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Acuerdo 83 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/05/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/05/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2863 de mayo 6 de 2003.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PRESENTACION

ACUERDO 083 DE 2003

(Mayo 6)

"POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LAS ZONAS PARA ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE TURISTICO Y SE DICTAN OTRAS DOSPOSICIONES."

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 19 del artículo 12 del Decreto ley 1421 de 1993

Ver Proyecto de Acuerdo 006 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

Artículo Primero. El Distrito Capital, a través de la Secretaria de Transito y Transporte, demarcará zonas de parqueo exclusivo para los vehículos prestadores del servicio de transporte turístico en proximidades de los sitios de interés cultural y turístico de la ciudad, como mecanismo de fomento de la industria del turismo.

Parágrafo. Lo dispuesto en este artículo sólo se aplicará a los vehículos registrados como prestadores del servicio de transporte terrestre turístico ante las autoridades competentes.

Artículo Segundo. El presente acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Dado en Bogotá a los veintiún días del mes de mayo de 2003.

SAMUEL ARRIETA VUELVAS

Presidente del Concejo

ILDEVARDO CUELLAR CHACON

Secretario General

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicado en el registro Distrital 2863 de mayo 6 de 2003.