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Resolución 839 de 2003 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Fecha de Expedición:
01/08/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/08/2003
Medio de Publicación:
Diario Oficial 45269 de agosto 4 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0839 DE 2003

(Agosto 01)

Derogada por el art. 24, Resolución 886 de 2018.

Por la cual se establecen los términos de referencia para la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos y del Plan de Manejo Ambiental de los Páramos.

LA MINISTRA DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,

en uso de sus facultades legales, en especial de lo establecido en la Parte VIII Título I del Decreto- ley 2811 de 1974, el numeral 4 del artículo 1º, el artículo 5º de la Ley 99 de 1993, y artículo 6º del Decreto- ley 216 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 769 del 5 de agosto de 2002, este Ministerio expidió las disposiciones para contribuir a la protección, conservación y sostenibilidad de los páramos en el territorio nacional, estableciendo en sus artículos 3º y 4º, la elaboración por parte de las autoridades ambientales del Estudio sobre el Estado Actual de los Páramos del área de su jurisdicción y del Plan de Manejo Ambiental de los mismos;

Que mediante la Resolución 140 del 18 de febrero de 2003, se modificó a diez (10) meses contados a partir de la entrada en vigencia de esa resolución, el término previsto en la Resolución 769 de 2002, para que este ministerio expidiera los términos de referencia para la realización del Estudio sobre el Estado Actual de los Páramos;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º. Objeto. El objeto de la presente resolución es el de establecer los términos de referencia para la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos y del Plan de Manejo Ambiental de los Páramos. Ver el art. 5, Ley 99 de 1993

Artículo 2º. Alcance de los términos de referencia. Los términos de referencia que se expiden mediante la presente resolución, se refieren tanto al desarrollo de los Estudios sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), como a la formulación de Planes de Manejo Ambiental (PMA) para los mismos, considerando que estos dos elementos son procesos complementarios y continuos.

Artículo 3º. Definiciones. Para los fines de la presente resolución, se adoptan las siguientes definiciones:

Estudio del Estado Actual de Páramos (EEAP): Es un documento técnico base para la formulación del Plan de Manejo Ambiental, que determina las condiciones ambientales y socioeconómicas indicativas del estado actual de los páramos.

Plan de Manejo Ambiental de los Páramos (PMA): Instrumento de planificación y gestión participativo, mediante el cual, a partir de la información generada en el Estudio del Estado Actual de Páramos (EEAP), se establece un marco programático y de acción para alcanzar objetivos de manejo en el corto, mediano y largo plazo.

Artículo 4º. Objetivos del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos. El Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), tiene como objetivos los siguientes:

1. Establecer una línea base biofísica, socioeconómica y cultural de los ecosistemas de páramo en las jurisdicciones de las autoridades ambientales, como referente para la gestión, manejo y seguimiento de estos ecosistemas.

2. Realizar un diagnóstico y evaluación integral de los elementos identificados en la línea base que permita determinar el estado actual de los ecosistemas de páramo y determinar las medidas de manejo para su conservación, restauración y la orientación de usos sostenibles.

3. Obtener una zonificación ambiental para el ordenamiento y establecimiento de las medidas de manejo para el uso sostenible, conservación y restauración de los ecosistemas de páramo y sus recursos asociados.

Artículo 5º. Objetivos del Plan de Manejo Ambiental. El Plan de Manejo Ambiental de los Páramos (PMA), tiene como objetivos los siguientes:

1. A partir de los resultados del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), definir y diseñar los programas, acciones y medidas a corto, mediano y largo plazo, que se requieren para conservar, restaurar y orientar usos sostenibles acordes con el carácter de ecosistema objeto de protección especial, definido en la Ley 99 de 1993.

2. Establecer al interior de cada autoridad ambiental un sistema de seguimiento y monitoreo que permita retroalimentar y ajustar los niveles de información y las medidas de manejo para estos ecosistemas definidas en el plan, así como facilitar en el orden nacional el seguimiento a la implementación del Programa para el Manejo Sostenible y Restauración de Ecosistemas de la Alta Montaña Colombiana y las políticas ambientales y sectoriales relacionadas.

Artículo 6º. Lineamientos metodológicos. La metodología para el desarrollo tanto de los Estudios sobre el Estado Actual de los Páramos (EEA P) como de los Planes de Manejo Ambiental (PMA), deberá llevarse a cabo acorde con las características particulares de cada área, considerando la integralidad y relación existente entre los diferentes ecosistemas asociados al ciclo hidrológico y las dinámicas del desarrollo socioeconómico regionales, con énfasis en las áreas captadoras-almacenadoras de la oferta hídrica en las cuencas altas, los humedales y las estrellas fluviales.

Con el fin de unificar algunos criterios para la elaboración del EEAP y del PMA, la escala de trabajo será entre 1:25.000 y 1:50.000, utilizando escalas más detalladas donde existan conflictos de orden ambiental y territorial que deben ser resueltos de manera prioritaria y/o particularidades identificadas en el diagnóstico, así como la disponibilidad de información.

Respecto a la información técnica a utilizar en el proceso de elaboración del EEAP, se confrontará la información existente con la solicitada en estos términos, con el fin de identificar los vacíos existentes, que serán subsanados mediante recolección de información primaria y el uso de fotografías aéreas, imágenes de radar, satélite de alta resolución, fotointerpretación, sistema de posicionamiento global, GPS, entre otras.

De otra parte, la espacialización de la información básica y temática que se genere en el proceso de caracterización, evaluación y zonificación debe considerar la cartografía oficial y normas establecidas por el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", IGAC, para tales efectos, para lo cual se debe contemplar la suscripción de convenios interinstitucionales con el propósito de aunar esfuerzos y evitar duplicaciones en la generación y/o actualización de la información requerida.

Artículo 7º. Contenidos del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos y del Plan de Manejo Ambiental. Para los fines de la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP) y del Plan de Manejo Ambiental de los Páramos (PMA) del área de su jurisdicción, las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible, las autoridades ambientales de los Grandes Centros Urbanos y de las creadas en virtud de la Ley 768 de 2002, y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, deberán desarrollar la siguiente información:

1. Introducción

Indicará las características y alcances del EEAP, así como la descripción general del contenido de cada uno de los capítulos y anexos, especificando los procedimientos, materiales y métodos de recolección, procesamiento y análisis de la información, así como de los sistemas de información utilizados. Se identificarán las deficiencias de información y limitaciones encontradas en la elaboración del EEAP.

Se relacionarán los profesionales (especialistas y responsabilidades dentro del estudio), y las instituciones y actores locales y regionales que participaron en el desarrollo del EEAP.

2. Descripción general

2.1 Localización y delimitación general del páramo

Se indicará y analizará la configuración territorial de los ecosistemas de páramo y se presentará esta información contextualizada biogeográficamente y con relación a la división político administrativa del área de jurisdicción (entidades territoriales y autoridades ambientales).

Cuando se requiera, se complementará y actualizará la cartografía de las áreas de páramo y se mapificarán las mismas utili zando la tecnología disponible para su localización aproximada.

Se determinarán los límites aproximados del ecosistema y sus áreas de influencia directa con las respectivas coordenadas planas y geográficas de las áreas o polígonos que delimitan el páramo.

2.2 Estimación de su extensión

Con base en la información anterior o el trabajo de campo, se establecerá la extensión aproximada (en ha) de las áreas de páramo, realizando una discriminación por municipio, departamento, jurisdicción de la autoridad ambiental, y/o otras categorías de manejo o protección del orden nacional, regional y local.

2.3 Aspectos políticos, administrativos y legales

Se hará una breve presentación de las actuaciones llevadas a cabo en cumplimiento de las políticas y normatividad existente para los páramos o la relacionada con los mismos por parte de las diferentes autoridades regionales y municipales, incluyendo la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, según sea el caso.

2. Marco conceptual y metodológico

Se presentará el enfoque metodológico que se siguió para la elaboración del estudio acorde con los lineamientos de los presentes términos de referencia.

3. Caracterización biofísica y socioeconómica

Se efectuará una descripción, caracterización general y análisis de los siguientes aspectos:

3.1 Caracterización biofísica

3.1.1 Geomorfología y suelos: Se describirán las formas del relieve terrestre característico en los páramos y se realizará una identificación de unidades geomorfológicas y edafológicas. Se precisarán las áreas críticas según los diferentes grados de erodabilidad y estabilidad, espacializando las áreas con procesos geomorfológicos activos actuales y potenciales y unidades de amenaza natural.

Con el fin de determinar el estado actual de los suelos, se considerarán las unidades cartográficas de suelo describiendo brevemente sus características físicas, químicas y biológicas. Se recomienda la toma de muestras si no se dispone de información.

3.1.2 Clima: Tomando como base la disponibilidad de información se realizará:

a) Distribución predominante temporal y espacial de precipitación, temperatura, dirección y velocidad de vientos, humedad relativa, radiación, brillo solar y nubosidad;

b) Clasificación y zonificación bioclimática basada en los análisis de los elementos meteorológicos y la interpretación de información proveniente de sensores remotos.

Se relacionarán las estaciones hidrometeorológicas instaladas en los páramos y su respectiva ubicación geográfica.

3.1.3 Hidrografía e hidrología: Se describirá la red hídrica detallando las cuencas, subcuencas y/o microcuencas hidrográficas que cobijan el área de páramo; se caracterizará de manera sucinta la morfometría hidrográfica y se ubicarán nacimientos y cuerpos de agua.

Mediante el desarro llo de balances hídricos correspondientes a los periodos climáticos que se definan, basados en la correlación de la evapotranspiración potencial y retención de humedad del suelo, se estimará la calidad, cantidad y disponibilidad del agua, así como el índice de escasez.

Se identificarán los usos del recurso hídrico proveniente del páramo, relacionados con el abastecimiento de acueductos veredales, municipales y actividades agrícolas pecuarias u otras relevantes (distritos de riego, sistemas de canalización, etc.), y se cuantificarán las demandas de acuerdo con la información disponible.

3.1.4 Fauna: Con el fin de establecer el estado actual de este recurso, se identificarán las especies, los hábitat críticos y se analizarán entre otros aspectos, su relación con respecto a la anidación, reproducción, alimentación y refugio, enfatizando en las de valor sociocultural, así como las endémicas y amenazadas tomando como referencia la información oficial que al respecto existe.

3.1.5 Flora y cobertura vegetal: Se identificarán las coberturas vegetales presentes en el páramo, descritas en función de la clasificación atmosférica de los páramos (húmedo o seco), los pisos altitudinales de subpáramo (incluyendo el bosque alto andino), páramo, superpáramo y márgenes hídricas, la fisiografía y tipos de suelo, entre otras.

La descripción de la vegetación contendrá aspectos fisionómicos, de composición florística e información fisiográfica y ecológica, así como la tipificación del grado de intervención humana y otros aspectos que se consideren importantes para su conservación de acuerdo con los niveles de resolución trabajados.

Adicionalmente, se identificarán las especies de valor sociocultural, económico, medicinal y/o artesanal, con especial atención en las endémicas y amenazadas, tomando como referencia la información oficial que al respecto existe.

Se hará estimación de cambios multitemporales de la cobertura vegetal analizando procesos de fragmentación, y determinando tendencias de transformación, de acuerdo con la información disponible.

3.2 Caracterización Socioeconómica

3.2.1 Aspectos socioeconómicos

Se establecerán los asentamientos nucleados y/o dispersos, la jurisdicción político-administrativa, relaciones de territorialidad existentes en las áreas de influencia directa e indirecta del páramo.

Se estimará el total de población municipal, veredal y la asentada en el ecosistema de páramo y sus áreas adyacentes, así como su población itinerante, analizando su crecimiento, la distribución por edades y organización comunitaria. En cuanto a la problemática social se presentarán las condiciones generales de vida como vivienda, salud, educación, servicios públicos y empleo, entre otros aspectos.

Se reconocerá y analizará la dinámica económica relacionada con las actividades productivas diferenciando: principales, complementarias y de subsistencia, sistemas de producción empleados, volúmenes de producción y flujos de mercado.

Se caracterizará culturalmente la población, identificando las diferentes etnias y grupos humanos, se evaluarán los diferentes niveles de arraigo, identidad y sentido de pertenencia de la población con respecto al ecosistema, sus tradiciones organizativas y religios as, entre otras.

Se analizará la presencia institucional existente en las áreas de influencia, teniendo en cuenta programas en ejecución, recursos destinados y cobertura, para la formulación e implementación del Plan de Manejo Ambiental.

3.2.2 Uso del suelo

Se identificarán los diferentes tipos de usos actuales del suelo indicando el área aproximada en hectáreas por municipio, y resaltando aquellos que generan mayores impactos ambientales sobre el ecosistema. De acuerdo con la información disponible, se estimarán cambios multitemporales, con el fin de determinar tendencias.

Se identificará histórica y culturalmente la población en relación con sistemas de producción y tecnologías tradicionales o tecnificadas empleadas en las áreas de páramo, teniendo en cuenta además, la evaluación de dichos sistemas de producción y las amenazas que ellos ocasionan en estas áreas.

3.2.3 Tenencia de la tierra

Con la información catastral existente y la obtenida a partir de muestreos representativos a nivel veredal, se identificarán cualitativa y cuantitativamente los tipos de tenencia de la tierra (propiedad privada, colono, posesión, aparcería, arriendo, entre otras) y su distribución municipal y veredal por rangos de superficie en hectáreas. De manera particular se realizarán análisis tendientes a determinar la relación entre los patrones de tenencia de tierras y sus efectos en la degradación de los ecosistemas. Igualmente, se incluirá la afectación legal del territorio por declaratorias ambientales de orden nacional, departamental o municipal.

4. Evaluación

A partir de la línea base establecida se evaluarán las principales características del ecosistema, identificando sus potencialidades y las restricciones para los diferentes usos, haciendo énfasis en aquellas limitaciones que permitan mantener la estructura ecológica de soporte y garanticen la permanencia y/o mejoramiento de los procesos biológicos, geomorfológicos e hidrológicos. Esta evaluación debe ser integral y abordada desde una aproximación ecológica y sociocultural, en un contexto nacional, regional y local.

Dentro de los procesos que deben ser objeto de evaluación y sintetizados en el diagnóstico se encuentran, entre otros, los siguientes:

· La condición del ecosistema respecto a su biodiversidad en términos de fauna y flora característica y el potencial de conectividad que regula los intercambios biológicos y energéticos necesarios para mantener o restaurar su estructura ecológica.

· La regulación hidrológica entendida como el papel del ecosistema en la circulación regional del agua, asegurando su calidad, cantidad y disponibilidad, para las poblaciones del área de influencia directa e indirecta del páramo.

· La condición del ecosistema respecto al control de procesos morfogenéticos, los movimientos en masa, los flujos torrenciales y/o otros fenómenos similares que pueden afectar la funcionalidad misma del ecosistema y de las poblaciones humanas de sus áreas de influencia directa e indirecta.

· La condición del ecosistema respecto a algunos valores socioculturales tanto de poblaciones del área de influencia directa como indirecta (valor escénico y de identidad cultural, recreativo, educativo, religioso, entre otros).

· Las tendencias y formas de poblamiento (núcleos consolidados, dispersos, infraestructura educacional, bocatomas, vías y telecomunicaciones), así como las tendencias de los sistemas productivos y extractivos (agropecuaria, industrial, minera, recreacional).

A manera de síntesis, se cualificarán los bienes y servicios ambientales directos e indirectos (funciones, productos y atributos) que ofrece el ecosistema, así como sus usos potenciales sostenibles en sus áreas adyacentes, información que servirá de base para emprender acciones tendientes a la valoración económica.

De manera particular se identificarán los factores de deterioro y evaluarán los impactos ambientales ocasionados por los patrones de poblamiento, tenencia de la tierra y las prácticas productivas y extractivas que se desarrollan tanto en las áreas de influencia directa y adyacentes al páramo, así como las amenazas ocasionadas por agentes externos naturales y humanos sobre los ecosistemas y la población en general.

Finalmente, se identificarán y evaluarán los conflictos de uso de los recursos naturales existentes entre los diferentes actores que tienen injerencia en el manejo del ecosistema, que igualmente sirvan de base para el proceso de ordenamiento y zonificación.

5. Zonificación y ordenación ambiental de los páramos

La zonificación y ordenación deberán realizarse con un enfoque ecosistémico, es decir, partiendo del reconocimiento del conjunto de relaciones y procesos ecológicos y socioeconómicos presentes en estos ecosistemas. En este sentido, la zonificación ambiental resultante deberá incorporar los principios y criterios que orienten la formulación de acciones y medidas de conservación y restauración, de tal manera que permitan, trazar las pautas o directrices generales para la planificación y la reglamentación del uso y manejo de los recursos naturales en el ecosistema de páramo.

Para ello se integrará y relacionará toda la información generada en desarrollo de la caracterización, diagnóstico y evaluación y se procederá a configurar áreas, espacios y zonas social, económica y ambientalmente homogéneas, sobre las cuales se definirán las reglamentaciones de uso, y se formulará el conjunto de programas, proyectos y acciones de manejo para el ecosistema.

A partir de lo anterior se establecerán unidades de zonificación, así:

· Conservación: Zonas de alta importancia ambiental o fragilidad ecológica, en la cual se contribuirá al mantenimiento de la estructura y función de los ecosistemas de páramo, así como al mantenimiento de sus recursos naturales renovables y bellezas escénicas resultantes del proceso de evaluación.

· Restauración: Zonas modificadas o transformadas, aun con alto grado de degradación. ecológica, en la cual se llevará a cabo el restablecimiento de la estructura y función del ecosistema, dando prioridad a la recuperación de sus atributos estructurales y funcionales deteriorados por causas naturales o humanas.

· Uso o utilización sostenible: Zonas en las cuales se podrán llevar a cabo actividades productivas de manera sostenible de acuerdo con los resultados de la evaluación, de tal forma que no implique riesgos en el mantenimiento de la estructura y funcionalidad del ecosistema, dado su carácter de protección especial consagrado en la Ley 99 de 1993.

En las unidades de zonificación resultantes se deberán establecer los usos y las restricciones de acuerdo con las siguientes definiciones:

Uso principal: Es el uso deseable cuya destinación corresponde a la función específica de la zona, y ofrece las mejores ventajas o la mayor eficiencia desde los puntos de vista ecológico, económico y social.

Usos compatibles: Son aquellos que no se oponen al principal y concuerdan con la potencialidad, la protección del suelo y demás recursos naturales conexos.

Usos condicionados: Aquellos que por presentar algún grado de incompatibilidad con el uso principal y ciertos riesgos ambientales previsibles y controlables para la protección de los recursos naturales renovables, están supeditados a permisos o autorizaciones previas y a condicionamientos específicos de manejo por parte de las autoridades ambientales.

Usos prohibidos: Aquellos incompatibles con el uso principal de una zona y con los propósitos de conservación ambiental o de planificación; por consiguiente entrañan graves riesgos de tipo ecológico y/o para la salud y seguridad de la población. Por tanto, no deben ser practicados ni autorizados por la autoridad ambiental.

El diseño y elaboración del mapa de zonificación ambiental estará basado en la integración de la información de mapas temáticos generados en la caracterización biofísica y socioeconómica, así como los resultantes en el proceso de diagnóstico y evaluación, los cuales deben ser integrados en un Sistema de Información Geográfica, GPS, para establecer las diferentes zonas de manejo ambiental.

Para el caso de páramos declarados bajo categorías de protección del orden regional y local que cuenten con una zonificación, se harán las equivalencias con las zonas o categorías incluidas en los presentes términos de referencia.

Para el caso de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, la zonificación se adelantará teniendo en cuenta el Decreto 622 de 1977, y se hará la equivalencia con las zonas o categorías incluidas en los presentes términos de referencia según su pertinencia.

6. Plan de Manejo Ambiental

Para la formulación del Plan de Manejo Ambiental se tomará como base la información consignada en desarrollo de los numerales anteriores, correspondientes al Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), así como el marco del Programa Nacional para el Manejo Sostenible y Restauración de Ecosistemas de la Alta Montaña Colombiana: Páramos".

6.1 Definición de objetivos de manejo

Con base en los resultados del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), se formularán los objetivos generales y específicos que guiarán la gestión y el manejo del ecosistema en el corto, mediano y largo plazo.

6.2 Estrategias, programas, proyectos y acciones enfocados a la protección, conservación, uso sostenible y restauración de los páramos

Se procederá a identificar y proponer estrategias, programas y perfiles de proyectos ambientalmente viables a corto (3 años), mediano (4 a 6 años) y largo plazo (7 a 10 años) enfocados a la conservación, restauración y uso sostenible de los páramos y a dar cumplimiento a los objetivos de manejo del ecosistema.

Los programas y perfiles de proyecto que se deriven del Plan de Manejo Ambiental (PMA), deberán precisar: objetivos, alcances, etapas de ejecución, criterios de diseño, recursos humanos, equipos y materiales necesarios, cronograma de ejecución y presupuesto.

6.3 Estrategias de gestión comunitaria e institucional

En el proceso de formulación del Plan de Manejo Ambiental, se implementarán estrategias de participación de las comunidades asentadas, así como de la población que se beneficia indirectamente del ecosistema, con el fin de lograr su compromiso y participación en la ejecución del mismo. Igualmente, se diseñarán e implementarán estrategias de participación y gestión de las instituciones relacionadas con la formulación y desarrollo del Plan de Manejo Ambiental, en especial de las entidades territoriales a través de los planes de ordenamiento territorial y de los planes de desarrollo en los niveles departamental y municipal.

6.4 Estrategia financiera

Se presentarán los costos de ejecución del Plan y se definirá una estrategia financiera y de gestión para su ejecución a corto, mediano y largo plazo, identificando las fuentes de financiación del mismo y los mecanismos para su autosostenibilidad.

6.5 Esquema de evaluación y seguimiento de la ejecución del plan de manejo

Se presentarán los mecanismos necesarios para la coordinación y ejecución del Plan de Manejo Ambiental y se identificarán los indicadores para su eva luación y seguimiento que garantice su implementación y ajuste en el corto, mediano y largo plazo.

Artículo 8º. Términos. Conforme lo ordena el artículo séptimo de la Resolución 769 de 2002, las autoridades ambientales elaborarán el Estudio del Estado Actual de los Páramos (EEAP) del área de su jurisdicción dentro del término de un año (1) contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, y los Planes de Manejo Ambiental (PMA) deberán formularse dentro de los dos (2) años siguientes a la culminación del mencionado estudio.

El plazo previsto en el presente artículo podrá ampliarse hasta en un término igual, previa solicitud de la autoridad ambiental dirigida al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con la exposición de las razones de orden técnico, operativo o financiero que la justifiquen, en cumplimiento de lo ordenado por el parágrafo del artículo séptimo de la Resolución 769 de 2002.

Artículo 9º. Complementación o actualización. Las autoridades ambientales que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente resolución, hayan adelantado o elaborado estudios sobre el estado actual de los páramos en su jurisdicción, o hayan formulado o estén implementando planes de manejo ambiental en páramos, deberán complementarlos o actualizarlos considerando los términos de referencia que se establecen en la presente resolución.

Artículo 10. Modificado por el art. 1 de la Resolución del Min. Ambiente 1128 de 2006. Aprobación del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP) y del Plan de Manejo Ambiental (PMA). Una vez las autoridades ambientales culminen la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos (EEAP), con base en los términos de referencia establecidos en la presente resolución, deberán remitirlo ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Dirección de Ecosistemas, para su revisión y aprobación.

El mismo procedimiento se seguirá una vez culmine el proceso de formulación del Plan de Manejo Ambiental (PMA). Surtido dicho tramite, el Plan de Manejo Ambiental será adoptado por las autoridades ambientales para su respectiva implementación.

En cada uno de los casos, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial dispondrá del término de un (1) mes para la revisión y aprobación del EEAP y del PMA.

Artículo 11. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Cecilia Rodríguez González- Rubio.

(C. F.)

Nota: Publicado en el Diario Oficial 45269 de Agosto 04 de 2003.