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Proyecto de Acuerdo 78 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/01/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/01/2003
Medio de Publicación:
Anales del Concejo de Bogotá
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

El desempleo constituye actualmente el problema más grave del país, tanto desde el punto de vista del desarrollo humano y soci

PROYECTO DE ACUERDO 78 DE 2003.

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL FONDO DE FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL Y GARANTÍAS PARA EL DESEMPLEADO EN BOGOTÁ D.C."

El sujeto es la razón y el fin de la Constitución de 1991, consagrándose el Estado Social de Derecho, en el cual las garantías y los derechos de los ciudadanos en general, se pretenden proteger no solamente a través de normas de rango constitucional y legal, sino también de proyectos de acuerdo que garanticen la efectividad de los principios, derechos y deberes de los ciudadanos.

Son derechos fundamentales todos aquellos que siendo inherentes a la persona, son reconocidos por la Constitución Nacional, y los que, no siendo reconocidos en ella, si lo son por el estado en tratados y pactos internacionales.

Con este proyecto de acuerdo se pretende adecuar la actual situación socioeconómica a la realidad por la que atraviesan la mayoría de los bogotanos en general, protegiendo no solamente el derecho al trabajo sino también el derecho a la vida, para darles garantías suficientes a los habitantes de la ciudad, para que vivan en condiciones dignas conforme a la naturaleza humana.

Ninguna sociedad es viable, sin una economía fuerte, el desafío de la Administración Distrital, es derrotar el hambre para garantizar la vida. No se puede desconocer que al ciudadano se le debe brindar la posibilidad de gozar de una estabilidad económica a través de una vinculación laboral a una empresa, o la posibilidad de desarrollar su propia actividad y en este sentido debe estar comprometida la Administración Central, en ningún momento a través de subsidios, pero sí creando oportunidades para que cada persona sea capaz de generar un sustento.

Es allí, donde se realza la importancia de los pequeños créditos para la creación de nuevas empresas, estos son un elemento de reconstrucción del tejido social, no sólo desde el punto de vista productivo, sino desde el punto de vista de la solidaridad. Efectivamente, el aval colectivo del microcrédito cohesiona e instala orden en las comunidades antes fraccionadas en la lucha por la superviviencia. Convirtiéndose en un esfuerzo de la sociedad civil para combatir las condiciones de pobreza.

Se hace necesario que impulsemos y potenciemos nuestros esfuerzos, el objetivo primordial debe ser una alianza entre el gobierno distrital y la sociedad civil, que permita que esta última haga más con el respaldo de un financiamiento. Este es un acto que significa formar un patrimonio y construir una visión nueva de nuestra ciudad y del futuro.

Sembrar la semilla del desarrollo acercando las oportunidades para que las personas, recuperen la confianza y la fe en sí mismas, en sus capacidades, para impulsar los esfuerzos organizados del desarrollo y lograr a través del fondo de financiamiento comercial que, precisamente, dichos sectores de nuestra población tengan un futuro más próspero y más justo

Bogotá según encuestas del DANE tiene seis millones seiscientas noventa y seis mil personas (6.696.000), que representa un 17.% del total de la población del país, según el siguiente cuadro, la ciudad presenta cifras desalentadoras en relación con el desempleo con más de seiscientas mil personas, y un subempleo que se encuentra alrededor de un millón ciento setenta y siete mil personas, es decir, casí un 35% de la población no tiene trabajo y algunos de ellos no poseen una remuneración adecuada a sus capacidades y su experiencia.

El desempleo constituye actualmente el problema más grave de la ciudad, tanto desde el punto de vista del desarrollo humano y social de la población, como del desaprovechamiento de la capacidad productiva. Es necesario considerar muchas estrategias con el fin de encontrar soluciones concretas a este problema.  

De otro lado, la crisis económica que vive el país obligó a un gran porcentaje de los hogares colombianos a recurrir a la venta de inmuebles y electrodomésticos, con el fin de cumplir con sus obligaciones, suplir sus necesidades o abandonar el país en busca de mejores opciones de vida.

La calidad de vida de los Bogotanos se deteriora cada día más, especialmente en el frente laboral y de seguridad. Mientras que en educación y salud la situación mejora.

El porcentaje de hogares que vendió activos para solventar las pérdidas de ingresos sigue en aumento en Bogotá, especialmente en los estratos medio y bajo. Con respecto a la venta de propiedades, Bogotá es la ciudad en donde más se han vendido viviendas o terrenos en los últimos seis meses, especialmente en los estratos bajos. Pero las ventas también se dan en los electrodomésticos, muebles y enseres. Aunque esta era una costumbre de los estratos bajos, en los últimos seis meses también se ha presentado en el estrato alto.

Las reformas que está haciendo el gobierno nacional están en la dirección correcta, pero este año sólo se logrará disminuir un punto de la tasa de desempleo.

El desempleo no se baja de un momento para otro en ningún país, pero hay que hacer cosas, porque lo más grave es esta situación.

Sin duda, la principal estrategia para crear empleo es lograr altas tasas de crecimiento de la economía. Lo que crea empleo es la inversión en ampliación de capacidad en empresas existentes, y la creación de nuevas empresas. 

El acceso de las microempresas y de los desempleados al crédito presenta variaciones, menos de la mitad de las microempresas acceden al crédito bancario, lo cual representa un importante desajuste. Luego de análisis y estudios, encontramos que las condicciones de acceso al crédito para los desempleados y los microempresarios son poco competitivas, la oferta de crédito se caracteriza por altas tasas (el doble que para las grandes empresas), la falta de confianza de los bancos respecto de los proyectos, exceso de la burocracia de los intermediarios financieros y la peticion de excesivas garantías.

Por otro lado, la oferta institucional de crédito a los desempleados y microempresarios es reducida en relación con su importancia económica, en parte esto se debe a que los bancos se enfoquen en la banca corporativa y en menor medida en la banca de consumo. Las características de los créditos a este tipo de población son muy desfavorables.

En la última década, el BID ha implantado una serie importante de programas financieros y no-financieros dirigidos a los microempresarios que indirectamente o directamente inciden sobre el acceso de las microempresas al financiamiento. Sin embargo, a pesar de los importantes esfuerzos acometidos en las reformas, tanto en los programas de apoyo no-financiero, como en las líneas globales de crédito, existe un desajuste significativo enre la oferta y demanda de financiamiento para estos sectores.

Tenemos un gran compromiso, el de impulsar políticas de apoyo y fomento a los proyectos de negocios de los bogotanos en general, en especial para la creación de microempresas y los proyectos económicamente viables diseñados por personas que hoy en día se encuentran desempleadas. Por lo que se hace necesario que impulsemos la realización de estos sueños, extendiendo el acceso de toda una población a un sistema de crédito y financiamiento.

La aprobación de la presente Proyecto de Acuerdo no genera gasto alguno para el Distrito; por cuanto el egreso que se hará a través de los prestamos, significará su ingreso por tratarse de un crédito.

Así mismo, permitirá beneficiar a los microempresarios y desempleados de la ciudad, con la finalidad de lograr su reactivación económica en beneficio ya no solo de la capital sino del país, al momento de su recaudación.

El Decreto Ley 1421 de 1993 "Estatuto Orgánico de Bogotá" en su artículo tercero establece en su objeto: Dotar al Distrito Capital de los Instrumentos que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; promover el desarrollo integral de su territorio, y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Por considerar que este proyecto de acuerdo contribuirá con el mejoramiento de la calidad de vida de los bogotanos, pongo a consideración de la Honorable Corporación el Proyecto de Acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL FONDO DE FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL Y GARANTÍAS PARA EL DESEMPLEADO EN BOGOTÁ D.C.".

JAIRO ENRIQUE CALDERÓN CARRERO

H. Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO ___ DE 2003.

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL FONDO DE FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL Y GARANTÍAS PARA EL DESEMPLEADO EN BOGOTÁ D.C."

El Concejo de Bogotá D.C.,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el decreto-Ley 1421 de 1993

ACUERDA

Artículo 1°. . Crease el Fondo de Financiamiento Empresarial y garantías para el Desempleado en Bogotá D.C.

Artículo 2°. . El Objeto del Fondo de Financiamiento Empresarial y garantías para el Desempleado en Bogotá D.C., es ser un instrumento facilitador para el acceso, garantías y otorgamiento de créditos a los microempresarios y a las personas naturales que se encuentren desempleadas, siempre y cuando cuenten con un proyecto que sea viable a desarrollar.

Artículo 3°. - Autorizase a la Secretaría de Hacienda Distrital, como entidad administradora del Fondo de Financiamiento Empresarial y garantías para el Desempleado en Bogotá D.C., a suscribir convenios y efectuar operaciones de captación de recursos con organismos y agencias financieras públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 2º del presente Acuerdo.

Artículo 4°: - Para el acceso al crédito, tendrán prioridad los proyectos de carácter asociativo, que generen más de cinco empleos directos y aquellos cuyos productos estén dirigidos a ser exportados. Estos proyectos deben ser viables y económicamente rentables.

PARAGRAFO: Como mínimo el treinta por ciento (30%), de los recursos del Fondo serán dirigidos a créditos que beneficien a jóvenes menores de veintiséis (26) años.

Artículo 5°: - El monto de los créditos oscilara entre tres (3) y setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en ningún caso, el monto de los intereses podrá ser superior al DTF + 2 puntos E.A..

Artículo 6°: - El Fondo de Financiamiento Empresarial y garantías para el Desempleado en Bogotá D.C., se financiará con los siguientes recursos:

  1. Los provenientes del Presupuesto distrital,
  2. Los recursos que constituyan donaciones para la creación de empresas,
  3. Los generados por convenios y contratos,
  4. El producto de las rentas que adquiera en el futuro, por razón de la prestación de servicios o cualquier otro concepto de acuerdo con su finalidad,
  5. Los demás que se decreten a su favor.

Artículo 7º. . El señor Alcalde Mayor de Bogotá, reglamentará la organización y operación del fondo, además establecerá los criterios, condiciones y requisitos que deben cumplir los aspirantes para el acceso a los recursos del mismo.

Artículo 8º. . La Administración Distrital, realizará la promulgación y difusión de dicho fondo, a través de las entidades que estime competentes para tal fin.

Artículo 9º. . El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones legales que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá a los _______ días del mes de _______2003