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Decreto Local 18 de 2001 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
14/11/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/11/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2514 de noviembre 15 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PLAN DE DESARROLLO USME 2001 . 2003

DECRETO LOCAL 018 DE 2001

(Noviembre 14)

"Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad de Usme 2001-2004" "USME PARA TODOS"

LA ALCALDESA LOCAL (e) DE USME

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en los artículos 322, 339 de la Constitución Política, el Decreto-Ley 1421/93, el artículo 88 de la Ley 617/00, el Decreto Distrital 739/98, la Ley 152/94, y los Acuerdos Nos. 12 de 1994 y 13 de 2000.

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto No. 851 de fecha 1º de noviembre de 2001 en su artículo 2º el Alcalde Mayor de Bogotá D. C. encargó de las funciones de la Alcaldía Local de Usme a la doctora Gloria Amparo Gómez de Ávila a partir del 9 de noviembre de 2001.

Que al tenor de lo previsto en los artículos 2º y 209 de la Constitución Política y con el fin de garantizar el interés general de la comunidad y el cumplimiento de los fines del Estado, se obtiene que la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de economía, eficacia y celeridad, para cuyo cabal cumplimiento el Plan de Desarrollo local constituye efectivamente un mecanismo idóneo que permite definir los objetivos y las metas de la acción del Estado a nivel de la unidad territorial y por tanto se requiere definir las prioridades en el uso de los recursos públicos;

Que es prioritario y fundamental en los actuales momentos adoptar en esta localidad el Plan de Desarrollo Económico Local de Usme "Usme para todos" a efecto de dar cabal cumplimiento al mandato constitucional y legal sobre la materia, es decir, con fundamento en los artículos 322, 339 de la Constitución Política, el Decreto - Ley 1421/93, el Decreto Distrital 739/98, la Ley 152/94, y los Acuerdos Distritales Nos. 12/94 y 13/00;

Que en orden a conocer los trámites que se han producido en el presente año relacionados con el proceso para su presentación y aprobación de dicho Plan entre la Alcaldía Local y la Honorable Junta Administradora Local de Usme, sin que hasta el momento se haya adoptado decisión definitiva alguna, se considera procedente relacionar y resumir los siguientes antecedentes emanados con base en la documentación reorganizada, así :

  1. Presentación inicial del Proyecto a debate. Mediante oficio del 27 de julio de 2001, radicado en la Junta Administradora Local Usme con el número 712 del 30 del mismo mes y año la Alcaldía presentó a consideración el Proyecto del Plan de Desarrollo Local 2001-2004, "para ser debatido en las sesiones extraordinarias de esa Corporación" y simultáneamente la alcaldesa de entonces expidió el Decreto Local No. 010 de fecha 30 de julio de 2001 convocándola a sesiones extraordinarias a partir del 1º de agosto de 2001 hasta el 31 del mismo mes y año " con el fin de dar trámite a la evaluación (sic.) del Plan de Desarrollo Local y al Proyecto de Adición de los Excedentes Financieros.
  2. No fue sometido a debate el proyecto inicial. Según el oficio del 7 de Septiembre de 2001 a esta Alcaldía se le comunicó que la JAL no sometió a aprobación el proyecto del Plan de Desarrollo Local por cuanto se entendió que la convocatoria a sesiones extraordinarias era efectivamente "con el fin de dar trámite a la evaluación del Plan de Desarrollo Local" y no de someterlo a debate para los fines a que se refiere la Ley, por tanto en el Oficio JALU- 396 la mesa directiva envía a este despacho dos cassettes de grabación de la sesión del 28 de agosto/2001 en donde se había ordenado el archivo del proyecto.
  3. Prórrogas de las sesiones extraordinarias. No obstante la Alcaldìa insiste en el pronunciamiento de la JAL sobre el tema y mediante el Decreto Local 011 del 10 de septiembre de 2001 fijò un término de cinco días en el sentido de ampliar el previsto inicialmente para que la JAL decida sobre la aprobación y adopción del plan de Desarrollo Local, con énfasis en el artículo 2º de que se trata del Plan de Desarrollo Local presentado por la Alcaldía el 27 de Julio de 2001.
  4. Nueva Prorroga. Nuevamente la Alcaldía concede prorroga mediante Decreto 012 del 17 de septiembre de 2001 para los mismos fines resaltando que la JAL adopte el Plan de Desarrollo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Acuerdo 013 de 2000, situación insistida por la Alcaldìa en el oficio remisorio y según Radicado JAL 968 del l8 de septiembre de 2001.
  5. Aprobación del Proyecto pero con modificaciones realizadas por la JAL al originalmente presentado por la Alcaldía. Finalmente, mediante Radicado de la Alcaldía 7414 del 6 de octubre de 2001, la mesa directiva de la JAL da respuesta remitiendo el Acuerdo No. 003 /2001 " por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo y Social para la localidad de Usme 2001 . 2004" el cual había sido aprobado en la sesión ordinaria del 5 de octubre del presente año con una votación de siete (7) votos a favor, con dos (2) ausencias en dicha reunión .
  6. Presentación de objeciones por parte de la Alcaldìa al proyecto de acuerdo con modificaciones realizadas por la JAL. En los cinco (5) días siguientes a la fecha en que la alcaldía de Usme recibió el Proyecto de Acuerdo aprobado en segundo debate o sea el 12 de octubre de 2001 ( Rad.JAL-1115) la Alcaldìa con base en los artículos 81 y 82 del Decreto 1421/93 envío a la JAL las objeciones al Acuerdo 03 de 2001, por razones de inconveniencia, de carácter eminentemente formal en donde afirmó: "dichas objeciones pretenden ajustar un poco más las metas proyectadas a la realidad económica de la localidad, configurándolas como metas cumplibles con el fin de no generar expectativas en la comunidad, que durante nuestra gestión - JAL y Alcaldía- no logremos cumplir"
  7. Sesiones extraordinarias y prórroga.- Con el objeto de " estudiar, aprobar o rechazar" dichas objeciones el Decreto Local 014 del 11 de octubre de 2001 convoca a la JAL Usme a sesiones extraordinarias por el termino comprendido entre el 16 de octubre de 2001 y el 20 del mismo mes y año, termino que fue prorrogado para el mismo fin mediante el Decreto 015 del 20 de octubre del 2001 de la misma alcaldía por seis días más.
  8. Rechazo de las objeciones presentadas por la Alcaldìa. La mesa directiva de la JAL . Usme en oficio JALU-451 del 27 de octubre del 2001, en respuesta a la solicitud de la Alcaldía en el oficio 1204/2001, anexa una certificación en donde manifiesta que como resultado de los debates de las sesiones celebradas durante el periodo comprendido entre el 22 al 27 del mismo mes y año comunica que las objeciones al Acuerdo 003/2001 en cita fueron rechazadas en una votación final realizada en la sesión del día 27 de dicho mes y año, así : cuatro (4) votos en contra y dos votos (2) a favor. En dicha sesión hubo dos (2) abstenciones y una (1) ausencia.
  9. Nueva remisiòn del Plan. Segùn radicado de la JAL 001262 del 8 de noviembre de 2001, la Alcaldìa envìa para la firma el proyecto de acuerdo sobre el Plan de Desarrollo por considerar que las objeciones no habìan sido rechazadas por la Corporaciòn.

Que el proyecto del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de Usme 2001-2004 presentado en su oportunidad a la JAL con todos sus anexos en cumplimiento de los requisitos y términos sobre su formulación y elaboración efectivamente fue adoptado por el Acuerdo No. 003 del 5 de octubre de 2001 por la JAL de Usme pero con las modificaciones sustanciales al contenido original del documento lo cual determinó en su contra los siguientes efectos jurídicos :

  1. Se violaba la prohibición legal prevista en el artículo 18 del Acuerdo 13 de 2000 según la cual las decisiones concertadas y aprobadas en los encuentros ciudadanos no pudieron ser modificadas por las autoridades de planeación local toda vez que al tenor del artículo 4º del mismo Acuerdo la Junta Administradora Local y el Alcalde son autoridades de planeación.
  2. La misma prohibición está en concordancia con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 152/94 y el artículo 14 del Acuerdo 12 de 1994 en cuanto toda modificación que pretenda introducir la Asamblea o Consejo debió contar con la aceptación previa y por escrito del Gobernador o Alcalde , según el caso.
  3. Las modificaciones al componente estratégico, de políticas y fuentes de financiación no contaron con la aprobación por escrito del alcalde Local ( lit. b), del Par. art. 13, Dto. 739/98).
  4. Las modificaciones introducidas no fueron publicadas en medios de comunicación de la localidad por el Alcalde Local ( Lit. c), del Par. Del Art. 13 Dto.739/98.

Que al producirse las mencionadas objeciones de carácter formal por parte de la Alcaldìa al Acuerdo 03/2001 de la JAL con base en los artículos 81 y 82 del Decreto 1421/93 efectivamente la misma Corporación las rechazó en una votación de seis Ediles ( 4 en contra, 2 a favor) el cual constituye la mitad más uno de los miembros de la Corporación y como quiera que habiendo existido 8 miembros de la Junta el mismo número legalizaba la procedencia del debate en virtud de lo previsto en los artículo 32,33 y 34 del Reglamento Interno de la JAL- Usme, el cual goza del principio de legalidad en cuanto su aplicabilidad es imperativa hasta tanto su contenido normativo no haya sido modificado, derogado, anulado o suspendido por autoridad competente;

Que no obstante el rechazo de las objeciones en referencia la Alcaldìa debió haber procedido de conformidad con los artículos 40 de la Ley 152/94, el 14 del Acuerdo 12 de 1994, el 16 del Decreto 739 de 1998, el 23 del Acuerdo 13 de 2000, en el sentido de si la Junta Administradora Local no aprobaba el Plan de Desarrollo en el termino señalado, el Alcalde Local debió haberlo expedido mediante Decreto Local ;

Que por lo expuesto, se considera procedente adoptar en el momento y por Decreto el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas para la localidad de Usme 2001 . 2004 " Usme para Todos" ;

DECRETA :

Adóptese el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad de Usme 2001-2004 . "USME PARA TODOS", contenido en el siguiente texto:

PARTE ESTRATEGICA GENERAL

TITULO I

VISION Y PRINCIPIOS DEL PLAN

Artículo 1º. Visión.

La localidad 5 Usme, será una localidad embellecida, con mejores servicios públicos e infraestructura, pero sobre todo habitada por comunidades fortalecidas, que sean capaces de trabajar por lo que necesitan de manera organizada, concertada y sin necesidad de apelar a la violencia.

Articulo 2. Misión.

Convertir a Usme es una localidad que cuente con la capacidad institucional y comunitaria que garantice su desarrollo integral, sostenible y justo a partir tanto del reconocimiento de la diversidad cultural, social y ambiental que posee, como de la disminución de los niveles de marginalidad

Artículo 3º. Valores o principios rectores.

  1. Lo publico debe ser verdaderamente publico
  2. Comunicación clara, veraz y fluida.
  3. Fomento del ahorro eliminando el despilfarro y los gastos superfluos
  4. Coherencia entre lo que se piensa, se dice y se hace
  5. utilizar la inteligencia y la capacidad de trabajo para construir conjuntamente y no para destruir los intentos de los otros.
  6. No pedir ni ofrecer en privado lo que no se podría pedir u ofrecer en público
  7. Atender de manera igualitaria las necesidades ciudadanas como un reconocimiento a sus derechos y no como favores.
  8. Aprender a reconocer mutua y oportunamente aciertos y desaciertos; buenas iniciativas y logros.
  9. Concebir el control político como oportunidad para desarrollar la discusión publica; y la acción de los organizamos de control como ayuda a la transparencia y pertinencia de la gestión y no como instrumento de deslegitimación..

Articulo 4º . Políticas generales del plan de desarrollo.

  1. Construcción de gobierno local.
  2. Aplicación de un modelo de administración participativa que incluya a la comunidad
  3. Generación de espacios de confiabilidad a través del dialogo permanente con las instituciones las Organizaciones comunitarias y demás actores locales.
  4. Iniciativas locales con perspectiva de genero.
  5. Tutelar defender y hacer prevalecer los derechos de los niños
  6. Los proyectos y programas serán adelantados de manera coordinada para potenciar los recursos, construir mayores niveles de eficiencia y desarrollar el tejido social.

Artículo 5º. Mecanismos de gestión del Plan.

El cumplimiento de la gestión encomendada a la Administración Local, contenida en el presente plan de desarrollo, y como quiera que los objetivos del mismo son de carácter transversal, contempla el concurso de cada uno de los organismos con representación local o sin ella, públicos y privados dentro del marco de sus competencias, sin perjuicio de la existencia de las relaciones interinstitucionales entre ellos

Articulo 6º. Objetivos del Plan de Desarrollo Local

El Plan de Desarrollo pretende mejorar la calidad de vida de la población, a través de mecanismos de participación y gestión comunitaria, en coordinación con organismos públicos y privados locales, Distritales, Nacionales e Internacionales.

Grupos vulnerables de la localidad protegidos por una mas amplia y cálida cobertura de atención

Consolidar comunidades organizadas, con capacidad de negociación y concertación, que puedan involucrarse con la Administración local en la construcción de una localidad mejor.

Infraestructura vial y de servicios mejorada en equilibrio con una adecuada cobertura de servicios sociales.

TITULO II

LOS SIETE OBJETIVOS CON SUS ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS.

Artículo 7°. Objetivos del Plan de Desarrollo.

El Plan de Desarrollo Local es coherente con los objetivos del Plan de Desarrollo Distrital, teniendo en cuenta que los siete objetivos fueron tenidos en cuenta en los encuentros ciudadanos y priorizados de la siguiente manera:

  1. Justicia Social
  2. Familia y Niñez
  3. Educación
  4. Cultura Ciudadana
  5. Productividad
  6. Ambiente
  7. Gestión Pública Admirable

CAPITULO 1. JUSTICIA SOCIAL

Artículo 8º. Definición

"Mejorar el acceso de las personas en situación de alta vulnerabilidad al afecto y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad".

Articulo 9º. Estrategias

Conformación de una mesa permanente de trabajo que implique coordinación institucional y comunitaria, buscando identificar los grupos poblacionales mas vulnerables para incidir en las condiciones de bienestar de la comunidad, vinculando a entidades del sector publico y privado, las ONG,s y las comunidades.

Actualizar las herramientas e instrumentos para lograr una mejor identificación, caracterización y focalización de población vulnerable para el acceso a servicios.

A partir de una concertación, mediada por procesos de capacitación comunitaria, desarrollar, ampliar y fortalecer condiciones de atención a grupos vulnerables

Fortalecer procesos comunitarios que tengan incidencia en la formulación de proyectos de infraestructura local.

Artículo 10º. Programas, metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

PROGRAMAS

METAS POR PROGRAMA

Mejoremos el barrio y la casa

  • Gestionar y cofinanciar la dotación de acueducto al 50% de los barrios que se encuentren afectados por la RED MATRIZ EL DORADO 1era. Etapa y por la construcción de los siguientes tanques: piedra herrada, el dorado, la fiscala y el paso.
  • Gestionar y cofinanciar la Dotación de acueductos a los barrios altos legalizados de la localidad, que estén afectados por la Planta Yomasa.
  • Gestionar y cofinanciar la terminación de redes locales al 50% de las veredas.
  • Gestionar y cofinanciar la red de alcantarillado a 25% de los barrios que carecen de ellos.
  • Gestionar y cofinanciar 5 km/carril vías pavimentadas de acceso a barrios.
  • Gestionar y cofinanciar la red de alcantarillado en los centros poblados de las veredas.
  • Adecuación de 30 km/carril de vías.
  • Gestionar y cofinanciar el mantenimiento y recuperación de 5 km/carril de vías pavimentadas.
  • Gestionar ante las entidades respectivas para lograr la iluminación de las zonas verdes, vías, caminos peatonales, espacios comunales en un 40%
  • Cofinanciar 50 familias que se encuentren en zonas de alto riesgo.

Obras con saldo pedagógico

  • Lograr la aplicación de la ley 617/00 articulo 88.
  • Realizar 3000 m² de construcción de equipamientos comunitarios.
  • Fortalecer en los barrios de mayor vulnerabilidad la organización comunitaria a fin de elevar los niveles de bienestar social, económico, de productividad y apoyar la consolidación urbanística (legalización y titulación) de estos asentamientos.
  • Gestionar la donación a otras entidades distritales de los elementos que están en comodato, en un 100%.
  • Fortalecer en los barrios de mayor vulnerabilidad la organización comunitaria a fin de elevar los niveles de bienestar social, económico, de productividad y apoyar la consolidación urbanística.

Ubiquémonos para la solidaridad

  • Dar continuidad a los convenios que se tienen con la DPAE. (FOPAE).
  • Dotar el CLE de herramientas manuales y equipo de operación.
  • Gestionar ante las entidades competentes la actualización y depuración del SISBEN en la localidad en un 100%
  • Gestionar ante el DANE la actualización del censo poblacional de la localidad.

Salud con calidad

  • Realizar 9 campañas de vacunación
  • Realizar 21 campañas de salud visual
  • Realizar 21 campañas de salud oral
  • Gestionar la ampliación de UPAS, UBAS, CAMIS en los aspectos de cobertura, infraestructura y dotación.
  • Fortalecimiento del COPACO.
  • Ampliar la cobertura de servicios de salud proyectándolos a niveles superiores de las existentes.

Nutrir para el futuro

  • Fortalecer los restaurantes escolares existentes
  • Apoyar la creación de 5 restaurantes comunitarios en la zona rural.
  • Apoyar la creación 2 de restaurantes comunitarios en la zona urbana.
  • Fortalecer el bono alimenticio para 300 madres gestantes y lactantes de la localidad.
  • 21 talleres educativos sobre hábitos de nutrición para la población estudiantil.

Bogota ciudad fraterna

  • Gestionar la creación de un centro geriátrico para la localidad, el cual atienda al 25% de los adultos mayores.
  • Fortalecimiento de programas de atención para los grupos vulnerables de la población de la localidad.
  • Promover la diversificación y adecuación de la infraestructura comunitaria existente en la localidad como sub centros de atención para grupos vulnerables.

CAPITULO 2. FAMILIA Y NIÑEZ:

Artículo 11º. Definición.

"Crear condiciones para que niñas y niños puedan vivir su niñez, y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes . niñas y niños, jóvenes, hombres, mujeres y adultos mayores".

Artículo 12º. Estrategias.

  1. fortalecer la convocatoria institucional y comunitaria para poner en marcha acciones integrales y generar espacios en torno a los derechos de los niños, las niñas, los jóvenes y las mujeres.
  2. Diseñar y promover procesos y formas de protección de la vida e integridad de la niñez en la localidad
  3. Promover y apoyar expresiones de solidaridad en las diferentes formas de familia y en la comunidad.

Artículo 13º. Programas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Mundos para la niñez y la familia

  • Gestionar la ampliación de 1.500 m2, en casas vecinales y hogares infantiles ante el ICBF y el DABS.
  • Gestionar y cofinanciar la dotación de elementos básicos de los jardines, y HOBBIs en 50%
  • Gestionar el Mejoramiento de la minuta alimenticia de los HOBBIS.
  • Gestionar ante el ICBF , la creación de nuevos HOBBIS.
  • Capacitar a 300 madres comunitarias en la atención a los niños de 0 a 5 años
  • Gestionar la creación de restaurantes comunitarios para adultos mayores.

Cartas de navegación

Desarmarnos con amor

  • Fortalecer el programa de formación de conciliadores de equidad.
  • Fortalecer la red del buen trato.

Educación para el amor y familias gestantes

  • Realizar 21 campañas de educación sexual y reproductiva.
  • Realizar campañas educativas para hombres en relación con el maltrato infantil y el abuso sexual.

Familias educadoras

  • Cofinanciar subsidios de transporte para los escolares que tengan cupos fuera del centro educativo de su barrio.

CAPITULO 3º . EDUCACIÓN

Artículo 14º. Definición.

"Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender de las personas, movilizando el potencial educativo y cultural de la ciudad desde los objetivos del Plan".

Artículo 15º. Estrategias

        1. A través de convenios y alianzas fortalecer la educación con énfasis en áreas productivas y tecnológicas
        2. Acercar la educación a la vida de la ciudad.

Artículo 16º. Programas y metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Competencias para toda la vida

  • Realizar la gestión para ampliar el numero de convenios con colegios privados para suplir la falta de cupos en los niveles de 0 a 11.
  • Gestionar la realización de convenios con universidades publicas, para lograr condonación para los 10 mejores puntajes del examen del ICFES que se hayan obtenido por estudiantes de la localidad.
  • Gestionar para lograr establecer un programa para la educación de adultos en la jornada nocturna.
  • Crear 3 convenios con colegios para la validación de la primaria y la secundaria.
  • Gestionar la creación de aulas lúdico culturales, barriales en jornadas alternas.

Educación para la era del conocimiento

  • Gestionar la ampliación y mejoramiento de la dotación e infraestructura existente para habilitarla para la prestación de servicios de educación técnica y superior.
  • Gestionar la creación de 4 colegios comunitarios en la localidad
  • Gestionar para la construcción de una sede de una universidad publica, con énfasis en las áreas técnicas y tecnológicas.
  • Gestionar la ampliación de 7 colegios distritales locales.
  • Impulsar la ampliación de convenios para la educación técnica y superior a las áreas rurales.

Todos a leer

  • Gestionar la dotación de 20 bibliotecas escolares.
  • Gestionar y apoyar la inclusión dentro de los PEIS Locales de la promoción, la difusión y apropiación de las normas, así como el respeto por estas

CAPITULO 4º. CULTURA CIUDADANA

Artículo 17º.Definiciòn.

"Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir y la mutua ayuda para actuar según su propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos".

Articulo 18º. Estrategias

A través de convenios interinstitucionales cofinanciar las acciones tendientes a apoyar la protección de la población, promover la convivencia pacifica y la resolución concertada de conflictos, trabajar para modificar los contextos que generen violencia

Impulsar el cumplimiento de normas.

Propiciar cultura democrática.

Propiciar la comunicación y la solidaridad entre las personas mediante el uso de los espacios públicos.

Artículo 19º. Programas y Metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Comunicar vida y jugar limpio

  • Adecuación de 10.000 m2 de parques de recreación activa.
  • Adecuación de 14 hectáreas de zonas de recreación pasiva.
  • Gestionar la dotación y fortalecimiento de 2 canales comunitarios de T.V.
  • Apoyar la celebración de 5 fechas especiales al año en la localidad.
  • Apoyar 6 eventos culturales y locales.
  • Fortalecimiento de 7 escuelas culturales con formación integral
  • Fortalecer 7 escuelas de formación deportiva no especializadas.
  • Gestionar la realización de 7 eventos culturales que recojan los avances de las Escuela de Formación Artística.

Vida Sagrada

  • Gestionar la construcción de sub estación de policía y de CAIS.
  • Creación de 150 frentes de seguridad.
  • Apoyar 3 campañas de desarme
  • Apoyar 3 campañas de prevención de adicción al tabaco, drogas y alcohol.
  • Gestionar la creación de un centro de atención a jóvenes involucrados en asuntos de violencia y delincuencia juvenil.

Organizarse para influir y aprender

  • Capacitar 600 personas en gestión y elaboración de proyectos de participación comunitaria

Aportar de Buena Gana

  • Realizar 3 foros sobre el pago de impuestos y tributación

Apreciar las normas y admirar lo bueno

  • Realizar foros sobre los siguientes temas:

1- Trabajar sobre los códigos de la policía.

  1. Convivir con las normas catastrales, patrimoniales y tributarias.

  • Mejorar la seguridad y convivencia (transito, urbanismo, espacio publico) Veeduría, vendedores ambulantes.
  • Recuperar el 30% del espacio publico invadido en la localidad.

Procedimientos para decidir

  • Realizar 3 talleres sobre mecanismos de participación ciudadana y su utilización.
  • Impulsar la realización de tres consejos de gobierno.

CAPITULO 5 . PRODUCTIVIDAD

Artículo 20º. Definición.

"incrementar la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva en la ciudad y la región a través de la acción conjunta entre lo publico y lo privado

Artículo 21º. Estrategia.

Optimizar los servicios de educación con énfasis en tecnología con el fin de aportar elementos que permitan incorporarse a la vida productiva y prepararse para la competencia laboral

Artículo 22º. Programas y metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Bogotanos y bogotanas altamente competentes.

  • Realizar tres convenios con el SENA para capacitar a 600 Bachilleres.
  • Realizar tres convenios con centros académicos para capacitar a 300 adultos

Prosperidad colectiva

  • Gestionar la construcción del centro de acopio multifuncional.
  • Realizar un programa de manejo de residuos sólidos en la localidad.
  • Fortalecer 15 microempresas.
  • Realizar 3 programas de capacitación a comerciantes

Movilidad inteligente

  • Gestionar 10.000m2 para la ubicación transitoria de los vendedores ambulantes.
  • Realizar gestión ante Transmilenio, para ampliar las rutas alimentadoras, a la zona rural y barrios altos
  • Realizar gestión ante las empresas de transportes que funcionan en la Localidad para que realicen rutas circulares, y mejoren el servicio de las rutas alimentadoras

Unidos para competir y vivir mejor

  • Dar continuidad por tres años al funcionamiento de la ULATA y fortalecerla.
  • Gestionar la creación de una granja comunitaria por vereda como mínimo una hectárea.
  • Impulsar la creación de dos granjas comunitarias urbanas de mínimo una hectárea.

CAPITULO 6. AMBIENTE

Artículo 23º. Definición

Mejorar en forma socialmente sostenible los factores ambientales de la ciudad que inciden en la salud de las personas, la sostenibilidad de los ecosistemas y la productividad en el Distrito y arraigar culturalmente comportamientos de respeto por el medio natural y construido hacia una nueva relación sociedad ambiente.

Artículo 24º. Estrategia.

  1. Preservar e integrar los diferentes ecosistemas, es decir los sectores urbano, rural, el río Tunjuelo, las cuencas hidrográficas, el parque Entrenubes, mediante campañas educativas en torno al tema del manejo de los recursos naturales, cuidado del ecosistema, manejo de los desechos y una relación equilibrada entre las actividades productivas o recreativas y la conservación del ambiente.

Artículo 25º. Programas y metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Bogotá, goce sostenible

  • Gestionar 3 proyectos ambientales, que tengan relación con el cuidado de la flora y la fauna de la localidad.

Bogotá, limpia me gustas más

  • Gestionar ante el DAMA, el cumplimiento de normas para el saneamiento ambiental de las ladrilleras y canteras.
  • Gestionar ante la DAMA, el cumplimiento de las normas sobre CONTAMINACIÒN VISUAL ( acuerdo 01/97)
  • Gestionar ante la UESP, el pago de regalías por la afectación del relleno sanitario de Doña Juana.
  • Fortalecer los organismos comunitarios ambientales de la localidad.
  • Impulsar un programa educativo en manejos de residuos sólidos en los barrios.

Bogotá previsiva, vivimos más

  • Gestionar y realizar con la DPAE, 9 campañas sobre la prevención y atención de desastres.

Bogotá bella, natural y construida

  • Fortalecimiento del convenio con el Jardín Botánico para lograr la siembra de 21000 arboles en la localidad para la recuperación de las cuencas hidrográficas.
  • Gestionar proyectos para la protección de los humedales.
  • Realizar convenio con el ICA y /o SENA para la implementacion de los cultivos de agricultura limpia.
  • Convenio con el ICA para la implementación y mejoramiento de forrajes

CAPITULO 7. GESTION PUBLICA ADMIRABLE

Artículo 26. Definición

"Elevar la confianza y el respeto de los habitantes de Bogotá hacia las instituciones y los organismos locales y el compromiso de los servidores públicos y de todas las personas con una gestión efectiva y transparente".

Artículo 27º. Estrategias.

Dentro del marco de la descentralización administrativa, se fortalecerán las estrategias conducentes a estructurar la localidad como un territorio capaz de convocar e integrar a los ciudadanos en torno a la gestión publica con el fin de optimizar recursos, generar desarrollo y crecimiento en un sentido amplio.

Se crearan mecanismos locales para que actúen como instrumentos de orientación de la acción distrital y de cumplimiento de las normas de convivencia.

Modernizar y fortalecer la participación ciudadana para atender los problemas y las necesidades crecientes de la localidad de manera eficiente.

Artículo 28º. Programas y metas

El orden de los programas se hizo respetando la priorización dada en los Encuentros Ciudadanos.

Administración a la medida

  • Realizar el pago de Honorarios a los ediles,.
  • Realizar el pago de pólizas de seguros de vida.
  • Creación del directorio de la localidad por organizaciones.
  • Fortalecimiento de Sistema de Información Geográfico de la localidad.
  • Fortalecimiento de la oficina de integración ciudadana.

P.O.T: orden para la armonía

  • Realizar 21 talleres sobre la importancia del POT en la localidad.
  • Realizar acciones tendientes a la implementación de la Ley 388/97, con base en los lineamientos generales del POT de Bogotá y estudios orientados a identificar y diseñar acciones urbanísticas en la localidad, programas y alternativas de captación de plusvalías.

Servimos al ciudadano

  • Hacer que las entidades locales presenten una información clara, veraz y oportuna sobre su gestión, una vez por año.

Cultura de la Probidad

  • Cambiar la visión de los ciudadanos de la localidad sobre la confianza que tienen en la gestión de la administración, en un 10%.

Oímos para servir mejor

  • Mejorar en un 15 % la interacción entre las instituciones locales y la comunidad. Creación de un sistema de información y orientación local

Localidades Fuertes

  • Fortalecer en un 15 % la capacidad de respuesta de la administración frente a las necesidades y requerimientos de la comunidad

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO 1

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

Artículo 29º. Estrategia Financiera.

La estrategia financiera del Plan de Desarrollo Local de Usme 2001 - 2004 asciende por transferencia de la Administración Central al Fondo de Desarrollo Local de Usme a la suma de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($25.446.093.361,00).

Tabla 1

Para el logro de recursos de cofinanciación y cooperación, la Administración Local dará prioridad a la planeación y formulación de proyectos, la gestión ante entidades del orden nacional e internacional y las corporaciones públicas y el estímulo y acompañamiento a la gestión comunitaria.

La financiación de este plan obliga a la Localidad a continuar fortaleciendo su capacidad de gestión así como los índices de cofinanciación y complementariedad con otros niveles.

La participación de la comunidad será un elemento fundamental no sólo como fuente de financiación sino como base principal en los procesos de planeación, ejecución y control.

A continuación se hace una presentación de los diferentes componentes de gestión de la Estrategia financiera del Plan.

Artículo 30º. Recursos Locales.

Corresponden a los ingresos corrientes y a la trasferencia del Nivel Central para la Localidad. Por lo que asciende a la suma de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($25.446.093.361,00). , y de acuerdo con el artículo 88 de la ley 617 del 2000 "Modificase el numeral 4° del artículo 69 del Decreto-ley 1421 de 1993, quedara así: "Numeral 4°. Aprobar el presupuesto anual del respectivo fondo de desarrollo, previo concepto favorable del concejo local de política económica y fiscal y de conformidad con los programas y proyectos del plan de desarrollo local. El ochenta por ciento (80%) de las apropiaciones no podrá ser inferior al monto de dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales y el veinte por ciento (20%) restantes de las apropiaciones no podrá ser inferior al monto de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales". Y lo contemplado dentro de lo priorizado por la comunidad en los encuentros realizados, y los ajustes que el Consejo de Planeación realizó se ha determinado que los programas que deben estar dentro del las apropiaciones del OCHENTA (80 %) POR CIENTO SON:

OBJETIVO

PROGRAMA

Cultura Ciudadana

Comunicar vida y jugar limpio.

Justicia Social

Bogotá Ciudad Fraterna

 

Mejoremos el Barrio y la Casa

 

Ubicados para Solidaridad

 

Salud con Calidad

Educación

Competencias para toda la Vida

Ambiente

Bogotá, Bella, Natural y Construida

Familia y Niñez

Mundo para la Niñez y la Familia

 

Cartas de Navegación

Gestión Publica Admirable

Administración a la Medida

 

Localidades Fuertes

Tabla 2. Programas incluidos en el 80%

Los programas que deben estar dentro del las apropiaciones del VEINTE (20 %) POR CIENTO SON:

Tabla 3. Programas incluidos en el 20%

OBJETIVO

PROGRAMA

Productividad

Bogotanos y Bogotanas altamente competentes

 

Prosperidad colectiva

 

Ubicados para competir y vivir mejor

Justicia Social

Obras con saldo pedagógico

 

Nutrir para el futuro

Ambiente

Bogotá limpia me gusta mas

Gestión Publica Admirable

POT. Orden para la armonía

 

Oímos para servir mejor

 

Cultura de la probidad

 

Servimos al ciudadano

INVERSION ANUAL POR OBJETIVOS

Tabla 4. Inversión anual por objetivos

PORCENTAJE DE INVERSION POR OBJETIVO

OBJETIVO

%

TOTAL

CULTURA CIUDADANA

7,11%

$ 1.809.217.237.97

PRODUCTIVIDAD

13.47%

$ 3.427.588.775.73

JUSTICIA SOCIAL

41.54%

$10.557.584.135.48

EDUCACIÓN

3.19%

$ 811.730.378.22

AMBIENTE

7.02%

$ 1.786.315.753.94

FAMILIA Y NIÑEZ

6.84%

$ 1.753.235.832.57

GESTION PUBLICA ADMIRABLE

20.83%

$ 5.300.421.247.10

100,00%

$25.446.093.361.00

Tabla 5. Porcentaje de inversión por objetivo

Artículo 31º. Recursos de Gestión.

Este componente está dado por la inversión que se logre atraer tanto del Distrito, la Nación, como de organismos multilaterales, sector privado y comunidad. En ese sentido se propone fortalecer la gestión tanto de la Alcaldía, como de la Junta Administradora Local y las Organizaciones Comunitarias, para atraer recursos no sólo financieramente sino a través de diferentes proyectos y convenios.

Artículo 32º. Inversión del Distrito en la Localidad.

Se realizará a través de los Planes maestros y presupuestos anuales de las diferentes entidades del nivel Local. Este componente debe ser fortalecido a través del mejoramiento de los niveles de gestión local y de coordinación de las acciones que desarrollan cada una de las diferentes entidades en la localidad.

Artículo 33º. Cofinanciación Nacional.

El alto nivel de dependencia que han demostrado las localidades con los recursos escasos que les transfiere el Distrito a los Fondos de Desarrollo Local (10% de sus ingresos corrientes), la drástica caída de los ingresos corrientes del Distrito, así como lo estipulado por el ente territorial, por medio de la Secretaría de Hacienda, en la política presupuestal para las Localidades obliga a Usme a gestionar recursos provenientes de otras fuentes de financiación. Una de estas fuentes es la Nación. Se espera desarrollar alianzas estratégicas y ejecución de proyectos conjuntos en donde se logre una participación del nivel nacional durante la vigencia del Plan. Estos recursos provendrán principalmente de lo destinado por PLAN COLOMBIA para Bogotá.

Artículo 34º. Cofinanciación Internacional.

Teniendo en cuenta que la localidad de Usme está siendo objeto de focalización y desarrollo del proyecto SUR con Bogotá, además de los proyectos que otras entidades apoyan, se espera que este componente se fortalecerá con la gestión local

Artículo 35º. Otras fuentes de financiación.

Aunque históricamente no se han utilizado fuentes de financiación como el sector privado, las fundaciones, ONG´S, entre otros, es un componente que se fortalecerá durante la actual administración.

Artículo 36º. Banco de Programas y Proyectos.

Para la ejecución de los proyectos del Plan de Desarrollo, éstos deben estar registrados en el respectivo Banco de Proyectos de Inversión Local. En la ejecución se dará prioridad a la terminación de las obras y programas inconclusos.

Artículo 37º. Ejecución del plan.

Su ejecución anualmente corresponderá a lo aprobado y definido en el Plan de Inversiones del Presupuesto anual de la Localidad y quedará sujeta al comportamiento de los ingresos. Teniendo en cuenta la comunicación anual que haga la secretaría de Hacienda de la cuota de gasto global para la Localidad, se harán los ajustes pertinentes al Plan de Inversiones a través los presupuestos anuales. Para los ajustes se tendrá en cuenta el peso relativo que cada programa tenga en las inversiones afectadas por la disminución de dichos ingresos y los niveles y capacidad de ejecución. De esta manera se promueve la asignación eficiente de los recursos.

Artículo 38º. Evaluación y seguimiento del plan de desarrollo local.

El alcalde Local deberá cumplir con lo estipulado en el articulo 27 del acuerdo 13 del 2000

Articulo 39º. Continuidad

Con el fin de asegurar la real ejecución de los proyectos se deberá aplicar como criterio la necesidad de dar continuidad a aquellos que se vengan ejecutando y que requieran, para su culminación, recursos por mas de una vigencia.

De acuerdo con el Ley 617 de 2000 en su Artículo 88 precisa "No se podrán hacer apropiaciones para la iniciación de nuevas obras mientras no estén terminadas las que se hubieren iniciado en la respectiva localidad para el mismo servicio", esta figura se conoce ampliamente en las localidades como obras inconclusas, las cuales por tradición, costumbre y error se han agrupado en un sólo proyecto denominado Obras Inconclusas dentro del Plan de Inversiones de la Localidad. Bajo esta denominación se han agregado todas las obras que presentan dicha situación.

Con el propósito de darle a cada Obra Inconclusa la categoría de proyecto en forma individual con el fin de conocer y hacer seguimiento al uso de los recursos en este rubro, la Localidad deberá identificar estas obras y darles la denominación correspondiente de proyecto precisando las acciones que es necesario concluir. Lo anterior implica que estos proyectos deberán surtir todos los requisitos exigidos por parte del Banco de Programas y Proyectos Local como cualquier otro proyecto.

Lo anteriormente mencionado se refiere a que cada uno de estos proyectos deberá contar con su debida formulación que incluya los aspectos técnicos, económicos, financieros, ambientales y sociales para oficializar su registro ante el Banco de Programas y Proyectos Local y continuar su ejecución.

Articulo 40º. Vigencia.

El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los catorce (14) días del mes de Noviembre de dos mil uno (2001).

GLORIA AMPARO GOMEZ DE AVILA

Alcaldesa Local (e) de Usme

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2514 de Noviembre 15 de 2001.