alcalde Mayor         Secretario General

 

 

 

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 752 de mayo 18 de 1993.