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Decreto 757 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/12/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/1996
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1314 de diciembre 17 de 1996
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

DECRETO 757 DE 1996

(Diciembre 17)

"Por el cual se declara la temporada de navidad zanahoria en el Distrito Capital".

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA D.C,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las previstas en el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y los artículos 83, literal b) y 85 literales l) y m) del Decreto 2535 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 2535 de 1993 en el literal b) de su artículo 83 faculta a los alcaldes como autoridades competentes para incautar armas, municiones, explosivos y sus accesorios.

Que el Decreto 2535 de 1993 en su artículo 85 establece:

"l. Portar el arma, munición, explosivo o sus accesorios, en espectáculos públicos."

"m. La decisión de la autoridad competente cuando considere que se puede hacer uso indebido de las armas, municiones, explosivos y sus accesorios, por parte de personas o colectividades que posean tales elementos aunque estén debidamente autorizados".

Que la constitución Nacional consagra la vida, la integridad física y la salud como derechos fundamentales.

Que durante las fiestas de navidad y año nuevo tradicionalmente se incrementan los índices de violencia, los cuales están relacionados significativamente con el consumo de bebidas alcohólicas y el uso indebido de las armas.

Que las estadísticas de violencia, entre 1994 y 1996, durante la vigencia de las resoluciones que prohibían el porte de armas de fuego en los fines de semana, muestran una reducción de los homicidios en Santa Fe de Bogotá.

Que corresponde a las autoridades de Policía del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá garantizar la convivencia pacífica y ordenada de los habitantes, mediante la protección de sus derechos sociales e individuales.

Que los programas de la Alcaldía Mayor promueven que unos ciudadanos corrijan en forma pacífica a otros ciudadanos y, que la reciente campaña de desarme voluntario acogida por centenares de ciudadanos los ponen en situación de inequidad frente a aquellos que continúan armados.

Que es deber del Alcalde Mayor busca, por todos los medios a su alcance, la reducción del número de muertes.

DECRETA:

ARTICULO 1. Declarar en la jurisdicción del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, durante el período comprendido entre el 17 de diciembre de 1997 y el 7 de enero de 1997, la temporada de navidad _ zanahoria.

ARTICULO 2. Declarar espectáculo público todo cuanto acontezca en las calles, los parques y en los establecimientos abiertos al público en la jurisdicción del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá durante esta temporada.

ARTICULO 3. Ordénase al Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá incautar las armas de fuego, municiones, explosivos y sus accesorios portados o almacenados en lugares o establecimientos públicos, durante la temporada de la "navidad _ zanahoria" por los motivos establecidos en los literales l y m del artículo 85 del Decreto número 2535 de 1993.

ARTICULO 4. Están exentos de la incautación a que se refiere el artículo anterior: la fuerza pública, los organismos nacionales de seguridad, los cuerpos oficiales armados, los funcionarios judiciales, la fiscalía y la procuraduría general de la nación, los miembros de las compañías de seguridad legalmente constituidas en ejercicio de sus funciones, los departamentos de seguridad del sector empresarial o reconocidos y acreditados ante el Estado colombiano y el persona de escoltas legalmente acreditados o reconocidos como tal.

ARTICULO 4 (sic). El presente Decreto rige a partir de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, el 17 de diciembre de 1996.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

ALCALDE MAYOR

ALICIA EUGENIA SILVA

SECRETARIA DE GOBIERNO

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 1314 de Diciembre 17 de 1996.