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Acuerdo 3 de 1989 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/02/1989
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/1989
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 3 DE 1989

ACUERDO 3 DE 1989

(Febrero 7)

" Por el cual se honra la memoria del maestro JOSE HUMBERTO ESLAVA CACERES (PEPE CACERES), se ordena la erección de un monumento y la publicación de su Biografía".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.E.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en aplicación de los numerales 3 y 4 del artículo 266 del Código Fiscal de Bogotá,

CONSIDERANDO:

Que el 16 de Agosto de 1987, falleció el insigne maestro de la tauromaquia JOSE HUMBERTO ESLAVA CACERES (PEPE CACERES).

Que en su trayectoria de más de treinta (30) años como matador de toros, el maestro PEPE CACERES hizo destacar el nombre de Colombia en las Plazas de América y de España, caracterizándose no solo por su destreza, sino por su valor y sus especiales condiciones de hombre de bien;

Que para la edificación taurina del País y para la ciudadanía en general, la desaparición del maestro PEPE CACERES tiene profunda significación y así lo reconocen las autoridades distritales:

Que la trayectoria y la imagen del maestro PEPE CACERES son dignas de imperecedero homenaje, de reconocimiento y ejemplo para las generaciones presentes y futuras;

Que corresponde al Concejo de Bogotá, en interpretación de los sentimientos de la ciudadanía, ordenar las acciones conducentes a que se honre la memoria del maestro PEPE CACERES.

ACUERDA:

ARTICULO 1. La ciudad de Bogotá honra la memoria de JOSE HUMBERTO ESLAVA CACERES (PEPE CACERES) y exalta su trayectoria como digno representante de Colombia en el ámbito taurino Internacional.

ARTICULO 2. En homenaje a la memoria del maestro PEPE CACERES se erigirá un monumento en la Plaza de Toros de Santamaría de Bogotá, obra que ejecutará un maestro de reconocimiento prestigio nacional.

ARTICULO 3. Ordénase la publicación de la Biografía del maestro PEPE CACERES, para que se difunda entre las generaciones presentes y futuras el ejemplo de sus realizaciones, obra que ejecutará una prestigiosa editorial y cuya carátula y diseños interiores producirá un pintor.

ARTICULO 4. Autorízase a la Administración para hacer las previsiones presupuestales necesarias para el cumplimiento de los dispuesto en el presente acuerdo, atendiendo las disposiciones del Código Fiscal de Bogotá, en cuanto a la ejecución de trabajos artísticos y a la prestación de servicios culturales.

ARTICULO 5. Copia en pergamino de este Acuerdo será entregada por una Comisión designada por el Alcalde Mayor y el Presidente del honorable Concejo de Bogotá, a la señora OLGA LUCIA VELEZ VDA. DE ESLAVA.

ARTICULO 6. Para la selección del monumento y de la obra, el señor Alcalde Mayor de la ciudad integrará una Comisión con dos funcionarios de la Administración y tres Honorables Concejales nombrados por la Mesa Directiva de la Corporación.

El presente Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en Bogotá a los siete (7) días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y nueve (1989).

Presidente del Concejo, CONSUELO SALGAR DE MONTEJO.

Secretario General del Concejo, Fernando Sotomonte Amaya.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 496 de Marzo 17 de 1989.