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Acuerdo 22 de 1994 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/12/1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/1994
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 22 DE 1994

ACUERDO 22 DE 1994

(Diciembre 8)

"Por el cual se honra la memoria del Doctor Carlos Lleras Restrepo"

EL CONCEJO DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el 27 de Septiembre de 1994, falleció en Santafé de Bogotá el eximio expresidente de la República de Colombia el doctor Carlos Lleras Restrepo.

Que el Ilustre ciudadano dio ejemplo de patriotismo, abnegación, entrega desinteresada al servicio de la comunidad y construyó con un inmenso aporte a la construcción de una sociedad justa e igualitaria, lo mismo que a la estructuración de un estado eficiente para satisfacer las necesidades más sentidas de sus compatriotas, en especial de los menos favorecidos por la fortuna.

Que por sus excelsas virtudes como prohombre y líder, alcanzó las más altas dignidades de la patria, incluyendo la presidencia de la República, en cuyo ejercicio se destacó por sus nobles ideales, su inquebrantable voluntad de servicio y honestidad a toda prueba, motivos que lo hacen merecedor de la admiración y gratitud de todos los Colombianos.

Que la Ciudad de Santafé de Bogotá, su ciudad, lo cuenta entre sus hijos ejemplares y la corporación administrativa que la presenta, considera una necesidad inaplazable destacar su vida y obra como paradigma del hombre público para las futuras generaciones,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Honrar la memoria del ilustre ciudadano doctor Carlos Lleras Restrepo y proclamar su nombre como modelo de pulcritud en su vida pública y privada, y por el civismo y abnegación que lo colocan entre los forjadores del moderno estado colombiano.

ARTICULO 2. Como homenaje a la memoria del doctor Carlos Lleras Restrepo, designar con su nombre la Avenida de los Cerros Orientales por el de Avenida Carlos Lleras Restrepo.

ARTICULO 3. La Alcaldía Mayor, por intermedio de la Secretaria de Obras públicas de la Ciudad, ordenará la construcción de un monumento con la estatua del doctor Carlos Lleras Restrepo para ser situada en el parque bautizado con su nombre y la colocación de placas para identificar la Avenida Carlos Lleras Restrepo. El Alcalde Mayor queda facultado para efectuar las modificaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de esta disposición.

ARTICULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C, a los ocho (8) días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

Presidente, AIDA YOLANDA ABELLA ESQUIVEL.

Secretario General, Rafael Antonio Torres Martín.

JAIME CASTRO, Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 921 de Diciembre 30 de 1994.