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Decreto Local 29 de 2001 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
15/09/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/09/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2476 de septiembre 19 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local Número 29

DECRETO LOCAL 29 DE 2001

(Septiembre 15)

"Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad de Santa Fe"

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales que le confieren los artículos 339 de la Constitución Política, 36 y 40 de la Ley Orgánica de Planeación Ley 152 de 1994, 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y 23 del Acuerdo 13 de 2000; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 339 de la Constitución Política, la adopción de planes de desarrollo constituye una obligación de las entidades territoriales, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les han sido asignadas por la Constitución y la ley;

Que según lo establecen los artículos 2o y 209 de la Constitución Política, y con el fin de garantizar el cumplimiento de los fines del Estado, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de economía, eficacia y celeridad, para cuyo cabal cumplimiento el Plan de Desarrollo constituye mecanismo idóneo, en cuanto permite definir los objetivos y metas de la acción local, y definir las prioridades en el uso de los recursos públicos;

Que con el fin de dar cumplimiento a sus obligaciones constitucionales y legales, el Gobierno Local sometió a la aprobación de la Junta Administradora Local el proyecto de Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras públicas para Santa Fe 2001 . 2004 "Santa Fe, una localidad para la vida y la paz", de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 15, 16 y 17 del Acuerdo 13 de 2000;

Que el artículo 22 del Acuerdo 13 de 2000 señala que la Junta Administradora Local deberá decidir sobre la aprobación de los Planes de Desarrollo Local de conformidad con lo estipulado en el artículo 13 inciso 2 del Decreto Ley 1421 de 1993, donde se ubica exclusivamente en cabeza de la Administración Local la iniciativa en materia de Planes de Desarrollo.

Que el proyecto de Plan de Desarrollo fue elaborado con la participación del Consejo de Planeación Local, y tramitado por la Junta Administradora Local dentro de los plazos preclusivos que establecen los artículos 19, 20 y 21 del Acuerdo 13 de 2000;

Que la Junta Administradora Local en las sesiones extraordinarias convocadas por el Alcalde no debatió el documento que él sometió a su consideración, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 22 del Acuerdo 13 de 2000;

Que según lo establece el artículo 18 del Acuerdo 13 de 2000, y con el fin de garantizar la participación ciudadana las decisiones concertadas y aprobadas en los encuentros ciudadanos no podrán ser modificadas por las autoridades de planeación local;

Que las modificaciones introducidas por la Junta Administradora Local a la proyecto de acuerdo del Plan de Desarrollo no contaron con la aceptación previa y por escrito del Alcalde Local, tal como lo contempla el artículo 40 de la Ley 152 de 1994.

Que de acuerdo con los artículos 81, 82 y su correspondencia con el artículo 25 del Decreto Ley 1421 de 1993 el documento presentado por la Junta Administradora Local fue objetado por ilegalidad;

DECRETA:

I PARTE

PARTE ESTRATEGICA GENERAL

TITULO I

VISION, OBJETIVOS DE LA ACCION LOCAL A CORTO Y MEDIANO PLAZO

ARTÍCULO 1o. VISION DE LA LOCALIDAD:

La localidad en tres años debe ser un lugar en donde el bienestar gracias a la acción colectiva y participativa de la administración local con la ciudadanía, haya logrado llegar con soluciones efectivas a las familias más necesitadas. La participación de la empresa privada y de todas y cada una de las instituciones serán imprescindibles para acortar distancias existentes en lo económico, social y propiciar espacios más amplios de representación ciudadana en lo político.

ARTÍCULO 2o. OBJETIVO LOCAL:

Generar a través de la inversión pública local el desarrollo armónico de la localidad pensando encontrar respuestas adecuadas y sostenibles a sus necesidades mediante el ejercicio político de un gobierno transparente que garantice la participación y el control social.

Los objetivos deben cumplir con las siguientes condiciones:

Ser consistentes: Apuntar claramente a la atención de los objetivos fijados en el Plan de Desarrollo Distrital.

Ser estratégicos : Responder a aspectos vitales, esenciales y transcendentales de tal forma que con su logro se aporte al cumplimiento de las metas que establezca el Plan de Desarrollo Local.

Expresarse en términos de lo que se busca lograr: enfocados a los logros que se espera alcanzar, no a las actividades que se van a realizar para lograrlos.

Ser alcanzables: Claramente identificados en la realidad para un período de tres años, siendo conservadores, moderados y posibles de realizar.

Ser mensurables: Cada objetivo deberá permitir establecer uno o mas niveles que reflejen su cumplimiento y que sean monitoreables a lo largo del tiempo.

ARTÍCULO 3o. ESTRUCTURA DEL PLAN:

Tomando como referencia el orden metodológico del Plan de Desarrollo Distrital: "Bogotá para vivir, todos del mismo lado", el Plan de Desarrollo Local tiene como estructura general siete objetivos que se desagregan en programas y estos a su vez en líneas estratégicas. La visión del Plan Local es una localidad construida colectivamente lo que implica trabajar en propuestas y proyectos globales que recojan y resuman el grueso de la problemática local sin caer en disputas particulares que desvirtúen la intención colectiva e incluyente de cómo se ha concebido la estructura del Plan. En otros términos es partir de las consideraciones generales para aterrizar en las necesidades particulares.

En este sentido las metas obedecen a criterios, en primer lugar, de continuidad a proyectos de vigencias anteriores y que fueron incluidos en los Encuentros Ciudadanos y en segundo lugar a resultados integrales e integradores de un desarrollo social y local que tendrá en cuenta las particularidades de cada unidad de planeamiento zonal y de los grupos etareos.

TITULO II

LOS OBJETIVOS, SUS CORRESPONDIENTES ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS

ARTÍCULO 4o. OBJETIVOS:

Justicia Social, Cultura Ciudadana y Productividad en su orden, constituyen las herramientas que dinamizarán el desarrollo local en la búsqueda del equilibrio social, económico y cultural de nuestra comunidad, la cual accederá de manera eficiente a la acción beneficiaria del Estado.

CAPITULO I. CULTURA CIUDADANA

ARTÍCULO 5o. DEFINICION:

Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos.

ARTÍCULO 6o. POLITICAS DE CULTURA CIUDADANA

1. Promover métodos para la resolución de conflictos que permitan mejorar la convivencia ciudadana.

2. Rehacer el tejido social en la comunidad a partir de la participación y la recuperación de la memoria histórica.

3. Incentivar los espacios y mecanismos para el disfrute del arte, el deporte, la recreación y el ambiente.

4. Propiciar acciones orientadas a reducir la delincuencia con apoyo de la ciudadanía.

ARTÍCULO 7o. ESTRATEGIAS DE CULTURA CIUDADANA

1. Impulsar la participación ciudadana en torno al arte, la recreación, el deporte y el ambiente.

2. Incentivar la puesta en marcha de procesos que permitan concertar acciones para mejorar la convivencia pacifica.

3. Rescatar las tradiciones ancestrales y costumbres culturales de la localidad.

ARTÍCULO 8o. PROGRAMAS DE CULTURA CIUDADANA

a. Apreciar las normas y admirar lo bueno

Propiciar la capacitación y concientización en torno al ambiente, la resolución pacifica de conflictos y seguridad ciudadana.

METAS:

* Construir y fortalecer 1 espacio para la convivencia ciudadana por UPZ.

* Realizar 2 jornadas ambientales y 2 talleres de cultura ambiental por año por UPZ.

* Editar 1 impreso trimestral por año.

* Editar en medio magnético y vídeo 1 programa trimestral por año.

b. Vida sagrada

Adelantar acciones que permitan reducir los índices delincuenciales.

METAS:

* Apoyar y dotar 40 frentes de seguridad.

* Realizar 1 campaña semestral de desarme.

c. Aportar de buena gana

Con este programa se busca incentivar el mejoramiento y recuperación del espacio publico con participación y organización de la ciudadanía, generando sentido de pertenencia y apropiación de lo publico.

METAS:

* Apoyo con gestión compartida a reubicación de 300 vendedores informales.

d. Comunicar vida y jugar limpio

Este programa busca generar sentido de pertenencia al territorio mediante la capacitación y participación de la comunidad en torno al arte, la cultura, el deporte y la recreación. Mejoramiento y dotación de espacios culturales y deportivos.

METAS:

* Constitución de una red de eventos artísticos y culturales.

* Impulsar la red artística local y apoyar 4 centros culturales.

* Adelantar 1 Plan Local de deportes y recreación.

* Mantenimiento de 20 espacios deportivos barriales.

CAPITULO II. PRODUCTIVIDAD

ARTÍCULO 9o. DEFINICION:

Incrementar la productividad local mediante acciones colectivas con participación ciudadana que promuevan el desarrollo empresarial solidario y las formas de generación de ingresos para los ciudadanos y ciudadanas en estado de vulnerabilidad. Incrementar la productividad urbana y rural local.

ARTÍCULO 10o. POLITICAS DE PRODUCTIVIDAD:

1. Instalar la infraestructura social necesaria para la promoción del fomento empresarial solidario y ampliar las posibilidades productivas de la localidad.

2. Adelantar acciones de consolidación y renovación urbana.

3. Brindar asistencia técnica agropecuaria.

ARTÍCULO 11o. ESTRATEGIAS DE PRODUCTIVIDAD:

1. Promover la formación ciudadana en estrategias empresariales solidarias.

2. Impulsar alternativas locales de progreso económico colectivo.

3. Estimular la participación en el ordenamiento territorial y desarrollo urbanístico.

4. Intervenir los sectores más afectados y de mayor tránsito de la malla vial local, que sean competencia de la administración local.

5. Facilitar la labor de los recuperadores informales y adecuar una subestación de bomberos.

6. Respaldar la tarea de los productores rurales.

ARTÍCULO 12o. PROGRAMAS DE PRODUCTIVIDAD:

a. Bogotanos y bogotanas altamente competentes

Potenciar el capital humano mediante la preparación y formación integral de las capacidades y habilidades ciudadana productivas en los barrios de la localidad, promoviendo el desarrollo empresarial solidario.

METAS:

* Capacitación y orientación a 90 núcleos empresariales solidarios.

* Formación a 300 madres comunitarias.

* Formación técnica laboral a 200 personas cabeza de familia.

b. Prosperidad colectiva

Favorecer la adopción de procesos económicos conjuntos que eleven el resultado de la actividad productiva local.

METAS:

* Implementación de 3 programas de economía solidaria o estrategias de consumo.

d. Bogotá crece con razón

Adelantar acciones físicas, educativas y administrativas tendientes a: Defender el patrimonio local, sensibilizar a la comunidad dentro de las directrices del POT y mantener el programa de titulación de predios y legalización de barrios de la localidad.

METAS:

* Intervención a 3 centros históricos, arquitectónicos, culturales y turísticos.

* Procesos de titulación de predios en 8 barrios.

e. Movilidad Inteligente:

Mejorar las condiciones de desplazamiento, recuperando parte de la malla vial que sea competencia de la administración local, en gestión compartida con el IDU.

METAS:

* Recuperar 780 metros de malla vial.

f. Plataforma integral de servicio

Contribuir a la actividad productiva local y prever algunas de sus consecuencias, integrando el trabajo de los recuperadores informales.

METAS:

* Apoyo a la creación de 1 centro de acopio.

g. Unidos para competir y vivir mejor

Elevar las posibilidades productivas de la zona rural, prestando asistencia técnica agropecuaria y apoyo a proyectos de gestión en el área.

METAS:

* Asistencia técnica a 35 pequeños productores agropecuarios.

* Diseño de un modelo de desarrollo rural local.

CAPITULO III. JUSTICIA SOCIAL

ARTÍCULO 13o. DEFINICION:

Mejorar el acceso de las personas en situación de alta vulnerabilidad a las políticas públicas sociales y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad.

ARTÍCULO 14o. POLITICAS DE JUSTICIA SOCIAL:

1. Apoyar a los sectores sociales en situación de vulnerabilidad con acciones solidarias de atención en necesidades básicas.

2. Tener en cuenta en los programas a los grupos etareos con especial atención a los niños y niñas, adultos mayores y personas con limitaciones.

3. Apoyar acciones orientadas al mejoramiento nutricional de la población.

4. Ampliar y mejorar la cobertura en salud.

5. Consolidar el desarrollo urbano.

ARTÍCULO 15o. ESTRATEGIAS DE JUSTICIA SOCIAL:

1. Promover la acción Interinstitucional con criterios de complementariedad y subsidiaridad en lo local.

2. Concitar la solidaridad nacional e internacional, pública y privada alrededor de la problemática social de la localidad atrayendo nuevos recursos y generando procesos autogestionarios de corresponsabilidad social.

ARTÍCULO 16o. PROGRAMAS DE JUSTICIA SOCIAL:

Para garantizar el acceso de la población más vulnerable a los servicios sociales del Estado y adelantar un proceso de coordinación institucional que mejore y amplíe el impacto de las políticas públicas, se desarrollarán los siguientes programas:

a. Ubiquémenos para la solidaridad

Este programa busca incluir a la población de más alta vulnerabilidad a la acción beneficiaria del Estado en estándares mínimos de nutrición, salud y educación, para ello se establecerán mecanismos de identificación y focalización.

METAS:

* Apoyo al Comité Local de Emergencias.

* Construcción de 7 muros de contención.

* Prevención y atención de emergencias.

b. Bogotá ciudad fraterna

Adelantar acciones de atención a adultos mayores, niños y niñas, jóvenes, personas con limitaciones físicas, sensoriales y mentales que busquen fortalecer sus relaciones con su entorno familiar y social.

METAS:

* Apoyo a la creación de 1 centro cultural . artesanal para personas con discapacidad.

* Atención integral a 500 adultos mayores.

* Atención integral a 600 personas consumidoras de psicoactivos.

* 1000 jóvenes vinculados a complemento de jornada escolar.

c. Nutrir para el futuro

Llevar a cabo acciones con entidades del distrito y la localidad para mejorar las condiciones nutricionales de la población en mayor condición de vulnerabilidad, especialmente en la población escolar y adultos mayores.

METAS:

* Fortalecimiento al refuerzo nutricional en 147 hogares de Bienestar Familiar.

* Apoyo a 8 comedores escolares.

* Apoyar 1 programa de seguridad alimentaria.

d. Salud con calidad

Este programa está orientado a mejorar la cobertura, calidad y eficiencia del servicio de salud en la localidad con el fin de prevenir enfermedades diarréicas, infectocontagiosas, respiratorias, crónicas y otras de común ocurrencia en la población vulnerable. Igualmente se busca mejorar la infraestructura del Hospital del Guavio y fortalecer la participación comunitaria en salud.

METAS:

* Organizar 20 jornadas de promoción y prevención en salud en 5 casas vecinales y 23 hogares del ICBF.

* Promoción y prevención de escuelas saludables en CEDs.

* Promoción de programa en salud comunitaria.

* Ampliación de la infraestructura física del Hospital El Guavio.

* Habilitación de 1 espacio para la participación ciudadana en salud.

e. Mejoremos el barrio y la casa

Con este programa se busca que las familias mejoren su entorno y adelanten procesos de mejoramiento del barrio en fachadas. En las UPZ 94 y 96 se llevarán a cabo acciones de repavimentación y mantenimiento de su malla vial y apoyo al equipamiento urbano.

METAS:

* Recuperar 500 fachadas.

* Repavimentar y mantener 1200 metros de malla vial.

f. Obras con saldo pedagógico

Mediante este programa se busca prestar apoyo a las organizaciones sociales de la localidad en la construcción, adecuación y mantenimiento de salones comunales, clubes juveniles, de adultos mayores y centro de desarrollo comunitario.

METAS:

* Dotación 3 salones comunales, 16 clubes juveniles y 1 centro de desarrollo comunitario.

CAPITULO IV. EDUCACION

ARTÍCULO 17o. DEFINICION:

Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender de las personas, movilizando el potencial educativo y cultural de la ciudad desde los objetivos del Plan.

ARTÍCULO 18o. POLITICAS DE EDUCACION:

1. Mejorar la infraestructura física y/o dotar los centros educativos.

2. Apoyo a programas educativos ya existentes en la Localidad.

3. Formar ciudadanos más capaces mediante un sistema educativo contextualizado y de calidad que capacite para la vida y el trabajo.

4. Mejorar las competencias cognitivas mediante la difusión de la Lecto-escritura

ARTÍCULO 19o. ESTRATEGIAS DE EDUCACION:

1. Mejoramiento de la infraestructura educativa existente, en la búsqueda de obtener una mejor calidad en la prestación del servicio y en la ampliación de la cobertura.

2. Programas académicos que doten con herramientas y habilidades para la vida.

3. Facilitar la reinserción escolar a personas que abandonaron su vida académica.

4. Incentivar las capacidades y cualidades de los habitantes de la Localidad mediante acciones que les permitan continuar con su formación.

5. Mejorar los niveles de lecto- escritura en la localidad

ARTÍCULO 20o. PROGRAMAS DE EDUCACION:

a. Educación para la era del conocimiento.

Adecuar, construir, dotar y mantener la infraestructura física de manera mancomunada con la secretaria de educación.

METAS:

* Dotación y adecuación de 18 Centros Educativos Distritales.

b. Competencias para la vida.

Promoción de formas alternativas de conocimiento, particularizando en competencias cognoscitivas y en diferentes énfasis de la educación formal, así como la apertura de jornadas alternas para el refuerzo escolar. Apoyo a bachilleres en su ingreso a la educación superior.

METAS:

* Ampliación del actual programa de bachillerato flexible en 300 personas.

* Establecer 1 convenio con Universidad Pública para apoyar 150 mejores bachilleres.

c. Todos a Leer

Consolidación de la Lecto-escritura como herramienta cognitiva en el afianzamiento de saberes, con la construcción, adecuación y dotación de espacios destinados para tal fin.

METAS:

* Dotar 6 bibliotecas (1 por UPZ)

* Realizar 1 taller de lectura anual por UPZ y área rural.

CAPITULO V. AMBIENTE

ARTÍCULO 21o. DEFINICION:

Mejorar en forma socialmente sostenible los factores ambientales de la localidad que inciden en la salud de las personas, arraigar culturalmente comportamientos de respeto por el medio natural y construido hacia una nueva relación sociedad . ambiente, así como la promoción de prácticas de reciclaje y de mitigación del impacto ambiental con participación ciudadana.

(SIC) ARTÍCULO 22o. POLITICAS DE AMBIENTE:

1. Las condiciones ambientales de la localidad se afectarán positivamente, mediante prácticas pedagógicas y técnicas participativas que articulen adecuadamente la actividad humana al entorno natural.

2. Los cerros orientales, como uno de los componentes más importantes del patrimonio natural local y Distrital, serán objeto de una intensa protección comunitaria y administrativa.

ARTÍCULO 22o. ESTRATEGIAS DE AMBIENTE:

1. Promoción de procesos pedagógicos locales que impulsen actitudes positivas hacia el ambiente.

2. Apoyo a prácticas que atenúen el impacto ambiental de la actividad humana local.

3. Impulsar prevención en desastres a través de capacitación comunitaria.

4. Incentivar el compromiso comunitario e institucional relacionado con la protección a los Cerros Orientales.

ARTÍCULO 23o. PROGRAMAS DE AMBIENTE:

a. Bogotá, goce sostenible

Generación de valores y compromisos cotidianos colectivos frente el ambiente, a través de la implementación de proyectos educativos y campañas profesionalmente orientados y articulados a la legislación ambiental actual.

METAS:

* Convocar 3 concursos pedagógicos que involucren procesos de investigación ambiental.

b. Bogotá, limpia me gustas más

Mejorar las condiciones de vida de la comunidad ofreciendo alternativas de calidad y saneamiento ambiental local. Así, se impulsará la separación de residuos en la fuente y la creación de redes ambientales en barrios y veredas.

METAS:

* Adelantar y fortalecer 1 proceso educativo para la mitigación del impacto ambiental.

* Impulsar 1 proceso empresarial de separación en la fuente.

* Crear y fortalecer 1 red de colectivos ambientales.

c. Bogotá previsiva, vivimos más

Este programa se traduce en la prevención de posibles desastres naturales o inducidos por actividades humanas. Se basa en una capacitación barrial y veredal orientada a la identificación y vigilancia de condiciones de riesgo y a la prevención de sus posibles consecuencias, a nivel humano y de infraestructura

METAS:

* Crear y fortalecer 20 comités barriales de emergencia.

d. Bogotá bella, construida y natural

El programa busca aunar esfuerzos comunitarios y administrativos hacia la protección y recuperación de los Cerros Orientales, atendiendo a los lineamientos establecidos por el POT, la legislación ambiental y la intervención de entidades específicamente involucradas en el tema.

METAS:

* Apoyo a la creación del comité local de manejo de los cerros orientales.

* Hacer 1 pacto de bordes.

CAPITULO VI. FAMILIA Y NIÑEZ

ARTÍCULO 24o. DEFINICION:

Crear condiciones para que niñas y niños puedan vivir su niñez, y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes . niñas y niños, jóvenes, hombres, mujeres y adultos mayores.

ARTÍCULO 25o. POLITICAS DE FAMILIA Y NIÑEZ:

1. Apoyo a políticas existentes en el ámbito local que demuestren alto impacto y excelente ejecución.

2. Atención al núcleo familiar de forma integral para la mitigación de su problemática.

3. Mejoramiento de la calidad de vida de niños, mujeres y jóvenes.

ARTÍCULO 26o. ESTRATEGIAS DE FAMILIA Y NIÑEZ:

1. Mejoramiento de la infraestructura de centros de apoyo a infantes y jóvenes.

2. Fortalecimiento de los procesos en la cual la población intervenida sean jóvenes, mujeres y niños.

3. Capacitación a cabezas de familia en el buen trato.

ARTÍCULO 27o. PROGRAMAS DE FAMILIA Y NIÑEZ:

a. Cartas de navegación

Este programa busca fortalecer los clubes juveniles como espacios de encuentro y convivencia para la optima utilización del tiempo libre.

METAS:

* Fortalecimiento 22 clubes juveniles.

b. Educación para el amor y familias gestantes.

Mediante este programa se busca general al interior de las comunidades promoción de la salud y responsabilidad sexual como elemento integral en la prevención de fenómenos como el abuso, mal trato y madresolterismo

METAS:

* Atención y formación a 500 personas en salud reproductiva.

c. Mundos para la niñez y la familia

Este programa busca la ampliación y mejoramiento de la infraestructura de jardines infantiles, encaminado a mejorar la atención a la niñez y la cobertura.

METAS:

* Dotación a 5 jardines infantiles, HOBIS o casas vecinales.

d. Familias educadoras

Mediante este programa se busca capacitar a padres para mejorar las relaciones familiares, dirigido a consolidar relaciones familiares armoniosas, que fijen a sus miembros evitando el temprano abandono del núcleo filiar.

METAS:

* Creación de 1 escuela de padres en cada UPZ y el área rural.

e. Desarmarnos para el amor

A través de este programa se pretende fortalecer y promover el buen trato tanto a nivel del núcleo familiar como de las interrelaciones sociales en coordinación con las instituciones locales y Distritales.

METAS:

* Fortalecimiento a 1 red del buen trato.

CAPITULO VII. GESTION PUBLICA ADMIRABLE

ARTÍCULO 28o. DEFINICION:

Elevar la confianza y el respeto de los habitantes de la localidad de Santa Fe hacia sus instituciones y los organismos locales y Distritales y el compromiso de los servidores públicos y de todas las personas con una gestión efectiva y transparente.

ARTÍCULO 29o. POLITICAS DE GESTION ADMIRABLE:

1. Hacer que las acciones del gobierno local sean públicas y transparentes.

2. Facilitar a la población el acceso a la información pública.

3. Promover la participación ciudadana en el control social a la gestión local.

4. Dar continuidad a la planeación participativa.

5. Establecer una comunicación fluida con las instituciones y comunidad.

6. Apalancar la inversión local con recursos externos.

ARTÍCULO 30o. ESTRATEGIAS DE GESTION PUBLICA ADMIRABLE:

1. Modernización de las relaciones de la administración local con la ciudadanía.

2. Fortalecimiento de los mecanismos de comunicación e información al ciudadano.

3. Mejoramiento de la gestión y el control social.

ARTÍCULO 31o. PROGRAMAS DE GESTION PUBLICA ADMIRABLE:

Con el fin de realizar una gestión pública transparente, participativa y efectiva se hace necesario adelantar los siguientes programas:

a. Administración a la medida

Actualizar la estructura institucional acorde a las actuales circunstancias sociales para responder de manera adecuada a las demandas ciudadanas. La participación, el control social y la búsqueda de nuevos recursos se constituyen, en esta mirada, en el pilar fundamental sobre el cual se erige la relegitimación institucional.

METAS:

* Fortalecer la capacidad operativa y de prestación de servicio de la Alcaldía local maximizando el recurso y minimizando el gasto.

* Consolidar 1 convenio para fortalecer y promocionar el proceso de las veedurías, creando 1 comité veedor capacitado adecuadamente para ejercer el control social.

* Editar 6 impresos que informen sobre las acciones y planes locales.

b. POT: orden para la armonía

El uso del territorio santafereño gozará de escenarios de participación y capacitación que favorezca, en equidad y competitividad, la armonización de las normas de renovación urbana.

METAS:

* Adelantar 3 procesos encaminados a ilustrar, capacitar y concientizar a la comunidad sobre la incidencia e importancia del POT.

e. Localidades Fuertes

Este programa pretende fortalecer los mecanismos democráticos y la capacidad técnica de la localidad para la identificación y priorización de necesidades y expectativas locales con el fin de logra una gestión efectiva.

METAS:

* Aumentar la capacidad operativa de la Administración local para que se ajuste a las necesidades del Plan de Desarrollo.

* Aumentar la capacidad de gestión en 3 convenios por año de la Administración Local con entidades nacionales, distritales y de cooperación internacional.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ARTÍCULO 32o. PROYECCION DE RECUSOS FINANCIEROS:

Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependen de las Transferencias que la Administración Central gira a la localidad, la cual alcanza para el período 2002 . 2004 de acuerdo a la proyección de Secretaría de Hacienda la suma de $ 19.891.272.160,oo. Por ingresos corrientes $96.418.080,oo. Para un presupuesto total para la localidad de $19.987.690.240,oo. Esto en el evento que no sea aprobada la Reforma Tributaria por el Concejo Distrital.

ARTÍCULO 33o. DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS CON INDICACION DE OBJETIVOS Y METAS LOCALES

La inversión del Plan de Desarrollo 2001 . 2004: "Santa Fe, una localidad para la Vida y la Paz" se estructura en siete objetivos, 31 programas y 58 líneas estratégicas que en resumen reflejan las propuestas de los ciudadanos manifestadas y priorizadas en los Encuentros Ciudadanos. Con relación a las metas, estas están planteadas para ser logradas en los tres años de vigencia del presente Plan.

ARTÍCULO 34o. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL - PRESUPUESTOS PLURIANUALES

El Plan Plurianual de Inversión sigue el orden metodológico asumido en la parte estratégica general del Plan de Desarrollo esto es, primero define los programas a llevar a cabo, luego los PGI y finalmente las propuestas estratégicas locales y zonales. Este orden pretende estandarizar las propuestas de los Encuentros ciudadanos en líneas estratégicas que permitan definir a largo plazo las políticas públicas locales. Bajo este presupuesto, el Cuadro No. 3 agrupa en tres PGI, 3 PEL y 2 PEZ que resultaron del proceso de mezcla la propuesta definitiva del Plan de Desarrollo a ser puesta a consideración de la Junta Administradora Local para su adopción.

ARTÍCULO 35o. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROGRAMAS

El presupuesto plurianual por programas parte de la base de hacer una asignación partiendo de las prioridades expuestas por la comunidad en los Encuentros Ciudadanos, de tal suerte, que el objetivo con mayor asignación presupuestal es Justicia Social y en segundo lugar Cultura Ciudadana. Ahora bien, de los 35 programas del Plan Distrital se han eliminado 4, tal como lo indica el Cuadro No. 4, sin embargo se hace necesario suprimir más programas a fin de lograr cumplir con el techo presupuestal establecido por la Ley 617 de 2000 en su artículo 88.

ARTÍCULO 36o. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROYECTO DE GRAN IMPACTO . PGI

Para el caso de nuestra localidad se han logrado identificar tres Proyectos de Gran Impacto así:

PGI 1: Mejoramiento en la prestación del servicio local de salud $1.718.805.208,oo

PGI 2: Acciones para la seguridad y convivencia ciudadana, $1.884.115.928,oo

PGI 3: Acciones para la inclusión social, $ 4.299.260.680,oo

Estos PGIs agrupan alternativas de solución priorizadas en varios objetivos y focalizan su inversión en elementos estratégicos, como se observa en el Cuadro No. 5.

ARTÍCULO 37o. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROPUESTA ESTRATEGICA LOCAL Y ZONAL

Con relación a los PEL y PEZ se identificaron los siguientes:

PEL 1: Promoción artística, cultural y turística local, $ 1.976.529.856,oo

PEL 2: Construcción de una conciencia ambiental, $ 1.759.352.431,oo

PEL 3: Mejoramiento infraestructura social, $ 3.477.459.442,oo

PEZ 1: Apoyo a acciones de recuperación de espacio público, $ 333.821.658,oo

PEZ 2: Continuidad al programa de titulación de predios, $ 540.806.991,oo

Los PEL estandarizan las distintas iniciativas comunes a varias UPZ, identificando igualmente elementos de largo aliento para la política pública local, como se observa en el Cuadro No. 6.

Con relación a los PEZ, estos resultan una vez agotado el ejercicio de agrupamiento de las alternativas de solución seleccionadas en los Encuentros ciudadanos, como lo indica el Cuadro No.7.

ARTÍCULO 38o. FINANCIACION DEL PLAN:

El Plan de Desarrollo que tendrá como fuente de financiación las Transferencias tiene una asignación financiera para el primer año de $ 5.969.076.480,oo, para el segundo $ 6.628.395.040,oo y para el tercero $ 7.390.218.720,oo; para un total en los tres años de $ 19.987.690.240,oo. Y los Ingresos Corrientes proyectados en $ 96.418.080,oo. Entrarán a complementar presupuestamente la ejecución del Plan. Como aparece en el Cuadro No. 8.

ARTÍCULO 39o. MECANISMOS DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL PREVISTOS PARA SU EJECUCION:

La Administración Local viene adelantando una estrategia de coordinación Interinstitucional a través del Consejo de Política Social Local con lo cual se pretende habilitar un espacio que permita armonizar los programas y proyectos de intervención Nacional y Distrital con las políticas públicas definidas desde el Plan de Desarrollo a fin de obtener mayores beneficios sociales y económicos para la localidad.

(SIC) ARTÍCULO 41o. EJECUCION:

Su ejecución anualmente corresponderá a lo aprobado y definido en el Plan de Inversiones del presupuesto anual de la localidad y quedará sujeta al comportamiento de los ingresos. Teniendo en cuenta la comunicación anual que haga la Secretaría de Hacienda de la cuota de gasto global para la localidad, se harán los ajustes pertinentes al Plan de Inversiones a través del Plan de Desarrollo de los presupuestos anuales. Para los ajustes se tendrá en cuenta el peso relativo que cada programa tenga en las inversiones afectadas por la disminución de dichos ingresos y los niveles y capacidad de ejecución. De esta manera se promueve la asignación eficiente de los recursos.

ARTÍCULO 42o. EVALUACION DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL:

El Alcalde Local a través de la Oficina de Planeación Local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local, de acuerdo con los lineamientos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

ARTÍCULO 43o. CONTINUIDAD:

Con el fin de asegurar la real ejecución de los proyectos se deberá aplicar como criterio la necesidad de dar continuidad a aquellos que se vengan ejecutando y que requieran, para su culminación, recursos por más de una vigencia.

ARTÍCULO 44o. VIGENCIA:

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C. a los quince (15) días del mes de septiembre de dos mil uno (2001).

CARLOS ALBERTO GARZÓN PEÑUELA

Alcalde Local de Santa Fe

ANEXO 1: Acta del último Encuentro Ciudadano Local

De conformidad al punto 8 de las reglas de juego pactadas el 1 de junio de 2001, el Consejo Local de Planeación debía entregar al Alcalde Local toda la información relacionada con los Encuentros Ciudadanos a fin de consolidar el Plan de Desarrollo. No obstante solicitud presentada por escrito al mismo Consejo de Planeación éste se abstuvo de hacer entrega de cualquier documento relacionado con los Encuentros por lo que el Acta del último Encuentro es imposible anexar.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2476 de Septiembre 19 de 2001.